PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO.

 Sesión N° 29, Diciembre 13, 2005.

 

 

10. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

 

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRAMITE

1

Comisión de Hacienda y Crédito Público

     Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

 

     Proceso Legislativo:

     1) Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en Sesión Ordinaria de la Comisión Permanente del 7 de septiembre de 2005.

     2) Iniciativa presentada por el Dip. Luis Antonio González Roldán (PVEM), del 18 de febrero de 2004.

     3) Iniciativa presentada por la Dip. Socorro Díaz Palacios (PRD), del 14 de octubre de 2003, suscrita por diputados federales del (PRD).

     4) Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI)  el  01 de abril de 2004.

     5) Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Javier Guizar Macías (PRI) el 13 de abril de 2004.

     6) Iniciativa presentada por la Sen. Yolanda Eugenia González Hernández (PRI) el 09 de junio de 2004.

     7) Iniciativa presentada por el Congreso del Estado de Jalisco, del 25 de agosto de 2004.

     8) Iniciativa presentada por los Diputados María Esther Scherman Leaño y Juan Carlos Pérez Góngora (PRI), el 25 de agosto de 2004.

     9) Iniciativa presentada por el Dip. Tomás Antonio Trueba Gracián (PAN) el 07 de octubre de 2004, sesión 5, 7-12, 2004.

     10) Iniciativa presentada por el Dip. Guillermo Huízar Carranza (PRD), el 21 de octubre de 2004.

     11) Iniciativa presentada por el Dip. Abraham Bagdadi Estrella (PRD) el 28 de octubre de 2004.

     12) Iniciativa presentada por el Dip. Manuel Velasco Coello (PVEM), el 05 de noviembre de 2004, suscrita por diputados federales del (PVEM).

13) Iniciativa presentada por la Dip. Nora Elena Yu Hernández (PRI), el 30 de noviembre de 2004.

     14) Iniciativa presentada por el Dip. Manuel Velasco Coello (PVEM), el 30 de noviembre de 2004, suscrita por diputados federales integrantes del PVEM.

     15) Iniciativa presentada por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, el 31 de marzo de 2005.

     16) Iniciativa presentada por el Dip. Federico Madrazo Rojas (PRI), el 14 de abril de 2005.

     17) Iniciativa presentada por el Dip. Gonzalo Guizar Valladares (PRI), el 28 de abril de 2005.

     18) Iniciativa presentada por la Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI), el 25 de mayo de 2005.

     19) Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Amadeo Espinosa Ramos (PT) el 06 de julio de 2005.

     20) Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (PC), el 03 de agosto de 2005.

     21) Minuta presentada por el Sen. Fauzi Hamdán Amad (PAN) de la H. Cámara de Senadores, del 28 de septiembre de 2004.

     22) Minuta Proyecto de Decreto por el que se adiciona una fracción III al artículo 38 del Código Fiscal de la Federación, de la H. Cámara de Senadores, el 01 de febrero de 2005.

     23) Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, de la H. Cámara de Senadores, del 21 de abril de 2005.

     24) Minuta con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, de la H. Cámara de Senadores, del 26 de abril de 2005.

     25) Minuta del Senado con el Proyecto de Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Turnada a la Comisión de Hacienda 5 de Octubre de 2004.

     26) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Carlos Pérez Góngora (PRI) del 02 de diciembre de 2004.

     27) Iniciativa presentada por la Dip. Ruth Trinidad Hernández Martínez (PAN), del 3 de noviembre de 2005.

 

     Materia: Impuesto/Fiscal.

 

     Propuesta:

     A. Código Fiscal de la Federación.

     Realizar algunas modificaciones al marco jurídico dentro del cual ejerce sus facultades de autoridad fiscal.

 

    B. Registro Federal de Contribuyentes y domicilio fiscal.

     1. Por lo que se refiere al domicilio fiscal y su vinculación con el Registro Federal de Contribuyentes,  se propone  ampliar  este concepto,  con el  objeto  de  que  la  autoridad  pueda practicar diligencias en aquellos lugares donde los contribuyentes realicen sus actividades económicas.

    2. Se propone que las autoridades fiscales, y específicamente el Servicio de Administración Tributaria, se encuentre facultado para actualizar de oficio los datos contenidos en el registro, para mantenerlo actualizado.

    C. Notificaciones

     1. Establecer las bases para realizar notificaciones de la autoridad por la misma vía.

     2. Que las notificaciones que realice la autoridad surtan sus efectos al día hábil siguiente en que son practicadas.

     3. Que las notificaciones de los actos administrativos las puedan realizar agentes externos, debidamente habilitados.

     D. Compensación

     1. Se prevé la compensación universal. Sin embargo, y conforme a la misma lógica, debe proceder la compensación de saldos a favor contra créditos fiscales parcializados.

