Que concede permiso a
los ciudadanos César Olivares Acosta, José
Francisco González Galindo, María de Lourdes
Aranda Bezaury, Jorge Armando Barriguete
Meléndez, Claudia Olvera González y Julia
Genoveva Villegas Villarreal,
para aceptar y usar las medallas y las
condecoraciones que en distintos grados les
otorgan diversos gobiernos extranjeros.
Proceso Legislativo:
Minutas recibidas el
24 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida 6 de
abril de 2011.
Decreto:
ARTÍCULO PRIMERO.-
Se concede permiso para que el ciudadano
César Olivares Acosta pueda aceptar y usar
la Medalla Especial y Cinta Especial, que le
otorga la Junta Interamericana de Defensa de
la Organización de Estados Americanos.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
Se concede permiso para que el ciudadano
José Francisco González Galindo pueda
aceptar y usar la medalla Batalla Naval del
Lago de Maracaibo, en Clase Única, que le
otorga el gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela.
ARTÍCULO TERCERO.-
Se concede permiso para que la ciudadana
María de Lourdes Aranda Bezaury pueda
aceptar y usar la Condecoración de la Real y
Distinguida Orden de Carlos III, en grado de
Cruz, que le otorga el gobierno del Reino de
España.
ARTÍCULO CUARTO.-
Se concede permiso para que el ciudadano
Jorge Armando Barriguete Meléndez pueda
aceptar y usar la Condecoración de la Orden
de la Legión de Honor, en grado de Oficial,
que le otorga el gobierno de la República
Francesa.
ARTÍCULO QUINTO.-
Se concede permiso para que la ciudadana
Claudia Olvera González pueda aceptar y usar
la Condecoración de la Orden de las Palmas
Académicas, en grado de Caballero, que le
otorga el gobierno de la República Francesa.
ARTÍCULO SEXTO.-
Se concede permiso para que la ciudadana
Julia Genoveva Villegas Villarreal pueda
aceptar y usar la Condecoración de la Orden
de las Palmas Académicas, en grado de
Oficial, que le otorga el gobierno de la
República Francesa. |