No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma la fracción X del artículo
109 de la
Ley del Impuesto Sobre
la Renta.
Publicación en GP:
Octubre 25, 2007. |
Sen.
Ludivina Menchaca Castellanos
(PVEM)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público |
Eliminar el tope de 99 veces el salario
mínimo la extensión existente en la
exención del pago del impuesto sobre la
renta por obtención de primas de
antigüedad, retiro e indemnizaciones u
otros pagos, en caso de separación de
una relación laboral. |
2 |
Que reforma el artículo 226 y adiciona
un 226 Bis de la Ley del Impuesto
Sobre la Renta, y reforma los
artículos 19, 37, 44 y 45 de la
Ley Federal de Cinematografía.
Publicación en GP:
Octubre 25, 2007. |
Sen.
Federico Döring Casar
(PAN)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisiones Unidas de Hacienda
y Crédito Público y de Radio,
Televisión y Cinematografía |
Aumentar del 10% al 15% el tope que se
da para otorgar el estimulo fiscal a los
contribuyentes del impuesto sobre la
renta, que aporten a proyectos de
inversión en la producción
cinematográfica nacional. Asimismo, el
tope para distribuir entre los
aspirantes dicho estímulo de 500 a 750
millones de pesos por cada ejercicio
fiscal y de 20 a 30 millones de pesos
por cada contribuyente. Duplicar el
periodo de estreno de las películas
nacionales. Integrar a un representante
de los sindicatos de la industria
cinematográfica dentro del Comité
Técnico del Fondo de Inversión y
Estímulos al Cine. |
3 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de la
Comisión Reguladora de Energía.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Raúl Cervantes Andrade
(PRI)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Energía |
Facultar a la Secretaría de Energía para
regular la exploración, el desarrollo y
la explotación de hidrocarburos en
cualquiera de sus estados físicos en que
se encuentre, con la creación de un
catastro petrolero como un padrón
georeferenciado y estadístico de los
recursos naturales propiedad de la
nación en materia de hidrocarburos. En
dicho registro se inscribirá una
relación de permisos, asignaciones
petroleras, declaratorias, decretos y
contratos que se emitan conforme a la
Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en el Ramo del Petróleo.
Asimismo, aumentar el número de
integrantes de la Comisión Reguladora de
Energía de 5 a 8 comisionados, los
cuales podrán ser removidos por el
titular del Ejecutivo Federal a
petición de la Secretaría. |
4 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de las leyes General
del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente, y
Minera.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 25, 2007. |
Dip.
Antonio Xavier López Adame
(PVEM)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisiones Unidas de Medio Ambiente y
Recursos Naturales y de Economía |
Incorporar los conceptos de duna y
oasis. Asimismo, establecer que para el
aprovechamiento forestal en selvas bajas
caducifolias, medianas, altas
perenifolias, bosques mesofilos de
montaña, bosques riparios, islas, dunas,
pastos marinos, puntas rocosas, bajos
rocosos y oasis, en la realización de
obras o actividades se requerirá la
autorización de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales
|
5 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley General de Cultura Física y
Deporte.
Publicación en GP: Anexo II. Octubre 9,
2007 |
Dip.
Omar Antonio Borboa Becerra
(PAN) |
Comisión de Juventud y Deporte |
Establecer que en la construcción,
conservación, adecuación, uso y
mejoramiento de instalaciones destinadas
a la cultura física se consideren los
requerimientos de las personas y alumnos
con discapacidad. Asimismo, la
obligación de la Secretaría de Educación
Pública de apoyar las medidas que se
tomen al respecto. |
6 |
Que expide la
Ley de Derechos de
las Víctimas del Delito y Acceso a la
Justicia.
Publicación en GP:
Octubre 26, 2007. |
Dip.
