1 |
Que se reforma y adiciona el
artículo 10 de la Ley General de Desarrollo Social.
Publicación en GP:
Anexo I.
16 de noviembre de 2017. |
Congreso del estado de Nuevo León |
Comisión de Desarrollo Social, para dictamen. |
Incluir el derecho de los
beneficiarios de los programas de desarrollo social a recibir los
servicios y prestaciones de manera presencial y domiciliada de los
programas conforme a sus reglas de operación, recibir facilidades para
recabar la documentación para su inscripción en el padrón y los
programas y la notificación domiciliada de la autorización de su
inscripción y días de entrega de prestaciones. |
2 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Publicación en GP:
Anexo V.
14 de noviembre de 2017. |
Dip.
José Luis Toledo Medina
(PRI) |
Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen. |
Incluir la obligación de las
instituciones públicas que realicen contrataciones de publicar y
actualizar permanentemente en sus sitios electrónicos la información,
del total de procedimientos de contratación, el monto de recursos
públicos asignados y el total de proveedores, los procedimientos de las
contrataciones y su destino, la información general de contratos y
proveedores, los avances en los contratos y los instrumentos gráficos
que permitan visualizar la evolución temporal de las contrataciones por
procedimiento, vigencia, fecha de firma y monto. |
3 |
Que reforma diversas
disposiciones de la Ley General de Salud, del Código
Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Nacional de
Ejecución Penal y de la Ley Nacional del Sistema Integral
de Justicia Penal para Adolescentes, en materia de sustancias
psicoactivas.
Publicación en GP:
Anexo V.
07 de noviembre de 2017. |
Dip.
Leticia Amparano Gámez
(PAN) |
Comisiones Unidas de Salud y de
Justicia, para dictamen. |
Implementar programas con el
objeto de brindar atención a personas con trastornos debido al consumo
de sustancias psicoactivas. Incluir a las condiciones por cumplir
durante el periodo de suspensión condicional del proceso, abstenerse de
consumir sustancias psicoactivas, salvo que sea por prescripción médica
y el sometimiento a pruebas de detección toxicológica. Proporcionar
atención integral de los trastornos debido al consumo de sustancias de
las personas sentenciadas. Emitir un dictamen por un profesional de la
salud designado por la Secretaría de Salud, que confirme la existencia
de un trastorno debido al consumo de sustancias. |
4 |
Que reforma, adiciona y
deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal.
Publicación en GP:
Anexo IV.
14 de noviembre de 2017. |
Dip.
David Gerson García Calderón (PRD)
Suscrita por el Dip. Omar Ortega Álvarez (PRD) |
Comisión de Justicia, para
dictamen. |
Establecer que el divorcio
encausado es unilateral y podrá solicitarlo cualquiera de los cónyuges
cuando así lo desee, con la sola manifestación de no querer continuar
con el matrimonio. |
5 |
Que reforma el artículo 3°
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
03 de octubre de 2017. |
Dip.
