DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. OFICIOS

a) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.

b) De legislaturas estatales y del Distrito Federal.

c) Del Senado de la República.

2. COMUNICACIONES

a) De la Mesa Directiva.

3. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES Y COMITÉS

4. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

a) De la Secretaría de Gobernación.

5. PERMISO CONSTITUCIONAL

a) Para prestar servicios.

6. MINUTAS

a) Con proyecto de decreto.

b) De permiso constitucional. Al ejecutivo Federal para usar condecoración.

c) De permiso constitucional. Al Ejecutivo Federal para ausentarse del Territorio Nacional.

7. INICIATIVAS

8. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

9. PROPOSICIÓN DE URGENTE RESOLUCIÓN

10. EXCITATIVA

a) Para dictaminar iniciativa.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión N°19, de Octubre 25, 2007.

 

                7. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que reforma la fracción X del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Octubre 25, 2007.

Sen.

Ludivina Menchaca Castellanos

(PVEM)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Eliminar el tope de 99 veces el salario mínimo la extensión existente en la exención del pago del impuesto sobre la renta por obtención de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, en caso de separación de una relación laboral.

2

Que reforma el artículo 226 y adiciona un 226 Bis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y reforma los artículos 19, 37, 44 y 45 de la Ley Federal de Cinematografía.

 

Publicación en GP:

Octubre 25, 2007.

Sen.

Federico Döring Casar

(PAN)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Radio, Televisión y Cinematografía

Aumentar del 10% al 15% el tope que se da para otorgar el estimulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, que aporten a proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional. Asimismo, el tope para distribuir entre los aspirantes dicho estímulo de 500 a 750 millones de pesos por cada ejercicio fiscal y de 20 a 30 millones de pesos por cada contribuyente. Duplicar el periodo de estreno de las películas nacionales. Integrar a un representante de los sindicatos de la industria cinematográfica dentro del Comité Técnico del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine.

3

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Raúl Cervantes Andrade

(PRI)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de Energía

Facultar a la Secretaría de Energía para regular la exploración, el desarrollo y la explotación de hidrocarburos en cualquiera de sus estados físicos en que se encuentre, con la creación de un catastro petrolero como un  padrón georeferenciado y estadístico de los recursos naturales propiedad de la nación en materia de hidrocarburos. En dicho registro se inscribirá una relación de permisos, asignaciones petroleras, declaratorias, decretos y contratos que se emitan conforme a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. Asimismo, aumentar el número de integrantes de la Comisión Reguladora de Energía de 5 a 8 comisionados, los cuales podrán ser removidos por el titular del Ejecutivo Federal  a petición de la Secretaría.

4

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y Minera.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 25, 2007.

Dip.

Antonio Xavier López Adame

(PVEM)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Economía

Incorporar los conceptos de duna y oasis. Asimismo, establecer que para el aprovechamiento forestal en selvas bajas caducifolias, medianas, altas perenifolias, bosques mesofilos de montaña, bosques riparios, islas, dunas, pastos marinos, puntas rocosas, bajos rocosos y oasis, en la realización de obras o actividades se requerirá la autorización de  la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

5

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

 

Publicación en GP: Anexo II. Octubre  9, 2007

Dip.

Omar Antonio Borboa Becerra

(PAN)

Comisión de Juventud y Deporte

Establecer que en la construcción, conservación, adecuación, uso y mejoramiento de instalaciones destinadas a la cultura física se consideren los requerimientos de las personas y alumnos con discapacidad. Asimismo, la obligación de la Secretaría de Educación Pública de apoyar las  medidas que se tomen al respecto.

6

Que expide la Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y Acceso a la Justicia.

 

Publicación en GP:

Octubre 26, 2007.

Dip.

Mario Enrique del Toro

(PRD)

Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer los derechos y las medidas de atención, protección y acceso a la justicia de las víctimas y ofendidos por una conducta tipificada y sancionada como delito por las leyes penales mexicanas. Dichas medidas deberán ser proporcionadas por el titular del Poder Ejecutivo estatal a través de la Procuraduría General de la República. Asimismo, que se  procurará la prestación de los servicios de atención y protección a víctimas del delito, a través de la intervención directa de la Secretaría de Salud y el DIF, tales como asesoría jurídica profesional gratuita, atención médica y psicológica de urgencia; apoyo material, y la protección física o de seguridad, en los casos en que se requiera.

