SEGUNDO RECESO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

Datos Relevantes de la Sesión N° 13. Julio 27, 2005.

12. PRONUNCIAMIENTO

No.

Asunto

Origen

1

     Pronunciamiento para referirse al 146 Aniversario de la expedición de las leyes de matrimonio y registro civiles.

      Síntesis:

      El C. Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (PC), expresó que son muy importantes en la memoria histórica las dos leyes promulgadas por el Presidente de la República en el mes de julio de 1859; las leyes del matrimonio y las leyes de los registros civiles.

     La Ley sobre Matrimonio Civil legal y obligatorio para todos los ciudadanos mexicanos y extranjeros que contraigan matrimonio en México a partir de esa fecha, por lo cual de ese modo se fue consolidando el Estado políticamente laico y republicano y a los registros civiles.

     La legalización del matrimonio civil, realizada en la Ciudad Puerto de Veracruz, tuvo una nueva andanada de condenación por parte del clero político desplazado. Pero desde ese momento se puso observar la laicidad innata y consubstancial del pensamiento liberal del pueblo mexicano, que la acogió con firmeza y la hizo suya, por lo cual la ley obliga a los sacerdotes de cualquier culto religioso, a no casar por la liturgia respectiva, si antes los cónyuges no muestran el Acta del Registro Civil.

     La jurisprudencia posterior ha hecho ver que con la exigencia del acta de registro civil, ha dejado de repetirse la corruptela de que haya varios matrimonios por "lo civil", porque al avanzar dicha jurisprudencia se ha legislado hasta lograr que existe legalmente el delito de bigamia.

     Además de sus connotaciones sociopolíticas, la Ley del Registro Civil sobre el matrimonio, vino a comenzar la protección de los hijos y las viudas en casos del deceso del marido, porque así esa ley protege el patrimonio a heredar por los hijos legalmente registrados.

     Habiendo llegado a la equidad, en el sentido de que los hijos que no sean legítimamente registrados como hijos de matrimonio civil, aun así son reconocidos, y, se ha suprimido el concepto de bastardía, que estipulaba "hijos naturales". Esta supresión es un avance proveniente justo de la expedición de aquella Ley del Matrimonio Civil del 23 de julio de 1859.

Diputado

Jesús Emilio Martínez Álvarez (PC)

 

Nota: Sin intervención en tribuna