No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el
artículo 231 de la Ley Federal del
Derecho de Autor.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
22 de marzo de 2012. |
Dip.
Armando Jesús Báez Pinal
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de Cultura,
para dictamen |
Incluir como infracciones en materia de
comercio las siguientes conductas cuando
sean realizadas con fines de lucro
directo o indirecto: comunicar
públicamente, fijar o reproducir
interpretaciones o ejecuciones de los
artistas, intérpretes o ejecutantes,
siempre y cuando dicho derecho no se
encuentre agotado; reproducir, importar,
distribuir, comunicar públicamente o
explotar originales o copias de libros
sin la autorización correspondiente; y
comunicar públicamente, reproducir,
importar, distribuir, transformar o
explotar originales o copias de
fonogramas o de videogramas sin la
autorización correspondiente de los
respectivos titulares. |
2 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley Federal de Radio y Televisión.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
Armando Ríos Piter
(PRD)* |
Se turnó a la Comisión de Radio,
Televisión y Cinematografía, para
dictamen |
Facultar a la Secretaría de Gobernación
para vigilar que las transmisiones de
radio y televisión dirigidas a la
población infantil promuevan la cultura
de la no violencia, el respeto por los
derechos humanos, la igualdad y la no
discriminación. Facultar a la Secretaría
de Educación Pública para elaborar y
difundir programas de carácter educativo
y recreativo para la población infantil
cuya base sea el respeto por los
derechos humanos y la cultura de la no
violencia. Incluir en la programación
dirigida a la población infantil que
transmitan las estaciones de radio y de
televisión, promover una alimentación
nutritiva y equilibrada. Establecer que
los solicitantes de permisos para
estaciones indígenas deberán presentar
una constancia de pueblo o comunidad
indígena expedida para efectos de la
solicitud de mérito por la Comisión
Nacional para el Desarrollo de los
Pueblos Indígenas. Prever que en materia
electoral, así como lo relativo al
cumplimiento de los tiempos que
correspondan al Estado diariamente, en
los casos de las estaciones que operen
bajo la figura de red o cadena, se
considerará cumplida la obligación de
los concesionarios y permisionarios de
dichas estaciones al transmitir las
pautas, programación o propaganda que
las autoridades correspondientes
entreguen a la estación que haya sido
designada como estación de origen. |
3 |
Que reforma los
artículos 52, 53 y 54 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
Maurilio Ochoa Millán
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen |
Reducir de 300 a 200 el número de
diputados de mayoría relativa y de 200 a
100 el número de diputados de
representación proporcional. |
4 |
Que reforma el
artículo 3 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Diputados Rafael Yerena Zambrano y José
Trinidad Padilla López
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen |
Establecer que la educación que imparta
el estado tenderá a desarrollar
armónicamente todas las facultades del
ser humano, y fomentará en él la cultura
de paz. |
5 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley General del Sistema Nacional de
Seguridad Pública, de la
Ley Federal contra la Delincuencia
Organizada, y de la Ley
Seguridad Nacional.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
Caritina Saénz Vargas
(PVEM)* |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Seguridad Pública, y de
Gobernación, para dictamen |
Considerar al Poder Legislativo de la
Unión para contribuir con las instancias
que integran el Sistema Nacional de
Seguridad Pública, en la formulación de
estudios, lineamientos e implementación
de acciones que permitan alcanzar los
fines de la seguridad pública y combatir
de manera eficaz la delincuencia
organizada. Incluir como integrantes del
Consejo de Seguridad Nacional, a un
senador y a un diputado integrante de la
Comisión Bicamaral de Seguridad
Nacional, y dos Ministros de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación. |
6 |
Que reforma el
artículo 210 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
Rodrigo Reina Liceaga
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de
Salud, para dictamen |
Establecer con carácter de
obligatoriedad la declaración
nutrimental obligatoria y la declaración
nutrimental complementaria de la norma
oficial mexicana que se refiere al
etiquetado de alimentos y bebidas no
alcohólicas preenvasados, destinada a
informar al consumidor sobre las
propiedades nutrimentales de un alimento
o bebida no alcohólica preenvasada. |
7 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
Rodrigo Reina Liceaga
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de
Salud, para dictamen |
Definir el concepto de salud como un
estado de completo bienestar físico,
mental y social, y no solamente la
ausencia de afecciones o enfermedades.
