Datos
de la
LXI Legislatura

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA, CON MODIFICACIONES DE TURNO

a) De iniciativas.

b) De proposición con punto de acuerdo.

2. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

a) De iniciativas constitucionales desechadas.

3. COMUNICACIÓN DE COMISIÓN ORDINARIA

a) De la Comisión de Desarrollo Social.

4. OFICIO

5. OFICIOS CON PUNTOS ACUERDOS

6. CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO

7. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

8. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De reincorporación.

b) De solicitud de licencia.

9. MINUTAS

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

10. ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

a) De la Mesa Directiva.

11. INICIATIVAS

12. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

a) Con proyecto de decreto.

13. DICTAMEN DEVUELTO A COMISIÓN

a) Con proyecto de ley.

14. PROPOSICIONES

15. PROTESTA DE LEY

III. CITA A PRÓXIMA SESIÓN SOLEMNE PARA CONMEMORAR EL BICENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ

IV. CITA A PRÓXIMA SESIÓN ORDINARIA

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 18, del 22 de Marzo de 2012.

 

                11. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma el artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

22 de marzo de 2012.

Dip.

Armando Jesús Báez Pinal

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Cultura, para dictamen

Incluir como infracciones en materia de comercio las siguientes conductas cuando sean realizadas con fines de lucro directo o indirecto: comunicar públicamente, fijar o reproducir interpretaciones o ejecuciones de los artistas, intérpretes o ejecutantes, siempre y cuando dicho derecho no se encuentre agotado; reproducir, importar, distribuir, comunicar públicamente o explotar originales o copias de libros sin la autorización correspondiente; y comunicar públicamente, reproducir, importar, distribuir, transformar o explotar originales o copias de fonogramas o de videogramas sin la autorización correspondiente de los respectivos titulares.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión.

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

20 de marzo de 2012.

Dip.

Armando Ríos Piter

(PRD)*

Se turnó a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, para dictamen

Facultar a la Secretaría de Gobernación para vigilar que las transmisiones de radio y televisión dirigidas a la población infantil promuevan la cultura de la no violencia, el respeto por los derechos humanos, la igualdad y la no discriminación. Facultar a la Secretaría de Educación Pública para elaborar y difundir programas de carácter educativo y recreativo para la población infantil cuya base sea el respeto por los derechos humanos y la cultura de la no violencia. Incluir en la programación dirigida a la población infantil que transmitan las estaciones de radio y de televisión, promover una alimentación nutritiva y equilibrada. Establecer que los solicitantes de permisos para estaciones indígenas deberán presentar una constancia de pueblo o comunidad indígena expedida para efectos de la solicitud de mérito por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Prever que en materia electoral, así como lo relativo al cumplimiento de los tiempos que correspondan al Estado diariamente, en los casos de las estaciones que operen bajo la figura de red o cadena, se considerará cumplida la obligación de los concesionarios y permisionarios de dichas estaciones al transmitir las pautas, programación o propaganda que las autoridades correspondientes entreguen a la estación que haya sido designada como estación de origen.

3

Que reforma los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

Maurilio Ochoa Millán

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Reducir de 300 a 200 el número de diputados de mayoría relativa y de 200 a 100 el número de diputados de representación proporcional.

4

Que reforma el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Diputados Rafael Yerena Zambrano y José Trinidad Padilla López

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que la educación que imparta el estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano, y fomentará en él la cultura de paz.

5

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y de la Ley Seguridad Nacional.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

Caritina Saénz Vargas

(PVEM)*

Se turnó a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Gobernación, para dictamen

Considerar al Poder Legislativo de la Unión para contribuir con las instancias que integran el Sistema Nacional de Seguridad Pública, en la formulación de estudios, lineamientos e implementación de acciones que permitan alcanzar los fines de la seguridad pública y combatir de manera eficaz la delincuencia organizada. Incluir como integrantes del Consejo de Seguridad Nacional, a un senador y a un diputado integrante de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional, y dos Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

6

Que reforma el artículo 210 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

Rodrigo Reina Liceaga

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Salud, para dictamen

Establecer con carácter de obligatoriedad la declaración nutrimental obligatoria y la declaración nutrimental complementaria de la norma oficial mexicana que se refiere al etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, destinada a informar al consumidor sobre las propiedades nutrimentales de un alimento o bebida no alcohólica preenvasada.

