No. |
Iniciativa |
Origen |
Turno o Trámite |
Materia |
Propuesta |
1 |
Con proyecto de decreto por las que se
establecen las características de diversas
monedas conmemorativas
del 80 Aniversario de la Fundación del Banco
de México, del 470 Aniversario de la Casa
Moneda de México y del 100 Aniversario de la
Reforma Monetaria de 1905. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Hacienda y Crédito Público y de
Estudios Legislativos de la Cámara de
Senadores. |
Numismática |
Conmemorar del 80 Aniversario de la
Fundación del Banco de México, el 470
aniversario de la Casa Moneda de México y el
100 aniversario de la Reforma Monetaria de
1905.
Emitir las siguientes monedas
conmemorativas:
a) La emisión de tres monedas
conmemorativas bimetalicas del 80
Aniversario de la Fundación del Banco
México; del 470 Aniversario de la Casa de
Moneda de México y del 100 Aniversario de la
Reforma Monetaria de 1905; con un valor
nominal de cien pesos.
b) La emisión de una moneda de plata
conmemorativa del 80 Aniversario del Banco
de México; con un valor nominal de veinte
pesos.
c) La emisión de una moneda de plata
conmemorativa del 470 Aniversario de la Casa
de Moneda de México con un valor nominal de
diez pesos
d) La emisión de una moneda de plata
conmemorativa del 100 Aniversario dela
Reforma Monetaria de 1905; con un valor
nominal de 5 pesos. |
2 |
Con proyecto de decreto por el que se
establecen las características de la Sexta
Moneda de Plata Conmemorativa del Quinto
Centenario del Encuentro de Dos Mundos. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Hacienda y Crédito Público y de
Estudios Legislativos de la Cámara de
Senadores. |
Numismática |
Emitir la Sexta Moneda de Plata
Conmemorativa del Quinto Centenario del
Encuentro de Dos Mundos.
Establecer las características de la Sexta
Moneda de Plata Conmemorativa del Quinto
Centenario del Encuentro de Dos Mundos, con
valor nominal de $5.00 pesos. |
3 |
Con proyecto de decreto por el que se
establecen las características de dos
monedas conmemorativas de la participación
de México en la Copa Mundial de la FIFA. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Hacienda y Crédito Público y de
Estudios Legislativos de la Cámara de
Senadores. |
Numismática |
Emitir dos monedas conmemorativas de
la participación de México en la Copa
Mundial de la FIFA.
Establecer las características de dos
monedas conmemorativas de la participación
de México en la Copa Mundial de la FIFA; una
de plata con valor nominal de $5.00 pesos y
la otra de oro con valor nominal de $25.00
pesos. |
4 |
Con proyecto de decreto por el que se
establecen las características de dos
monedas conmemorativas del 400 aniversario
de la primera edición de la obra literaria
"El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la
Mancha de Miguel de Cervantes Saavedra". |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Hacienda y Crédito Público y de
Estudios Legislativos de la Cámara de
Senadores. |
Numismática |
Emitir dos monedas conmemorativas del
400 aniversario de la primera edición de la
obra literaria "El Ingenioso Hidalgo Don
Quijote de la Mancha de Miguel de Cervantes
Saavedra".
Establecer las características de dos
monedas conmemorativas del 400 Aniversario
de la primera edición de la obra literaria
"El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la
Mancha de Miguel de Cervantes Saavedra", una
moneda bimetálica con valor nominal de
$100.00 pesos; y la otra moneda de plata con
valor nominal de $20.00 pesos. |
5 |
Con proyecto de decreto que reforma los
artículos 199, 200, 202, 204, 205 y 206 y se
derogan los artículos 203, 207, 208 y 209 de
la Ley de Amparo, Reglamentaria de los
artículos 103 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
y del Código Penal Federal. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales y de Justicia
y Derechos Humanos de la Cámara de
Diputados. |
Amparo / penal |
Armonizar la legislación de Amparo y
Penal, a fin de precisar las sanciones que
habrán de imponerse a conductas reguladas en
ambos ordenamientos.
