No
|
Iniciativa
|
Origen
|
Turno o
Trámite
|
Materia
|
Propuesta
|
1
|
Con proyecto de decreto
por el que se reforman los artículos 27 y 28
de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Ejecutivo
Federal
|
Se turnó a las Comisiones
Unidas de Puntos Constitucionales y de
Energía. |
Constitucional
|
Proponer nuevas normas
constitucionales en materia de gas natural.
Permitir,
en forma complementaria a Petróleos Mexicanos,
la participación de los sectores social y
privado de la economía en la explotación de
gas natural.
Transitar
de un régimen de exclusividad a uno
prioritario, donde concurran los sectores
público, social y privado en la realización de
las actividades de explotación de gas natural
no asociado al petróleo, las cuales
constituirían un área prioritaria del
desarrollo nacional, sobre la que el Estado
ejercerá su rectoría de acuerdo con lo
dispuesto en la propia Constitución y en la
ley reglamentaria respectiva.
Ratifica y
mantiene en plenitud los principios rectores
del artículo 27 de la Constitución, tales como
el dominio directo de la Nación sobre las
substancias del subsuelo; la concesión por el
Ejecutivo Federal como vía para la explotación
de los mantos, masas o yacimientos de gas
natural no asociado al petróleo; la sujeción
de dichas actividades a las reglas y
condiciones que establezcan las leyes que
expida el Congreso de la Unión; el
sometimiento a comprobación de las obras o
trabajos que se ejecuten o deban efectuarse, y
la cancelación de la concesión por
inobservancia de las condiciones que la Ley
imponga. |
2
|
Con proyecto de decreto
de Ley
Reglamentaria del artículo 27 constitucional
en materia de gas natural no asociado al
petróleo.
|
Ejecutivo
Federal
|
Se turnó a la
Comisión de Energía. |
Energía
|
Propone la
Ley Reglamentaria del artículo
27 constitucional en materia de gas natural no
asociado al petróleo
Establecer
las bases fundamentales para que, de manera
complementaria al sector público, los sectores
social y privado participen en la exploración
y explotación del gas natural no asociado al
petróleo. |
3
|
Con proyecto de decreto
que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en el Ramo del Petróleo
y de la Ley de la
Comisión Reguladora de Energía. |
Ejecutivo
Federal
|
Se turnó a la
Comisión de Energía. |
Energía
|
Facultar a la Comisión
Reguladora de Energía para que expida los
términos y condiciones a que se sujetarán los
servicios de transporte, almacenamiento y
distribución de petróleo.
Excluir
las actividades de transporte, almacenamiento
y distribución de petróleo, a efecto de que
dejen de ser consideradas como formas de
explotación de la industria petrolera y, con
ello, permitir la participación de la
inversión de los sectores social y privado,
sin menoscabar los derechos exclusivos de la
Nación sobre el petróleo y los hidrocarburos y
bajo un régimen de estricta vigilancia y
supervisión por parte del Estado, a efecto de
garantizar las condiciones de seguridad y el
desarrollo integral de la industria. |
4
|
Con proyecto de decreto de
Ley de Fomento y
Difusión de la Cultura. |
Ejecutivo
Federal |
Se turnó a la
Comisión de Cultura
con opinión de la
Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos.
Nota:
Conforme a comunicación de la Mesa Directiva,
publicada en la Gaceta Parlamentaria del 20 de
octubre de 2005; se modificó el turno dado. |
Cultura
|
Se crea la Ley de Fomento y
Difusión de Cultura.
Reglamentar la obligación del Estado para
alentar el fortalecimiento y difusión de la
cultura.
Se propone
establecer los principios bajo los cuales el
Gobierno Federal orientará sus acciones de
apoyo y los instrumentos y mecanismos que se
requieren para la coordinación de acciones,
así como para dar cauce y alentar la
participación ciudadana y de los distintos
sectores vinculados a la cultura y las artes. |
5
|
Con proyecto de decreto
que adiciona un último párrafo al artículo
113, un párrafo cuarto al artículo 116,
recorriéndose los demás párrafos en su orden,
y las fracciones IX y X al artículo 176, todos
de la Ley del
Impuesto sobre la Renta. |
Senador
Omar Raymundo Gómez Flores
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Hacienda y
Crédito Público. |
Impuestos
|
Establecer respecto los niños
que no puedan ingresar a escuelas públicas,
ayudarlos a ingresar a escuelas privadas
deduciendo de la educación, por impactos
directos o indirectos.