7

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

Rodrigo Reina Liceaga

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Salud, para dictamen

Definir el concepto de salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.  Definir el concepto de nutrición a los procesos mediante los cuales se obtienen, aprovechan y excretan los nutrimentos en el organismo, éste concepto incluye los Trastornos de la Conducta Alimentaria (Bajo Peso, Peso Adecuado, Sobrepeso y Obesidad).

8

Que reforma los artículos 112, 115, 159 y 307 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

Rodrigo Reina Liceaga

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Salud, para dictamen

Facultar a la Secretaría de Salud para promover actividad física con la finalidad de alcanzar el balance cero por medio de programas destinados a la promoción de la salud y la unidad de balance. Definir los conceptos: Balance Cero, Balance Positivo, Balance Negativo, Consumo Efectivo y Unidad de Balance.

9

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

Blanca Luz Purificación Dalila Soto Plata

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Justicia, para dictamen

Aumentar las multas y sanciones de los delitos electorales, y en materia de Registro Nacional de Ciudadanos. Considerar a los delitos de carácter electoral como de delincuencia organizada. Sancionar a quién promueva e induzca campañas denigrantes hacia cualquiera de los candidatos no obstante que utilice recursos de su propiedad o dinero propio.

10

Que reforma el artículo 17 de la Ley de la Policía Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

22 de marzo de 2012.

Dip.

Jorge Antonio Kahwagi Macari

(NA)*

Se turnó a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

Eliminar de los requisitos que deben de cumplir todos los elementos de la Policía Federal, un nivel educativo (media básica) que la Ley General de Educación no contempla en ninguno de sus artículos por lo que no existe en el sistema educativo del Estado mexicano.

11

Que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

23 de febrero de 2012.

Dip.

Óscar González Yáñez

(PT)*

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que en ningún caso los empréstitos u obligaciones de los estados que se destinen a inversiones públicas productivas e inclusive las que contraigan organismos descentralizados y empresas públicas, podrán ser utilizados para fines de propaganda gubernamental o para promover la imagen de algún funcionario público.

12

Que reforma el artículo 30 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

13 de marzo de 2012.

Dip.

Francisco Amadeo Espinosa Ramos

(PT)*

Se turnó a la Comisión de Energía, para dictamen

Establecer en los contratos y tarifas de suministro de energía eléctrica para servicio doméstico, que no se acumulará más de un mes de consumo para su cobro. Prever que el límite único para aplicación de tarifa más baja para servicio doméstico que no se considera de alto consumo, será el promedio de consumo nacional del año inmediato anterior. Establecer que no deben aplicarse tarifas diferenciadas para el servicio doméstico que no se considera de alto consumo.

13

Que reforma los artículos 3 y 114 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

13 de marzo de 2012.

Dip.

Alfonso Primitivo Ríos Vázquez

(PT)*

Se turnó a la Comisión de Salud, para dictamen

Incluir a los trastornos alimenticios como materia de salubridad general, a efecto de que la Secretaría de Salud, las entidades del sector salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, formulen y desarrollen programas que los combatan.

14

Que reforma el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

Jorge Romero Romero

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que la educación que imparta el Estado contribuirá y promoverá la cultura física y el deporte, a fin de fortalecer todas las facultades del ser humano, y cumplirá en lo fundamental la formación integral de la niñez y la adolescencia.