Definir el concepto de nutrición a los
procesos mediante los cuales se
obtienen, aprovechan y excretan los
nutrimentos en el organismo, éste
concepto incluye los Trastornos de la
Conducta Alimentaria (Bajo Peso, Peso
Adecuado, Sobrepeso y Obesidad). |
8 |
Que reforma los
artículos 112, 115, 159 y 307 de la
Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
Rodrigo Reina Liceaga
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de
Salud, para dictamen |
Facultar a la Secretaría de Salud para
promover actividad física con la
finalidad de alcanzar el balance cero
por medio de programas destinados a la
promoción de la salud y la unidad de
balance. Definir los conceptos: Balance
Cero, Balance Positivo, Balance
Negativo, Consumo Efectivo y Unidad de
Balance. |
9 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones del
Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
Blanca Luz Purificación Dalila Soto
Plata
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de
Justicia, para dictamen |
Aumentar las multas y sanciones de los
delitos electorales, y en materia de
Registro Nacional de Ciudadanos.
Considerar a los delitos de carácter
electoral como de delincuencia
organizada. Sancionar a quién promueva e
induzca campañas denigrantes hacia
cualquiera de los candidatos no obstante
que utilice recursos de su propiedad o
dinero propio. |
10 |
Que reforma el
artículo 17 de la Ley de la
Policía Federal.
Publicación en GP:
Anexo VI.
22 de marzo de 2012. |
Dip.
Jorge Antonio Kahwagi Macari
(NA)* |
Se turnó a la Comisión de Seguridad
Pública, para dictamen |
Eliminar de los requisitos que deben de
cumplir todos los elementos de la
Policía Federal, un nivel educativo
(media básica) que la Ley General de
Educación no contempla en ninguno de sus
artículos por lo que no existe en el
sistema educativo del Estado mexicano. |
11 |
Que reforma el
artículo 117 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
23 de febrero de 2012. |
Dip.
Óscar González Yáñez
(PT)* |
Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen |
Establecer que en ningún caso los
empréstitos u obligaciones de los
estados que se destinen a inversiones
públicas productivas e inclusive las que
contraigan organismos descentralizados y
empresas públicas, podrán ser utilizados
para fines de propaganda gubernamental o
para promover la imagen de algún
funcionario público. |
12 |
Que reforma el
artículo 30 de la Ley del Servicio
Público de Energía Eléctrica.
Publicación en GP:
Anexo V.
13 de marzo de 2012. |
Dip.
Francisco Amadeo Espinosa Ramos
(PT)* |
Se turnó a la Comisión de Energía,
para dictamen |
Establecer en los contratos y tarifas de
suministro de energía eléctrica para
servicio doméstico, que no se acumulará
más de un mes de consumo para su cobro.
Prever que el límite único para
aplicación de tarifa más baja para
servicio doméstico que no se considera
de alto consumo, será el promedio de
consumo nacional del año inmediato
anterior. Establecer que no deben
aplicarse tarifas diferenciadas para el
servicio doméstico que no se considera
de alto consumo. |
13 |
Que reforma los
artículos 3 y 114 de la Ley
General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo V.
13 de marzo de 2012. |
Dip.
