Datos
de la
LXII Legislatura

CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS



1.   COMUNICACIÓN

De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

2.   SOLICITUDES DE DIPUTADOS

Para retirar iniciativas

3.   INVITACIÓN A CEREMONIA CÍVICA

De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.

4.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

5.   PERMISOS CONSTITUCIONALES

Para prestar servicios

6.     MINUTA

Con proyecto de decreto

7.     INICIATIVAS

8.     DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

Con proyecto de decreto

9.     DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Con proyecto de decreto

10.     DICTÁMENES NEGATIVOS

De iniciativas

11.     PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

12.     PROPOSICIONES

13.     AGENDA POLÍTICA

14.     PROTESTA DE LEY


       III. CITA A

PROXIMA SESIÓN

 

 

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 14

 

               

                     

 

   9.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

                  Con proyecto de decreto.

                 



No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

19 de marzo de 2013

 

Que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud. (médicos homeópatas)

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Nelly del Carmen Vargas Pérez (MC) el 25 de octubre de 2012. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 12 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Modificar el término “Homeópatas” por “Médicos homeópatas”.

 

Por la Comisión: Dip. Virginia Victoria Martínez Gutiérrez

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Nelly del Carmen Vargas Pérez (MC)

 

a)           Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 423 votos en pro, 4 en contra y 2 abstenciones.

b)    Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

2

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

19 de marzo de 2013

 

Que reforma la fracción VII del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social. (dependientes de personas desaparecidas)

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores, por el Sen. Ricardo Pacheco Rodríguez (PRI) el 27 de julio de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 12 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que serán sujetos a asistencia social, teniendo derecho a servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar, los dependientes de personas desaparecidas.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Virginia Victoria Martínez Gutiérrez

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Juan Ignacio Samperio Montaño (MC)

 

a)     Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 431 votos.

b)    Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

3

Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables

 

Publicación en GP:

Anexo III.

19 de marzo de 2013

 

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de suicidio.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Martha Leticia Sosa Govea (PAN) el 27 de septiembre de 2012. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 12 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir como obligación de los padres el atender inmediatamente las alteraciones de conducta que supongan la existencia de trastornos mentales en los Niñas, Niños y Adolescentes.

Incluir como objeto de coordinación por parte de las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales el desarrollar acciones para detectar tempranamente, prevenir y tratar trastornos mentales de los Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión de Salud: Dip. Eva Diego Cruz

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Gerardo Villanueva Albarrán (MC)

 

a)     Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 443 votos.

b)    Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

4

Comisión de Transportes

 

Publicación en GP:

Anexo IX.

19 de marzo de 2013

 

Que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de seguridad vial, y cuidado al medio ambiente.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por las Dips. María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (PVEM) y por la Dip. Judit Magdalena Guerrero López (PVEM), el 18 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 05 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Precisar que será la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la encargada de promover con otras dependencias del Ejecutivo federal y estatal, el reconocimiento de la autorregulación para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas que establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir, así como las bases para su autorregulación. Fijar condiciones a los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga respecto a la antigüedad, que deberá ser de no mayor a cinco años a partir del año-modelo de fabricación y podrán transitar un máximo de veinte años a partir de su año modelo de fabricación siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas; peso bruto vehicular máximo y elementos de seguridad vial. Condicionar el permiso de autotransporte de carga de cualquier tipo de bienes en caminos de jurisdicción federal, a la configuración vehicular que corresponda ya sea unitaria, articulada o doblemente articulada a que no exceda el peso bruto vehicular máximo y dimensiones permitidas, y a su vez cumpla con los elementos básicos de seguridad vial.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. María del Rosario de Fátima Pariente Gavito*

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. José Antonio Hurtado Gallegos (MC)

 

* Propuso modificación a nombre de la Comisión.

 

a)     En votación económica se aceptó la modificación propuesta.

b)    Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 438 votos en pro y 2 abstenciones, con la modificación aceptada.

c)     Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

5

Comisión de Economía

 

Publicación en GP:

Anexo III.

19 de marzo de 2013

 

Que reforma los artículos 3 y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. (fortalecer relación de proveeduría con el Gobierno Federal)

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Fernando Jorge Castro Trenti (PRI) el 11 de octubre de 2012. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 12 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Cambiar el cuadro de estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas incluyendo el rango de monto de ventas anuales y el tope máximo combinado. Establecer que el tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales en millones de pesos) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría. Obligar a la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, pequeña y mediana empresa, presidida por la Secretaría, a emitir las recomendaciones y proponer las acciones necesarias para la consecución de los objetivos, así como las obligaciones de las dependencias y entidades en la materia.

a)     Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 438 votos.

b)    Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

 

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Maricela Velázquez Sánchez

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Victor Manuel Jorrín Lozano (MC)

 

6

Comisión de Seguridad Social

 

Publicación en GP:

Anexo III.

19 de marzo de 2013

 

Que reforma el artículo 95 de la Ley del Seguro Social. (asegurados y pensionados)

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Arturo Zamora Jiménez (PRI) el 25 de febrero de 2010. (LXI Legislatura)

 Iniciativa suscrita por el Dip. Óscar González Yáñez (PT) el 19 de mayo de 2010. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 14 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir a las hijas de los asegurados y pensionados hasta los dieciocho años de algún asegurado para que puedan ser beneficiarios de las prestaciones del seguro de enfermedades y maternidad.

 

Por la Comisión: Dip. Javier Salinas Narváez

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. María Sanjuana Cerda Franco (NA)

Dip. Luisa María Alcalde Luján (MC)

Dip. Ernesto Núñez Aguilar (PVEM)

Dip. María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez (PAN)

Dip. Alma Jeanny Arroyo Ruíz (PRI)

 

a)     Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 436 votos.

b)    Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

 

                        

 

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