     E. Medios electrónicos y Registro de Representantes Legales.

     1. Se propone dar plena validez a los actos administrativos contenidos en documentos impresos que plasmen el sello alfanumérico en los mismos, demostrando que el funcionario expresó su voluntad mediante una firma electrónica y certificado vigente.

     2. El contribuyente podrá, mediante el acceso a la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, verificar la autenticidad tanto del documento impreso y firmado electrónicamente como la identidad del funcionario que emitió y firmó el acto.

     F. Cobranza.

     1. Mejorar ostensiblemente el procedimiento para la recepción, control y administración de los bienes adjudicados a favor del fisco federal.

     2. Se proponen los lineamientos que permitan cubrir los adeudos fiscales a plazos en la modalidad de diferido, y con ello facilitar el pago de los mismos, facultando al Servicio de Administración Tributaría para señalar los casos en que puede dispensarse la garantía, medida con la que se pretende agilizar el trámite y reconocer a los contribuyentes cumplidos.

     G. Facultades de comprobación.

     Aumentar a doce meses el plazo de revisión y conclusión de las visitas domiciliarias como plazo definitivo, eliminando su ampliación.

     H. Medios de Garantía.

     Se propone que se incluya la carta de crédito dentro de los medios aceptados para garantizar créditos fiscales.

     I. Deducciones y comprobantes fiscales.

     Eliminar la vía más importante del fraude y la evasión fiscal, es necesario que las operaciones que pretenden deducir los contribuyentes puedan vincularse con erogaciones reales y verificables, por lo que se propone que la evidencia documental del pago de las mismas sea a través del sistema financiero.

     J. Prácticas fiscales indebidas.

      1. Que se incorpore en el texto legal la obligación para la autoridad de dar a conocer en forma periódica los criterios de interpretación de las disposiciones fiscales y aduaneras que resultan lesivos a los intereses de la hacienda pública.

     2. Establecer la obligación para el contador público registrado, de informar si el contribuyente incorporó en el dictamen la información relacionada con la aplicación de algún criterio de interpretación lesivo a que se hace referencia en el párrafo anterior.

     3. Para que los esfuerzos de transformación del Servicio de Administración Tributaria, sean operables en la práctica, resulta indispensable llevar a cabo modificaciones al marco jurídico de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, sobre los cuales el organismo ejerce sus facultades de autoridad administrativa y fiscal.

     Quedó de Primera Lectura.

2

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

     Con proyecto de decreto que reforma al artículo 117 y deroga el artículo 118 de la Ley de Instituciones de Crédito.

 

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa que reforma el párrafo primero del articulo 117 y el articulo 118 de la Ley de Instituciones de Crédito, presentada por el Dip. Ángel Pasta Muñuzuri (PAN)  el 01 de abril de 2004.

     2. Iniciativa con proyecto de Decreto, que reforma el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de Secreto Fiduciario, presentada por el Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (PC) el 28 de julio de 2004.

     3. Iniciativa que reforma el articulo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito y el primer párrafo del artículo 25 de la Ley del Mercado de Valores, presentada por la Dip. Martha Lucía Mícher Camarena y Dip. Alfonso Ramírez Cuellar del Grupo Parlamentario del PRD el 9 de noviembre de 2004.

     4. Iniciativa que reforma el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, presentada por el Dip. Marcos Morales Torres (PRD) el 02 de diciembre de 2004.

     5. Iniciativa que reforma los artículos 117 y 118 de la ley de Instituciones de Crédito, enviada por el Congreso de Zacatecas del 07 de diciembre de 2004.

     6. Dictamen a discusión presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 28 de abril de 2005, aprobado por 284 votos en pro, 76 en contra y 2 abstenciones.

     7. Minuta recibida en el Senado de la República el 21 de junio de 2005, en Periodo Extraordinario.

     8. Dictamen a discusión presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores del 29 de septiembre de 2005.

     9. Minuta presentada en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 4 de octubre de 2005.

 

     Materia: Crédito

 

     Propuesta:

     1. El Dictamen sólo versa sobre la adición realizada por la Colegisladora en la Minuta sobre las reformas al artículo 117 y derogación del artículo 118 de la Ley de Instituciones de Crédito en la cual se adiciona en el artículo 117 la fracción VIII y se reformó el tercer párrafo, adicionando la referencia de las fracciones VII y IX, a la citada Ley.

     2. La Colegisladora consideró necesario definir las facultades relativas a que la Secretaría de la Función Pública sobre la información sobre operaciones financieras de servidores públicos tendría que ser por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por lo que adicionó la fracción VIII del artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito para que la Secretaría de la Función Pública que la solicitud de información y documentación deberá formularse en todo caso, dentro del procedimiento de verificación a que se refieren los artículos 41 y 42 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

     Quedó de Primera Lectura.