1.
Reforzar y alentar la labor que más de 22, mil
escuelas y casi 200 mil docentes del ámbito
privado realizan.
2.
Ahorro de hasta 30% en el gasto educativo de
los padres de familia, tutores o los propios
estudiantes.
3.
Incremento de la matrícula en la educación
privada.
4.
Aumento de la capacidad del sistema público de
captar a los mexicanos que no cubre con su
capacidad actual. Existen más de 400 mil niños
que no asisten a la escuela.
5.
Posibilidades de los padres de familia de
acceder a mejores escuelas y materiales
escolares para sus hijos.
6.
Construcción de un sistema tributario más
justo.
7.
Mayores incentivos para inscribirse como
contribuyente y cumplir con obligaciones
fiscales. |
6
|
Con
proyecto de decreto que por el que se reforman
diversas disposiciones del Código Penal
Federal y del Código Federal de
Procedimientos Penales.
|
Diputados
José
Alberto Aguilar Iñárritu,
Laura
Elena Martínez Rivera y Claudia Ruiz Massieu
Salinas
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos. |
Comunicaciones
|
Precisar los elementos de diversos delitos y
su sanción.
1.- Se
impondrán sanciones de diez a cien días multa
y prisión de 6 meses a 3 años a quienes:
a).
Durante el proceso electoral, realice actos de
propaganda electoral o de proselitismo a favor
de un candidato, partido político o coalición
existiendo prohibición legal para ello;
b).
Mediante promesa de paga o dádiva, comprometa
su voto en favor de un determinado candidato,
partido político o coalición.
c).
Viole sellos colocados en los documentos
públicos electorales o en los lugares donde se
resguarden éstos o materiales electorales;
d).
Se ostente como funcionario electoral o como
representante de un partido político o
coalición, sin tener esa calidad;
e).
Realice, reciba o haga uso de aportaciones de
dinero o en especie a favor de algún
candidato, partido político, coalición o
agrupación política nacional, cuando exista
prohibición legal para ello;
f).
Oculte, distorsione o niegue la información
que le sea legalmente requerida por la
autoridad electoral competente;
g).
Viole la correspondencia que circule bajo la
franquicia del Instituto Federal Electoral o
el correo que contenga documentación
electoral.
h).
Obstruya, impida o retarde dolosamente el
envío o recepción de correspondencia que
contenga boletas para votar o cualquier
documento electoral; o
i).
Suplante, posea, compre, se allegue bajo
cualquier medio sin importar el motivo o haga
uso de boletas para votar o de cualquier
documento público o información electoral, a
las que no se tenga derecho. |
7
|
Con proyecto de decreto
que
reforma los artículos 5 y 6,
fracciones I y II, de la
Ley de la Policía Federal
Preventiva. |
Diputado
Jorge
Leonel Sandoval Figueroa
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Seguridad
Pública. |
Seguridad
Pública
|
Actualizar la operatividad de
la Policía Federal Preventiva.
Actualizar
la operatividad de la Policía Federal
Preventiva, mediante la legitimación de las
atribuciones de los órganos dependientes del
Poder Ejecutivo Federal, con la finalidad de
evitar conflictos normativos y problemas de
operación del Sistema de Seguridad Pública con
la meta de dignificar la lucha contra la
delincuencia que tanto daño ha causado a todos
los mexicanos necesitados de justicia. |
8
|
Con proyecto de decreto
que propone derogar la fracción IX del
artículo 76; derogar la fracción II del
apartado B del artículo 122; modificar el
inciso d), fracción V, Base Primera, y el
tercer párrafo, fracción I, de la Base Segunda
del mismo artículo 122, todos ellos de la
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Diputado
Hugo
Rodríguez Díaz
(PRI) |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales y del Distrito
Federal.
