| 
										
										
										No. | 
										
										
										ORIGEN | 
										
										
										DICTAMEN | 
										
										
										TURNO O TRÁMITE | 
								
								
									| 
									
									
									1 | 
									
									
									Comisión de Salud
									 
									
									  
									
									
									Publicación en GP:  
									
									
									Anexo V.  
									
									
									14 de abril de 2009. | 
									
									
									
									Que reforma el 
									artículo 12, fracciones I y XII de la Ley de 
									Asistencia Social. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa presentada por el Dip. Gerardo 
									Buganza Salmerón (PAN) el 30 de abril de 
									2008. 
									
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 18 
									de marzo de 2009. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Sustituir el término "invalidez" por el de 
									"discapacidad" o "personas con 
									discapacidad". 
									
									  
									
									
									Intervención 
									Para hablar en pro: Dip. Rosa Elena 
									Galván Valles (PAN) | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									335 votos.  
									
									
									c) 
									Pasó a la Cámara de Senadores para sus 
									efectos constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									2 | 
									
									
									
									Que reforma y adiciona 
									diversas disposiciones de la Ley General de 
									Salud. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa presentada por el Dip. Éctor 
									Jaime Ramírez Barba (PAN) el 3 de marzo de 
									2009. 
									
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 18 
									de marzo de 2009. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Regular la producción y distribución de 
									muestras médicas para obsequio. Asimismo, 
									establecer una pena de 5 a 10 años de 
									prisión y multa equivalente hasta por 50 mil 
									días de salario mínimo general vigente, al 
									que venda u ofrezca en venta, comercie, 
									distribuya o transporte, para fines 
									comerciales las muestras médicas. Modificar 
									la pena de 1 a 9 por la de 6 a 15 años de 
									prisión al que adultere, falsifique 
									fármacos, materias primas o aditivos para 
									uso o consumo humanos o los fabrique sin los 
									registros, licencias o autorizaciones 
									respectivas y de 1 a 5 años por la de 1 a 9 
									años de prisión al que falsifique el 
									material para envase o empaque de 
									medicamentos, sus leyendas, la información 
									que contengan o sus números o claves de 
									identificación. 
									
									  
									
									
									Intervención 
									Para hablar en pro: Dip. María del 
									Consuelo Argüelles Arellano (PAN) | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									338 votos y 1 en contra.  
									
									
									c) 
									Pasó a la Cámara de Senadores para sus 
									efectos constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									3 | 
									
									
									
									Que reforma el 
									artículo 27 de la Ley General para el 
									Control del Tabaco. 
									 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa presentada por los Sens. 
									Francisco Agustín Arroyo Vieyra (PRI), 
									Lázaro Mazón Alonso (PRD) y Ernesto Saro 
									Boardman (PAN), en la Cámara de Senadores, 
									el 9 de septiembre de 2008.  
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 2 
									de diciembre de 2008  
									
									Dictamen a Discusión presentado el 2 de 
									diciembre de 2008. Proyecto de decreto 
									aprobado por 80 votos y 1 abstención. Pasó a 
									la Cámara de Diputados para los efectos del 
									inciso a) del artículo 72 de la Constitución 
									Política de los Estados Unidos Mexicanos.
									 
									
									Minuta recibida el 4 de diciembre de 2008. 
									
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 18 
									de marzo de 2009. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Eliminar la obligación de crear zonas 
									exclusivamente para fumar en aquellos 
									lugares con acceso al público o en áreas 
									interiores de trabajo, públicas o privadas, 
									incluidas las universidades e instituciones 
									de educación superior, de tal forma que el 
									propietario podrá optar por un espacio 100% 
									libre de humo de tabaco. | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									338 votos, 1 en contra y 2 abstenciones.
									 
									
									
									c) 
									Devuélvase a la Cámara de Senadores para los 
									efectos del inciso e) del artículo 72 
									de la Constitución Política de los Estados 
									Unidos Mexicanos. | 
								
									| 
									
									
									4 | 
									
									
									Comisión de Atención a Grupos Vulnerables
									 
									
									  
									
									
									Publicación en GP:  
									
									
									Anexo V.  
									