7

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán

(PRI)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que los ingresos obtenidos por conducto de la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales se destinen, en su totalidad, para el uso y administración de los municipios, en proporción a la recaudación calculada en su demarcación, para la ampliación, mantenimiento y desarrollo de obras de infraestructura hidráulica. Que cuando dichos ingresos se ejerzan para el financiamiento de programas que se establezcan en coordinación con la Comisión Nacional del Agua, ésta aportará recursos federales en una cantidad equivalente de por lo menos  el mismo monto de la aportación municipal, en el ejercicio de que se trate.

8

De Ley que establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan desempeñado el cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 25, 2007.

Dip.

Samuel Aguilar Solis

(PRI)

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Seguridad Pública, de Seguridad Social y de la Función Pública con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer las bases sobre las cuales se otorgarán pensiones (equivalente al 60% del salario del presidente en funciones), medios personales, materiales y servicios de seguridad con fondos del erario federal para los ciudadanos que hayan desempeñado el cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, exceptuando a los que lo hubiesen ocupado como presidente provisional. Su aplicación y seguimiento estaría a cargo de las secretarías de la Función Pública, de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Pública.

9

Que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Faustino Javier Estrada González

(PVEM)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Precisar los supuestos en los que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá formular querella por actos que deberán ser sancionados con penas por delitos de contrabando.

10

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

 

Por acuerdo de la Mesa Directiva de Noviembre 08, se modificó el turno

Dip.

Patricia Castillo Romero

(Convergencia)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

con opinión de la Comisión de Desarrollo Metropolitano

Convertir a la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados, en la Comisión de Desarrollo Urbano y Vivienda, cuya competencia será la de conocer los asuntos relacionados con la vivienda y la regeneración, salud y estabilidad de la naturaleza.

11

Que reforma el artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Octubre  4, 2007

Dip.

Antonio Valladolid Rodríguez

(PAN)

Comisión de la Función Pública

Penalizar la omisión en la presentación de la declaración de conclusión del encargo que deben hacer los servidores públicos en un plazo no mayor a 60 días naturales siguientes al término de su encargo, sin causa justificada, con prisión de 3 meses a 1 año.

12

Que reforma el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Rafael Villicaña García

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Prohibir la postulación a cualquier cargo de elección popular, cuando algún individuo electo para un cargo ya sea  federal, local o municipal no haya  concluido su encargo al momento de la nueva elección.

13

Que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Carlos Rojas Gutiérrez

(PRI)

Comisión de Defensa Nacional con opinión de la Comisión de Marina

 

Por acuerdo de la [Mesa Directiva del 24 de junio de 2008 (GP: 07/07/08), se modificó el turno a la Comisión de Defensa Nacional, con opinión de las Comisiones de Marina y de Cuenta Pública.

Precisar los supuestos y las fórmulas aplicables para el otorgamiento de las prestaciones económicas denominadas “haber de retiro”, compensación y pensión por fallecimiento a los militares retirados y/o sus familiares, según corresponda.

14

Que reforma el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Ana Yurixi Leyva Piñón

(PRD)

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer que no se entenderá como duplicación en el ejercicio de los recursos la complementariedad y articulación entre los programas de apoyo alimentario del gobierno federal, incluyendo el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, Programa de Abasto Social de Leche, y el Programa de Apoyo Alimentario. Que las Reglas de Operación de estos programas sociales no podrán establecer la mutua exclusión de beneficiarios, tanto a nivel de las familias como de los individuos elegibles.

15

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI)

 

A nombre propio y de la Dip. Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (PRI)

Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables

Integrar dentro de los sujetos con derecho a la asistencia social a aquellas niñas, niños y adolescentes que vivan y/o realicen sus actividades en la calle, trabajaren en el sector formal e informal en condiciones que afecten su desarrollo e integridad física y mental o padezcan adicciones. Establecer como obligación de los 3 niveles de gobierno, implementar programas semestrales de detección, diagnóstico, seguimiento y atención de aquellos que se encuentren en las situaciones antes descritas, a efecto de otorgarles el apoyo necesario para reintegrarse a sus familias en los casos que sea benéfico para su normal desarrollo físico, psicológico y mental así como para su educación, salud y recreación.

16

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Martha García Müller (PAN)

Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables

Establecer que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), elaborará y actualizará el Registro Nacional de Personas con Discapacidad, con colaboración con el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad y en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales.

