No.
|
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el
artículo 32 de la Ley de Coordinación
Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Carlos Alberto Puente Salas
(PVEM) * |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Establecer que el Fondo de Aportaciones para
la Infraestructura Social podrá
incrementarse por los montos que fije el
Poder Ejecutivo en el Presupuesto de Egresos
de la Federación y auxiliarse de estímulos
fiscales que al efecto sean previstos en la
Ley de Ingresos del ejercicio fiscal
correspondiente, a fin de ser distribuido
entre las entidades federativas o municipios
que pretendan establecer un relleno
sanitario. |
2 |
Que reforma diversas
disposiciones de la Ley Federal de
Derechos.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Establecer el pago de derechos por el uso o
aprovechamiento del espacio aéreo como
cuerpo receptor de contaminantes
atmosféricos. Que estarán obligadas al pago
de dichas contribuciones, las personas
públicas y privadas con actividades
comerciales, industriales y de servicios que
generen emisiones de CO2
provenientes de instalaciones de combustión
con una potencia térmica nominal superior a
20 megawatts. Que los derechos recaudados
por este concepto serán canalizados al
Fideicomiso para el Aprovechamiento de las
Energías Renovables, como bonos ambientales.
Que a las emisiones efectivamente erogadas
se les podrá restar la reducción de
emisiones provenientes de la implantación de
proyectos registrados por la Secretaría de
Energía, y certificados por la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Asimismo, el procedimiento para la obtención
o revocación del certificado de emisiones de
CO2. |
3 |
Que deroga los
artículos 238 y 238-A de la Ley
Federal de Derechos, y reforma el 89
de la Ley General de Vida Silvestre.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2008. |
Dip.
Pascual Bellizzia Rosique
(PVEM) * |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito
Público y de Medio Ambiente y
Recursos Naturales |
Prohibir el aprovechamiento extractivo de
flora y fauna silvestre en predios
federales. Asimismo, establecer que solo se
podrá otorgar la autorización de
aprovechamientos no extractivos en dichos
predios y normar su ejercicio, cumpliendo
con las obligaciones que para tal efecto se
establezcan. |
4 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley de
Vivienda y de la Ley de Aguas
Nacionales.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Beatriz Manrique Guevara
(PVEM) * |
Comisiones Unidas de Vivienda y de
Recursos Hidráulicos |
Establecer como obligación de la Comisión
Nacional de Vivienda, en coordinación con
las autoridades competentes tanto federales
como locales, observar los principios de
sustentabildad de la vivienda y el uso
eficiente del agua. |
5 |
Que reforma el
artículo 94 de la Ley General de
Población.
Publicación en GP:
Anexo V.
30 de septiembre de 2008. |
Dip.
Manuel Portilla Diéguez
(PVEM) * |
Comisión de Población, Fronteras y
Asuntos Migratorios |
Establecer que las autoridades de los tres
órdenes de gobierno deberán adoptar el uso
de la Clave Única de Registro de Población (CURP)
como fuente de información para realizar
trámites oficiales, con el objeto de evitar
solicitar a las personas documentos
adicionales para obtener datos de identidad
que no requieran elementos de identificación
física. |
6 |
Que reforma el
artículo 39 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
2 de octubre de 2008. |
Dip.
Manuel Salvador Salgado Amador
(PVEM) * |
Comisión de Régimen, Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias |
Sustituir la denominación de la Comisión de
Pesca de la Cámara de Diputados, por la de
Pesca y Acuacultura. |
7 |
Que reforma y adiciona
los artículos 4 y 27 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
7 de octubre de 2008. |
Dips.
Francisco Fraile García y Éctor Jaime
Ramírez Barba
(PAN) * |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que será de interés público y
parte de los derechos de la colectividad,
tener un medio ambiente sano y
ecológicamente equilibrado, así como
participar en las acciones tendientes a la
conservación, preservación, restauración y
protección del medio ambiente y la
naturaleza en el territorio nacional y las
zonas sobre las que la Nación ejerce su
soberanía y jurisdicción. Que el daño
ambiental generará la obligación de ser
reparado por quien lo provoque y podrá ser
solicitada por cualquier persona sin
necesidad de acreditar interés jurídico
alguno. |
8 |
Que reforma y adiciona
los artículos 1 y 103 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
7
de octubre de 2008. |
Sustituir la denominación del capítulo de
“Garantías Individuales” por el “De los
derechos humanos y las garantías
individuales”, a fin de reconocer estos
derechos en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y en los tratados
internacionales ratificados por el Estado
mexicano. Que para la aplicación e
interpretación de las normas de derechos
humanos deberán prevalecer aquellas que
confieran mayor protección a las personas en
el goce y ejercicio de sus derechos.