Mario Enrique del Toro
(PRD) |
Comisiones Unidas de Derechos Humanos
y de Justicia, con opinión de la
Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública |
Establecer los derechos y las medidas de
atención, protección y acceso a la
justicia de las víctimas y ofendidos por
una conducta tipificada y sancionada
como delito por las leyes penales
mexicanas. Dichas medidas deberán ser
proporcionadas por el titular del Poder
Ejecutivo estatal a través de la
Procuraduría General de la República.
Asimismo, que se procurará la
prestación de los servicios de atención
y protección a víctimas del delito, a
través de la intervención directa de la
Secretaría de Salud y el DIF, tales como
asesoría jurídica profesional gratuita,
atención médica y psicológica de
urgencia; apoyo material, y la
protección física o de seguridad, en los
casos en que se requiera. |
7 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley Federal de Derechos.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán
(PRI)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público |
Establecer que los ingresos obtenidos
por conducto de la explotación, uso o
aprovechamiento de aguas nacionales se
destinen, en su totalidad, para el uso y
administración de los municipios, en
proporción a la recaudación calculada en
su demarcación, para la ampliación,
mantenimiento y desarrollo de obras de
infraestructura hidráulica. Que cuando
dichos ingresos se ejerzan para el
financiamiento de programas que se
establezcan en coordinación con la
Comisión Nacional del Agua, ésta
aportará recursos federales en una
cantidad equivalente de por lo menos el
mismo monto de la aportación municipal,
en el ejercicio de que se trate. |
8 |
De Ley que establece las Bases
para Otorgar Pensiones y Prestaciones a
los Ciudadanos que hayan desempeñado el
cargo de Presidente Constitucional de
los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 25, 2007. |
Dip.
Samuel Aguilar Solis
(PRI) |
Comisiones Unidas de Hacienda y
Crédito Público, de Seguridad
Pública, de Seguridad Social
y de la Función Pública con
opinión de la Comisión de Presupuesto
y Cuenta Pública |
Establecer las bases sobre las cuales se
otorgarán pensiones (equivalente al 60%
del salario del presidente en
funciones), medios personales,
materiales y servicios de seguridad con
fondos del erario federal para los
ciudadanos que hayan desempeñado el
cargo de Presidente Constitucional de
los Estados Unidos Mexicanos,
exceptuando a los que lo hubiesen
ocupado como presidente provisional. Su
aplicación y seguimiento estaría a cargo
de las secretarías de la Función
Pública, de Hacienda y Crédito Público y
de Seguridad Pública. |
9 |
Que reforma diversas disposiciones del
Código Fiscal de la Federación.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Faustino Javier Estrada González
(PVEM) |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público |
Precisar los supuestos en los que la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
deberá formular querella por actos que
deberán ser sancionados con penas por
delitos de contrabando. |
10 |
Que reforma el artículo 39 de la
Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007.
Por acuerdo de la Mesa Directiva de
Noviembre 08, se modificó el turno |
Dip.
Patricia Castillo Romero
(Convergencia)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Régimen, Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias
con opinión de la Comisión de
Desarrollo Metropolitano |
Convertir a la Comisión de Vivienda de
la Cámara de Diputados, en la Comisión
de Desarrollo Urbano y Vivienda, cuya
competencia será la de conocer los
asuntos relacionados con la vivienda y
la regeneración, salud y estabilidad de
la naturaleza. |
11 |
Que reforma el artículo 37 de la
Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores
Públicos.
Publicación en GP: Anexo II. Octubre 4,
2007 |
Dip.
Antonio Valladolid Rodríguez
(PAN) |
Comisión de la Función Pública |
Penalizar la omisión en la presentación
de la declaración de conclusión del
encargo que deben hacer los servidores
públicos en un plazo no mayor a 60 días
naturales siguientes al término de su
encargo, sin causa justificada, con
prisión de 3 meses a 1 año. |
12 |
Que reforma el artículo 125 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Rafael Villicaña García
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Prohibir la postulación a cualquier
cargo de elección popular, cuando algún
individuo electo para un cargo ya sea
federal, local o municipal no haya
concluido su encargo al momento de la
nueva elección. |
13 |
Que reforma el artículo 31 de la
Ley del Instituto de Seguridad Social
para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre
18, 2007. |
Dip.
