1 |
Comisión de Justicia.
Publicación en GP:
Anexo X.
27 de noviembre de 2014. |
Que expide la
Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en
Materia Penal; se reforman diversas disposiciones del Código Nacional de
Procedimientos Penales y se reforman y adicionan diversas disposiciones
del Código Federal de Procedimientos Penales.
Proceso
Legislativo:
Iniciativa
enviada por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Senadores el 06 de marzo
de 2014. (LXII Legislatura).
Dictamen de
Primera Lectura con dispensa de Segunda del 03 de septiembre de 2014.
Proyecto de decreto aprobado por 90 votos. Pasó a la Cámara de Diputados
para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)
Minuta recibida
el 09 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer los
principios, bases, requisitos y condiciones de los mecanismos
alternativos de solución de controversias en materia penal que conduzcan
a las Soluciones Alternas previstas en la legislación procedimental
penal aplicable. Los mecanismos alternativos de solución de
controversias en materia penal tienen como finalidad propiciar, a través
del diálogo, la solución de las controversias que surjan entre miembros
de la sociedad con motivo de la denuncia o querella referidos a un hecho
delictivo, mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía
procesal y la confidencialidad.
|
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |