Datos
de la
LXI Legislatura

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

a) Dictámenes en sentido negativo de proposiciones.

2. COMUNICACIONES

a) De C. Diputado.

b) De Coordinador de Grupo Parlamentario.

3. CONTESTACIÓN A PUNTOS DE ACUERDO

4. INVITACIÓN A CEREMONIA CÍVICA

a) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.

5. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

6. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De solicitud de licencia.

7. ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

8. MINUTAS

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

9. INICIATIVAS

10. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

a) Con proyecto de ley.

b) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoraciones.

c) De permisos constitucionales. Para prestar servicios.

11. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

12. PROPOSICIONES

13. PROTESTA DE LEY

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 21, del 28 de Marzo de 2012.

 

                11. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                           b) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Equidad y Género

 

Publicación en GP:

Anexo III.

28 de marzo de 2012.

Que adiciona una fracción VII al artículo 36, recorriéndose las demás en su orden, y un artículo 46 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Eduardo Ledesma Romo (PVEM) el 8 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 5 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 26 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 384 votos en pro y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 Abril de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 1 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 89 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 7 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social como parte del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres facultándola para impulsar acciones que propicien la igualdad de oportunidades y la no discriminación de mujeres y de hombres en materia de trabajo y previsión social; diseñar la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia laboral contra las mujeres; Promover la cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito laboral; diseñar y difundir materiales que promuevan la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en los centros de trabajo; orientar a las víctimas de violencia laboral sobre las instituciones que prestan atención y protección a las mujeres; tomar medidas y realizar las accione s necesarias, en coordinación con las demás autoridades; celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia; establecer, utilizar, supervisar y mantener todos los instrumentos y acciones encaminados al mejoramiento del Sistema Nacional para  revenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión:

Dip. Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo

 

Para fijar postura:

Dip. Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (MC)

Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT)

Dip. Norma Leticia Orozco Torres (PVEM)

Dip. Guadalupe Valenzuela Cabrales (PAN)

Dip. Blanca Luz Purificación Dalila Soto Plata (PRI)

 

Para hablar en contra:

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Silvia Fernández Martínez (PRI)

 

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 270 votos a favor, 4 en contra y 14 abstenciones.

b) Pasa al Ejecutivo Federal  para los efectos constitucionales

2

Comisión de Justicia

 

Publicación en GP:

Anexo III.

28 de marzo de 2012.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los Dips. Juan José Guerra Abud y Rodrigo Pérez‐Alonso González (PVEM) el 29 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Canek Vázquez Góngora (PRI) el 9 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 22 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Agravar hasta con el doble las sanciones relacionadas con pornografía infantil, en el caso de que la persona se valga del uso o empleo de medios informáticos para generar relaciones de confianza o amistad con la víctima. Sancionar a quien revele, divulgue o utilice indebidamente secretos relativos a información contenida en equipos informáticos obtenida a través de mecanismos distintos a la intervención de comunicación privada, mediante el empleo de aparatos o dispositivos electrónicos o través de la suplantación de identidad. Se aplicará una pena de tres meses a un año de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa al que sin autorización y con el ánimo de causar un daño, acceda y modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en sistemas o equipos de informática que no estén protegidos por algún mecanismo de seguridad. En los casos en que el daño provocado por el acceso o la modificación no autorizados, obstaculice o disminuya la capacidad de funcionamiento del sistema o equipo informático las penas previstas en los párrafos anteriores se incrementarán hasta en dos terceras partes. Incrementar las penas por la comisión de otros delitos con la finalidad de realizar o encubrir las operaciones con recursos de procedencia ilícita. Se equipara al delito de fraude y se sancionará con pena de seis meses a tres años de prisión y de cien a cuatrocientos días multa, al que valiéndose del error en que se encuentra la víctima provoque que revele o ponga a su disposición información o datos de carácter personal, patrimonial o financiero a los que no tenga derecho a acceder, utilizando para tales fines sitios o direcciones de correo u otros medios electrónicos creados por él mismo o por un tercero y que por sus características, emblemas, marcas o cualquier distintivo gráfico o de leyendas de texto simulen o reproduzcan de manera apócrifa e ilegitima a las que pertenecen a los prestadores de servicios financieros o de cualquier otro tipo de carácter público o privado que brinde atención o establezca contacto con sus clientes, usuarios o público en general por dichos medios.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión:

Dip. Luis Carlos Campos Villegas

 

Para fijar postura:

Dip. Rodrigo Pérez-Alonso González (PVEM)

Dip. Olga Luz Espinosa Morales (PRD)

Dip. Gregorio Hurtado Leija (PAN)

 

Para hablar en contra

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

 

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 271 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones.

b) Pasa a la Cámara de Senadores  para los efectos constitucionales

3

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

28 de marzo de 2012.

Que adiciona el artículo 97 Bis a la Ley General de Salud.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los Dips. Miguel Antonio Osuna Millán (PAN) y Sergio Tolento Hernández (PAN) el 6 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 15 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que forman parte del Sistema Nacional de Salud podrán realizar proyectos de investigación para la salud financiados con recursos de terceros. Las disposiciones reglamentarias deberán establecer los mecanismos para determinar entre otros, la participación que corresponda a las dependencias y entidades así como los incentivos para el personal directamente involucrado en la ejecución de los proyectos de investigación.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión:

Dip. Miguel Antonio Osuna Millán

 

Para hablar en contra:

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Ana Elia Paredes Arciga (PAN)

Dip. Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (PRD)

Dip. Rodrigo Reina Liceaga (PRI)

 

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 258 votos a favor y 7 en contra.

b) Pasa a la Cámara de Senadores  para los efectos constitucionales

4

Comisión de Transporte

 

Publicación en GP:

Anexo III.

28 de marzo de 2012.

Que adiciona un segundo párrafo a la Fracción VIII del artículo 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. María de la Paz Quiñones Cornejo (PRI) el 8 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro del Mazo Maza (PVEM), en sesión de la Comisión Permanente.

Declaratoria de Publicidad emitida el 4 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 11 de octubre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 375 votos en pro y 3 abstenciones. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 1 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 8 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 75 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 1 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 22 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer una cuota de peaje diferenciada para automóviles y motocicletas. Las motocicletas pagarán el 50 por ciento del peaje que pagan los automóviles.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión:

Dip. Alejandro del Mazo Maza

 

Para hablar en pro:

Dip. José Torres Robledo (PRD)

Dip. María de la Paz Quiñones Cornejo (PRI)

Dip. Emilio Serrano Jiménez (PRD)

 

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 265 votos a favor y 1 abstención.

b) Pasa al Ejecutivo Federal  para los efectos constitucionales

5

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

28 de marzo de 2012.

Que reforma el artículo 163 de la Ley General de Salud.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. Mariana Ivette Ezeta Salcedo (PVEM) el 10 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 1 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir en las acciones en materia de prevención y control de accidentes la promoción de la participación y capacitación de la comunidad en la prevención y primeros auxilios de accidentes.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en pro:

Dip. Leandro Rafael García Bringas (PAN)

Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (PRD)

Dip. Rodrigo Reina Liceaga (PAN)

 

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 253 votos a favor.

b) Pasa al Ejecutivo Federal  para los efectos constitucionales

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