Establecer expresa y claramente en la
legislación de Amparo las conductas
delictivas y penalidades referentes a la
responsabilidad derivada de los juicios de
Amparo. |
6 |
Con proyecto de decreto que reforma la
fracción II del artículo 38 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales de la Cámara de
Diputados. |
Penal |
Establecer que los ciudadanos en
contra de quienes se siga un proceso penal
por delito que merezca pena corporal, pero
que le sea otorgada la libertad provisional,
no se le suspenda sus derechos y
prerrogativas, hasta en tanto no exista
sentencia condenatoria.
Señalar la suspensión de los derechos y
prerrogativas de los ciudadanos , el estar
sujeto a un proceso penal por delito que
merezca pena corporal, a contar desde la
fecha de auto de formal prisión y siempre
que no se haya otorgado libertad provisional
bajo caución. |
7 |
Con proyecto de decreto que adiciona un
último párrafo al artículo 135 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |
Congreso del Estado de
Coahuila |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales y de Estudios
Legislativos, Primera de la Cámara de
Senadores. |
Reformas a la Constitución |
Establecer reglas para que las
Legislaturas locales participen en el
procedimiento de discusión de adición o
reformas constitucionales, designando a uno
de sus miembros para que participe con voz
en dicho proceso.
Señalar que cuando el Congreso de la Unión,
por conducto de alguna de sus Cámaras,
reciba propuestas de adiciones o reformas
constitucionales, antes de iniciar el
procedimiento de discusión correspondiente,
deba notificarlo a las legislaturas de los
Estados, para que éstas designen a uno de
sus miembros, con objeto de que participen,
exclusivamente con voz en la Cámara de
origen, en dicho procedimiento de discusión,
cuya acreditación de los delegados pueda
hacerse por los Congresos Locales en
cualquier tiempo hasta antes de la votación
respectiva, pero, en todo caso, el
procedimiento de discusión se inicie por la
Cámara de origen transcurrido un plazo de
quince días, contado a partir de que los
citados Congresos hayan recibido las
notificaciones relativas. |
8 |
Con proyecto de decreto que adiciona un
inciso 29 Bis) al artículo 194 del
Código Federal de Procedimientos Penales;
asimismo, se adicionen los artículos 381 Ter
y 381 Quárter del Código Penal
Federal. |
Congreso del Estado de
Tlaxcala |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Justicia y Derechos Humanos y de
Estudios Legislativos, Segunda
de la Cámara de Senadores. |
Penal |
Considerar como delito grave el robo
de objetos dedicados al culto público en
templos, edificios o locales destinados
habitualmente a actividades religiosas.
1. Señalar que el robo de
objetos dedicados al culto público, o sea de
los bienes muebles que se encuentren en
templos, edificios o locales destinados
habitualmente a actividades religiosas y que
posean un significado o se destinen a un uso
religioso, se castigue con una pena de dos a
diez años de prisión y de mil a tres mil
días de multa.
2. Establecer que a quienes a sabiendas
de su origen ilícito adquieran, enajenen,
trafiquen o alteren en cualquier forma
objetos dedicados al culto público, se les
sancione con pena de cinco a doce años de
prisión y de mil a diez mil días de multa. |
9 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos,
derogando su fracción II. |
Congreso del Estado de
Zacatecas |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales y de Estudios
Legislativos de la Cámara de
Senadores. |
Penal |
Eliminar el supuesto de suspensión de
derechos o prerrogativas de los ciudadanos,
cuando algún ciudadano este sujeto a proceso
penal por delito que merezca pena corporal,
a contar desde la fecha de auto de formal
prisión.
Establecer que los ciudadanos no se les
suspendan sus derechos o prerrogativas,
cuando estén sujetos a proceso penal por
delito que merezca pena corporal, a contar
desde la fecha de auto de formal prisión. |
10 |
Con proyecto de decreto que reforma
las
fracciones I y II del artículo 84 del
Código Fiscal de la Federación. |
Diputada
Diva Hadamira Gastélum
Bajo
(PRI) |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y
Crédito Público de la Cámara de
Diputados. |
Fiscal |
Modificar los montos de sanciones por
concepto de multas, aplicables a los
contribuyentes menores, por no cumplir con
la obligación de llevar contabilidad.