Nota:
Conforme a comunicación de la Mesa Directiva,
publicada en la Gaceta Parlamentaria del 11 de
abril de 2006; se modificó el turno dado. |
Constitucional
|
Establecer que la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal tenga la
facultad única y exclusiva, de remover y
sustituir por cualquier causa al Jefe de
Gobierno del Distrito Federal.
Además
otorgar a la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal la facultad única y exclusiva de
remover y nombrar a quien deba sustituir en
caso de remoción, por falta absoluta, por
renuncia o cualquier otra causa al jefe del
Gobierno del Distrito Federal para que el
recién nombrado termine el encargo que la
ciudadanía capitalina hizo a quien se
desempeña como titular del Ejecutivo local. |
9
|
Con proyecto de decreto
que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
y de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con
las Mismas.
|
Diputado
Federico
Madrazo Rojas
(PRI)
|
Se turnó a la
Comisión de
Gobernación.
|
Servicios
Públicos
|
Reformar las actuales
disposiciones legales en materia de
"compras de gobierno" o "compras del
sector público".
1.
Crear mecanismos jurídicos que amplíen la
participación del sector privado en las
licitaciones gubernamentales, principalmente
de los empresarios del sector al que
pertenecen las denominadas PyMES.
2.
Homologar el marco jurídico nacional a fin de
dar preferencia a las empresas locales y
regionales en las licitaciones de carácter
nacional.
3.
Garantizar la participación en los concursos
públicos de los proveedores y contratistas
asentados en la periferia del lugar donde se
vaya a realizar la obra o servicio.
4.
Establecer restricciones a la participación en
concursos públicos, de aquellas empresas que
hayan tenido problemas constantes y
sistemáticos en la ejecución de obras o en la
realización de los servicios para las que
fueron contratadas, esto en situaciones
atribuibles a la propia deficiencia de la
empresa en cuestión. |
10
|
Con proyecto de decreto
que modifica la fracción I del el artículo 27
de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
|
Diputado
Omar Bazán
Flores
(PRI)
|
Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales.
|
Constitucional
|
Permitir la compra-venta de
inmuebles en la franja de 50 kilómetros a lo
largo de las playas a extranjeros.
1.
Concretar una mejor inversión extranjera, en
tanto existe una limitación en lo que se
refiere a la propiedad directa, en 100
kilómetros en las franjas fronterizas y 50
kilómetros a lo largo de las playas a
extranjeros, para un mayor desarrollo de estas
zonas turísticas, tomando en cuenta que se
salvaguarde la soberanía nacional.
2.
Se pretende combatir efectos indeseables de
propiedad irregular, crecimiento territorial
desordenado, contaminación, explotación
irracional de los recursos, pobreza,
desigualdad e inequidad en el reparto de los
beneficios, así como en el nivel y los estilos
de vida de la colectividad.
|
11
|
Con proyecto de decreto por el
que se que reforman los párrafos primero y
cuarto, y se deroga los párrafos segundo y
tercero del artículo
51
de la
Ley Federal sobre Metrología y
Normalización.
|
Diputado
Omar Ortega Álvarez
(PRD) |
Se turnó a la
Comisión de Economía. |
Normatividad
|
Establecer un
procedimiento para la cancelación de las
normas oficiales mexicanas.
1.
Estipula que para la cancelación de las normas
oficiales mexicanas se deberá cumplir con el
mismo procedimiento realizado para su
elaboración.
2.
Determina un periodo de revisión de 60 días
antes de la terminación de las NOM´s, debiendo
notificarse al secretariado técnico de la
Comisión Nacional de Normalización los
resultados de la revisión, en tanto no se
publique su modificación y cancelación
seguirán en vigor. |
12
|
Con proyecto de decreto
que adiciona los párrafos segundo y tercero al
artículo 59 de la
Ley Federal de Radio y Televisión. |
Diputada
Marcela Guerra Castillo
(PRI)
Suscrita por
el Dip. Javier Orozco Gómez (PVEM) |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de Radio
Televisión y Cinematografía
y de Gobernación.
Nota:
Conforme a comunicación de la Mesa Directiva,
publicada en la Gaceta Parlamentaria del 29 de
septiembre de 2005; se modificó el turno dado. |
Difusión
|
Distribuir el tiempo gratuito
diario que brindan las estaciones de Radio y
Televisión.