17

Que reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Sergio Hernández Hernández

(PRD)

Comisión de Ciencia y Tecnología

Establecer que el 1% del Producto Interno Bruto (PIB) que se destina para la investigación científica y el desarrollo tecnológico no podrá ser inferior al del año fiscal anterior, debiéndose incrementar cuando menos en la misma proporción en que se prevea el crecimiento del PIB en los criterios generales de política económica y en congruencia con la disponibilidad de recursos a partir de los ingresos que autorice el Congreso de la Unión al gobierno federal. Dichos recursos deberán ser repartidos en función a los resultados de las evaluaciones realizadas anualmente.

18

Que reforma el artículo 75 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

María Gabriela González Martínez

(PAN)

 

A nombre propio y del Dip. Alejandro Landero Gutiérrez

 (PAN)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que las infracciones de quienes prestan servicios educativos también se les aplicarán a los trabajadores de la educación, por lo tanto dichas infracciones ya no serán sancionadas conforme a las disposiciones específicas para ellos.

19

Que reforma el artículo 10 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, y adiciona los artículos 9 y 41 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Jorge Quintero Bello (PAN)

Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que el Estado deberá contribuir en la educación de personas  ciegas y sordociegas, mediante la enseñanza del idioma español y la lengua de señas mexicanas o cualquier otro sistema de comunicación apropiado en función de las necesidades, características y posibilidades de cada persona. Asimismo, que las personas con discapacidad podrán tener acceso pleno a todos los tipos de educación.

20

Que reforma los artículos 31 y 32 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 25, 2007.

Dip.

Silvia Emilia Degante Romero

(PAN)

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Incorporar a los titulares de las secretarías de Economía, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y de la Reforma Agraria dentro del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, aumentando así el número de 6 a 9 integrantes.

21

Que reforma el artículo 30 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Jorge Quintero Bello (PAN)

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Facultar al Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad para promover la suscripción de convenios o acuerdos para que las organizaciones y empresas que producen dispositivos o ayudas técnicas para personas con discapacidad consideren las disposiciones vigentes en materia de desplazamiento y accesibilidad para dichas personas.

22

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 25, 2007.

Dip.

Rubén Aguilar Jiménez

(PT)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública

Incorporar dentro de las garantías individuales, el derecho a la protección de los datos personales, e incorporar a los partidos o asociaciones políticas, sindicatos y a todas las personas morales constituidas conforme a la ley correspondiente como sujetos obligados en materia de acceso a la información y protección de datos personales. Otorgar autonomía al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública para garantizar y hacer efectivo el adecuado y pleno ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales. Crear un Sistema de Información Pública. Establecer los supuestos que los sujetos deberán acreditar para fundamentar la clasificación de información con el carácter de reservada, así como el procedimiento para el nombramiento de los comisionados.

23

 

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 18, 2007.

Dip.

Santiago Gustavo Pedro Cortés

(Alternativa)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia

Establecer que la sentencia emitida en el juicio de amparo, además de ocuparse de los individuos promoventes amparándolos y protegiéndolos en el caso sobre el que verse la queja, tendrá efectos generales cuando sea emitida o ratificada por jurisprudencia de tribunal colegiado o el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Asimismo, considerar como requisito de procedibilidad para poder intervenir como tercero extraño a un juicio constitucional, la demostración documental de que se tiene un derecho legítimamente protegido.

24

 

Que reforma el artículo 29 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre  25, 2007

Dip.

Felipe González Ruíz

(PAN)

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Homologar la definición de persona con discapacidad de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes con el previsto en la Ley General de las Personas con Discapacidad.

25

Que reforma los artículos 261 de la Ley Federal de Derechos y 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP: Anexo I.

Octubre 25, 2007.

Dip.

Silbestre Álvarez Ramón

(PRD)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Incluir a los municipios donde se extraen y refinan los hidrocarburos, dentro de los que participan como beneficiarios de la recaudación federal participable por concepto del pago del derecho ordinario sobre hidrocarburos, así como en el rendimiento de las contribuciones del derecho adicional y el extraordinario sobre la extracción de petróleo.

Nota: La Presidencia, a nombre de la Mesa Directiva, lamentó los hechos ocurridos en el estado de Campeche, en los que perdieron la vida trabajadores de la empresa Petróleos Mexicanos, en la plataforma Usumacinta y la Asamblea guardó un minuto de silencio en su memoria.

 

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