Alfonso Primitivo Ríos Vázquez
(PT)* |
Se turnó a la Comisión de Salud,
para dictamen |
Incluir a los trastornos alimenticios
como materia de salubridad general, a
efecto de que la Secretaría de Salud,
las entidades del sector salud y los
gobiernos de las entidades federativas,
en sus respectivos ámbitos de
competencia, formulen y desarrollen
programas que los combatan. |
14 |
Que reforma el
artículo 3 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
Jorge Romero Romero
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen |
Establecer que la educación que imparta
el Estado contribuirá y promoverá la
cultura física y el deporte, a fin de
fortalecer todas las facultades del ser
humano, y cumplirá en lo fundamental la
formación integral de la niñez y la
adolescencia. |
15 |
Que adiciona el
artículo 62 Bis a la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
Paz Gutiérrez Cortina
(PAN)*
Suscrita por los Dips. Miguel Antonio
Osuna Millán (PAN) y Diva Hadamira
Gastélum Bajo (PRI) |
Se turnó a la Comisión de Salud,
para dictamen |
Establecer que la cesárea sólo será
efectuada cuando exista causa médica que
la justifique, o a petición de la madre,
una vez hecho de su conocimiento y
habiendo aceptado expresamente los
riesgos de salud que pudieran acompañar
a ésta. Su práctica deberá sujetarse a
las disposiciones de carácter general
que para tal efecto emita la Secretaría
de Salud, las cuales deberán de
publicarse en el Diario Oficial de la
Federación. En caso de que la madre no
se encontrara en condiciones de
solicitar la operación cesárea, ésta
podrá ser requerida por el responsable
designado por la paciente. |
16 |
Que adiciona el
artículo 62 Bis a la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
Ariel Gómez León
(PRD)* |
Se turnó a la Comisión de Salud,
para dictamen |
Establecer que se promoverá el parto
natural respetando en todo momento el
derecho que tiene la mujer a decidir
sobre su cuerpo. En el caso de la
operación cesárea, ésta será efectuada
cuando exista causa médica que la
justifique o que la madre lo solicite,
debiendo estar informada sobre el
procedimiento y sus implicaciones,
sujetándose a las disposiciones de
carácter general que para tal efecto
emita la Secretaría de Salud, las cuales
deberán publicarse en el Diario Oficial
de la Federación. |
17 |
Que adiciona el
artículo 10 Bis y reforma el 42 de la
Ley Federal de Cinematografía.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
Alejandro del Mazo Maza
(PVEM)* |
Se turnó a la Comisión de Radio,
Televisión y Cinematografía, para
dictamen |
Facultar a la Secretaría de Gobernación,
a través de la Dirección General de
Radio, Televisión y Cinematografía, para
vigilar que las producciones
cinematográficas nacionales exhiban el
Escudo o la Bandera Nacionales cuando
menos dos segundos y en cualquier plano
de referencia, antes del inicio o
durante la película cinematográfica, con
objeto de fortalecer la identidad
nacional. |
18 |
Que reforma los
artículos 3 de la Ley de Aguas
Nacionales y 60 Ter de la
Ley General de Vida Silvestre.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dips.
Laura Arizmendi Campos, María Guadalupe
García Almanza y Pedro Jiménez León
(MC)* |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Recursos Hidráulicos, y de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, para
dictamen |
Ley General de Aguas Nacionales
Establecer que los humedales incluyen
las extensiones de marismas, pantanos y
turberas, o superficies cubiertas de
aguas, sean éstas de régimen natural o
artificial, permanentes o temporales,
estancadas o corrientes, dulces,
salobres o saladas, incluidas las
extensiones de agua marina cuya
profundidad en marea baja no exceda de
seis metros. El manejo de estos
ecosistemas se apegará al concepto de
uso racional de los humedales. La
conservación de los humedales, será en
beneficio de la humanidad.
