Por los cuales se exhorta al gobernador de Chihuahua a resolver la
problemática derivada de la contaminación, la intoxicación y el
envenenamiento por plomo en la sangre que afecta a los habitantes de las
zonas aledañas a la antigua Fundidora de Ávalos, en la capital del
estado.
Proposición:
Suscrita por la Dip. Rocío Esmeralda Reza Gallegos (PAN) el 5 de
marzo de 2015. (LXII Legislatura)
Acuerdo:
PRIMERO. Se
exhorta de manera respetuosa y diligente al titular del Poder Ejecutivo
del estado de Chihuahua, César Horacio Duarte Jáquez, para que gire
instrucciones a las autoridades sanitarias y de salubridad
correspondientes, a efecto de que se realicen los estudios médicos
adecuados para determinar el nivel de daño producido por el plomo y 21
metales pesados, a las personas afectadas por contaminación,
intoxicación y envenenamiento dentro de las zonas aledañas a la antigua
fundidora de Ávalos en la ciudad de Chihuahua, con test neurológicos y
marcadores de daño biológico como son las pruebas de efecto biológico:
1) ZPP (zinc protoporfina );
2) EP (protoporfinaeritrocitaria ), y
3) ALA-D (deshidratasa acido delta amino levulinico).
4) Estudio de cabello para detectar el nivel de plomo.
SEGUNDO. De
igual manera, una vez terminados los estudios médicos mencionados en el
numeral anterior a las personas afectadas por contaminación,
intoxicación y envenenamiento por plomo en la sangre, se ordene su
atención médica inmediata, así como la indemnización al valor real de su
vivienda, o bien, la reubicación de la misma, según lo decida o
considere cada familia en perjuicio.
TERCERO. Paralelo
a lo anterior, se ordene la acción de reubicación inmediata a todas
aquellas familias que habitan dentro de las zonas aledañas a la antigua
fundidora de Ávalos en la ciudad de Chihuahua.
CUARTO. A
su vez, se ordene la intervención correspondiente a la Comisión Nacional
de Derechos Humanos para que, derivadas de las investigaciones a las
violaciones al derecho constitucional a la protección de la salud,
proceda en el ámbito de sus atribuciones.
QUINTO. Se
inicien las investigaciones necesarias y correspondientes para sancionar
a los funcionarios responsables de las omisiones en perjuicio de las
familias afectadas de la comunidad de Ávalos y se finquen las
responsabilidades conforme a las disposiciones legales que en materia de
responsabilidad ambiental penal y sanitaria, le son aplicables. |