Reducir las multas aplicables a las Micro,
Pequeña y Mediana empresas, referentes a la
obligación de llevar contabilidad, señalando
como montos compatibles con las capacidades
económica y administrativas de los
contribuyentes; de $ 870.00 a $ 8,686.00. |
11 |
Con proyecto de decreto que reforma la
fracción V del artículo 55 y los artículos
58, 62 y 91 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos,
adicionando estos preceptos, con un párrafo
que garantice el pleno cumplimiento de la
voluntad popular que se expresa en la
elección de gobernantes y representantes
populares, a través del sufragio efectivo. |
Diputado
Rafael García Tinajero
(PRD)
A nombre del Dip. Carlos
Hernán Silva Valdés (PRD) |
Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales de la Cámara de
Diputados. |
Elegibilidad |
Precisar el mecanismo y los plazos
para quienes detenten un cargo público y
deseen aspirar a otro cargo, a fin de que se
dé por terminado el primer encargo y sólo
después, en función de dicho cumplimiento se
busque el desempeño de otra responsabilidad
pública.
Señalar que los diputados de Legislaturas
Estatales, asambleístas de la Asamblea de
representantes del Distrito Federal, Jefes
Delegacionales, Presidentes Municipales,
Síndicos y Regidores de los ayuntamientos,
en funciones, no puedan ser electos en
distritos o circunscripción electorales,
correspondientes a su Entidad o
jurisdicción, ni en ninguna otra durante el
periodo de su encargo, aún cuando se separen
de sus puestos, cuando no hayan cubierto al
menos con las dos terceras partes del tiempo
de duración de dicho periodo, señalando que
satisfecha tal condición solo puedan ser
electos si se separan definitivamente de sus
cargos noventa días antes de la elección.
|
12 |
Con proyecto de decreto que reforma
el
artículo 21 del Código Civil Federal. |
Diputado
Jesús
Emilio
Martínez Álvarez
(PC)
Nota: Sin
intervención en tribuna |
Se turnó a la Comisión de Justicia y
Derechos Humanos de la Cámara de
Diputados. |
Judicial |
Determinar que para el caso de
ignorancia de las leyes los jueces teniendo
en cuenta el notorio atraso intelectual de
algunos individuos, su falta de acceso a los
medios masivos de comunicación, puedan con
base en criterios presuncionales, eximirlos
de las sanciones en que hubieren incurrido o
de ser posible, concederles un plazo para
que la cumplan.
Precisar que los jueces teniendo en cuenta
el notorio atraso intelectual de algunos
individuos, su falta de acceso a los medios
masivos de comunicación, puedan, si está de
acuerdo el Ministerio Público con base en
criterios presuncionales, eximirlos de las
sanciones en que hubieren incurrido por la
falta de cumplimiento de la ley que
ignoraban, o de ser posible, concederles un
plazo para que la cumplan; siempre que no se
trate de leyes que afecten directamente al
interés público. |
13 |
Con proyecto de decreto que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la Ley
Reglamentaria de las Fracciones I y II del
artículo 105 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Diputado
Jorge Leonel Sandoval
Figueroa
(PRI)
Nota: Sin
intervención en tribuna |
Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales de la Cámara de
Diputados. |
Constitucional /
Presupuestal |
Determinar que las resoluciones que
recaigan a controversias constitucionales
deban ser aprobadas por un número de nueve
votos.
1. Determinar que siempre que las
controversias versen sobre disposiciones
generales de los Estados o de los Municipios
impugnadas por la Federación, de los
municipios impugnadas por los Estados, y la
resolución de la Suprema Corte de Justicia
las declare inválidas, dicha resolución
tendrá efectos generales cuando hubiera sido
aprobada por una mayoría de nueve
votos.