15

Que adiciona el artículo 62 Bis a la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

Paz Gutiérrez Cortina

(PAN)*

 

Suscrita por los Dips. Miguel Antonio Osuna Millán (PAN) y Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI)

Se turnó a la Comisión de Salud, para dictamen

Establecer que la cesárea sólo será efectuada cuando exista causa médica que la justifique, o a petición de la madre, una vez hecho de su conocimiento y habiendo aceptado expresamente los riesgos de salud que pudieran acompañar a ésta. Su práctica deberá sujetarse a las disposiciones de carácter general que para tal efecto emita la Secretaría de Salud, las cuales deberán de publicarse en el Diario Oficial de la Federación. En caso de que la madre no se encontrara en condiciones de solicitar la operación cesárea, ésta podrá ser requerida por el responsable designado por la paciente.

16

Que adiciona el artículo 62 Bis a la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

Ariel Gómez León

(PRD)*

Se turnó a la Comisión de Salud, para dictamen

Establecer que se promoverá el parto natural respetando en todo momento el derecho que tiene la mujer a decidir sobre su cuerpo. En el caso de la operación cesárea, ésta será efectuada cuando exista causa médica que la justifique o que la madre lo solicite, debiendo estar informada sobre el procedimiento y sus implicaciones, sujetándose a las disposiciones de carácter general que para tal efecto emita la Secretaría de Salud, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

17

Que adiciona el artículo 10 Bis y reforma el 42 de la Ley Federal de Cinematografía.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

Alejandro del Mazo Maza

(PVEM)*

Se turnó a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, para dictamen

Facultar a la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, para vigilar que las producciones cinematográficas nacionales exhiban el Escudo o la Bandera Nacionales cuando menos dos segundos y en cualquier plano de referencia, antes del inicio o durante la película cinematográfica, con objeto de fortalecer la identidad nacional.

18

Que reforma los artículos 3 de la Ley de Aguas Nacionales y 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dips.

Laura Arizmendi Campos, María Guadalupe García Almanza y Pedro Jiménez León

(MC)*

Se turnó a las Comisiones Unidas de Recursos Hidráulicos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

Ley General de Aguas Nacionales Establecer que los humedales incluyen las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros. El manejo de estos ecosistemas se apegará al concepto de uso racional de los humedales. La conservación de los humedales, será en beneficio de la humanidad.

Ley General de Vida Silvestre Prever la clasificación de los humedales. Modificar el concepto “manglar” por “humedal”.

19

De decreto, a fin de que se coloquen en el patio central del Palacio Legislativo un busto con la efigie del general Ignacio Zaragoza y una placa conmemorativa del 150 aniversario de la Batalla de Puebla.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

María Isabel Merlo Talavera

(PRI)*

 

Suscrita por integrantes de la Comisión Especial para conmemorar el 150 aniversario de la Batalla de Puebla, realizada el 5 de mayo de 1862

Se turnó a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Colocar en el patio central del Palacio Legislativo un busto con la efigie del general Ignacio Zaragoza y una placa conmemorativa del 150 aniversario de la Batalla de Puebla

20

Que reforma el artículo 47 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

Jorge Romero Romero

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Considerar en los planes y programas de estudios de la educación media superior, en cualquiera de sus modalidades de instituciones públicas o privadas, la obligatoriedad del establecimiento de la orientación educativa, ya sea como una asignatura o a través de un departamento administrativo.

21

Que reforma los artículos 65 y 67 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

Jaime Oliva Ramírez

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Establecer que los apoyos, colaboraciones, aportaciones que hagan los padres de familia a las escuelas tendrán el carácter de voluntarias. Prever que en ningún caso se condicionará la prestación de los servicios educativos que el estado esté obligado a otorgar o el ejercicio de cualquier otro derecho.

22

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

César Francisco Burelo Burelo

(PRD)*

Se turnó a la Comisión de Energía, para dictamen

Adicionar una Sección Sexta “De Impacto Social” al Capítulo IV “Régimen Especial de Operación de Petróleos Mexicanos”, con el objeto de establecer que en caso de que las actividades de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios ocasionen daños al patrimonio y/o salud de personas físicas o al patrimonial de las personas morales, están obligados a su resarcimiento. Las solicitudes de reparación de daños deberán ser atendidas en un plazo perentorio. Con aquéllas que no puedan ser atendidas en el plazo de un año, se elaborará un programa anual para el siguiente año.

