Que reforma, adiciona
y deroga diversas disposiciones de la Ley
Federal de Competencia Económica, del Código
Penal Federal, del Código Fiscal de la
Federación.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Mónica
Arriola (NA) el 30 de abril de 2009.
Iniciativa presentada por el Dip. Jorge
Salúm del Palacio (PAN) el 19 de agosto de
2009.
Iniciativa presentada por diputados del PT
el 22 de febrero de 2007.
Iniciativa presentada por el Dip. Raúl
Cervantes Andrade (PRI) el 20 de febrero de
2007.
Iniciativa presentada por el Dip. Juan
Guerra Ochoa (PRD) el 12 de diciembre de
2007.
Iniciativa presentada por la Dip. Adriana
Rodríguez Vizcarra Velázquez y suscrita por
diputados del PAN el 15 de abril de 2009.
Iniciativa presentada por Alejandro Sánchez
Camacho (PRD) el 12 de abril de 2007.
Iniciativa presentada por el Dip, Vidal
Llerenas Morales y suscrita por diputados
del PRD el 13 de abril de 2010.
Iniciativa presentada por el Ejecutivo
Federal el 6 de abril de 2010.
Iniciativa presentada por los diputados
Jorge López Portillo Basave (PRI), Indira
Vizcaíno Silva (PRD) y Jorge Kahwagi Macari
(NA) el 23 de marzo de 2010.
Iniciativa presentada por el Dip. Rubén
Moreira Valdez y suscrita por diputados del
PRI el 2 de marzo de 2010.
Dictamen de Primera Lectura con Dispensa de
Segunda presentado el 29 de abril de 2010.
Proyecto de decreto aprobado por 329 votos y
59 en contra. Se turnó a la Cámara de
Senadores para los efectos del Apartado A)
del artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX
Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de Senadores el
29 de abril de 2010. (LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado el 7
de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 9 de
diciembre de 2010. Proyecto de decreto
aprobado por 72 votos. Se turnó a la Cámara
de Diputados para los efectos del Apartado
E) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI
Legislatura)
Minuta recibida el 10 de febrero de 2011. (LXI
Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 14 de
abril de 2011,
(LXI Legislatura)
Propuesta:
Transformar la naturaleza jurídica de la
COFECO para convertirla en un organismo
descentralizado con personalidad jurídica y
patrimonio propios. Se prevé en los
artículos transitorios que la sustitución
con el nuevo mecanismo de designación se
realice anualmente, respetando el orden en
el que los actuales comisionados fueron
designados. La duración del encargo de los
comisionados se propone reducirlo a un ciclo
de 5 años que pueda ser prorrogable hasta
por otro período igual. Se fortalecen los
requisitos para ser Comisionado y Secretario
Ejecutivo, proponiendo para ello realizar
una mayor especificación en la Ley Federal
de Competencia Económica de los requisitos
para el cargo, a saber: introducir un
período de experiencia de 5 años en áreas
técnicas o profesionales vinculadas a las
tareas y a las funciones que desarrollarán
como comisionados y/o Secretario Ejecutivo;
delimitar los perfiles profesionales a las
áreas de derecho, economía, contaduría y/o
ciencias económico administrativas
vinculadas; incluir la prohibición, durante
el año previo a su nombramiento, de haber
sido Secretario de Estado, Procurador
General de la República, senador, diputado
federal o local, gobernador de algún Estado
o Jefe de Gobierno del Distrito Federal y,
finalmente, para garantizar su imparcialidad
respecto de agentes económicos determinados,
se impone un período de un año en el que no
deberá haber ocupado un cargo directivo o
gerencial en alguno de los agentes
económicos que tenga investigación en curso
en la Comisión. Se propone modificar el
método de nombramiento del Presidente de la
Comisión, pasando de una designación directa
del Ejecutivo que actualmente prevé la
legislación a la elección por los propios
comisionados con un mínimo de 4 votos.
Eliminar la figura de la suspensión como
medida cautelar, teniendo a la vista que el
incremento sustancial de las sanciones
económicas previstas en la minuta,
constituye un incentivo suficiente para no
realizar prácticas anticompetitivas de
manera deliberada. Suprimir la participación
en las visitas de verificación de
especialistas que no sean servidores
públicos, para evitar supuestos
controvertibles legal y constitucionalmente,
que pudieran viciar el procedimiento y
haciendo probable la declaración de su
nulidad. Precisar y regular el uso de la
fuerza pública durante las visitas de
verificación, en abono de la seguridad
jurídica de los investigados, asimismo que
la base de cálculo de las sanciones se
refiera a los ingresos acumulables de la
persona física o moral responsable, para
determinar justamente que se refieran a la
empresa o persona física responsable, en la
hipótesis de que uno u otro sea integrante
de un agente económico que tenga otras
empresas no vinculadas al sector productivo
o al mercado dónde se dio la práctica
anticompetitiva, atendiendo así a la
proporcionalidad de las multas a las que se
refiere el artículo 22 constitucional y a
los criterios de imposición de multas
contenidos en el artículo 36 vigente de la
Ley Federal de Competencia Económica.
Suprimir la querella de la Comisión Federal
de Competencia como requisito de
procedibilidad, para evitar la
discrecionalidad de su presentación en estos
delitos que se establecen dentro del Título
Delitos contra la economía pública, Capítulo
Delitos contra el consumo y la riqueza
nacionales por lo que notoriamente se
refieren a delitos que agravian directamente
el interés público y que en consecuencia
deben ser perseguidos de oficio.
Consecuentemente al suprimir la querella es
necesario y congruente suprimir la
posibilidad de petición de sobreseimiento de
los procesos seguidos por estos delitos, en
los casos en los que la Comisión otorgue el
perdón.
Intervenciones:
Por la Comisión:
Dip. Ildefonso Guajardo Villarreal
Para fijar postura de su
Grupo Parlamentario:
Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)
Dip. Vidal Llerenas Morales (PRD)
Dip. Leoncio Alfonso Morán Sánchez (PAN)
Para hablar en contra:
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)
Para hablar en pro:
Dip. Rodrigo Pérez-Alonso González (PVEM)
Dip. Luis Enrique Mercado Sánchez (PAN)
Para presentar reserva al Artículo 254
Bis del Código Penal Federal:
Dip. Pavel Díaz Juárez (PRD) |