DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. OFICIOS

a) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.

b) De legislaturas estatales y del Distrito Federal.

c) Del Senado de la República.

2. COMUNICACIONES

a) De la Mesa Directiva.

3. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES Y COMITÉS

4. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

a) De la Secretaría de Gobernación.

5. PERMISO CONSTITUCIONAL

a) Para prestar servicios.

6. MINUTAS

a) Con proyecto de decreto.

b) De permiso constitucional. Al ejecutivo Federal para usar condecoración.

c) De permiso constitucional. Al Ejecutivo Federal para ausentarse del Territorio Nacional.

7. INICIATIVAS

8. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

9. PROPOSICIÓN DE URGENTE RESOLUCIÓN

10. EXCITATIVA

a) Para dictaminar iniciativa.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión N°19, de Octubre 25, 2007.

 

                8. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

                       a) Con proyecto de ley.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRÁMITE

1

Comisión de Agricultura y Ganadería

 

Publicación en GP:

Octubre 25, 2007.

Que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Cruz López Aguilar (PRI) el 8 de diciembre de 2005. (LIX)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de diciembre de 2005. (LIX)

Dictamen a Discusión presentado el 7 de febrero de 2006. Aprobado por 346 votos. Se turnó al Senado de la República para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

Minuta presentada en el Senado de la República el 9 de febrero de 2006. (LIX)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de abril de 2006. (LIX)

Dictamen a Discusión presentado el 27 de abril de 2006. Aprobado por 70 votos. Se devolvió a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

Minuta presentada el 5 de septiembre de 2006. (LIX)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de abril de 2007 y puesto a discusión en misma fecha. Aprobado por 243 votos, 128 en contra y 7 abstenciones. Se turnó al Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales.

Oficio del Ejecutivo Federal con observaciones al decreto, recibida en la Cámara de Diputados el 3 de septiembre de 2007.

 

Propuesta:

Atiende de manera satisfactoria las observaciones del Ejecutivo Federal, conforme a lo siguiente:

§  Incluir otras fuentes de biomasa como insumos destinados a la producción de bioenergéticos, tales como los derivados de actividades forestales, algas, procesos biotecnológicos y enzimáticos del campo mexicano;

§  Establecer la diferencia entre producción y consumo de bioenergéticos y su implicación en la distribución de competencias entre autoridades involucradas (Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación -SAGARPA, de Energía - SENER, de Medio Ambiente y Recursos Naturales -SEMARNAT, de Economía y de Hacienda y Crédito Público);

§  Establecer un plazo no mayor de 6 meses, contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley, para que el Ejecutivo Federal, a través de la SAGARPA y la SENER, expidan los programas de producción sustentable de insumos para Bioenergéticos y de Desarrollo Científico y Tecnológico para la introducción de los bioenergéticos en el país y el de Introducción de Bioenergéticos, respectivamente;

§  Prever esquemas tendientes a impulsar el desarrollo sustentable de la producción y comercialización de insumos, así como de la producción, transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de los Bioenergéticos; y,

§  Facultar a la SEMARNAT para emitir las disposiciones respecto a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el Protocolo de Kyoto del cual es parte México.

Primera Lectura

 

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