Asimismo, que el juicio de amparo podrá
interponerse contra cualquier ley o actos de
la autoridad que violen los derechos
humanos. |
9 |
Que reforma el
artículo 4 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
7 de octubre de 2008. |
Establecer que toda persona tiene el derecho
a disfrutar de una vivienda digna y
adecuada. La obligación del Estado para
determinar las características que deberán
considerarse en la construcción de las
viviendas, y garantizar su acatamiento.
Asimismo, determinar los instrumentos,
apoyos y sistemas de financiamiento para
alcanzar dicho objetivo. |
10 |
Que reforma el
artículo 29 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
7 de octubre de 2008. |
Establecer que los derechos humanos no
podrán suspenderse ni restringirse, salvo en
los casos y bajo las condiciones que la
Constitución establece. Que en ningún caso
se podrá suspender el ejercicio de aquellos
derechos que hayan sido declarados como no
suspendibles por los tratados
internacionales celebrados por México en la
materia. Asimismo, la obligación del Estado
de determinar el procedimiento que habrá de
seguirse para expedir la declaratoria de
estado de excepción. |
11 |
Que reforma y adiciona
los artículos 71 y 102 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
7 de octubre de 2008. |
Facultar a la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos (CNDH) para iniciar leyes o
decretos en materia de derechos humanos.
Establecer el proceso que habrá de seguirse
cuando las recomendaciones emitidas por la
CNDH no sean acatadas por las autoridades o
servidores públicos federales. Que en las
constituciones de los estados y en el
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal
deberá reconocerse la autonomía de los
organismos de protección de los derechos
humanos. Asimismo, que la elección del
presidente de la CNDH, de los integrantes de
su Consejo Consultivo, y de los titulares de
los organismos de protección de los derechos
humanos establecidos por las legislaturas de
las entidades federativas, deberá ajustarse
a un procedimiento de consulta pública. |
12 |
Que reforma el
artículo 11 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
7 de octubre de 2008. |
Precisar que toda persona tiene el derecho
de transitar por la República Mexicana.
Otorgar a toda persona, el derecho para
solicitar y recibir asilo, precisando su
objetivo. |
13 |
Que reforma el
artículo 33 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
7 de octubre de 2008. |
Sustituir la denominación de extranjeros por
el de personas extranjeras y otorgarles los
derechos que reconoce esta constitución.
Asimismo, que el Ejecutivo de la Unión
podrá, por motivo de seguridad nacional,
expulsar del territorio nacional, previa
audiencia, a toda persona extranjera cuya
permanencia juzgue inconveniente. |
14 |
Que reforma los
artículos 29 y 40 de la
Ley del Impuesto sobre
la Renta.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2008. |
Dip.
Faustino Javier Estrada González
(PVEM) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Incluir dentro de las deducciones que podrán
efectuar los contribuyentes, las inversiones
en proyectos de reingeniería de procesos en
empaques y embalajes para convertir a un
residuo en un bien útil a través del
reciclaje, la reutilización o reuso del 100%
de los elementos de celulosa o fibra de
papel. Asimismo, que se podrá deducir hasta
el 100% del Impuesto Sobre la Renta
tratándose de activos fijos
para adquisición de maquinaria o equipos que
al procesar empaques y embalajes sean
capaces de obtener la recuperación al 60% o
reciclaje a los 50% como mínimo de celulosa,
fibra de papel de origen maderero o vegetal
contenidos en ellos. |
15 |
Que adiciona el
artículo 468 Bis al Código Federal de
Procedimientos Penales.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de septiembre de 2008. |
Dip.
Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo
(PAN) |
Comisión de Justicia |
Crear el recurso de suspensión a prueba del
procedimiento penal iniciado por la comisión
de delitos no graves o cometidos bajo la
modalidad de asociación delictuosa.
Establecer su definición, los requisitos
para su otorgamiento, el procedimiento
correspondiente y los supuestos en que se
procedería a su revocación. |
16 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley
General para la Igualdad entre Mujeres y
Hombres.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de septiembre de 2008. |
Dip.
