SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 21, de Abril 14, 2009.

 

                7. MINUTAS

                       a) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

MINUTA

TURNO O TRÁMITE

1

Que expide la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

14 de abril de 2009.

Proceso Legislativo:

Iniciativa remitida por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Senadores el 23 de septiembre de 2008.

Iniciativa presentada por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 9 de octubre de 2008.

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 2 de abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados, para efectos de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Reglamentar el segundo párrafo del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extinción de dominio de bienes relacionados o vinculados con algún tipo de delito en favor del Estado. Establecer las etapas procedimentales que habrán de seguirse para estos casos, la actuación de las autoridades competentes, los efectos de la resolución que se emita y los medios para la intervención de terceros que se consideren afectados por la misma. De igual forma, lo relativo a la supletoriedad de diversas normas para todo lo no previsto por este ordenamiento, los medios de impugnación, así como la constitución de un fideicomiso a cargo de la Procuraduría General de la República, definiendo su objeto, alcance y procedimiento para la obtención de sus recursos. Asimismo, establecer la manera en que habrá de procederse cuando los bienes se encuentren en el extranjero o sujetos a la jurisdicción de un estado extranjero.

Comisión de Justicia

2

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

14 de abril de 2009.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Georgina Trujillo Zentella (PRI), a nombre propio y de los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos, el 25 de abril de 2006. (LIX)

Dictamen de primera lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de abril de 2006.  Proyecto de decreto aprobado por 75 votos se turnó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 26 de abril de 2006. (LIX)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 24 de abril de 2007.

Dictamen a Discusión presentado el 11 de septiembre de 2007.  Proyecto de decreto aprobado por 380 votos y 6 abstenciones, se devolvió a la Cámara de Senadores, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de septiembre de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 09 de diciembre de 2008.

Dictamen a discusión presentado el 11 de diciembre de 2008.  Proyecto de decreto aprobado por 93 votos, se devolvió a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

 

Propuesta:

Eliminar la autonomía presupuestaria de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA). Establecer que los vasos de depósito natural son bienes inherentes susceptibles de delimitación, así como reconocer la autonomía en las decisiones de los Organismos de Cuenca, está referida a las materias técnica, administrativa y jurídica que el propio concepto les atribuye. Precisar los conceptos de "Zona de Reserva", “Aguas Residuales”, “Cuota Natural de Renovación de las Aguas" y el de “Dilución”. Que el Programa Nacional Hídrico deberá ser propuesto por el Ejecutivo Federal. Redefinir las atribuciones de la CONAGUA y del Consejo de Cuenca. Asimismo, que la adscripción de los organismos de la Cuenca será a la CONAGUA e incorporar al Distrito Federal dentro del ámbito de aplicación de este ordenamiento.

Comisión de Recursos Hidráulicos

 

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