1.     COMUNICACIONES DE LA MESA DIRECTIVA           a) Con modificación de turno de minuta.                 

 

b) Con modificación de turno de iniciativas.

2.     SOLICITUDES DE DIPUTADOS                           a) Para retirar iniciativas.

 

b) Para retirar proposición con punto de acuerdo.

3.      CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO

4.     COMUNICACIÓN RELATIVA A MOVIMIENTOS EN COMITÉ

5.        INICIATIVAS

6.       DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES                       Con proyecto de decreto.

7.      DICTAMEN A DISCUSIÓN                       Con proyecto de decreto.

8.      PROPOSICIONES

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

Sesión 25

   

 

7.      DICTAMEN A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

 

No.

DICTAMEN

1

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL

Inicio: 12:21 hrs.

Término: 13:49 hrs.

Duración: 1:28 hrs.

DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR

Inicio: 13:57 hrs.

Término: 14:34 hrs

Duración: 0:37 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por Diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD el 19 de octubre de 2017. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 07 de noviembre de 2017. (LXIII Legislatura)

Propuesta:

Redefinir qué se entiende por Asociaciones Público-Privadas, y por Financiamiento Neto. Definir qué se entiende por Disponibilidades. Establecer los supuestos para considerar aquellos casos en los que las Entidades Federativas aprueben sus leyes de ingresos y presupuestos de egresos después de la publicación de la Ley de Ingresos de la Federación y del Presupuesto de Egresos de la Federación, para que se consideren los montos previstos en dichos ordenamientos, de no hacerlo, deberán realizar una estimación con base en los Criterios Generales de Política Económica, el monto nacional y la distribución realizada en ejercicios fiscales anteriores. Acelerar la atención a la población afectada por ocurrencia de desastres naturales, cuando la Entidad Federativa o Municipio afronte los gastos con sus ingresos de libre disposición. Precisar que tratándose de refinanciamientos y reestructuras sin autorización de la Legislatura Local, se tendrá un término de 15 días naturales siguientes a la celebración de dichas operaciones, para presentar la solicitud de inscripción ante el Registro Público Único.

Publicación en GP: Anexo II. 16 de noviembre de 2017.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL

 

Intervenciones:

 

  Por la Comisión: Dip. Gina Andrea Cruz Blackledge

 

  Para presentar moción suspensiva:

Dip. Juan Romero Tenorio (MORENA)

En votación económica se desechó.

 

 

  Para fijar postura:

Dip. Juan Romero Tenorio (MORENA)

Dip. Justo Federico Escobedo Miramontes (PES)

Dip. Luis Alfredo Valles Mendoza (NA)

Dip. Germán Ernesto Ralis Cumplido (MC)

Dip. Vidal Llerenas Morales (MORENA)

Dip. Waldo Fernández González (PRD)

Dip. José Antonio Salas Valencia (PAN)

Dip. Matias Nazario Morales (PRI)

 

Para hablar en contra:

Dip. Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano (MORENA)

Dip. Ariadna Montiel Reyes (MORENA)

Dip. Ana Leticia Carrera Hernández (MORENA)

 

Para hablar a favor:

Dip. Cecilia Guadalupe Soto González (PRD)

Dip. Marco Polo Aguirre Chávez (PRI)

 

 

Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto por 317 votos a favor, 38 en contra y 2 abstenciones.

DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR

 

Intervenciones para las reservas y trámite:

 

Dip. Maricela Contreras Julián (MORENA)

Modificación al artículo 2 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Vidal Llerenas Morales (MORENA)

Modificación a los artículos 2, 14, 23, 29, 43 y 48 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Juan Romero Tenorio (MORENA)

Modificación a los artículos 13, 14, 16, 26, 29, 43, 48 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; el artículo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expide Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016; y a los artículos Segundo, Tercero, y Cuarto Transitorios del Proyecto de Decreto.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Justo Federico Escobedo Miramontes (PES)

Modificación a los artículos 14, 29 y 48 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Norma Xochitl Hernández Colín (MORENA)

Modificación a los artículos 14 y 48 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Sara Paola Galico Félix Díaz (MORENA)

Modificación al artículo Segundo Transitorio del proyecto de decreto.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Aprobados en lo particular los artículos 2, 5, 13, 14, 16, 23, 26, 29, 43, 48 y 51 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; Noveno Transitorio del Decreto por el que se expide Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016; Segundo, Tercero y Cuarto Transitorio del proyecto de decreto en términos del dictamen por 271 votos a favor 45 en contra y 3 abstenciones.

Aprobado en lo general y en lo particular el Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

 

Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

 

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