Irene Aragón Castillo
(PRD) |
Comisión de Equidad y Género |
Establecer que los convenios o acuerdos de
coordinación que suscriba la federación con
el Instituto Nacional de las Mujeres,
deberán tener como finalidad, implementar
las acciones y tareas específicas
establecidas en los tratados internacionales
en materia de igualdad ratificados por el
Estado mexicano. De igual forma, que
corresponderá a los congresos de los
estados, con base en sus respectivas
constituciones, y a la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal, con arreglo a su
Estatuto de Gobierno, armonizar sus
disposiciones legales con los fines antes
descritos. |
17 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley
General de las Personas con Discapacidad.
Publicación en GP:
Anexo III.
7 de octubre de 2008. |
Dip.
Eduardo Espinosa Abuxapqui
(PRI) |
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables |
Crear el Consejo Nacional para las Personas
con Discapacidad como un organismo
descentralizado sectorizado a la Secretaría
de Gobernación, responsable de cumplir con
la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad y ésta Ley,
definir una política de estado, desarrollar
un programa nacional, y promover mayor
presupuesto para atender a este sector de la
población. Que dicho Consejo sea
administrado por una Junta de Gobierno y un
Presidente electo por el Senado de la
República. Que participen diversas entidades
de la Administración Pública Federal y
representantes de los senadores, los
diputados, y de las entidades federativas.
Que se integren Consejos Consultivos para
las Personas con Discapacidad en los niveles
federal, estatal y municipal, con la
finalidad de que las organizaciones sociales
y la población con discapacidad puedan
participar en las decisiones del gobierno.
Asimismo, lo relativo a la organización y
funcionamiento de la Junta de Gobierno del
Consejo Nacional. |
18 |
Que expide la
Ley General de Playas.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de septiembre de 2008. |
Dip.
Manuel Salvador Salgado Amador
(PVEM)
A nombre propio y del Dip. Francisco
Elizondo Garrido (PVEM) |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos
Naturales con opinión de la Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública |
Regular el uso, aprovechamiento, control,
administración, inspección y vigilancia de
las playas, zona federal marítimo-terrestre
y terrenos ganados al mar. Establecer los
requisitos y procedimientos para la
certificación de las playas, el manejo de
los residuos sólidos y líquidos, las
obligaciones de los particulares que prestan
servicios turísticos adyacentes a la playa,
así como las infracciones y sanciones por la
violación de las disposiciones contenidas en
la presente. |
19 |
Que reforma, adiciona
y deroga diversas disposiciones de la
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado,
de la Ley de los Sistemas de Ahorro
para el Retiro y de la Ley de
Protección y Defensa al Usuario de Servicios
Financieros.
Publicación en GP:
Anexo IV.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Neftalí Garzón Contreras
(PRD) |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión
Social y de Hacienda y Crédito
Público con opinión de la Comisión de
Seguridad Social
Por acuerdo de la Mesa Directiva del 16 de
octubre de 2008 (GP:24/10/08), se modificó
el turno a
las Comisiones Unidas de Seguridad Social y
de Hacienda y Crédito Público, con
opinión de la Comisión de Presupuesto y
Cuenta Pública |
Establecer que los trabajadores y familiares
podrán participar en la toma de decisiones
del Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE),
a través de la Asamblea Nacional de
Derechohabientes. Que el propio ISSSTE
deberá administrar los recursos, y los
dividendos del manejo de las cuentas
individuales sean los fondos de pensiones.
Que sea el ISSSTE quien pueda obtener estos
préstamos con autorización de la Cámara de
Diputados y con la debida garantía.
Asimismo, la obligación del Estado de
garantizar que el monto mínimo de las
jubilaciones y pensiones sea de cuando menos
4 salarios mínimos generales en el Distrito
Federal, y el salario integrado con tope de
hasta 25 salarios mínimos generales del
Distrito Federal, tanto para las
aportaciones como para los beneficiarios de
los trabajadores. |
20 |
Que reforma el
artículo 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de septiembre de 2008. |
Dip.
Alfonso Izquierdo Bustamante
(PRI) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Incluir dentro de los fines de los acuerdos
de coordinación suscritos por los
municipios, impeler la planeación y el
desarrollo regional. |
21 |
Que reforma el
artículo 38 del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de septiembre de 2008. |
Dip.