2. Señalar que las razones contenidas
en los considerandos que funden los
resolutivos de las sentencias aprobadas por
cuando menos nueve votos, serán obligatorias
para las Salas, tribunales unitarios y
colegiados de circuito, juzgados de
distrito, tribunales militares, agrarios y
judiciales del orden común de los Estados y
del Distrito Federal, y administrativos y
del trabajo, sean éstos federales o locales. |
14 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículo 1916 Bis del Código Civil
Federal. |
Diputado
Salvador Pablo Martínez
Della Rocca
(PRD)
A nombre del Dip. Iván
García Solís (PRD) |
Se turnó a la Comisión de Justicia y
Derechos Humanos de la Cámara de
Diputados. |
Daño Moral |
Establecer que la sanción por la
reparación del daño moral a quienes ejerzan
su derecho de opinión, crítica, expresión e
información no sea por vía pecuniaria, sino
que tenga por objeto obligar al ofensor a la
retractación pública, difundida ésta en la
misma magnitud que su dicho original.
1. Señalar que no habrá reparación
del daño moral, ni sanción pecuniaria
alguna, a quien ejerza sus derechos de
opinión, crítica, expresión e información,
en los términos y con las limitaciones de
las garantías de libertad de expresión
contenida en la Constitución General de la
República.
2. Señalar que quien demande la
reparación del daño moral por
responsabilidad contractual o
extracontractual deba acreditar plenamente
la ilicitud de la conducta del demandado y
el daño que directamente le hubiere causado
tal conducta, pero ello sólo tendrá como
efecto que el obligado, publique a su costa
y en los términos que determine el juez, la
retractación del hecho difamatorio. |
15 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículo 26, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Diputado
Jesús Emilio Martínez
Álvarez
(PC)
|
Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales de la Cámara de
Diputados. |
Plan Nacional de
Desarrollo / Presupuestal |
Establecer una relación directa del
Sistema de Planeación Democrática con el
Presupuesto de Egresos de la Federación.
1. Estipular que la planeación del
Estado deba ser democrática y deba
comprender el conjunto de acciones
necesarias para precisar el diagnóstico de
los problemas nacionales, los objetivos por
alcanzar y los programas que propicien el
logro de los mismos en los términos que
determine la ley, comprender la asignación
de los recursos presupuestarios necesarios
para la ejecución de los programas, así como
el debido control del gasto público y la
evaluación de su desempeño incluyendo el de
los servidores públicos.
2. Señalar que corresponde al Ejecutivo
Federal la elaboración del Plan Nacional de
Desarrollo y los programas sectoriales, los
cuales deban someterse a la aprobación de la
Cámara de Diputados, que deba presentar a
más tardar a los 100 días naturales a partir
de la toma de posesión del Presidente de la
República.
3. Determinar que el Plan Nacional de
Desarrollo y los programas sectoriales
deberán aprobarse a más tardar al finalizar
el segundo periodo ordinario de sesiones del
año siguiente al de la toma de posesión.
4. Precisar que el titular del Ejecutivo
Federal pueda someter anualmente a la Cámara
de Diputados propuestas de modificación al
Plan Nacional de Desarrollo y a los
programas cuando las premisas de la
planeación cambien, las cuales deba
presentar al mismo tiempo que entregue los
Criterios de Política Económica del año
respectivo. |
16 |
Con proyecto de decreto que reforma
los
artículos 26, 34, 36 y 38 de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos. |
Diputado
Raúl José Mejía González
(PRI)
A nombre del Dip. Sami
David David (PRI) |
Se turnó a la Comisión de Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias de la Cámara
de Diputados. |
Parlamentario |
Establecer que al inicio de cada
periodo ordinario de sesiones, los grupos
parlamentarios presenten de manera
obligatoria una agenda de los asuntos que
habrán de ser de su interés abordar durante
el transcurso de éste previamente acordados,
para el desahogo de la agenda legislativa.
1. Señalar que en la primera sesión
de cada periodo ordinario, cada grupo
parlamentario deba presentar la agenda
legislativa que abordará durante el
transcurso de éste.
2. Determinar que el Secretario General
deba publicar los documentos constitutivos
de los grupos parlamentarios y, al inicio de
cada periodo de sesiones, la agenda
legislativa de los temas que cada uno
pretenda abordar durante el transcurso de
éste.
