Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por
diversos Senadores entonces integrantes de los Grupos Parlamentarios del
PAN, del PRD y del entonces Partido Convergencia, el 14 de septiembre de
2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los
entonces Senadores Manlio Fabio Beltrones Rivera, Carlos Aceves del Olmo
y María de los Ángeles Moreno Uriegas (PRI), el 02 de diciembre de 2010.
(LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la
Senadora Mariana Gómez del Campo Gurza, (PAN) el 30 de enero de 2013. (LXII
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el
Senador Pablo Escudero Morales (PVEM) el 05 de septiembre de 2013. (LXII
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el
Senador Miguel Barbosa Huerta (PRD) e integrantes de su Grupo
Parlamentario el 20 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el
Senador Mario Delgado Carrillo (PRD) el 28 de noviembre de 2013. (LXII
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la
Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI) el 26 de noviembre de 2013. (LXII
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las
Senadoras Mariana Gómez del Campo Gurza y Gabriela Cuevas Barrón (PAN)
el
05
de diciembre. (LXII Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la
Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI) el 14 de marzo de 2014. (LXII
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 14 de diciembre de 2014.
(LXII Legislatura)
Dictamen a Discusión del 28 de abril de 2015. Proyecto de
decreto aprobado por
88 a
favor, 27 en contra y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para
los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Fortalecer los derechos políticos de los habitantes de la
Ciudad de México, la construcción de instituciones para el poder
federal, en su sede, y para las autoridades locales.
Establecer el Estatuto de la Capital de los Estados
Unidos Mexicanos como sede constitucional de los poderes federales.
Expedir la legislación por parte del Congreso de la Unión para
garantizar el pleno desarrollo de sus funciones en el asiento físico de
sus poderes y sus organismos autónomos.
El régimen interior de la Ciudad de México lo hará a
través de la expedición de su Constitución Política, con base en las
previsiones de la Ley Suprema de la República.
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal como órgano
constituyente, se conformará por 100 Diputados; 60 de los cuales serán
electos por el principio de representación proporcional, en una sola
circunscripción para la Ciudad de México, y 40 designados por órganos de
representación federal.
Quienes sean constituyentes de la Ciudad de México no
percibirían emolumento alguno por sus servicios. Los actuales órganos de
gobierno Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Distrito Federal, se
transformarían en poderes locales con esas funciones. El primero, se
integrará por miembros electos cada tres años con posibilidad de tres
reelecciones adicionales consecutivas; el segundo, por un titular electo
popularmente para un mandato de seis años; y el tercero, es decir, el
Poder Judicial conformado en los términos que dicte la Constitucional
local con base en la actuación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, y
a quienes se les dotará de las garantías para su desempeño imparcial.
La competencia del futuro Poder Legislativo local será en
términos homólogos a los de las legislaturas de los estados, es decir,
con el ejercicio de las facultades no conferidas expresamente al Poder
Legislativo Federal, salvo la restricción expresa que se haga en la
Constitución General de la República.
Se encomienda la titularidad de la administración pública
local al Jefe de Gobierno, para el funcionamiento de la hacienda pública
en materia de presupuesto, en materia patrimonial, en seguridad pública,
así como en la prestación de servicios de carácter integral como el agua
potable, el drenaje, alcantarillado y el tratamiento de aguas
residuales.
Se plantea una nueva forma de gobierno para las
demarcaciones territoriales de la ciudad, las alcaldías integradas por
el alcalde a cargo de la función ejecutiva, y un órgano colegiado de
concejales con atribuciones para la aprobación del proyecto de
presupuesto anual, la supervisión y evaluación de la gestión pública y
el control del ejercicio del gasto, será un órgano con la representación
plural emanada de comicios para elegirlos con base en los principios de
mayoría relativa y de representación proporcional.
Se plantea, un conjunto de normas para encauzar y afirmar
la adopción de políticas metropolitanas entre la Federación, la ciudad,
los estados y los municipios de la conurbación del Valle de México, que
será atendido por el Consejo de Desarrollo Metropolitano, en los ámbitos
de los asentamientos humanos, la protección al ambiente y la
preservación y restauración del equilibrio ecológico, el transporte, el
tránsito, el agua potable y drenaje, la recolección, tratamiento y la
disposición de desechos sólidos y la seguridad pública.
Proteger los derechos adquiridos de los trabajadores de
las instituciones de gobierno del Distrito Federal y sustentar la
política de promoción y respeto a los derechos humanos de la Ciudad de
México.
Se consideran los asuntos en materia de justicia para
adolescentes, de disciplina financiera de entidades federativas y
municipios, y para el establecimiento del Sistema Nacional
Anticorrupción. |