José de Jesús Solano Muñoz
(PAN) |
Comisión de Gobernación |
Prohibir a los partidos políticos, repartir
despensas durante las campañas y precampañas
para efectos de propaganda electoral. |
22 |
Que reforma el
artículo 39 de la
Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Eduardo Sánchez Hernández
(PRI) * |
Comisión de Régimen, Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias |
Sustituir la denominación de las comisiones
ordinarias de Cultura y de Radio, Televisión
y Cinematografía, de la Cámara de Diputados,
por la de Cultura y Cinematografía la
primera y de Telecomunicaciones la segunda. |
23 |
Que reforma el
artículo 175 Bis de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Diputados integrantes de la Comisión
Especial de la Cuenca de Burgos * |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos
Naturales |
Establecer que los ingresos obtenidos por el
pago de multas por infracciones a lo
dispuesto en la Ley General del Equilibrio
Ecológico y Protección al Ambiente, deberán
ser destinados preferentemente a la
protección, preservación o restauración de
la zona afectada que dio origen a la
sanción. |
24 |
Que adiciona el
artículo 34 Bis a la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Establecer como obligación de las empresas
paraestatales del sector energético,
realizar consultas públicas una vez que
presenten ante la Secretaría de Medio
Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, sus
manifestaciones de impacto ambiental para su
evaluación y resolución correspondientes.
Asimismo, regular el procedimiento
correspondiente. |
25 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Establecer como obligatorias las auditorías
ambientales para las entidades
paraestatales, órganos desconcentrados y
demás entidades autónomas de la
Administración Pública Federal. Asimismo,
que la Secretaría de Medio Ambiente,
Recursos Naturales y Pesca, deberá convenir
con dichas entidades y órganos, los
correspondientes programas de trabajo para
la realización de las mismas. |
26 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones del Código
Penal Federal y del Código de
Justicia Militar.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Faustino Javier Estrada González
(PVEM) |
Comisiones Unidas de Justicia y de
Defensa Militar |
Facultar a los jueces penales para conocer
de las causas de los delitos cometidos por
militares. Asimismo, que para los delitos
cometidos por militares contra la disciplina
militar ya sea del orden común o federal,
éstos deberán ser juzgados por la justicia
civil. |
27 |
Que reforma el
artículo 22 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Violeta del Pilar Lagunes Viveros
(PAN) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que se podrá imponer pena de
prisión vitalicia por la comisión de delitos
de delincuencia organizada, cuando el sujeto
activo tenga la calidad de funcionario
público, o hubiese participado en su
comisión durante su mandato. |
28 |
Que reforma el
artículo 29 de la Ley del Impuesto al
Valor Agregado.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de Septiembre de 2008. |
Dip.
Samuel Aguilar Solís
(PRI) * |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Exentar del pago del Impuesto al Valor
Agregado, a los viajes grupales de
incentivos que se celebren en México. |
29 |
Que reforma los
artículos 6 de la Ley que Establece
las Normas Mínimas sobre Readaptación Social
de Sentenciados y 18 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2008. |
Dip.
Beatriz Manrique Guevara
(PVEM) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Seguridad
Pública |
Establecer que los centros de reclusión para
mujeres deberán contar con la
infraestructura necesaria para el cuidado de
sus hijos que permanezcan con ellas, así
como para el desarrollo de actividades y
capacitación que atienda las circunstancias
y necesidades de ambos. |
30 |
Que reforma el
artículo 343 del Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
María Soledad Limas Frescas
(PAN) |
Comisión de Justicia |
Establecer que cuando el delito de violencia
familiar sea cometido en contra de una
mujer en estado de gravidez, se deberá
aumentar la pena correspondiente hasta en
una tercera parte en su mínimo y en su
máximo, independientemente de las sanciones
que correspondan por cualquier otro delito. |
31 |
Que reforma diversas
disposiciones de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo II.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Francisco Javier Calzada Vázquez
(PRD) |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer que los subejercicios
de los presupuestos de las dependencias y
entidades
relativos a proyectos de inversión en
infraestructura para el desarrollo de las
entidades federativas que no se subsanen en
el plazo de 90 días naturales no podrán ser
reasignados. Asimismo, facultar a la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
para constituir fideicomisos con dichos
subejercicios, a fin de asegurar que los
recursos se apliquen, aún en ejercicios
presupuestales subsecuentes, a los proyectos
para los cuales fueron originalmente
asignados. |
32 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley para
la Transparencia y Ordenamiento de los
Servicios Financieros, de la
Ley del Banco de México y de la
Ley de Instituciones de Crédito.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de Septiembre de 2008. |
Dip.
