Que
reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la
Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de residuos
sólidos urbanos.
Proceso
Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PVEM), suscrita por
el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM) e integrantes del Grupo Parlamentario
del PVEM, el 14 de junio de 2017. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Establecer la responsabilidad objetiva de los integrantes de los
Ayuntamientos y Alcaldías, de los Alcaldes, Regidores y Presidentes
Municipales y en general, cualquier autoridad de las entidades
federativas o municipales, que en el marco de su competencia autoricen o
bien, permitan formal o materialmente el establecimiento y
funcionamiento de tiraderos a cielo abierto, así como la operación de
sitios de disposición final que no cumplan con la normatividad vigente
aplicable.
Señalar
qué se entiende por Tiradero a Cielo Abierto.
Incluir
como facultad de la Federación el verificar el cumplimiento de las
normas oficiales mexicanas en materia de disposición final de residuos
sólidos urbanos y de manejo especial e imponer sanciones y medidas que
resulten aplicables en caso de incumplimento.
Señalar
que las entidades federativas tienen a su cargo la gestión integral de
los residuos de manejo especial y la autorización de su manejo integral.
Indicar
que el ayuntamiento tiene a su cargo la gestión integral de residuos
sólidos urbanos, y la autorización de su manejo integral. |