Datos
de la
LXI Legislatura

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

a) De iniciativas constitucionales desechadas.

2. OFICIO

3. OFICIO CON PUNTOS DE ACUERDO

4. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

5. COMUNICACIÓN

a) De particular.

6. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES, COMITÉ Y COMISIÓN ESPECIAL

7. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De reincorporación.

b) De solicitud de licencia.

8. PERMISOS CONSTITUCIONALES

a) Para prestar servicios.

9. ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

10. MINUTAS

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

11. INICIATIVAS

12. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

a) Con proyecto de decreto.

13. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de decreto.

b) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoraciones

c) De permisos constitucionales. Para prestar servicios.

d) Con puntos de acuerdo.

14. DICTÁMENES NEGATIVOS

a) De iniciativas.

b) De minutas.

15. PROPOSICIONES

16. PROTESTAS DE LEY

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 20, del 27 de Marzo de 2012.

 

                10. MINUTAS

                           b) Con proyecto de decreto.

No.

MINUTA

CONTENIDO

TURNO

1

Que reforma la fracción I del artículo 10, el tercer párrafo del artículo 12 y el segundo párrafo del artículo 32, y adiciona un cuarto párrafo al artículo 12 de la Ley de Aviación Civil.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

27 de marzo de 2012.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Fernando Castro Trenti (PRI), el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 20 de Marzo de 2012. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 22 de Marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Obligar al titular de la concesión a remitir anualmente un informe al área respectiva de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que se refiera a los doce meses anteriores, con datos técnicos, operativos, administrativos y estadísticos del concesionario que permitan conocer la forma en que se ha prestado y desarrollado el servicio público de transporte aéreo nacional regular, en relación con el interés público y del Estado, sin perjuicio de proporcionar, otros datos o documentos que requiera dicha dependencia.

Para el caso de la participación de la inversión extranjera en el capital de las personas morales mexicanas, la SCT deberá recabar de la Dirección General de Inversión Extranjera dictamen aprobado previamente por la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras dependiente de la Secretaría de Economía, en el que se analice y determine la legalidad de la procedencia de las aportaciones de la inversión extranjera de que se trate. Se sancionará a la persona moral mexicana con concesión que aumente la participación de inversión extranjera en su capital en un porcentaje mayor al previsto en la Ley de Inversión Extranjera, sin que cuente con resolución favorable de la Comisión citada.

La obtención del certificado de aeronavegabilidad se sujetará, además de lo ya previsto, en normas oficiales, circulares y demás disposiciones administrativas emitidas por la autoridad aeronáutica.

Comisión de Transportes, para dictamen

2

Que adiciona las fracciones XXV, XXVI y XXVII al artículo 18 y un artículo 138 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

27 de marzo de 2012.

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. Esthela Damián Peralta (PRD) a nombre propio y de diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, el 13 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 2 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 16 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 266 votos en pro, 23 en contra y 15 abstenciones. Pasó a la Cámara de Senadores  para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 20 de Marzo de 2012. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 22 de Marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 75 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Adicionar en las prestaciones otorgadas por la Ley, becas de manutención, escolar y especial, facultando al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para otorgar a las hijas y hijos de los militares dichas becas.

Los recursos para el otorgamiento de las becas, serán proporcionados con cargo a los presupuestos que anualmente se autoricen a las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina.

Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

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