									
									14 de abril de 2009. | 
									
									
									
									Que reforma el 
									artículo 4 de la Ley para la Protección de 
									los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa suscrita por la Dip. Claudia 
									Lilia Cruz Santiago el 11 de diciembre de 
									2008. 
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 
									de marzo de 2009. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Establecer que las normas aplicables a 
									niñas, niños y adolescentes, tendrán como 
									propósito fomentar sus capacidades y 
									garantizar el respeto a la dignidad y el 
									ejercicio pleno de sus derechos. Que el 
									Estado en sus 3 órdenes de gobierno, tendrá 
									la obligación de aplicar criterios, 
									disposiciones, políticas, acciones y 
									decisiones que busquen el beneficio del 
									infante y del adolescente. Asimismo, que las 
									instituciones de bienestar social, públicas 
									y privadas, los tribunales, las autoridades 
									administrativas y los órganos legislativos, 
									en la actuación de sus atribuciones y 
									funciones, deberán otorgar prioridad a los 
									intereses de este sector de la población. 
									
									  
									
									
									Intervenciones: 
									
									
									  
										
											
												| 
												
												
												Para 
												
												hablar en pro: |  
												| 
												
												
												Dip. José Francisco Melo 
												Velázquez (Convergencia) |  
												| 
												
												
												Dip. Claudia Lilia Cruz Santiago 
												(PRD) |  
												| 
												
												
												Dip. Mercedes Morales Utrera 
												(PAN) |            | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									344 votos y 1 abstención.  
									
									
									c) 
									Pasó a la Cámara de Senadores para sus 
									efectos constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									5 | 
									
									
									
									Que reforma el inciso 
									D del artículo 28 de la Ley para la 
									Protección de los Derechos de Niñas, Niños y 
									Adolescentes. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa presentada por la Dip. Mónica 
									Arriola (NA), el 4 de noviembre de 2008. 
									
									Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos 
									Augusto Bracho González (PAN), el 9 de 
									diciembre de 2008. 
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 
									de marzo de 2009. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Establecer como obligaciones de las 
									autoridades federales, del Distrito Federal, 
									estatales y municipales, en el ámbito de sus 
									respectivas competencias, impulsar el 
									desarrollo de actividades y programas en 
									materia de nutrición, que promuevan una 
									adecuada alimentación entre las niñas, los 
									niños y los adolescentes, a fin de prevenir, 
									tratar y controlar la desnutrición, el 
									sobrepeso, la obesidad y los trastornos 
									alimenticios. 
									
									  
									
									
									Intervenciones: 
									
									
									  
										
											
												| 
												
												
												Para hablar en pro: | 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Dip. Sagrario María del Rosario 
												Ortiz Montoro (PAN) | 
												
												
												Dip. Guillermina López Balbuena 
												(PRI) |    | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									335 votos. 
									
									
									c) 
									Pasó a la Cámara de Senadores para sus 
									efectos constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									6 | 
									
									
									
									Que reforma el 
									artículo 35 de la Ley para la Protección de 
									los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa suscrita por el Dip. Arnulfo 
									Elías Cordero Alonzo (PRI) el 17 de febrero 
									de 2009. 
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 
									de marzo de 2009. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Incluir el peligro a la integridad física, 
									emocional y psicológica dentro de las 
									infracciones que serán sancionadas cuando se 
									contrate laboralmente a menores de 14 años. 
									
									  
									
									
									Intervenciones: 
									
									
									  
										
											
												| 
												
												
												Para hablar en pro: |  
												| 
												
												
												Dip. Ivette Jacqueline Ramírez 
												Corral (PAN) |  
												| 
												
												
												Dip. Holly Matus Toledo (PRD) |  
												| 
												
												
												Dip. Arnulfo Elías Cordero 
												Alfonzo (PRI) |            | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									321 votos. 
									
									
									c) 
									Pasó a la Cámara de Senadores para sus 
									efectos constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									7 | 
									
									
									
									Que adiciona un inciso 
									j al artículo 30 de la Ley de los Derechos 
									de las Personas Adultas Mayores. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos 
									Augusto Bracho González (PAN) el 28 de enero 
									de 2009. 
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 
									de marzo de 2009. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Incluir al titular de la Secretaría de 
									Comunicaciones y Transportes como integrante 
									del Consejo Directivo del Instituto Nacional 
									de las Personas Adultas Mayores. 
									