Distribuir los 30 minutos
de tiempo de transmisión gratuito de las
estaciones de radio y Televisión en un
cuarenta por ciento al Poder Ejecutivo
federal; treinta por ciento al Poder
Legislativo federal, asignándose en partes
iguales a la Cámara de Diputados y a la Cámara
de Senadores; diez por ciento al Poder
Judicial federal, y veinte por ciento a los
órganos federales autónomos creados por
disposición expresa de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. En
el ámbito electoral, para el uso y duración de
los tiempos de Estado se observará lo previsto
al efecto en el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
|
13
|
Con proyecto de decreto
que adiciona un Título Sexto, y los artículos
136 y 137 de la
Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos. |
Diputada
María del
Carmen Mendoza Flores
(PAN)
Suscrita por diputados
integrantes de las
Comisiones de Atención a Grupos
Vulnerables,
de Participación
Ciudadana,
y de la Comisión
Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias
|
Se
turnó a la
Comisión de Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias. |
Parlamentaria
|
Adicionar a la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados unidos Mexicanos un
Título Sexto denominado “De la Consulta y la
Participación Social”.
1.
Facultar al Congreso de la
Unión para realizar las actividades de
consulta y participación social que considere
necesarias para el cumplimiento de sus
atribuciones.
2.
Establecer que el Congreso de la Unión
organizará anualmente el Parlamento de las
Niñas y los Niños de México, con la
participación del Ejecutivo Federal a través
de la Secretaría de Educación Pública; así
como la del Instituto Federal Electoral, la
Comisión Nacional de Derechos Humanos, y el
Fondo de Naciones Unidas para la Infancia.
|
14
|
Con
proyecto de decreto por el que se reforma el
segundo párrafo y se deroga el tercero del
artículo 286 K de la Ley del Seguro
Social y se deroga el artículo segundo
transitorio del decreto por el que se reforma
y adiciona los artículos 277 D y 286 K de la
Ley del Seguro Social, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 11 de
agosto de 2004. |
Diputado
Roberto Javier Vega y Galina
(PRI)
|
Se turnó a las
Comisiones Unidas de Hacienda y
Crédito Público, de Trabajo y Previsión
Social, y de Seguridad Social. |
|
Fortalecer al Instituto Mexicano del Seguro
Social con el fin de continuar prestando sus
servicios.
1.
Establecer que el Fondo del Consejo Técnico
del Instituto Mexicano del Seguro Social
deberá registrarse en forma separada en la
contabilidad del Instituto; estableciendo
dentro de él una cuenta especial para el
Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los
trabajadores sindicalizados del Instituto.
2.
Deroga el ordenamiento que dicta que los
trabajadores, jubilados y
pensionados IMSS, que ostenten cualquiera de
esas condiciones hasta antes de la entrada en
vigor del presente Decreto, seguirán gozando
de los beneficios otorgados por el Régimen de
Jubilaciones y Pensiones, y contribuyendo a
dicho
Régimen en los términos y
condiciones en que lo han venido haciendo
hasta antes de la entrada en vigor del
presente Decreto.
Para tal
efecto, el Instituto aportará las cantidades
que correspondan, contenidas en su respectivo
presupuesto, en los términos del artículo 276
de la Ley del Seguro Social, con cargo a las
cuotas, contribuciones y aportaciones que
conforme a dicho ordenamiento, debe recaudar y
recibir. |
15
|
Con proyecto por el que se
adiciona el
artículo 16
de la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
|
Diputado
Ramón Galindo Noriega
(PAN)
|
Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales.
|
Delictiva
|
Combatir la inseguridad pública para evitar la
problemática de la reincidencia y la
habitualidad en la comisión de los delitos.