Blanca Margarita Cuata Domínguez (MORENA) |
Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen. |
Considerar la opinión de la
Cámara de Senadores y de Diputados para la determinación de los planes y
programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y
normal para toda la República. |
6 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. **
Publicación en GP:
Anexo III.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Samuel Rodríguez Torres (PVEM)
Suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM |
Comisión de Recursos Hidráulicos,
para dictamen. |
Establecer los Sistemas de
Captación de Agua de Lluvia, como infraestructura para recolectar o
capturar agua pluvial para su almacenamiento, uso y aprovechamiento, con
la finalidad de conservar las reservas, recargar los acuíferos abatidos
y fomentar una cultura del agua. Incluir a las atribuciones de la
Comisión Nacional del Agua, formular lineamientos técnicos y
administrativos para el proceso de captación de agua de lluvia y
proporcionar información sobre los beneficios de los sistemas de
captación de agua de lluvia. |
7 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia
de cosecha de agua de lluvia. **
Publicación en GP:
Anexo III.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Samuel Rodríguez Torres (PVEM)
Suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM |
Comisión de Vivienda, para
dictamen. |
Crear acciones públicas en
los tres niveles de gobierno y con el involucramiento de la ciudadanía
para generar una cultura de la captación y aprovechamiento del agua de
lluvia, a fin de que las viviendas cuenten con sistemas de captación y
aprovechamiento doméstico del vital líquido, a través de lo que se
conoce a nivel internacional como “cosecha de agua”. |
8 |
Que expide la Ley
General de Comunicación Social y Publicidad Gubernamental, Reglamentaria
del Artículo 134 Párrafo Octavo de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Verónica Delgadillo García (MC)
Suscrita por el Dip. Clemente Castañeda Hoeflich (MC) |
Comisión de Gobernación para
dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento
jurídico, con el objeto garantizar que el gasto en dicho rubro cumpla
con los criterios de eficacia, economía, transparencia y honradez, así
como regular, fiscalizar y vigilar la contratación y asignación de
publicidad gubernamental que realicen los poderes públicos, los órganos
autónomos, las dependencias y las entidades de la administración pública
y de cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno. |
9 |
Que reforma y adiciona los
artículos 14 y 125 de la Ley de Asociaciones Público Privadas.
Publicación en GP:
Anexo IV.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Jesús Rafael Méndez Salas (NA) |
Comisión de Economía, para
dictamen. |
Precisar en los análisis de
los dictámenes de los proyectos de asociaciones público-privadas, el
monto total de recursos públicos y privados a ser ejercidos, el
costo-beneficio y las proyecciones sobre obligaciones contingentes
derivadas de las modificaciones a los contratos de largo plazo y
garantías financieras. Realizar por la dependencia o entidad
contratante, el seguimiento del cumplimiento de los objetivos y metas
comprometidas en los contratos, vigilar el incremento en el gasto
programado, su probable impacto en las finanzas públicas e incorporar la
información en el registro de riesgos de las asociaciones público
privadas. |
10 |
Que reforma los artículos
6º, 13 y 13 BIS de la Ley Minera.
Publicación en GP:
Anexo V.
14 de noviembre de 2017. |
Dip.
Blandina Ramos Ramírez (MORENA) |
Comisión de Economía, para
dictamen. |
Incluir que cuando el
terreno forme parte de un área habitada y ocupada por un pueblo u
comunidad indígena, o sea parte del territorio de una comunidad
indígena, podrá solicitar la concesión, en cuyo caso tendrá preferencia
su solicitud sobre la de otros solicitantes y le se le otorgará en los
términos de esta Ley y su Reglamento. |
11 |
Que reforma el artículo 9 de
la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Publicación en GP:
Anexo III.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Kathia María Bolio Pinelo
(PAN)* |
Comisión de Derechos Humanos, para
dictamen. |
Considerar como
discriminación cualquier tipo de acoso. |
12 |
Que reforma y deroga
diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Publicación en GP:
Anexo III.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Cynthia Gissel García Soberanes
(PES)* |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público, para dictamen. |
Reducir la tasa general del
impuesto al valor agregado de 16 a 10 por ciento, con excepción de la
exportación de bienes y servicios y suprimir la tasa del 0%. |
13 |
Que reforma el artículo 156
del Código Civil Federal.
Publicación en GP:
Anexo III.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Marco Antonio Gama Basarte
(PAN)* |
Comisión de Justicia, para
dictamen. |
Incluir dentro de los
impedimentos para contraer matrimonio, la impotencia incurable para la
cópula; y las enfermedades crónicas e incurables, que sean, además,
contagiosas o hereditarias; salvo el previo conocimiento y el libre
consentimiento expreso de ambos contrayentes. |
14 |
Que reforma el artículo 32
de la Ley de Asistencia Social.