Manuel Portilla Diéguez
(PVEM) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Establecer como obligación de las
instituciones de crédito, crear en su página
electrónica un registro único de comisiones,
que contenga los índices de comisiones sobre
excedentes, el costo medio anual de las
mismas y los datos que al efecto dicten el
Banco de México (Banxico) y la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público para establecer
comparativos mensuales y anuales. Que la
información deberá estar actualizada y
puesta a disposición o consulta gratuita en
la página electrónica de cada institución.
Que Banxico deberá disponer los indicadores
que formarán el registro único de
comisiones, así como realizar una
calificación de las comisiones por emisión,
renovación y tenencia. De elaborar una
recomendación o índice límite para
estipulación de comisiones recomendado para
planes y fondos de inversión. Asimismo,
facultarlo para declarar sin efecto de cobro
para el año posterior a las comisiones que
como resultado de la evaluación sean
consideradas excesivas. |
33 |
Que reforma el
artículo 354 del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2008. |
Dip.
Faustino Javier Estrada González
(PVEM) |
Comisión de Gobernación |
Aumentar el rango de la multa contemplada
para los casos de compra de tiempo en radio
y televisión para la difusión de propaganda
política o electoral, que realicen los
ciudadanos, dirigentes y afiliados a los
partidos políticos, así como las personas
morales, de hasta con el doble de la
prevista para dicho supuesto. |
34 |
Que reforma el
artículo 45 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Jesús Arredondo Velázquez
(PAN) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias |
Establecer los criterios y plazos a seguir
en el procedimiento para la presentación,
análisis y dictaminación del proyecto de
Presupuesto de Egresos de la Federación,
enviado por el Presidente de la República a
la Cámara de Diputados del Congreso de la
Unión. |
35 |
Que reforma los
artículos 93 y 188 del Código Federal
de Procedimientos Civiles.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2008. |
Dip.
Faustino Javier Estrada González
(PVEM) |
Comisión de Justicia |
Considerar como medios de prueba, los
registros dactiloscópicos y cualquier
grabación de imágenes y sonidos para
acreditar hechos o circunstancias en
relación con el negocio que se ventila ante
el órgano jurisdiccional. |
36 |
Que reforma y adiciona
los artículos 3 y 4 de la Ley Federal
de Juegos y Sorteos.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Javier Martín Zambrano Elizondo
(PAN) ** |
Comisión de Gobernación |
Establecer que en los lugares en que se
practiquen juegos con apuestas o sorteos de
cualquier clase, incluyendo los realizados
por medios mecánicos, deberán observarse las
disposiciones y reglamentos municipales,
además de las disposiciones de desarrollo
urbano correspondientes, a fin de que dichos
establecimientos se ajusten a las leyes
previamente autorizadas por el municipio.
Asimismo, que dichos establecimientos
deberán exhibir la autorización que le haya
otorgado el ayuntamiento del municipio donde
pretenda instalarse o funcionar, o de ser el
caso, de los órganos competentes de las
demarcaciones territoriales cuando se trate
del Distrito Federal. |
37 |
Que reforma el
artículo 24 de la Ley de Aguas
Nacionales.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de septiembre de 2008. |
Comisión de Recursos Hidráulicos con
opinión de la Comisión Especial de la
Cuenca Lerma-Chapala- Santiago |
Establecer que los organismos de cuenca
deberán proporcionar a las autoridades
municipales ubicadas dentro de su ámbito
territorial de competencia, dentro de los
primeros 6 meses de cada año, un listado de
concesiones ubicadas en cada municipalidad
cuyo vencimiento se verifique en el año
inmediato posterior. Asimismo, que dicho
listado deberá ser publicado por las
autoridades municipales dentro de los 10
días hábiles siguientes a su recepción. |
38 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley
General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Éctor Jaime Ramírez Barba
(PAN)
A nombre de diversos diputados del Grupo
Parlamentario del PAN |
Comisión de Salud |
Sustituir el concepto de productos de
perfumería y belleza por el de productos
cosméticos. Que dichos productos deberán
cumplir las características establecidas por
la Secretaría de Salud
mediante normas oficiales mexicanas.