									  
									
									
									Intervención: 
									Para hablar en pro: Dip. María 
									Guadalupe Salazar Anaya (PAN) | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									311 votos. 
									
									
									c) 
									Pasó a la Cámara de Senadores para sus 
									efectos constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									8 | 
									
									
									Comisión de Justicia
									 
									
									  
									
									
									Publicación en GP:  
									
									
									Anexo V.  
									
									
									14 de abril de 2009. | 
									
									
									
									Que reforma los 
									artículos 23 de la Ley de Amparo, 
									Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de 
									la Constitución Política de los Estados 
									Unidos Mexicanos; 163 y Noveno Transitorio 
									de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la 
									Federación y 28 de la Ley Federal de 
									Procedimiento Administrativo. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa presentada por el Dip. Gustavo 
									Macías Zambrano (PAN) el 12 de diciembre de 
									2007.  
									
									Iniciativa presentada por el Dip. Francisco 
									Elizondo Garrido (PVEM) el 6 de noviembre de 
									2008. 
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 24 
									de marzo de 2008. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Considerar como días inhábiles para el 
									cómputo de los plazos procesales y para las 
									actividades en los tribunales federales el 
									primer lunes de febrero, el tercer lunes de 
									marzo, el 14 de septiembre, el tercer lunes 
									de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis 
									años cuando corresponda a la transmisión del 
									Poder Ejecutivo Federal, el 25 de diciembre 
									y los que determinen las leyes federales y 
									locales electorales, en el caso de 
									elecciones ordinarias, para ejecutar la 
									jornada electoral. | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									301 votos y  2 abstenciones. 
									
									
									c) 
									Pasó a la Cámara de Senadores para sus 
									efectos constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									9 | 
									
									
									
									Que reforma diversas 
									disposiciones de las leyes Federales: de 
									Responsabilidad Patrimonial del Estado y de 
									Procedimiento Contencioso Administrativo. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa presentada por los Sens. Gustavo 
									Madero Muñoz (PAN), Minerva Hernández Ramos 
									(PRD) y Eduardo Calzada Rovirosa (PRI) el 15 
									de agosto de 2007.  
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 
									de abril de 2008.  
									
									Dictamen a Discusión presentado el 28 de 
									abril de 2008. Aprobado por 94 votos y 1 
									abstención. Pasó a la Cámara de Diputados 
									para los efectos del inciso a) del artículo 
									72 de la Constitución Política de los 
									Estados Unidos Mexicanos.  
									
									Minuta recibida el 29 de abril de 2008. 
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 24 
									de marzo de 2008. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Establecer que en los procedimientos de 
									responsabilidad patrimonial de los entes 
									públicos federales, la parte interesada 
									deberá presentar su reclamación ante la 
									dependencia o entidad presuntamente 
									responsable u organismo constitucional 
									autónomo, o bien, ante la Secretaría de la 
									Función Pública, de tal forma que el recurso 
									de revisión se deberá interponer en vía 
									administrativa o bien, directamente por vía 
									jurisdiccional ante el Tribunal Federal de 
									Justicia Fiscal y Administrativa. Asimismo, 
									los elementos mínimos que deberán contener 
									las demandas de dicho procedimiento. | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									310 votos y  1 abstención. 
									
									
									c) 
									Pasó al Ejecutivo Federal  para sus efectos 
									constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									10 | 
									
									
									Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad 
									Pública  
									
									  
									
									
									Publicación en GP:  
									
									
									Anexo V.  
									
