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Comisión de Juventud y Deporte |
Proyecto de decreto que reforma las
fracciones IV del artículo 3o. y IX del
artículo 4o. de la Ley del Instituto
Mexicano de la Juventud.
Proceso
Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por la
Dip. Marisol Urrea Camarena (PAN) en
Sesión Ordinaria del
28 de octubre de 2004.
2. Dictamen de Primera
Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del
7 de septiembre de
2005.
3. Dictamen a discusión
presentado en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del 8
de septiembre de 2005, aprobado por 355
votos en pro.
4. Minuta
recibida en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Senadores del
12 de septiembre de 2005.
5. Iniciativa
presentada por el Dip. Manuel Velasco
Coello (PVEM) en Sesión Ordinaria de la
Cámara de Diputados del
14 de marzo de 2005.
6. Dictamen a discusión
presentado en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del
12 de septiembre de 2005, aprobado por
386 votos en pro.
7. Minuta
recibida en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Senadores del
13 de septiembre de 2005.
Dictamen de primera
lectura
presentado en la Sesión
Ordinaria de la Cámara de Senadores
el 29 de
noviembre de 2005.
8. Dictamen a discusión
presentado en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Senadores del
1° de diciembre de 2005, aprobado por 75
votos en pro.
9. Minuta
recibida por la Cámara
de Diputados el 6 de diciembre de 2005,
para los efectos del inciso e) del
artículo 72 constitucional.
Propuesta:
Resulta
procedente reformar la fracción IV del
artículo 3 y la fracción IX del artículo 4
de la Ley del Instituto Mexicano de la
Juventud
Artículo 3.-
El Instituto tendrá por
objeto:
I a
III. ...
IV.
Promover
coordinadamente con las dependencias y
entidades de la administración pública
federal, en el ámbito de sus respectivas
competencias, las acciones destinadas a
mejorar el nivel de vida de la juventud, así
como sus expectativas sociales,
económicas, culturales y derechos.
V. ...
Artículo 4.-
Para el cumplimiento de su objeto el
Instituto tendrá las siguientes
atribuciones:
I. a
VIII. ...
IX.-
Elaborar, en coordinación con las
dependencias y las entidades de la
Administración Pública Federal, programas y
cursos de orientación e información sobre
adicciones, nutrición, educación sexual y
salud reproductiva, medio ambiente,
servicios culturales juveniles, género y
equidad, apoyo a jóvenes en situación de
exclusión, derechos humanos, incorporación
laboral, autoempleo, vivienda, organización
juvenil, liderazgo social y participación y
en general todas aquellas actividades que de
acuerdo a su competencia y a su capacidad
presupuestal, estén orientados al desarrollo
integral de la juventud, y
X. ... |
a)
En votación económica se le
dispensó la Lectura.
b)
Se consideró suficientemente discutido.
c)
En votación nominal fue
aprobado por
363 votos en
pro, 0 en contra y 0 abstenciones.
d)
Se turnó al
Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
Publicación en GP:
14-02-2006. |
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2 |
Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de
Defensa Nacional. |
Proyecto de decreto que reforma los
artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la
Ley del Instituto de Seguridad Social para
las Fuerzas Armadas.
Proceso Legislativo:
Iniciativa
presentada por el
Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI),
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 12 de septiembre de 2005.
Propuestas:
1.
Que en la actualidad, el Instituto de
Seguridad Social para las Fuerzas Armadas
Mexicanas, organismo público descentralizado
federal, con personalidad jurídica y
patrimonio propio, garantiza a los militares
y sus derechohabientes el fomento de su
salud, vivienda y seguridad social
2.
Que en la Ley del Instituto de Seguridad
Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas se
encuentran algunas imprecisiones en sus
fundamentos legales que dificultan su
aplicación, porque sus supuestos excluyen a
los grupos vulnerables, y
3.
Finalmente, que es necesario actualizar
algunos conceptos o nombres de instituciones
de dicha Ley, puesto que en algunos casos se
han cambiado las normas jurídicas
complementarias a ésta. |
a)
En votación económica se le
dispensó la Lectura.
b)
Se consideró suficientemente discutido en lo
General.
c)
En votación nominal fue
aprobado por
359 votos en
pro, 0 en contra y 3 abstenciones.
d)
Se turnó al
Senado para sus efectos Constitucionales.
Publicación en GP:
15-02- 2006. |
Fundamentar el Dictamen:
Dip.
Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI). |