Autorizar como medida de
seguridad la vigilancia de aquellas personas
que han compurgado su pena de prisión por la
comisión de un ilícito, cuando estos hayan
sido condenados por delitos graves o se trate
de sujetos reincidentes o habituales,
ajustándose a los requisitos y límites
previstos en las leyes correspondientes,
consistentes en ejercer sobre la persona
sujeta a esta medida, la observación y
orientación de su conducta, sin que ello
implique una privación de la libertad.
|
16
|
Con proyecto de decreto
que reforma y adiciona los artículos 2,3,4 y
12 de la Ley
Federal para el Control de los Precursores
Químicos, Productos Químicos Esenciales y
Máquinas para Elaborar Cápsulas Tabletas y/o
Comprimidos.
|
Diputado
Jorge
Antonio Kahwagi Macari
(PVEM)
Nota:
Sin intervención en tribuna.
|
Se turnó a la
Comisión de Salud.
|
Salud
|
Propone la inscripción ante la
Secretaría de salud de quienes produzcan,
fabriquen, preparen, importen, exporten, o
negocien de cualquier modo precursores
químicos y otros productos químicos, a fin de
que se conozca la naturaleza y alcance de las
actividades que realizan.
Establecer
que quienes produzcan, fabriquen, preparen,
importen, exporten, distribuyan, usen, tengan
en su poder, sean depositarios, almacenen,
ofrezcan en venta o negocien de cualquier modo
precursores químicos deberán inscribirse ante
la Secretaría de Salud a fin de que se conozca
la naturaleza y alcance de las actividades que
realizan.
|
17
|
Con proyecto de decreto
que se adiciona el artículo 13 de la
Ley Federal sobre
Metrología y Normalización.
|
Diputado
Juan Manuel
Dávalos Padilla
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Economía.
|
Economía
|
Que los cilindros que contienen
gas LP, contengan no solamente su origen
etiquetado el peso neto tara , sino también su
peso bruto.
Establecer
que el cilindro que contenga gas LP, al ser
fabricado, viniera de origen etiquetado el
peso neto "tara" y peso bruto,
así como marcar todos los cilindros usados
que se encuentren en circulación
para que el consumidor tenga la
posibilidad de comprobar que efectivamente
está pagando por lo que adquiere. |
18
|
Con proyecto de decreto
que deroga la fracción II del artículo 38 de
la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos
|
Diputado
Jorge Luis
Preciado Rodríguez
(PAN)
Suscrita por
el Diputado Marco Antonio Gama Basarte
(PAN) |
Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales.
|
Constitucional
|
Derograr la fracción II del
artículo 38 constitucional, ya que claramente
violatorio de los derechos fundamentales de la
persona humana.
Señalar
que no es posible la suspensión de los
derechos políticos de los ciudadanos mexicanos
que se encuentran sujetos a un proceso
criminal por delito que merezca pena corporal,
ya que actualmente los derechos políticos se
pierden a partir de que se le ha dictado auto
de formal prisión al sujeto. |
19
|
Con proyecto de decreto
por el que se reforma el artículo 33 y se
adicionan los artículos 33-A, 33-B, 33-C, 33-E
y 33-F de la
Ley General de Sociedades Cooperativas.
|
Diputada
Minerva
Hernández Ramos
(PRD) |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de
Fomento Cooperativo y Economía Social y de
Hacienda y Crédito Público.
Nota:
Conforme a comunicación de la Mesa Directiva,
publicada en la Gaceta Parlamentaria del 11 de
abril de 2006; se modificó el turno dado. |
Sociedades
Cooperativas
|
Precisar en la Ley General de
Sociedades Cooperativas las características de
aquellas cooperativas de ahorro y préstamo que
reducen sus acciones a las operaciones entre
socios.
1.
El objeto social que define a las cooperativas
cerradas se pueden resumir en los siguientes
puntos:
Difundir la cultura de
ahorro, la práctica cooperativa, las
actividades productivas, la capacitación, la
administración de ingresos propios y de
familia.
Colocar los ingresos
captados de los socios entre ellos mismos, a
interés razonable que permita cubrir gastos
administrativos y a la generación de reservas
que prevea la Ley de Sociedades Cooperativas y
el fondo de protección. Organizar a los
asociados para la obtención de bienes y
servicios.
Elevar el bienestar de sus
agremiados, sus familias y las comunidades de
que forman parte.
Los remanentes son invertidos
en la prestación de servicios comunitarios:
salud, educación, recreación.