Ley General de Vida Silvestre
Prever la clasificación de los
humedales. Modificar el concepto
“manglar” por “humedal”. |
19 |
De decreto,
a fin de que se coloquen en el patio
central del Palacio Legislativo un busto
con la efigie del general Ignacio
Zaragoza y una placa conmemorativa del
150 aniversario de la Batalla de Puebla.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
María Isabel Merlo Talavera
(PRI)*
Suscrita por integrantes de la Comisión
Especial para conmemorar el 150
aniversario de la Batalla de Puebla,
realizada el 5 de mayo de 1862 |
Se turnó a la Comisión de Régimen,
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias,
para dictamen |
Colocar en el patio central del Palacio
Legislativo un busto con la efigie del
general Ignacio Zaragoza y una placa
conmemorativa del 150 aniversario de la
Batalla de Puebla |
20 |
Que reforma el
artículo 47 de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
Jorge Romero Romero
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos, para
dictamen |
Considerar en los planes y programas de
estudios de la educación media superior,
en cualquiera de sus modalidades de
instituciones públicas o privadas, la
obligatoriedad del establecimiento de la
orientación educativa, ya sea como una
asignatura o a través de un departamento
administrativo. |
21 |
Que reforma los
artículos 65 y 67 de la Ley
General de Educación.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
Jaime Oliva Ramírez
(PAN)* |
Se turnó a la Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos, para
dictamen |
Establecer que los apoyos,
colaboraciones, aportaciones que hagan
los padres de familia a las escuelas
tendrán el carácter de voluntarias.
Prever que en ningún caso se
condicionará la prestación de los
servicios educativos que el estado esté
obligado a otorgar o el ejercicio de
cualquier otro derecho. |
22 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Petróleos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
César Francisco Burelo Burelo
(PRD)* |
Se turnó a la Comisión de Energía,
para dictamen |
Adicionar una Sección Sexta “De Impacto
Social” al Capítulo IV “Régimen Especial
de Operación de Petróleos Mexicanos”,
con el objeto de establecer que en caso
de que las actividades de Petróleos
Mexicanos y sus organismos subsidiarios
ocasionen daños al patrimonio y/o salud
de personas físicas o al patrimonial de
las personas morales, están obligados a
su resarcimiento. Las solicitudes de
reparación de daños deberán ser
atendidas en un plazo perentorio. Con
aquéllas que no puedan ser atendidas en
el plazo de un año, se elaborará un
programa anual para el siguiente año. |
23 |
Que reforma el
artículo 7 de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Diputados
Laura Arizmendi Campos, María Guadalupe
García Almanza y Pedro Jiménez León
(MC)* |
Se turnó a la Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos, para
dictamen |
Establecer que la educación que imparta
el estado incluirá la perspectiva de los
pueblos indígenas en la construcción de
propuestas curriculares, a fin de que la
historia, lengua, tradiciones,
literatura y filosofía de los diferentes
pueblos originarios de México queden
plasmadas en los programas de estudio.
El estado adoptará medidas eficaces para
eliminar del sistema educativo toda
forma de discriminación hacia los
indígenas; a la vez que impulsará la
formación y actualización docente para
atender la diversidad cultural y
lingüística del país. Establecer, como
derecho de los hablantes de lenguas
indígenas, recibir la educación
obligatoria en su propia lengua y en
español. |
24 |
Que reforma los
artículos 3 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
y 75 de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP:
Anexo VI.
15 de marzo de 2012. |
Dip.
Jorge Romero Romero
(PRI)* |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales, y de
Educación Pública y Servicios
Educativos, para dictamen |
Establecer que la educación será laica.