Carlos Rojas Gutiérrez
(PRI) |
Comisión de Defensa Nacional con
opinión de la Comisión de Marina
Por acuerdo de la [Mesa Directiva del 24 de
junio de 2008 (GP: 07/07/08), se modificó el
turno a la Comisión de Defensa Nacional,
con opinión de las Comisiones de Marina
y de Cuenta Pública. |
Precisar los supuestos y las fórmulas
aplicables para el otorgamiento de las
prestaciones económicas denominadas
“haber de retiro”, compensación y
pensión por fallecimiento a los
militares retirados y/o sus familiares,
según corresponda. |
14 |
Que reforma el artículo 75 de la
Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Ana Yurixi Leyva Piñón
(PRD) |
Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer que no se entenderá como
duplicación en el ejercicio de los
recursos la complementariedad y
articulación entre los programas de
apoyo alimentario del gobierno federal,
incluyendo el Programa de Desarrollo
Humano Oportunidades, Programa de Abasto
Social de Leche, y el Programa de Apoyo
Alimentario. Que las Reglas de Operación
de estos programas sociales no podrán
establecer la mutua exclusión de
beneficiarios, tanto a nivel de las
familias como de los individuos
elegibles. |
15 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de
Asistencia Social.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Gerardo Octavio Vargas Landeros
(PRI)
A nombre propio y de la Dip. Bertha Yolanda
Rodríguez Ramírez (PRI) |
Comisiones Unidas de Salud y de
Atención a Grupos Vulnerables |
Integrar dentro de los sujetos con
derecho a la asistencia social a
aquellas niñas, niños y adolescentes que
vivan y/o realicen sus actividades en la
calle, trabajaren en el sector formal e
informal en condiciones que afecten su
desarrollo e integridad física y mental
o padezcan adicciones. Establecer como
obligación de los 3 niveles de gobierno,
implementar programas semestrales de
detección, diagnóstico, seguimiento y
atención de aquellos que se encuentren
en las situaciones antes descritas, a
efecto de otorgarles el apoyo necesario
para reintegrarse a sus familias en los
casos que sea benéfico para su normal
desarrollo físico, psicológico y mental
así como para su educación, salud y
recreación. |
16 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de
Asistencia Social.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Martha García Müller (PAN) |
Comisiones Unidas de Salud y de
Atención a Grupos Vulnerables |
Establecer que el Sistema Nacional para
el Desarrollo Integral de la Familia (DIF),
elaborará y actualizará el Registro
Nacional de Personas con Discapacidad,
con colaboración con el Consejo Nacional
para las Personas con Discapacidad y en
coordinación con dependencias y
entidades federales, estatales y
municipales. |
17 |
Que reforma el artículo 9 Bis de la
Ley de Ciencia y Tecnología.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Sergio Hernández Hernández
(PRD) |
Comisión de Ciencia y Tecnología |
Establecer que el 1% del Producto
Interno Bruto (PIB) que se destina para
la investigación científica y el
desarrollo tecnológico no podrá ser
inferior al del año fiscal anterior,
debiéndose incrementar cuando menos en
la misma proporción en que se prevea el
crecimiento del PIB en los criterios
generales de política económica y en
congruencia con la disponibilidad de
recursos a partir de los ingresos que
autorice el Congreso de la Unión al
gobierno federal. Dichos recursos
deberán ser repartidos en función a los
resultados de las evaluaciones
realizadas anualmente. |
18 |
Que reforma el artículo 75 de la
Ley General de Educación.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
María Gabriela González Martínez
(PAN)
A nombre propio y del Dip. Alejandro
Landero Gutiérrez
(PAN) |
Comisión de Educación Pública y
Servicios Educativos |
Establecer que las
infracciones de quienes prestan
servicios educativos también se les
aplicarán a los trabajadores de la
educación, por lo tanto dichas
infracciones ya no serán sancionadas
conforme a las disposiciones específicas
para ellos. |
19 |
Que reforma el artículo 10 de la
Ley General de las Personas con
Discapacidad, y adiciona los
artículos 9 y 41 de la Ley General
de Educación.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Jorge Quintero Bello (PAN) |
Comisiones Unidas de Atención a
Grupos Vulnerables y de
Educación Pública y Servicios Educativos |
Establecer que el Estado deberá
contribuir en la educación de personas
ciegas y sordociegas, mediante la
enseñanza del idioma español y la lengua
de señas mexicanas o cualquier otro
sistema de comunicación apropiado en
función de las necesidades,
características y posibilidades de cada
persona. Asimismo, que las personas con
discapacidad podrán tener acceso pleno a
todos los tipos de educación. |
20 |
Que reforma los artículos 31 y 32 de la
Ley General de las Personas con
Discapacidad.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 25, 2007. |
Dip.