3

     Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley Federal de Instituciones de Finanzas y de la Ley sobre el Contrato de Seguro.

 

     Proceso Legislativo:

     Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, en Sesión Ordinaria del 6 de octubre de 2005.

 

     Materia: Contrato de Seguro.

 

     Propuesta:

     1. Adecuar al marco legal en materia de seguros y de fianzas, así como al régimen aplicable al contrato de seguro, a efecto de hacerlo acorde a los estándares y prácticas nacionales e internacionales.

     2. Incorporar dentro de la operación de seguros de daños, ramos en materia de crédito financiero en las modalidades de seguros de crédito a la vivienda y seguro de garantía financiera, estableciendo además que dichos ramos se manejarán por instituciones especializadas.

     3. Prohibir que autoridades extranjeras participen en el capital de las instituciones, con objeto de no afectar los intereses del público usuario, se estima adecuado eliminar la causal de revocación, estableciendo en su lugar un mecanismo de sanción a los inversionistas que incurran en dicha prohibición.

     4. Establecer los mecanismos necesarios a efecto de propiciar la protección de los asegurados.

     5. Precisar ciertos puntos relativos al regímen de inversión, del concepto de faltante en las coberturas de las reservas técnicas, del capital mínimo de garantía para las instituciones de seguros, así como del requerimiento mínimo de capital base de operaciones para las instituciones de fianzas, dada la importancia que tienen esos elementos en el mantenimiento de la solvencia de esas instituciones.

     6. Dotar a las autoridades de las facultades necesarias para iniciar de manera más oportuna el procedimiento de revocación y con ello proteger en mejor medida los intereses del público usuario.

     7. Realizar una adecuación a los ordenamientos que nos ocupan, haciendo más oportuno el inicio del procedimiento de revocación de la autorización, en el evento de que las instituciones no hayan podido restablecer sus parámetros regulatorios.

     8. Precisar que, tratándose de seguros de responsabilidad que tengan el carácter de obligatorios, la aseguradora estará obligada a cubrir hasta los montos indemnizatorios o las sumas aseguradas que se establezcan en las disposiciones legales respectivas o en las administrativas de carácter general que se deriven de las mismas, vigentes al celebrarse el contrato.

     9. Establecer plazos mínimos adicionales a la vigencia del seguro, permitiendo su ampliación mediante pacto expreso y reconociendo expresamente para el caso de sobreposición de coberturas, la aplicación del régimen de concurrencia de seguros previsto en la Ley sobre el Contrato de Seguro.

     Quedó de Primera Lectura.

4

Comisión de Defensa Nacional

     Con proyecto de Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

 

     Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 1 de marzo de 2005.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en Sesión Ordinaria del 17 de marzo de 2005.

4. Dictamen a discusión presentado en Sesión Ordinaria del 30 de marzo de 2005 y aprobado por 91 votos en pro.

     5. Minuta presentada en el pleno de la Cámara de Diputados el 5 de abril de 2005.

 

     Materia: Militar.

 

     Propuesta:

     La Comisión Dictaminadora considera que es necesario adicionar en la fracción III del artículo 2 de la Minuta Proyecto de Decreto, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, ya que además de ser una facultad exclusiva del Senado de la República el ratificar los nombramientos que el Presidente haga de coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, es también atribución de la Comisión Permanente, de conformidad con la fracción VII del artículo 78 de la Carta Magna.

     De tal manera, que el texto propuesto quede de la siguiente manera:

     ARTÍCULO 2.- La Secretaría de la Defensa Nacional, a través de la unidad administrativa competente de acuerdo con la reglamentación respectiva, procederá al ajuste y cómputo del tiempo de servicios de los militares en los casos siguientes: 

     I. Aplicación de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas;

     II. Requerimiento de autoridad competente;

     III. Ratificación de grados militares en el Senado de la República o la Comisión Permanente, y

     IV. Petición del interesado.

     Quedó de Primera Lectura.

5

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

     Con proyecto de decreto que reforma las fracciones III y VIII del artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

     Proceso Legislativo:

     Iniciativa presentada por la Dip. Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (PRI), en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2005.

 

     Materia: Grupos Vulnerables.

 

     Propuesta:

     1. Las familias tendrán derecho a recibir el apoyo subsidiario de las instituciones públicas para el cuidado y atención de las personas adultas mayores, siempre y cuando se demuestre mediante estudio socio-económico no estar en condiciones para dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9o. de la presente Ley.

