Con proyecto de decreto por el que se
reforman, adicionan, derogan y establecen
diversas disposiciones del Código Fiscal de
la Federación, de la Ley del Impuesto sobre
la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor
Agregado y de la Ley del Impuesto Especial
sobre Producción y Servicios.
Proceso Legislativo:
1)
Iniciativa presentada por el
Ejecutivo Federal en Sesión Ordinaria de
la Comisión Permanente del
7 de
septiembre de 2005.
2)
Iniciativa presentada por el Dip.
Luis Antonio González Roldán (PVEM), del
18
de febrero de 2004.
3)
Iniciativa presentada por la Dip.
Socorro Díaz Palacios (PRD), del 14
de octubre de 2003, suscrita por
diputados federales del (PRD).
4)
Iniciativa presentada por el Dip.
Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI)
el
01 de abril de
2004.
5)
Iniciativa presentada por el Dip.
Francisco Javier Guizar Macías (PRI) el
13 de abril de 2004.
6)
Iniciativa presentada por la Sen.
Yolanda Eugenia González Hernández (PRI)
el
09 de junio de 2004.
7)
Iniciativa presentada por el Congreso
del Estado de Jalisco, del 25 de
agosto de 2004.
8)
Iniciativa presentada por los
Diputados María Esther Scherman Leaño y Juan
Carlos Pérez Góngora (PRI), el
25 de
agosto de 2004.
9)
Iniciativa presentada por el Dip.
Tomás Antonio Trueba Gracián (PAN) el
07 de octubre de 2004, sesión 5, 7-12,
2004.
10)
Iniciativa presentada por el Dip.
Guillermo Huízar Carranza (PRD), el
21 de octubre de 2004.
11)
Iniciativa presentada por el Dip.
Abraham Bagdadi Estrella (PRD) el 28
de octubre de 2004.
12)
Iniciativa presentada por el Dip.
Manuel Velasco Coello (PVEM), el 05
de noviembre de 2004, suscrita por
diputados federales del (PVEM).
13) Iniciativa
presentada por la Dip. Nora Elena Yu
Hernández (PRI), el 30 de noviembre
de 2004.
14)
Iniciativa presentada por el Dip.
Manuel Velasco Coello (PVEM), el 30
de noviembre de 2004, suscrita por
diputados federales integrantes del PVEM.
15)
Iniciativa presentada por el Congreso
del Estado de San Luis Potosí, el
31 de marzo
de 2005.
16)
Iniciativa presentada por el Dip.
Federico Madrazo Rojas (PRI), el 14
de abril de 2005.
17)
Iniciativa presentada por el Dip.
Gonzalo Guizar Valladares (PRI),
el 28 de abril de 2005.
18)
Iniciativa presentada por la Dip.
Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI), el
25
de mayo de 2005.
19)
Iniciativa presentada por el Dip.
Francisco Amadeo Espinosa Ramos (PT) el
06
de julio de 2005.
20)
Iniciativa presentada por el Dip.
Jesús Emilio Martínez Álvarez (PC),
el 03 de agosto de 2005.
21)
Minuta presentada por el Sen. Fauzi
Hamdán Amad (PAN) de la H. Cámara de
Senadores, del
28 de
septiembre de 2004.
22)
Minuta Proyecto de Decreto por el que se
adiciona una fracción III al artículo 38 del
Código Fiscal de la Federación, de la H.
Cámara de Senadores, el
01 de febrero
de 2005.
23)
Minuta con Proyecto de Decreto por el
que se reforma la fracción V del artículo 28
del Código Fiscal de la Federación, de la H.
Cámara de Senadores, del
21 de abril de
2005.
24)
Minuta con Proyecto de Decreto que
reforma el artículo 52 del Código Fiscal de
la Federación, de la H. Cámara de Senadores,
del
26 de abril de 2005.
25)
Minuta del Senado con el Proyecto de
Decreto por el que se reforma el primer
párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de
la Federación. Turnada a la Comisión
de Hacienda
5 de Octubre
de 2004.
26)
Iniciativa presentada por el Dip.