3. Determinar que los Grupos
Parlamentarios con base en las identidades
de sus agendas o en la comunión de sus
principios ideológicos, formulen acuerdos
que se traduzcan en la conformación de
mayorías parlamentarias que permitan sacar
avantes sus propuestas sobre todo cuando
necesiten mayorías calificadas. |
17 |
Con proyecto de decreto que adiciona un
Título Decimoséptimo Bis denominado "Delitos
Contra la Dignidad de las Personas", con los
artículos 281 Bis, 281 Ter, 281 Quater y 281
Quinqus del Código Penal Federal. |
Diputado
Rafael García Tinajero
Pérez
(PRD) |
Se turnó a la Comisión de Justicia y
Derechos Humanos de la Cámara de
Diputados. |
Penal |
Tipificar como delito la
discriminación por razones de edad, sexo,
embarazo, estado civil, raza, origen étnico
o nacional, opinión, idioma, religión,
ideología, preferencia sexual, color de
piel, condición social o económica, trabajo
o profesión, discapacidad o estado de salud.
1. Imponer pena de uno a tres años de
prisión, de cincuenta a doscientos días
multa y de veinticinco a cien días de
trabajo en favor de la comunidad al que por
razón de edad, sexo, embarazo, estado civil,
raza, origen étnico o nacional, opinión,
idioma, religión, ideología, preferencia
sexual, color de piel, origen, condición
social o económica, trabajo o profesión,
discapacidad o estado de salud, en ejercicio
de sus actividades profesionales,
mercantiles o empresariales, niegue a una
persona un servicio o una prestación a la
que tenga derecho; veje o excluya a alguna
persona y que dichas conductas ocasionen un
daño material o moral; o niegue, vulnere o
restrinja derechos laborales.
2. Señalar que al que públicamente o
mediante cualquier medio apto motivado popr
cuestiones discriminatorias para su difusión
pública incitare al odio, al desprecio o a
cualquier forma de violencia moral o física
y represente un peligro claro e inminente
contra una persona o grupo de personas se le
impondrá pena de tres a cinco años de
prisión.
3. Establecer que al que cometiera actos
de violencia física o moral por razones
motivado por cuestiones discriminatorias de
odio o de desprecio contra una persona o
grupo de personas se le impondrá pena de
seis a ocho años de prisión. |
18 |
Con proyecto de decreto que reforma
el
artículo 198 de la Ley General de
Salud, para agregarle una fracción
VI. |
Diputado
Jesús Emilio Martínez
Álvarez
(PC)
Nota: Sin
intervención en tribuna |
Se turnó a la Comisión de Salud de la
Cámara de Diputados. |
Sanitario |
Precisar que los establecimientos en los
que se lleve a cabo el proceso de
preparación y suministro de alimentos deban
contar con autorización sanitaria.
Determinar que se deba requerir autorización
sanitaria a los establecimientos en los que
se lleve a cabo el proceso de preparación y
suministro de alimentos. |
19 |
Con proyecto de decreto que adiciona el
inciso e) a la fracción I del artículo 4 y
se reforma el artículo 8 de la Ley
para el Desarrollo de la competitividad de
la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. |
Diputado
Ernesto Alarcón Trujillo
(PRI) |
Se turnó a la Comisión de Economía de
la Cámara de Diputados. |
Economía |
Establecer que las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas deban simplificar sus
trámites y requisitos para su crecimiento e
incremento de su productividad y
competitividad.
Establecer programas y apoyos en materia
crediticia, de información estratégica, de
tecnología y asistencia técnica, así como,
promover la celebración de acuerdos con los
tres niveles de gobierno para la
simplificación de trámites y requisitos y la
reducción de plazos de autorización, para la
consolidación y crecimiento de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas. |
20 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículo 55 del Código Federal de
Procedimientos Civiles. |
Diputado
Luis Maldonado Venegas
(PC)
Nota: Sin
intervención en tribuna |
Se turnó a la Comisión de Justicia y
Derechos Humanos de la Cámara de
Diputados. |
Responsabilidad de los
Servidores Públicos |
Determinar como medida disciplinaria
para el servidor público adscrito a los
órganos jurisdiccionales que cometiere
sanción derivada de su desempeño
profesional, multa entre cincuenta y cien
días de salario mínimo diario vigente, así
como suspensión de empleo hasta por treinta
días.