23

Que reforma el artículo 7 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Diputados

Laura Arizmendi Campos, María Guadalupe García Almanza y Pedro Jiménez León

(MC)*

Se turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Establecer que la educación que imparta el estado incluirá la perspectiva de los pueblos indígenas en la construcción de propuestas curriculares, a fin de que la historia, lengua, tradiciones, literatura y filosofía de los diferentes pueblos originarios de México queden plasmadas en los programas de estudio. El estado adoptará medidas eficaces para eliminar del sistema educativo toda forma de discriminación hacia los indígenas; a la vez que impulsará la formación y actualización docente para atender la diversidad cultural y lingüística del país. Establecer, como derecho de los hablantes de lenguas indígenas, recibir la educación obligatoria en su propia lengua y en español.

24

Que reforma los artículos 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 75 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dip.

Jorge Romero Romero

(PRI)*

Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Establecer que la educación será laica. Considerar como infracción para quienes prestan servicios educativos, realizar, permitir, fomentar y promover entre los educandos dentro del centro escolar la enseñanza de cultos y creencias religiosas o actos contrarios a la educación laica.

25

Que reforma el artículo 8 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

José Luis Ovando Patrón

(PAN)*

Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública, para dictamen

Incluir como integrante del Consejo Nacional de Armonización Contable a un diputado representante del Poder Legislativo Federal, quien tendrá derecho a voz, pero no a voto.

26

Que expide la Ley Federal para la Atención y Protección a las Personas Desplazadas por la Lucha del Gobierno Federal contra el Crimen Organizado.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

Arturo Santana Alfaro

(PRD)*

Se turnó a la Comisión de Justicia, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto la atención y protección a las personas desplazadas dentro del territorio nacional, a consecuencia de la lucha del Gobierno Federal contra el crimen organizado. Crear el Fideicomiso para la Atención y Protección a las Personas Desplazadas por la Lucha del Gobierno Federal contra el Crimen Organizado, el cual contará con un capital de 5 mil millones de pesos anuales, mismo que se deberá de contemplar en el Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal correspondiente.  Sera responsabilidad del Gobierno Federal a través de la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos, garantizar que el Comité encargado de regular y administrar el Fidesp, brinde el apoyo, la atención a las personas desplazadas y con ello adoptar las medidas necesarias para la consolidación y estabilización socioeconómica de las personas desplazadas dentro del territorio nacional por la violencia. Establecer que las autoridades competentes tienen la obligación y responsabilidad primarias de establecer las condiciones y proporcionar los medios que permitan el regreso voluntario, seguro y digno de los desplazados a su hogar o lugar de residencia habitual.

27

Que adiciona el artículo 29 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

María Teresa Rosaura Ochoa Mejía

(MC)*

 

Suscrita por integrantes de diversos Grupos Parlamentarios

Se turnó a la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Establecer que es obligatoria la rendición de cuentas públicas sobre los recursos y subvenciones que reciben los grupos parlamentarios. Para tal fin, cada Grupo Parlamentario destinará un porcentaje de la ayuda económica que le es entregada para la creación y mantenimiento de una unidad de enlace encargada de proponer los procedimientos internos que aseguren una efectiva rendición de cuentas; cada Grupo Parlamentario deberá presentar cuatrimestralmente, en forma detallada, su cuenta de gastos, a través de la cual dará a conocer: el directorio de su personal de carácter transitorio, así como las remuneraciones que reciben; las erogaciones que destina a la seguridad social; y las contrataciones o compras que hayan realizado en los rubros materiales y suministros, servicios generales, bienes muebles, inmuebles e intangibles, inversión pública e inversiones financieras y otras provisiones. En caso de que no se cumpla con dichas disposiciones, les serán retenidos las subvenciones en tanto no se subsane la falta.