     2. Toda persona, grupo social, organizaciones no gubernamentales, asociaciones o sociedades, podrán denunciar todo hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daño o afectación a los derechos y garantías que establece la presente Ley, o que contravenga cualquier otra de sus disposiciones o de los demás ordenamientos que regulen materias relacionadas con las personas adultas mayores. En especial, cuando se tenga conocimiento sobre la necesidad de un adulto mayor de recibir alimentos y pueda aportar los datos de quienes estén obligados a proporcionarlos, pudiendo en dado caso acudir ante el Ministerio Público o Juez de lo Familiar indistintamente, a denunciar dicha situación.

     Quedó de Primera Lectura.

6

Comisión de Gobernación

 

     Con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Gerardo Estrada Rodríguez para aceptar y usar la condecoración de la orden de Isabel la Católica, en grado de encomienda, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

 

     Proceso Legislativo:

     1. Oficio de la Secretaría de Gobernación presentados en la Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2005.

     2. Dictamen de primera lectura presentado en la Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2005.

     3. Dictamen aprobado en la Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores el 1° de diciembre de 2005, por 72 votos en pro.

     3. Minuta recibida en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 6 de diciembre de 2005.

 

     Materia: Permiso Constitucional.

 

     Resolutivo Único:

      Se concede permiso al ciudadano Gerardo Estrada Rodríguez, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

     Quedó de Primera Lectura.

7

     Con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Silvia Moreno Galván y Ángel Pérez Rodríguez para prestar servicios en la Embajada de la República Popular China en México.

 

     Proceso Legislativo:

     Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 6 de diciembre de 2005.

 

     Materia: Permiso Constitucional.

 

     Resolutivos:

     1. Se concede permiso a la ciudadana Silvia Moreno Galván, para prestar servicios como empleada de Mantenimiento, en la Embajada de la República Popular China en México.

     2. Se concede permiso al ciudadano Ángel Pérez Rodríguez, para prestar servicios como empleado Administrativo, en la Embajada de la República Popular China, en México.

     Quedó de Primera Lectura.

8

     Con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Mónica Madera Reveles, Texipactli Serrano Fernández, Alejandra Negrete Villa, César Yigal Urías Sánchez, Diana Alejandra Cortés Chávez y Ricardo Assemat Calderón para prestar servicios en la Embajada de Canadá en México y en el Consulado de Canadá en Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

 

     Proceso Legislativo:

     Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 6 de diciembre de 2005.

 

     Materia: Permisos Constitucionales.

 

     Resolutivos:

     1. Se concede permiso a la ciudadana Mónica Madera Reveles, para prestar servicios como asistente de Inmigración, en la Embajada de Canadá en México.

     2. Se concede permiso al ciudadano Texipactli Serrano Fernández, para prestar servicios como asistente administrativo, en la Embajada de Canadá en México.

     3. Se concede permiso a la ciudadana Alejandra Negrete Villa, para prestar servicios como coordinadora de visitas oficiales, en la Embajada de Canadá en México.

      4. Se concede permiso al ciudadano César Yigal Urías Sánchez, para prestar servicios como delegado comercial adjunto, en la Embajada de Canadá en México.

      5. Se concede permiso a la ciudadana Diana Alejandra Cortés Chávez, para prestar servicios como asistente de Pasaportes, en la Embajada de Canadá en México.

      6. Se concede permiso al ciudadano Ricardo Assemat Calderón, para prestar servicios como asistente comercial administrativo, en el Consulado de Canadá en Monterrey, Nuevo León.  

     Quedó de Primera Lectura.

9

     Con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Karla Yessica Andrade Quiñones, Virginia Guadalupe Mojica Victoria, Mari Carmen Aranda Azar, Luciano Escamilla Cruz, Juan Pablo López Cruz y Juan Amador Romero Ruiz para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en los Consulados de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua; Mérida, Yucatán; Monterrey, Nuevo León; y Tijuana, Baja California, respectivamente.

 

     Proceso Legislativo:

     Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 6 de diciembre de 2005.

 

     Materia: Permisos Constitucionales.

 

     Resolutivos:

     1. Se concede permiso a la ciudadana Karla Yéssica Andrade Quiñones, para prestar servicios como secretaria, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

      2. Se concede permiso a la ciudadana Virginia Guadalupe Mojica Victoria, para prestar servicios como auxiliar de Visas, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

      3. Se concede permiso a la ciudadana Mari Carmen Aranda Azar, para prestar servicios como asistente de Gerencia, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Mérida, Yucatán.

      4. Se concede permiso al ciudadano Luciano Escamilla Cruz, para prestar servicios como empleado del Departamento de Visas, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.

      5. Se concede permiso al ciudadano Juan Pablo López Cruz, para prestar servicios como chofer, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.

      6. Se concede permiso al ciudadano Juan Amador Romero Ruiz, para prestar servicios como chofer, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.

     Quedó de Primera Lectura.