Considerar como infracción para quienes
prestan servicios educativos, realizar,
permitir, fomentar y promover entre los
educandos dentro del centro escolar la
enseñanza de cultos y creencias
religiosas o actos contrarios a la
educación laica. |
25 |
Que reforma el
artículo 8 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
José Luis Ovando Patrón
(PAN)* |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Hacienda y Crédito Público, y de la
Función Pública, para dictamen |
Incluir como integrante del Consejo
Nacional de Armonización Contable a un
diputado representante del Poder
Legislativo Federal, quien tendrá
derecho a voz, pero no a voto. |
26 |
Que expide la
Ley Federal para la Atención y
Protección a las Personas Desplazadas
por la Lucha del Gobierno Federal contra
el Crimen Organizado.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
Arturo Santana Alfaro
(PRD)* |
Se turnó a la Comisión de
Justicia, para dictamen y a la
Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública, para opinión |
Crear un ordenamiento jurídico que tiene
por objeto la atención y protección a
las personas desplazadas dentro del
territorio nacional, a consecuencia de
la lucha del Gobierno Federal contra el
crimen organizado. Crear el Fideicomiso
para la Atención y Protección a las
Personas Desplazadas por la Lucha del
Gobierno Federal contra el Crimen
Organizado, el cual contará con un
capital de 5 mil millones de pesos
anuales, mismo que se deberá de
contemplar en el Presupuesto de Egresos
de la Federación del Ejercicio Fiscal
correspondiente. Sera responsabilidad
del Gobierno Federal a través de la
Procuraduría Social de Atención a las
Víctimas de Delitos, garantizar que el
Comité encargado de regular y
administrar el Fidesp, brinde el apoyo,
la atención a las personas desplazadas y
con ello adoptar las medidas necesarias
para la consolidación y estabilización
socioeconómica de las personas
desplazadas dentro del territorio
nacional por la violencia. Establecer
que las autoridades competentes tienen
la obligación y responsabilidad
primarias de establecer las condiciones
y proporcionar los medios que permitan
el regreso voluntario, seguro y digno de
los desplazados a su hogar o lugar de
residencia habitual. |
27 |
Que adiciona el
artículo 29 Bis a la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
María Teresa Rosaura Ochoa Mejía
(MC)*
Suscrita por integrantes de diversos
Grupos Parlamentarios |
Se turnó a la Comisión de
Régimen, Reglamento y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen |
Establecer que es obligatoria la
rendición de cuentas públicas sobre los
recursos y subvenciones que reciben los
grupos parlamentarios. Para tal fin,
cada Grupo Parlamentario destinará un
porcentaje de la ayuda económica que le
es entregada para la creación y
mantenimiento de una unidad de enlace
encargada de proponer los procedimientos
internos que aseguren una efectiva
rendición de cuentas; cada Grupo
Parlamentario deberá presentar
cuatrimestralmente, en forma detallada,
su cuenta de gastos, a través de la cual
dará a conocer: el directorio de su
personal de carácter transitorio, así
como las remuneraciones que reciben; las
erogaciones que destina a la seguridad
social; y las contrataciones o compras
que hayan realizado en los rubros
materiales y suministros, servicios
generales, bienes muebles, inmuebles e
intangibles, inversión pública e
inversiones financieras y otras
provisiones. En caso de que no se cumpla
con dichas disposiciones, les serán
retenidos las subvenciones en tanto no
se subsane la falta. |
28 |
Que reforma el
artículo 323 Ter del
Código Civil
Federal.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
Laura Viviana Agúndiz Pérez
(PAN)* |
Se turnó a la Comisión de
Justicia, para dictamen |
Explicitar que por violencia familiar se
considera el uso de la fuerza física o
moral, así como las omisiones graves,
que de manera reiterada ejerza un
miembro de la familia en contra de otro
integrante de la misma dirigidos a
dominar, someter o controlar, a limitar
o impedir el ejercicio de un derecho. |
29 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley Federal sobre Monumentos y Zonas
Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dips
Laura Arizmendi Campos, María Teresa
Rosaura Ochoa Mejía, María Guadalupe
García Almanza y Pedro Jiménez León
(MC)* |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Educación Pública y Servicios Educativos,
y de Cultura, para dictamen |
Establecer que el Estado adoptará
medidas de protección para los bienes
culturales contra los efectos
previsibles de un conflicto armado.