Silvia Emilia Degante Romero
(PAN) |
Comisión de Atención a Grupos
Vulnerables |
Incorporar a los titulares de las
secretarías de Economía, de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación (SAGARPA) y de la Reforma
Agraria dentro del Consejo Nacional para
las Personas con Discapacidad,
aumentando así el número de 6 a 9
integrantes. |
21 |
Que reforma el artículo 30 de la
Ley General de las Personas con
Discapacidad.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Jorge Quintero Bello (PAN) |
Comisión de
Atención a Grupos Vulnerables |
Facultar al Consejo Nacional para las
Personas con Discapacidad para promover
la suscripción de convenios o acuerdos
para que las organizaciones y empresas
que producen dispositivos o ayudas
técnicas para personas con discapacidad
consideren las disposiciones vigentes en
materia de desplazamiento y
accesibilidad para dichas personas. |
22 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
y de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 25, 2007. |
Dip.
Rubén Aguilar Jiménez
(PT) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de la Función
Pública |
Incorporar dentro de las garantías
individuales, el derecho a la protección
de los datos personales, e incorporar a
los partidos o asociaciones políticas,
sindicatos y a todas las personas
morales constituidas conforme a la ley
correspondiente como sujetos obligados
en materia de acceso a la información y
protección de datos personales. Otorgar
autonomía al Instituto Federal de Acceso
a la Información Pública para garantizar
y hacer efectivo el adecuado y pleno
ejercicio de los derechos de acceso a la
información pública y protección de
datos personales. Crear un Sistema de
Información Pública. Establecer los
supuestos que los sujetos deberán
acreditar para fundamentar la
clasificación de información con el
carácter de reservada, así como el
procedimiento para el nombramiento de
los comisionados. |
23 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y de la
Ley de Amparo, Reglamentaria de
los artículos 103 y 107 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 18, 2007. |
Dip.
Santiago Gustavo Pedro Cortés
(Alternativa) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Justicia |
|
24 |
Que reforma el artículo 29 de la
Ley para la Protección de los Derechos
de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 25, 2007 |
Dip.
Felipe González Ruíz
(PAN) |
Comisión de Atención a Grupos
Vulnerables |
Homologar la definición de persona con
discapacidad de la Ley para la
Protección de los Derechos de las Niñas,
Niños y Adolescentes con el previsto en
la Ley General de las Personas con
Discapacidad. |
25 |
Que reforma los artículos 261 de la
Ley Federal de Derechos y 2-A
de la Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP: Anexo I.
Octubre 25, 2007. |
Dip.
Silbestre Álvarez Ramón
(PRD) |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público |
Incluir a los municipios donde se
extraen y refinan los hidrocarburos,
dentro de los que participan como
beneficiarios de la recaudación federal
participable por concepto del pago del
derecho ordinario sobre hidrocarburos,
así como en el rendimiento de las
contribuciones del derecho adicional y
el extraordinario sobre la extracción de
petróleo. |