Datos
de la
LXI Legislatura

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

2. SOLICITUD DE COMISIÓN

a) Para retirar iniciativa.

3. OFICIOS

4. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

5. OFICIOS CON PROPOSICIONES DE SENADORES RELATIVAS AL PEF 2012

6. OFICIO CON ACUERDO

7. MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

a) De solicitud de licencia.

8. ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

9. MINUTAS

a) Con proyecto de decreto.

10. INICIATIVAS

11. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

12. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de decreto.

b) Con puntos de acuerdo.

13. DICTÁMENES NEGATIVOS

a) De iniciativas.

b) De minutas.

14. PROPOSICIONES

15. AGENDA POLÍTICA

16. PROTESTA DE LEY

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 13, del 4 de Octubre de 2011.

 

                9. MINUTAS

                           a) Con proyecto de decreto.

No.

MINUTA

CONTENIDO

TURNO

1

Que reforma el párrafo primero y se adiciona un párrafo tercero al artículo 182-R del Código Federal de Procedimientos Penales, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

4 de octubre de 2011.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Elizondo Garrido (PVEM)) el 25 de abril de 2007. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de abril de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 30 de abril de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 328 votos, 1 en contra y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 29 de septiembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

 

Acuerdo:

PRIMERO.- Con fundamento en los argumentos expuestos en los apartados de “Consideraciones” del presente dictamen, no se aprueba la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforma el párrafo primero y se adiciona un párrafo tercero al artículo 182-R del Código Federal de Procedimientos Penales, en los términos en que fue remitida a la Cámara de Senadores  para su revisión.

SEGUNDO.- En consecuencia, con apoyo en lo dispuesto en el inciso d), del artículo 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, devuélvase el proyecto de referencia a la Cámara de origen con las observaciones que la revisora plantea en los apartados citados en el punto resolutivo que antecede.

Comisión de Justicia, para dictamen.

2

Que reforma el párrafo segundo del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

4 de octubre de 2011.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Uscanga Escobar (PRI), el 23 de julio de 2004. (LIX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 14 de diciembre de 2005. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 350 votos. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2005. (LIX Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 29 de septiembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

 

Acuerdo:

PRIMERO.- Con fundamento en los argumentos expuestos en los apartados de “Consideraciones” del presente dictamen, no se aprueba la Minuta Proyecto de Decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en los términos en que fue remitida a la Cámara de Senadores  para su revisión.

SEGUNDO.- En consecuencia, con apoyo en lo dispuesto en el inciso d), del artículo 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, devuélvase el proyecto de referencia a la Cámara de origen con las observaciones que la revisora plantea en los apartados citados en el punto resolutivo que antecede.

Comisiones Unidas de Justicia, de Derechos Humanos, y de Seguridad Pública, para dictamen

3

Que adiciona la fracción II del artículo 73 y un párrafo segundo al artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

4 de octubre de 2011.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Ramón Galindo Noriega (PAN), a nombre propio y de los Senadores Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), José González Morfín (PAN), Carlos Navarrete Ruiz (PRD), Santiago Creel Miranda (PAN), Arturo Núñez Jiménez (PRD), Tomás Torres Mercado (PRD), Ricardo Monreal Ávila (PT) el 9 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 29 de septiembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 90 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir la potestad para legislar en materia de relaciones intergubernamentales y facultar que al Congreso de la Unión para establecer en leyes generales las bases para la aplicación de los principios rectores de las relaciones entre los órdenes de gobierno federal, estatal, municipal y del Distrito Federal, en los términos del artículo 124 de la Constitución.

Establecer principios rectores de las relaciones entre los órdenes de gobierno federal, estatal, municipal y del Distrito Federal, en el ámbito de sus competencias: la cooperación, la coordinación, la subsidiariedad y la corresponsabilidad.

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

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