Publicación en GP:
Anexo III.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Ana Guadalupe Perea Santos
(PES)* |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Considerar en la Junta de
Gobierno del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia,
a representantes del Instituto Nacional de las Mujeres. |
15 |
Que reforma el artículo 81
de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo III.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Elías Octavio Iñiguez Mejía
(PAN)* |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Favorecer la rendición de
cuentas y propiciar el escrutinio sobre las actividades sustantivas que
realiza el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades
Médicas. Establecer el otorgamiento de la declaratoria de idoneidad a
las asociaciones, sociedades, colegios o federaciones de profesionistas
con grado académico de posgrado en áreas de la ciencia médica y de la
salud, que tengan como objetivo evaluar y vigilar el profesionalismo y
ética de los expertos de dichas áreas. |
16 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo IV.
17 de octubre de 2017. |
Dip.
Agustín Rodríguez Torres
(PAN)* |
Comisión de Trabajo y Previsión
Social, para dictamen. |
Establecer que el salario
mínimo deberá ser suficiente para garantizar, al menos, que el ingreso
del trabajador cubra el costo de la línea de bienestar para una familia,
determinada anualmente por el Consejo Nacional de Evaluación de la
Política de Desarrollo Social, iniciando por el costo de la canasta
alimentaria. |
17 |
Que reforma los artículos
27, 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
14 de noviembre de 2017. |
Dip.
José Refugio Sandoval Rodríguez
(PVEM)*
Suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM |
Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen. |
Reconocer las zonas
metropolitanas. Facultar al Congreso de la Unión para expedir las leyes
que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de las entidades
federativas y de los municipios en materia de zonas metropolitanas y el
procedimiento de declaración de las mismas. |
18 |
Que adiciona el artículo 376
Bis del Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo VI.
10 de octubre de 2017. |
Dip.
Jonadab Martínez García
(MC)* |
Comisión de Justicia, para
dictamen. |
Aumentar la pena en una
mitad a quien cometa el delito de robo, cuando el objeto del robo sea el
vehículo de autotransporte de carga federal y/o su mercancía,
independientemente del lugar donde se cometa el robo, en estos supuestos
el Ministerio Público de la Federación ejercerá la facultad de atracción
para conocer del mismo. |
19 |
Que reforma el artículo 44
de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores.
Publicación en GP:
Anexo VI.
10 de octubre de 2017. |
Dip.
Leticia Amparano Gámez
(PAN)* |
Comisión de Vivienda, para
dictamen. |
Establecer que el Consejo de
Administración deberá sustituir de inmediato los créditos en veces
salarios mínimos a pesos y establecer tasas de interés fijas para los
créditos menores 350 mil pesos y de trabajadores que perciben menos de
cuatro salarios mínimos, cuando el valor de la UMA ponga en riesgo su
capacidad de pago y calidad de vida. |
20 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y a la Ley Orgánica de la Procuraduría
General de la República.
Publicación en GP:
Anexo V.
07 de noviembre de 2017. |
Dip.
Jorge Álvarez Máynez
(MC)* |
Comisión de Puntos
Constitucionales la parte que le corresponde y a la Comisión de Justicia
la parte que le corresponde, para dictamen. |
Establecer que la Fiscalía
Especializada para la Atención de Delitos Electorales tendrá plena
autonomía técnica y operativa. Prever que la Fiscalía Especializada
deberá estar dotada de los recursos humanos, financieros y materiales
que requiera para su efectiva operación. |
21 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas
Adultas Mayores.
Publicación en GP:
Anexo IV.
14 de noviembre de 2017. |
Dip.
Claudia Edith Anaya Mota
(PRI)* |
Comisión de Atención a Grupos
Vulnerables, para dictamen. |
Incluir los principios de
dignidad y solidaridad intergeneracional para el ejercicio de los
derechos de las personas adultas mayores. Garantizar el acceso a la
prestación integral de servicios de salud, actividades físicas y
deportivas. Establecer que podrán surtir efecto como servicio voluntario
para las personas adultas mayores el servicio social que prestan los
estudiantes; el servicio militar que prestan los jóvenes y el servicio
comunitario como sentencia. |
22 |
Que reforma el artículo 20
de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Publicación en GP:
Anexo III.