Establecer entre las correcciones
disciplinarias la multa, la cual oscile
entre cincuenta y cien días de salario
mínimo diario vigente para el Distrito
Federal, en razón de la gravedad de la
falta, así como suspensión de empleo hasta
por treinta días, la última sólo aplicable
al secretario y demás empleados del Tribunal
que imponga la corrección. |
21 |
Con proyecto de decreto que reforma
la Ley General para la Preservación y
Gestión Integral de los Residuos y
la Ley del Impuesto Especial Sobre
Producción y Servicios. |
Diputado
Francisco Javier Guizar
Macías
(PRI)
A nombre propio y del Dip.
Héctor Humberto Gutierrez De la Garza (PRI)
Nota: Sin
intervención en tribuna |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y
Crédito Público de la Cámara de
Diputados. |
Fiscal / Medio Ambiente |
Establecer la figura de los sistemas
integrales de gestión de residuos,
susceptibles de certificación por parte de
la autoridad ambiental federal, la cual deba
señalar los requisitos y procedimientos para
la integración de un sistema integral de
gestión de residuos, las condiciones para
que una empresa forme parte de uno de ellos,
y los mecanismos para la evaluación de los
mismos.
1. Señalar como facultades de la
Federación establecer requisitos y
procedimiento de certificación de los
sistemas integrales de gestión de residuos.
2. Determinar la aplicación de tasas a
la enajenación o importación de resina de
Tereftalato de Polietileno (PET) utilizada
para la fabricación de envases de plástico
rígido para contener bebidas de consumo
humano, el cual deba calcularse aplicándose
una cuota fija de 20 pesos por kilogramo,
modificándose anualmente en la misma
proporción que el Índice Nacional de Precios
al Consumidor. |
22 |
Con proyecto de decreto que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente, de la Ley Orgánica
del Ejercito y Fuerza Aérea Mexicanos
y de la Ley Orgánica de la Armada de
México. |
Senador
Jorge Emilio González
Martínez
(PVEM)
Suscrita por el
Diputado
Leonardo Álvarez Romo
(PVEM) |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Gobernación, de Defensa Nacional,
y Estudios Legislativos de la
Cámara de Senadores. |
Medio Ambiente |
Coadyuvar a combatir la tala ilegal,
los incendios forestales, la extracción,
tráfico y caza ilegal de especies raras o en
peligro de extinción, estableciendo cuerpos
especializados para procurarlo.
1. Crear un cuerpo federal de guardas
forestales y marinos que realicen
patrullajes continuos, e incursiones
profundas en las Áreas Naturales Protegidas
y en otros bosques, selvas, ríos, lagos,
lagunas, esteros y mares de gran importancia
ecológica para desalojar invasores de
tierras en Áreas Naturales Protegidas, y
para evitar la corrupción de autoridades
ambientales o la intimidación de éstas
2. Establecer un programa integral y de
guardas y bomberos forestales federales
dentro del Ejército Nacional. |
23 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículo 53 de la Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores Públicos
y 13 de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos. |
Diputado
Leonardo Álvarez Romo
(PVEM) |
a) Se turnó a la Comisión de
Gobernación de la Cámara de
Diputados.
b) Se instruyó su publicación en el
Diario de los Debates. |
Responsabilidad de los
servidores públicos / Medio Ambiente |
Sancionar a aquellos funcionarios, que
haciendo uso de sus atribuciones y
facultades sean omisos en el cumplimiento de
su deber o cometan negligencia al no
supervisar que la ley vigente se cumpla, o
bien que participen en actos de corrupción
que puedan permitir el deterioro de nuestros
recursos hídricos.
Se establece que las sanciones
administrativas consistirán; cuando la
inhabilitación se imponga por incumplimiento
en las disposiciones ambientales, por acto,
omisión o negligencia, será hasta que se
realice la reparación total del daño
ambiental causado. |
24 |
Con proyecto de decreto que reforma y
adiciona el artículo 55 de la Ley
Federal de Responsabilidades de los
Servidores Públicos. |
Diputado
Leonardo Álvarez Romo
(PVEM) |
Se turnó a las Comisión de Gobernación
de la Cámara de Diputados. |
Responsabilidad de los
servidores públicos / Medio Ambiente |
Sancionar el uso ineficiente del agua
y la participación en delitos ambientales,
por parte de cualquier servidor público.