									
									14 de abril de 2009. | 
									
									
									
									Que reforma, adiciona 
									y deroga diversas disposiciones de los 
									Códigos: Penal Federal, Federal de 
									Procedimientos Penales y de la Ley de 
									Extradición Internacional. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa presentada por la Dip. Laura 
									Angélica Rojas Hernández (PAN) el 25 de 
									abril de 2007.  
									
									Iniciativa suscrita por la Dip. Laura 
									Angélica Rojas Hernández (PAN) el 22 de 
									abril de 2008. 
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 24 
									de marzo de 2008. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Penalizar las prácticas sexuales con 
									personas menores de 18 años de edad o con 
									quienes no tienen la capacidad para 
									comprender el significado del hecho o 
									capacidad para resistirlo, con pena de 6 a 
									12 años de prisión y de 1000 a 2 mil días 
									multa. Asimismo, al que gestione para que 
									una persona que ejerza la patria potestad o 
									la tutela sobre un menor de 18 años de edad 
									o que no tenga la capacidad de comprender el 
									significado del hecho, preste su 
									consentimiento para la adopción del menor o 
									incapaz, sin que se cumplan las 
									disposiciones legales o los tratados 
									internacionales, con pena de 1 a 6 años de 
									prisión y de 500 a 1000 días multa. Permitir 
									las notificaciones por medios de 
									comunicación rápida como el fax, el correo 
									electrónico, o cualquier otra tecnología. 
									Asimismo, que podrán ser admitidas como 
									pruebas aquellas generadas por medios 
									informáticos, telemáticos, electrónicos, 
									ópticos o producto de cualquier otra 
									tecnología. | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									309 votos y  2 abstenciones. 
									
									
									c) 
									Pasó a la Cámara de Senadores para sus 
									efectos constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									11 | 
									
									
									Comisión de Juventud y Deporte 
									 
									
									  
									
									
									Publicación en GP:  
									
									
									Anexo V.  
									
									
									14 de abril de 2009. | 
									
									
									
									Que reforma y adiciona 
									diversas disposiciones de la Ley General de 
									Cultura Física y Deporte. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa presentada en la Cámara de 
									Senadores por el Sen. José Luís Máximo 
									García Zalvidea (PRD) a nombre de diversos 
									legisladores del Grupo Parlamentario del 
									Partido de la Revolución Democrática el 14 
									de octubre de 2008.  
									
									Iniciativa presentada por el Sen. Manuel 
									Velasco Coello (PVEM) el 14 de octubre de 
									2008.  
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 2 
									de diciembre de 2008.  
									
									Dictamen a Discusión presentado el 4 de 
									diciembre de 2008. Proyecto de decreto 
									aprobado por 89 votos. Se turnó a la Cámara 
									de Diputados para los efectos del inciso a) 
									del artículo 72 de la Constitución Política 
									de los Estados Unidos Mexicanos.  
									
									Minuta recibida el 9 de diciembre de 2008. 
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 24 
									de marzo de 2008. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Establecer como obligación de los tres 
									órdenes de gobierno y de las autoridades 
									deportivas del país, diseñar e impulsar 
									políticas específicas en materia de cultura 
									física y deporte, destinadas al desarrollo e 
									integración de las personas con 
									discapacidad, así como establecer mecanismos 
									que permitan a dichos deportistas, gozar de 
									los mismos reconocimientos y estímulos que 
									otorgue el gobierno federal, similares a los 
									que reciban los deportistas convencionales. | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									313 votos. 
									
									
									c) 
									Devuélvase a la Cámara de Senadores para los 
									efectos del inciso e) del artículo 72 
									de la Constitución Política de los Estados 
									Unidos Mexicanos. | 
								
									| 
									
									
									12 | 
									
									
									Comisión de Gobernación 
									
									  
									
									
									Publicación en GP:  
									
									
									Anexo V.  
									
									
									14 de abril de 2009. | 
									
									
									
									Que reforma el 
									artículo 72 de La Ley de Premios, Estímulos 
									y Recompensas Civiles. 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa suscrita por los Sens. Javier 
									Orozco Gómez (PVEM), José Isabel Trejo Reyes 
									(PAN), Rafael Alejandro Moreno Cárdenas 
									(PRI), Martha Leticia Rivera Cisneros (PAN) 
									y José Luis Máximo García Zalvidea (PRD) el 
									23 de julio de 2008. 
									