Juan Carlos Pérez Góngora (PRI)
del
02 de diciembre de 2004.
27)
Iniciativa presentada por la Dip. Ruth
Trinidad Hernández Martínez (PAN), del
3 de
noviembre de 2005.
Materia:
Impuesto/Fiscal.
Propuesta:
A. Código Fiscal de la Federación.
Realizar algunas modificaciones al
marco jurídico dentro del cual ejerce sus
facultades de autoridad fiscal.
B. Registro Federal de Contribuyentes y
domicilio fiscal.
1. Por lo
que se refiere al domicilio fiscal y su
vinculación con el Registro Federal de
Contribuyentes, se propone ampliar este
concepto, con el objeto de que la
autoridad pueda
practicar
diligencias en aquellos lugares donde los
contribuyentes realicen sus actividades
económicas.
2. Se
propone que las autoridades fiscales, y
específicamente el Servicio de
Administración Tributaria, se encuentre
facultado para actualizar de oficio los
datos contenidos en el registro, para
mantenerlo actualizado.
C.
Notificaciones
1. Establecer
las bases para realizar notificaciones de la
autoridad por la misma vía.
2. Que las notificaciones que realice
la autoridad surtan sus efectos al día hábil
siguiente en que son practicadas.
3. Que las notificaciones de los actos
administrativos las puedan realizar agentes
externos, debidamente habilitados.
D. Compensación
1. Se prevé la compensación universal.
Sin embargo, y conforme a la misma lógica,
debe proceder la compensación de saldos a
favor contra créditos fiscales
parcializados.
E. Medios electrónicos y Registro de
Representantes Legales.
1.
Se propone
dar plena validez a los actos
administrativos contenidos en documentos
impresos que plasmen el sello alfanumérico
en los mismos, demostrando que el
funcionario expresó su voluntad mediante una
firma electrónica y certificado vigente.
2. El contribuyente podrá, mediante el
acceso a la página de internet del Servicio
de Administración Tributaria, verificar la
autenticidad tanto del documento impreso y
firmado electrónicamente como la identidad
del funcionario que emitió y firmó el acto.
F. Cobranza.
1. Mejorar ostensiblemente el
procedimiento para la recepción, control y
administración de los bienes adjudicados a
favor del fisco federal.
2. Se proponen los lineamientos que
permitan cubrir los adeudos fiscales a
plazos en la modalidad de diferido, y con
ello facilitar el pago de los mismos,
facultando al Servicio de Administración
Tributaría para señalar los casos en que
puede dispensarse la garantía, medida con la
que se pretende agilizar el trámite y
reconocer a los contribuyentes cumplidos.
G. Facultades de comprobación.
Aumentar a
doce meses el plazo de revisión y conclusión
de las visitas domiciliarias como plazo
definitivo, eliminando su ampliación.
H. Medios de Garantía.
Se propone que se incluya la carta de
crédito dentro de los medios aceptados para
garantizar créditos fiscales.
I. Deducciones y comprobantes fiscales.
Eliminar
la vía más importante del fraude y la
evasión fiscal, es necesario que las
operaciones que pretenden deducir los
contribuyentes puedan vincularse con
erogaciones reales y verificables, por lo
que se propone que la evidencia documental
del pago de las mismas sea a través del
sistema financiero.
J. Prácticas fiscales indebidas.
1. Que se incorpore en el texto legal la
obligación para la autoridad de dar a
conocer en forma periódica los criterios de
interpretación de las disposiciones fiscales
y aduaneras que resultan lesivos a los
intereses de la hacienda pública.
2. Establecer la obligación para el
contador público registrado, de informar si
el contribuyente incorporó en el dictamen la
información relacionada con la aplicación de
algún criterio de interpretación lesivo a
que se hace referencia en el párrafo
anterior.
3. Para que los esfuerzos de
transformación del Servicio de
Administración Tributaria, sean operables en
la práctica, resulta indispensable llevar a
cabo modificaciones al marco jurídico de la
Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del
Impuesto al Valor Agregado y Ley del
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios, sobre los cuales el organismo
ejerce sus facultades de autoridad
administrativa y fiscal. |