Dichas medidas comprenderán: la
realización de inventarios; la
planificación de medidas de emergencia
para la protección contra incendios o el
derrumbamiento de estructuras; la
preparación del traslado de bienes
culturales muebles o el suministro de
una protección adecuada in situ de esos
bienes; la designación de autoridades
competentes que se responsabilicen de la
salvaguardia de los bienes culturales;
el otorgamiento de ayuda financiera y
técnica en apoyo de medidas
preparatorias o de otro tipo que se
hayan de adoptar en tiempo de paz para
la prevención y protección de bienes
culturales en caso de conflicto armado;
y la autorización de ayuda financiera y
técnica en relación con medidas de
emergencia y medidas provisionales o de
otro tipo que se hayan de adoptar con
miras a la reconstrucción. |
30 |
Que reforma el
artículo 308 del Código Civil
Federal.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
Laura Viviana Agúndiz Pérez,
(PAN)* |
Se turnó a la Comisión de
Justicia, para dictamen |
Establecer que en el caso de menores los
alimentos incluirán lo necesario para su
educación básica.
|
31 |
Que reforma el
artículo 62 de la Ley Federal de
los Trabajadores al Servicio del Estado,
Reglamentaria del Apartado B del
Artículo 123 Constitucional.
Publicación en GP:
Anexo VI.
20 de marzo de 2012. |
Dip.
Yolanda del Carmen Montalvo López
(PAN)* |
Se turnó a la Comisión de
Trabajo y Previsión Social, para
dictamen |
Establecer que en las plazas de última
categoría de nueva creación o las
disponibles en cada grupo por lo menos
un 2 por ciento será ocupado por
personas con discapacidad. Los titulares
de las dependencias realizarán las
acciones para la adaptación,
rehabilitación o mejora de los centros
de trabajo a fin de proporcionar la
accesibilidad necesaria a los
trabajadores con discapacidad. |
32 |
Que reforma el
artículo 39 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
22 de marzo de 2012. |
Dip.
Miguel Ernesto Pompa Corella
(PRI)* |
Se turnó a la Comisión de Régimen,
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias,
para dictamen |
Crear la Comisión Ordinaria de Minería
de la Cámara de Diputados. |
33 |
Que reforma el
artículo 19 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo VI.
22 de marzo de 2012. |
Dip.
José Luis Ovando Patrón
(PAN)* |
Se turnó a la Comisión de Presupuesto
y Cuenta Pública, para dictamen |
Aumentar el porcentaje de 20 a 25 por
ciento de los excedentes de ingresos que
se destinarán a los programas y
proyectos de inversión en
infraestructura que establezca el
Presupuesto de Egresos. Establecer que
se destinará el 5 por ciento de los
excedentes de ingresos a los programas y
proyectos de inversión en
infraestructura de seguridad pública de
los estados y municipios establecidos en
el Presupuesto de Egresos de la
Federación. El ejercicio de los recursos
se sujetará a los rubros de inversión en
infraestructura establecidos en los
convenios de seguridad pública vigentes
y firmados entre la federación y los
gobiernos estatales. |
34 |
Que reforma los
artículos 7, 14, 33 y 43 de la Ley
General de Educación.
Publicación en GP:
Anexo VI.
22 de marzo de 2012. |
Dip.
Alejandro Bahena Flores
(PAN)*
Suscrita por los Dips. María de Lourdes
Reynoso Femat, María Sandra Ugalde
Basaldúa y Jaime Oliva Ramírez
(PAN) |
Se turnó a la Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos, para
dictamen |
Incluir como fines de la educación que
impartan el Estado sus organismos
descentralizados y los particulares con
autorización o con reconocimiento de
validez oficial de estudios, fomentar
actitudes que estimulen la
alfabetización digital. |
35 |
Que reforma el
artículo 307 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo VI.
22 de marzo de 2012. |
Dip.
María Antonieta Pérez Reyes
(PAN)* |
Se turnó a la Comisión de Salud,
para dictamen |
Establecer que los impresos de alimentos
y bebidas no alcohólicas cuando sean
utilizados por establecimientos que
expendan o suministren al público
alimentos y bebidas no alcohólicas,
deberán contener la información
necesaria para el cálculo del contenido
calórico de éstos, de acuerdo con las
disposiciones normativas que al efecto
emita la Secretaría de Salud. |