28

Que reforma el artículo 323 Ter del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

Laura Viviana Agúndiz Pérez

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Justicia, para dictamen

Explicitar que por violencia familiar se considera el uso de la fuerza física o moral, así como las omisiones graves, que de manera reiterada ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma dirigidos a dominar, someter o controlar, a limitar o impedir el ejercicio de un derecho.

29

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dips

Laura Arizmendi Campos, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, María Guadalupe García Almanza y Pedro Jiménez León

(MC)*

Se turnó a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura, para dictamen

Establecer que el Estado adoptará medidas de protección para los bienes culturales contra los efectos previsibles de un conflicto armado. Dichas medidas comprenderán: la realización de inventarios; la planificación de medidas de emergencia para la protección contra incendios o el derrumbamiento de estructuras; la preparación del traslado de bienes culturales muebles o el suministro de una protección adecuada in situ de esos bienes; la designación de autoridades competentes que se responsabilicen de la salvaguardia de los bienes culturales; el otorgamiento de ayuda financiera y técnica en apoyo de medidas preparatorias o de otro tipo que se hayan de adoptar en tiempo de paz para la prevención y protección de bienes culturales en caso de conflicto armado; y la autorización de ayuda financiera y técnica en relación con medidas de emergencia y medidas provisionales o de otro tipo que se hayan de adoptar con miras a la reconstrucción.

30

Que reforma el artículo 308 del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

Laura Viviana Agúndiz Pérez,

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Justicia, para dictamen

Establecer que en el caso de menores los alimentos incluirán lo necesario para su educación básica.               

31

Que reforma el artículo 62 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

20 de marzo de 2012.

Dip.

Yolanda del Carmen Montalvo López

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

Establecer que en las plazas de última categoría de nueva creación o las disponibles en cada grupo por lo menos un 2 por ciento será ocupado por personas con discapacidad. Los titulares de las dependencias realizarán las acciones para la adaptación, rehabilitación o mejora de los centros de trabajo a fin de proporcionar la accesibilidad necesaria a los trabajadores con discapacidad.

32

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

22 de marzo de 2012.

Dip.

Miguel Ernesto Pompa Corella

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Crear la Comisión Ordinaria de Minería de la Cámara de Diputados.

33

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

22 de marzo de 2012.

Dip.

José Luis Ovando Patrón

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

Aumentar el porcentaje de 20 a 25 por ciento de los excedentes de ingresos que se destinarán a los programas y proyectos de inversión en infraestructura que establezca el Presupuesto de Egresos.  Establecer que se destinará el 5 por ciento de los excedentes de ingresos a los programas y proyectos de inversión en infraestructura de seguridad pública de los estados y municipios establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación. El ejercicio de los recursos se sujetará a los rubros de inversión en infraestructura establecidos en los convenios de seguridad pública vigentes y firmados entre la federación y los gobiernos estatales.

34

Que reforma los artículos 7, 14, 33 y 43 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

22 de marzo de 2012.

Dip.

Alejandro Bahena Flores

(PAN)*

 

Suscrita por los Dips. María de Lourdes Reynoso Femat, María Sandra Ugalde Basaldúa y Jaime Oliva Ramírez

(PAN)

Se turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Incluir como fines de la educación que impartan el Estado sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, fomentar actitudes que estimulen la alfabetización digital.

35

Que reforma el artículo 307 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

22 de marzo de 2012.

Dip.

María Antonieta Pérez Reyes

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Salud, para dictamen

Establecer que los impresos de alimentos y bebidas no alcohólicas cuando sean utilizados por establecimientos que expendan o suministren al público alimentos y bebidas no alcohólicas, deberán contener la información necesaria para el cálculo del contenido calórico de éstos, de acuerdo con las disposiciones normativas que al efecto emita la Secretaría de Salud.

* Sin intervención en Tribuna.

Turnos de las iniciativas publicados en Gaceta Parlamentaria: Anexo X, 22 de marzo de 2012.

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