16 de noviembre de 2017. |
Diputados César Camacho y Gloria Himelda Félix Niebla
(PRI)* |
Comisión de Derechos Humanos, para
dictamen. |
Incluir dentro de las
atribuciones del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación el
diseñar, instrumentar y promover campañas de difusión, en redes sociales
y medios de comunicación, para prevenir y eliminar el discurso de odio,
procurando la participación de las instituciones públicas, así como del
sector privado y de organizaciones de la sociedad civil. |
23 |
Que reforma y adiciona los
artículos 7o. de la Ley Nacional de Ejecución Penal y 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Víctor Manuel Sánchez Orozco
(MC)* |
Comisiones Unidas de Justicia y de
Derechos Humanos, para dictamen. |
Prever que las autoridades
penitenciarias y las autoridades corresponsables, dentro del ámbito de
su competencia elaboraran de manera anual un programa que atienda las
observaciones y evaluaciones derivadas del Diagnóstico Nacional de
Supervisión Penitenciaria, realizado por la Comisión Nacional de
Derechos Humanos, a fin de garantizar el respeto a los derechos humanos. |
24 |
Que reforma los artículos
381 del Código Penal Federal y 2o. de la Ley Federal
contra la Delincuencia Organizada.
Publicación en GP:
Anexo IV.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
José Luis Orozco Sánchez Aldana
(PRI)* |
Comisión de Justicia, para
dictamen. |
Aplicar a la pena por el
delito de robo, de cinco a 12 años de prisión, cuando se cometa en
contra de vehículos de autotransporte federal de carga y sancionar como
miembros de la delincuencia organizada cuando tres o más personas se
organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, éste
delito. |
25 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza
Aérea Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
16 de noviembre de 2017. |
Dip.
Fabiola Rosas Cuautle
(PRI)* |
Comisión de Defensa Nacional, para
dictamen. |
Homologar y actualizar las
denominaciones de “Procurador General de Justicia Militar” por “Fiscal
General de Justicia Militar”; del “Supremo Tribunal Militar” por
“Tribunal Superior Militar”; de los “Órganos del Fuero de Guerra” por
“Órganos del Fuero Militar”; del “Código de Justicia Militar” por
“Código Militar de Procedimientos Penales”; del “Cuerpo de Defensores de
Oficio” por “Defensoría de Oficio Militar”; el de “Justicia” por
“Justicia Militar”, en los Servicios del Ejército y Fuerza Aérea, el de
“Policía Judicial Militar” por “Policía Ministerial Militar”; de la
“Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales”
por la “Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea
Mexicanos” y de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público”
por la “Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria”. |
26 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión, de la Ley de la Policía Federal,
del Código Penal Federal y de la Ley General para
Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de
Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos
Delitos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
14 de noviembre de 2017. |
Dip.
Julieta Fernández Márquez
(PRI)* |
Comisiones Unidas de Justicia y de
Comunicaciones, y a la Comisión Especial contra la Trata de Personas,
para opinión. |
Atribuir al Instituto
Federal de Telecomunicaciones la creación de un Comité para elaborar un
protocolo de actuación para detectar y clasificar páginas de internet
con contenidos de pornografía de personas menores de dieciocho años.
Crear mecanismos y filtros de control por los proveedores de internet
para bloquear páginas de pornografía de menores, recabar documentación
para identificar a usuarios que acceden o compran pornografía de
menores, elaborar un informe con su identidad y prohibir alojar en los
sitios de internet material pornográfico. Vigilar, identificar,
monitorear y rastrear la red pública de internet por la Policía Federal,
para prevenir y detectar conductas delictivas. Adecuar las penas para el
delito de pornografía infantil y trata de personas, las conductas,
medios de comisión de los delitos y agravantes, en el Código Penal
Federal y en la Ley de Trata de Personas. Sustituir los conceptos de
“días multa” por “unidades de medida y actualización” y “menor de edad”
por “persona menor de 18 años”. |