Señalar que cuando un servidor público que
en el desempeño de su empleo, cargo o
comisión, negligentemente cometa por acto u
omisión algún delito ambiental, con
independencia de las sanciones previstas en
otros ordenamientos se duplique la sanción
que para dicho artículo la Ley prevé. |
25 |
Con proyecto de decreto que reforma y
adiciona el artículo 15, antepenúltimo
párrafo, de la Ley de Aviación Civil. |
Diputado
Jesús Porfirio González
Schmal
(PC)
Nota: Sin intervención
en tribuna |
Se turnó a la Comisión de Comunicaciones
de la Cámara de Diputados. |
Aviación Civil |
Explicitar que cuando un concesionario
o permisionario transgreda las medidas de
seguridad en materia de aeronavegabilidad,
no deba requerir de la acumulación de tres
sanciones para proceder a la revocación e
imposición de infracción grave.
Dotar de mayores atribuciones a la Dirección
General de Aeronáutica Civil, dependiente de
la Secretaria de Comunicaciones y
Transportes, para revocar las concesiones y
permisos cuando la línea o empresa aérea no
cumpla con los requisitos legales para la
óptima seguridad en sus operaciones. |
26 |
Con proyecto de decreto que adiciona una
fracción XXIV al artículo 47 y reforma el
artículo 55 de la Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores
Públicos. |
Diputado
Leonardo Álvarez Romo
(PVEM)
Nota: Sin intervención
en tribuna |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Gobernación y de Medio
Ambiente y Recursos Naturales de la
Cámara de Diputados. |
Responsabilidad de los
servidores públicos / Medio Ambiente |
Especificar las sanciones para los
servidores públicos que participen o
promuevan daños ambientales.
1. Establecer la obligación de los
servidores públicos de desempeñar su empleo,
cargo o comisión, cumpliendo con la máxima
diligencia de tratados, acuerdos y convenios
internacionales que en materia de Medio
Ambiente y Desarrollo Sustentable México
participe.
2. Señalar que los servidores públicos
que en el desempeño de su empleo, cargo o
comisión, negligentemente incumplan por acto
u omisión la normatividad ambiental, con
independencia de las sanciones previstas en
otros ordenamientos se duplicará la sanción
que para dicho artículo prevé la Ley |
27 |
Con proyecto de decreto por el que se expide
la Ley de Responsabilidades
Ambientales de los Servidores Públicos. |
Diputado
Leonardo Álvarez Romo
(PVEM)
Nota: Sin intervención
en tribuna |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Gobernación y de Medio Ambiente
Recursos Naturales de la Cámara de
Diputados. |
Responsabilidad de los
servidores públicos / Medio Ambiente |
Reglamentar el Título Cuarto de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de sujetos de
responsabilidad ambiental en el servicio
público; obligaciones en el servicio
público; responsabilidades y sanciones en el
servicio público, y autoridades competentes,
así como el procedimiento para aplicar
dichas sanciones.
Obligar a los funcionarios públicos a
cumplir con la normatividad ambiental y los
programas que se deriven de la misma,
observando de manera estricta las
disposiciones constitucionales y legales que
resulten aplicables en el ejercicio de sus
funciones. |
28 |
Con proyecto de decreto que adiciona una
fracción 32 Ter al artículo 194 del
Código Federal de Procedimientos Penales. |
Diputado
Leonardo Álvarez Romo
(PVEM)
Nota: Sin intervención
en tribuna |
Se turnó a la Comisión de Justicia y
Derechos Humanos de la Cámara de Diputados. |
Responsabilidad de los
servidores públicos / Medio Ambiente |
Calificar como delitos graves, los
cometidos por servidores públicos en el
desempeño de su empleo, cargo o comisión que
incumplan por acto u omisión la normatividad
ambiental.
Señalar
como delitos graves aquellos que atenten
contra el medio ambiente y que hayan sido
cometidos por servidores públicos durante el
desempeño de su empleo, cargo o comisión. |