									Dictamen de Primera Lectura con dispensa de 
									trámites presentado el 9 de diciembre de 
									2008. Proyecto de decreto aprobado por 83 
									votos. Pasó a la Cámara de Diputados para 
									los efectos del inciso a) del artículo 72 de 
									la Constitución Política de los Estados 
									Unidos Mexicanos.  
									
									Minuta recibida en la sesión de la Cámara de 
									Diputados del 11 de diciembre de 2008. 
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Establecer dos categorías para otorgar el 
									Premio Nacional de la Juventud, las cuales 
									serán de 12 años hasta menos de 18 y de 18 
									hasta 29 años. Asimismo, que se sustituyan 
									algunas de las distinciones por las cuales 
									se otorga este premio. | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									289 votos y  1 abstención. 
									
									
									c)   
									Pasó al Ejecutivo Federal  para sus efectos 
									constitucionales. | 
								
									| 
									
									
									13 | 
									
									
									Comisión de Comisión de Hacienda y Crédito 
									Público 
									
									  
									
									
									Publicación en GP:  
									
									
									Anexo V.  
									
									
									14 de abril de 2009. | 
									
									
									
									Que reforma diversas 
									disposiciones de la Ley Orgánica de la 
									Procuraduría de la Defensa del 
									Contribuyente. 
									 
									
									
									  
									
									
									Proceso Legislativo: 
									
									Iniciativa presentada por los Sens. Gustavo 
									Enrique Madero Muñoz (PAN), Minerva 
									Hernández Ramos (PRD) y José Eduardo Calzada 
									Rovirosa (PRI) el 1 de abril de 2008. 
									 
									
									Dictamen de Primera Lectura con dispensa de 
									trámites presentado el 22 de abril de 2008. 
									Aprobado por 67 votos. Se turnó a la Cámara 
									de Diputados, para los efectos del inciso a) 
									del artículo 72 de la Constitución Política 
									de los Estados Unidos Mexicanos.  
									
									Minuta recibida el 24 de abril de 2008. 
									
									Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 
									de marzo de 2009. 
									
									
									  
									
									
									Propuesta: 
									
									Incluir como una de las obligaciones de la 
									Procuraduría de la Defensa del 
									Contribuyente, atender las obligaciones 
									sobre transparencia e información que impone 
									la Ley Federal de Transparencia y Acceso a 
									la Información Pública Gubernamental, 
									difundiendo entre la población en general, a 
									través de la página electrónica que tenga 
									establecida en el sistema "Internet", las 
									principales acciones que haya realizado 
									tanto en defensa de los contribuyentes como 
									para mejorar la relación entre éstos y las 
									autoridades fiscales; así como proporcionar 
									los datos estadísticos más relevantes para 
									que el Ejecutivo Federal, a través de la 
									Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 
									publique al menos semestralmente en el 
									Diario Oficial de la Federación, la 
									información sobre sus principales 
									actividades administrativas. De esta manera, 
									eliminar la correspondiente de informar 
									anualmente al Congreso de la Unión sobre el 
									ejercicio de su función y comparecer siempre 
									que sea convocado para ese efecto, ante el 
									Pleno o las Comisiones correspondientes. 
									Establecer que los consejeros independientes 
									que forman parte del órgano de gobierno de 
									la Procuraduría de la Defensa del 
									Contribuyente sean designados directamente, 
									y sin intervención del Senado, por el 
									titular del Ejecutivo Federal, así como que 
									deberán contar con experiencia en materia 
									tributaria, eliminando las frases fiscal y 
									contable. | 
									
									
									a) 
									En votación económica se le dispensó 
									la Segunda Lectura. 
									
									
									b)
									Aprobado en lo general y en lo 
									particular, en votación nominal por 
									275 votos y 2 abstenciones. 
									
									
									c)   
									Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos 
									constitucionales. |