Impulsar el
fortalecimiento del movimiento cooperativo. |
20
|
Con proyecto de decreto
que reforma el artículo 5 del
Código Penal Federal. |
Diputado
Luis
Antonio González Roldán
(PVEM) |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos. |
Penal
|
Tipificar como delito
los cometidos en la zona exclusiva económica.
Considerar
como delitos los cometidos dentro de las 200
millas náuticas, conocido como zona exclusiva
económica. |
21
|
Con proyecto de decreto
que
modifica el artículo 33 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, a fin de limitar la
facultad discrecional que actualmente tiene el
Ejecutivo federal para hacer abandonar el
territorio nacional a cualquier extranjero. |
Diputado
Hugo
Rodríguez Díaz
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales. |
Constitucional
|
Limitar la facultad
discrecional que actualmente tiene el
Ejecutivo Federal para hacer abandonar el
territorio nacional a cualquier extranjero.
“Establecer que Ejecutivo de la Unión tendrá
la facultad exclusiva de hacer abandonar el
territorio nacional a todo extranjero cuya
permanencia juzgue inconveniente”, pero sólo
podrá ser hecha sin necesidad de juicio
previo, a todo extranjero cuya permanencia
juzgue inconveniente cuando existan razones de
seguridad nacional imperiosas para hacerlo.
Los extranjeros no podrán de ninguna manera
inmiscuirse en los asuntos políticos del país. |
22
|
Con proyecto de decreto
interpretativo del primer párrafo del
artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |
Diputado
Alfonso
Ramírez Cuellar
(PRD) |
Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales. |
Constitucional
|
Ejercer la facultad
anteriormente expuesta, con el único propósito
de interpretar el primer párrafo del artículo
72 constitucional.
Establecer
que las facultades exclusivas de la Cámara de
Diputados y de Senadores contenidas en los
artículos 74 y 76 del Código Político de 1917,
así como las previstas por el inciso j), del
artículo 72, no estarán sujetas a
observaciones, en las hipótesis contenida en
el inciso b), del artículo 72 constitucional. |
23
|
Con
proyecto de decreto que adiciona un del
artículo 29 Bis y transitorio de la Ley
del Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) |
Diputado
Carlos
Mireles Morales
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Vivienda. |
Vivienda
|
Que el Infonavit establezca un
programa que permita, mediante regla clara y
el pago de las cuotas correspondientes, dar la
oportunidad para que los trabajadores que
expresen su voluntad expresa de acogerse al
mismo puedan acceder a créditos para la
obtención de un vivienda.
Establecer
que el infonavit establecerá disposiciones
específicas para el establecimiento de un
programa permanente de crédito para vivienda
destinado a los trabajadores de la economía
informal, quienes deberán acreditar los
mecanismos de control sobre las cuotas, los
procedimientos y requisitos para acceder a los
créditos para vivienda. |
24
|
Con proyecto de decreto
que reforma y adiciona diversas disposiciones
del Código Federal de Procedimientos
Penales y de la
Ley General que establece las
bases de Coordinación del Sistema Nacional de
Seguridad Pública. |
Diputado
Roger David
Alcocer García
(PRI) |
Se turnó a las Comisiones
Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de
Seguridad Pública. |
Seguridad
Pública
|
Establecer la creación de un
archivo criminal confiable.
Crear un
archivo criminal confiable en el que aparezcan
identificados, tanto los más peligrosos
delincuentes, como las personas que hayan sido
declaradas penalmente responsables por un
órgano jurisdiccional y mediante sentencia
firme e irrevocable, sin conculcar garantías
individuales y a partir del inicio de la
compurgación de la pena correspondiente, lo
que otorgaría certeza jurídica a las personas
que habiendo sido procesadas, no fueron
declaradas responsables de los hechos que se
les imputaron, reintegrándolas de manera más
pronta a la vida productiva nacional. |
25
|
Con
proyecto de decreto interpretativo del
párrafo sexto del artículo 27 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |
Diputada
Rosa María
Avilés Nájera
(PRD)
Suscrita por
los diputados Francisco Javier Carrillo
Soberón y Alfonso Ramírez Cuellar
(PRD) |
Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales. |
Energía
|
Establecer el criterio de
interpretación en materia de contratos de
petróleo y carburos de hidrógeno.
