Relativo a la vacante de Diputado del
Grupo Parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional en la
Cámara de Diputados de la LXI
Legislatura.
Acuerdo:
PRIMERO.-
En razón de que los ciudadanos Hilda
Esthela Flores Escalera y Noé Fernando
Garza Flores, diputados federales
propietaria y suplente, respectivamente,
del Partido Revolucionario
Institucional, electos en la segunda
circunscripción plurinominal, no se
incorporarán a sus labores como
diputados federales a la LXI Legislatura
en el lapso que resta de ésta, se
considera vacante dicha fórmula, por lo
que resulta necesario actuar conforme a
lo previsto en el artículo 63 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, que a la letra dice:
“...la vacante de miembros de la Cámara
de Diputados, electos por el principio
de representación proporcional, será
cubierta por la fórmula de candidatos
del mismo partido que siga en el orden
de la lista regional respectiva, después
de habérsele asignado los diputados que
le hubieren correspondido;...”
Así como, de conformidad con lo señalado
en el artículo 20, numeral 3, del Código
Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales que a la
letra dice:
3. Las vacantes de miembros propietarios
de la Cámara de Diputados, electos por
el principio de representación
proporcional, deberán ser cubiertas por
los suplentes de la fórmula electa
respectiva. Si la vacante se presenta
respecto de la fórmula completa, será
cubierta por aquella fórmula de
candidatos del mismo partido que siga en
el orden de la lista regional
respectiva, después de habérsele
asignado los diputados que le hubieren
correspondido.”
De igual forma el artículo 11 del
Reglamento de la Cámara de Diputados
establece:
1. Las vacantes de diputados o diputadas
electos por el principio de mayoría
relativa o representación proporcional,
se cubrirán conforme a lo dispuesto en
la Constitución, en sus artículos 63,
primer párrafo y 77, fracción IV..
SEGUNDO.-
Dese cuenta al Instituto Federal
Electoral, a efecto de que dicho órgano
informe a esta soberanía de la fórmula
de candidatos que siga en el orden de la
lista regional de la segunda
circunscripción plurinominal del Partido
Revolucionario Institucional, para que
los miembros de dicha fórmula puedan ser
llamados a ocupar el cargo de diputado
federal a la LXI Legislatura.
TERCERO.-
Notifíquese a los ciudadanos Hilda
Esthela Flores Escalera y Noé Fernando
Garza Flores.
CUARTO.-
Publíquese el presente acuerdo en la
Gaceta Parlamentaria |