Asimismo, establecer que
cualquier cirugía estética y cosmética
relacionada con cambiar o corregir el
contorno o forma de diferentes zonas o
regiones del cuerpo, deberán efectuarse en
establecimientos o unidades médicas con
licencia sanitaria vigente, atendidos por
profesionales de la salud y tengan la
autorización de la Secretaría de Salud. |
39 |
Que reforma y adiciona
diversos artículos de la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Francisco Javier Calzada Vázquez
(PRD) |
Considerar como sujetos de donación de
órganos y tejidos, a los cadáveres de las
personas fallecidas como resultado de su
participación en actividades de la
delincuencia organizada, así como los reos
sentenciados en toda la República. Incluir
las pruebas de doppler carotideo y la
tomografía cerebral como medios para
comprobar la muerte cerebral. Establecer que
los cadáveres de los que se hayan obtenido
órganos o tejidos para transplantes, se
entregarán a sus familiares, embalsamados y
dignificados a su plena satisfacción,
asumiendo el hospital el costo del
procedimiento correspondiente. Prohibir a
los médicos subordinados de los encargados
del transplante, comprobar la pérdida de la
vida de los donantes. Asimismo, incluir como
obligación de los hospitales públicos,
contar con una Coordinación de Donación que
constituya una red proveedora de órganos y
tejidos para los hospitales de
especialidades. |
40 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y del Reglamento
para el Gobierno Interior del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Martha Margarita García Müller
(PAN) ** |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Régimen,
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias |
Otorgar a los ciudadanos mexicanos el
derecho de iniciar leyes o decretos
en cualquier materia salvo en materia
constitucional, fiscal, electoral, seguridad
nacional,
que tengan como fin regular a las fuerzas
armadas o
sobre tratados internacionales. Que para
hacer uso de este derecho
deberán estar inscritos en el Registro
Nacional de Población, en el Registro
Federal de Electores y contar con su
credencial de elector actualizada. Asimismo,
que el número de suscriptores deberá
representar el 1% total de los ciudadanos en
al menos 17 entidades federativas. |
41 |
Que reforma el
artículo 49 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
18 de septiembre de 2008. |
Comisión de Régimen, Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias |
Crear el Servicio de Propuestas Ciudadanas,
que estará a cargo de la Secretaría de
Servicios Parlamentarios y cuyo objetivo
será recibir las propuestas de los
ciudadanos, organizarla, incorporarla en una
base de datos y turnar la información a las
comisiones existentes de la Cámara de
Diputados. Que la oficina facultada para
recabar dichas propuestas, deberá actualizar
y ordenar periódicamente la base de datos de
las propuestas. |
42 |
Que reforma el
artículo 49 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Carlos Madrazo Limón
(PAN) **
A nombre de diversos diputados del Grupo
Parlamentario del PAN |
Incluir como servicios para auxiliar el
desarrollo de las sesiones del Pleno de la
Cámara de Diputados del Congreso de la
Unión, brindados por la Secretaría de
Servicios Parlamentarios, el apoyo técnico
audiovisual o cualquier otro que se requiera
para la aplicación de las tecnologías de la
información para la exposición por parte de
los legisladores miembros del Pleno. |
43 |
Que reforma el
artículo 12 de la Ley General que
establece las Bases de Coordinación del
Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Publicación en GP:
Anexo II.
18 de septiembre de 2008. |
Comisión de Seguridad Pública |
Incluir a los secretarios de Seguridad
Pública de los estados, del Distrito Federal
o sus equivalentes dentro los integrantes
del Consejo Nacional del Sistema Nacional de
Seguridad Pública. |
44 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de las Leyes de
Transparencia y
Ordenamiento de los Servicios Financieros,
y de Protección y Defensa al Usuario
de Servicios Financieros.
Publicación en GP:
Anexo II.
18 de septiembre de 2008. |
Dip.
Jaime Verdín Saldaña
(PAN)
A nombre propio y del Dip. Martín Malagón
Ríos (PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Facultar a la Comisión Nacional para la
Protección y Defensa de los Usuarios de
Servicios Financieros para conocer, dar
seguimiento y sancionar sobre cualquier
controversia, queja y/o denuncia de algún
producto y/o servicio proporcionado por las
entidades financieras. Asimismo, a la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público y
la Comisión Nacional Bancaria y de Valores,
para establecer disposiciones de carácter
general en materia de quejas y/o denuncias. |
45 |
Que reforma el
artículo 2 de la Ley de Planeación.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 Septiembre, 2008. |
Dip.
Elda Gómez Lugo
(PRI) |
Incluir dentro de los principios de la
Planeación Nacional del Desarrollo
a la perspectiva de género, en aras de
garantizar políticas públicas para mujeres y
hombres, equitativas y justas, que permitan
alcanzar la igualdad y el acceso equitativo
a los bienes, los recursos y los beneficios
del desarrollo. |