Que la
prohibición para no otorgar contratos
tratándose del petróleo y carburos de
hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, o de
minerales radioactivos, previstos en el
párrafo sexto, del artículo 27 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicano, es para que no se otorguen
concesiones, autorizaciones, permisos,
contratos, ni cualquier otro acto jurídico
similar o análogo a los particulares.
|
26
|
Con proyecto de decreto
que adicionan
los
artículos 52 Bis, 79 Bis 1 y 79 Bis 2 de la
Ley de la Propiedad Industrial
relativa a los derechos de oposición a las
solicitudes de patentes y a las nulidades de
patentes. |
Diputado
Hugo
Rodríguez Díaz
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Economía. |
Patentes
|
Reformar la Ley de la Propiedad
Industrial para incluir elementos de análisis
de una solicitud de patente de manera
equilibrada y suficiente, a través de la
inclusión de un sistema de oposición y
sancionar económicamente la determinación de
nulidad de una patente una vez que se analicen
sus efectos en el mercado.
Implementar un procedimiento de denuncia,
abierto a cualquier entidad del sector
correspondiente, cámaras, asociaciones, esto
es, entes jurídicos con interés jurídico
difuso, en que la Comisión Federal de
Competencia, de acuerdo a su naturaleza y
funciones, pudiese analizar el efecto que el
ejercicio del derecho exclusivo hubiese tenido
en la competencia, a fin de aplicar una
sanción correspondiente al impacto negativo
que su ejercicio hubiese ocasionado al
mercado. |
27
|
Con proyecto de decreto
que
reforma los artículos 12,
fracción 3; 14 fracción 2 y deroga los
artículos a 15 y 16 del
Código Federal de Instituciones
y Procedimientos Electorales. |
Diputada
Martha
Palafox Gutiérrez
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Gobernación. |
Electoral
|
Establecer que ningún partido
podrá contar con más de 300
diputados por ambos principios: mayoría
relativa y representación proporcional.
Señalar
que, el partido político cuyo número de
diputados por ambos principios exceda de 300,
le serán deducidos el número de diputados de
representación proporcional hasta ajustarse a
los límites establecidos, asignándose las
diputaciones excedentes a los demás partidos
políticos que no se ubiquen en este proceso. |
28
|
Con proyecto de decreto
interpretativo del sexto párrafo del
artículo 27 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |
Diputado
Francisco
Javier Carillo Soberón
(PRD)
Suscrita por
los Diputados
Rosa María
Avilés Nájera y Alfonso Ramírez Cuellar
(PRD) |
Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales |
Constitucional
|
Establecer
el criterio de que la prohibición contenida en
la última parte del párrafo sexto del artículo
27 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicano, es para no otorgar
concesiones, autorizaciones, permisos,
contratos, ni cualquier otro acto jurídico
similar o análogo a los particulares, en
cuanto a generar, conducir, transformar,
distribuir y abastecer energía eléctrica que
tenga por objeto la prestación de servicio
público.
Señala que
la Ley Fundamental establece en forma
contundente, que por ser una actividad
estratégica reservada al Estado, no habrá
otorgamiento de concesiones, mucho menos,
otorgamiento de permisos relativos a la
generación, conducción, transformación,
distribución y abastecimiento de energía
eléctrica que no tenga por objeto la
prestación de servicio público, pues esta
actividad corresponde exclusivamente a la
nación. Nunca a favor de particulares, y menos
aún, la importación y exportación en torno a
la generación de energía eléctrica. |
29
|
Con proyecto de decreto
que
por el que se adiciona el
artículo 298 Bis a la Ley Federal del
Trabajo en su Título Sexto, Capítulo
X. |
Diputado
Armando
Leyson Castro
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Trabajo y
Previsión Social con opinión de la Comisión de
Juventud y Deporte. |
Trabajo
|
Prever que los deportistas profesionales
puedan sujetarse al régimen voluntario del
Seguro Social.
Señalar que los
deportistas profesionales tienen los Derechos
especiales de decidir en forma voluntaria su
incorporación al régimen obligatorio, del
Seguro Social para ser considerados como
trabajadores sujetos a las disposiciones de la
Ley Federal de Trabajo. |