SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO  

Datos Relevantes de la Sesión N° 26. Abril 28, 2005.

 

7. INICIATIVAS DESECHADAS

No.

Origen

Dictamen

Turno o Trámite

1

Comisión de Gobernación

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona un inciso c) al artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, presentada por el Dip. José Juan Bárcenas González (PAN) el 29 de septiembre de 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

1. Es de reconocer el espíritu de la Iniciativa presentada por el Diputado Bárcenas González, cuyo fin es impulsar nuestro régimen federal, a través de la celebración de las fechas específicas de incorporación de cada entidad al Pacto Federal, sin embargo, la Iniciativa no desarrolla una adecuada técnica legislativa para adicionar un inciso c) al artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera e Himno Nacionales. El inciso a) del citado artículo 18, establece el catálogo de fechas donde la Bandera es izada a toda asta; el inciso b), por otro lado, señala las festividades de duelo, por lo que el Lábaro patrio ondea a media asta. La Iniciativa, al agregar un inciso c), vuelve a colocar eventos que se festejarían con la Bandera ondeando a toda asta, por lo que resultaría ocioso tener dos incisos, el a) y el c), con el mismo objetivo.

2. La Iniciativa carece de precisiones históricas.

3. La Iniciativa no hace observación alguna o contempla la derogación en el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales de la fecha del 14 de septiembre, misma que conmemora la incorporación de Chiapas al Pacto Federal.

Resolutivos:

1. No es de aprobarse la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso c) al artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales presentada por el Diputado Juan Bárcenas González, el 29 de septiembre de dos mil cuatro.

2. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

a) En votación económica se aprobaron los puntos de acuerdo.

b) La Presidencia instruyó archivar los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

2

Comisión de Gobernación

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que se declare "2004 Trigésimo Aniversario de la Creación de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo, remitida por el Congreso de Baja California Sur en sesión de la Comisión Permanente del 21 de enero de 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

En sesión plenaria de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, celebrada el día 16 de junio de 2004 se aprobó el dictamen correspondiente de la iniciativa presentada por esta Comisión de Gobernación para ser remitida al Pleno de la Cámara de Diputados, y finalmente el día 28 de septiembre de 2004, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, se aprobó el Decreto por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el día 7 de octubre de 2004, para conmemorar el Trigésimo aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo, por lo tanto esta Comisión considera que la iniciativa en estudio ha quedado sin materia.

Resolutivos:

1. No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto para que se declare "2004 Trigésimo Aniversario de la Creación de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo", por haber quedado sin materia.

2. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

3

Comisión de Gobernación

Punto de acuerdo por el que no se aprueban las siguientes iniciativas:

1. Iniciativa de Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado presentada por el Diputado Amador Rodríguez Lozano a nombre de diputados independientes e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, PRD, PVEM, PT Y PAS Y PC el 29 de noviembre de 2001 (LVIII Legislatura).

2. Iniciativa de Ley de Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública Federal presentada por el Diputado Jaime Salazar Silva (PAN) el 29 de octubre de 2002 (LVIII Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

1. Que con la aprobación y entrada en vigor de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado se atienden los objetivos y propuestas que los diputados Amador Rodríguez Lozano y Jaime Salazar Silva plantearon en sus iniciativas de ley.

2. Esta Comisión de Gobernación celebra que el Poder Legislativo se haya pronunciado a favor de crear un marco legal para que los ciudadanos puedan hacer efectivo su derecho a ser indemnizados por el Estado cuando éste por omisión, negligencia o incompetencia dañe o lesione su patrimonio, cumpliendo así con sus obligaciones constitucionales.

Resolutivos:

1. No es de aprobarse la Iniciativa de Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado presentada por el Diputado Amador Rodríguez Lozano el día 29 de noviembre del 2001, al quedar sin materia en virtud de la aprobación y entrada en vigor de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.

2. No es de aprobarse la Iniciativa de Ley de Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública Federal presentada por el Diputado Jaime Salazar Silva el día 29 de octubre del 2002, al quedar sin materia en virtud de la aprobación y entrada en vigor de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.

3. Archívense los expedientes como asuntos total y definitivamente concluidos.

4

Comisión de Gobernación

Puntos de acuerdo por los que no se aprueban las siguientes iniciativas:

1. Iniciativa que reforma el párrafo único y se adiciona un segundo párrafo al artículo 7 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, presentada por el Dip. Germán Arturo Pellegrini (PAN) el 30 de octubre del 2001 (LVIII Legislatura).

2. Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, presentada por los diputados Augusto Gómez Villanueva y José Elías Romero Apis, integrantes del Grupo Parlamentario del PRI el 10 de julio del 2002 (LVIII Legislatura).

3. Iniciativa que adiciona un artículo 50 Bis a la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, presentada por el Congreso del Estado de Jalisco el 4 de febrero del 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

Que las iniciativas objeto del presente dictamen comparten el mismo propósito que es establecer prohibiciones de actividades que a juicio de los iniciadores podrían representar un uso indebido del Escudo, la Bandera o sus colores o el Himno Nacionales, como son aquellas que persiguen fines partidistas, religiosos, ideológicos o para provecho particular.

Resolutivos:

1. No es de aprobarse la Iniciativa que reforma el párrafo único y adiciona un segundo párrafo al artículo 7 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales presentada por el Diputado Germán Arturo Pellegrini Pérez el día 30 de octubre del 2001.

2. No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales presentada por los Diputados Augusto Gómez Villanueva y José Elías Romero Apis el día 10 de julio del 2002.

3. No es de aprobarse la Iniciativa que adiciona un artículo 50 bis a la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales presentada por el Congreso del Estado de Jalisco el día 4 de febrero del 2004.

4. Archívense los expedientes como asuntos total y definitivamente concluidos.

5

Comisión de Gobernación

Puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa por la que se instituye el día 30 de septiembre de cada año como fecha conmemorativa nacional del natalicio del Generalísimo José María Morelos y Pavón, remitida por el Congreso del Estado de Michoacán el 7 de septiembre de 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

Los ordenamientos de nuestro país ya contemplan la conmemoración del nacimiento de José María Morelos y Pavón, el 30 de septiembre, festividad donde la Bandera es izada a toda asta en edificios públicos. De la misma manera, las autoridades del Sistema Educativo Nacional, ya promueven la realización de actos cívicos que rinden el justo tributo a este gran Insurgente continuador de la lucha por la Independencia.

Resolutivos:

1. No es de aprobarse la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se instituye como fecha conmemorativa nacional la del natalicio del Generalísimo José María Morelos y Pavón el día 30 de septiembre de cada año, presentada por el H. Congreso del Estado de Michoacán por considerarse sin materia.

2. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

6

Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores, y de Gobernación

Puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que adiciona un artículo 12 a la Ley sobre la Celebración de Tratados, presentada por el Dip. José Manuel Medellín Milán (PRI) el 11 de abril de 2002 (LVIII Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

1. La ley de celebración de Tratados norma las condiciones generales bajo las cuales se signa un Tratado o un acuerdo interinstitucional pero nunca formula disposiciones específicas sobre el contenido de los mismos. No es en la ley de celebración de Tratados donde sería pertinente una disposición de esta naturaleza.

2. Si el interés del proyecto de decreto era el de imponer regulaciones a los pagos derivados de compromisos internacionales, parecería más pertinente un decreto con adición a otras leyes federales como la Ley general de Deuda Pública y la Ley para regular las agrupaciones financieras, para mencionar solo algunas de las ocupadas de estos temas.

Resolutivos:

1. Se deshecha la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 12 a la Ley sobre la Celebración de Tratados.

2. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

7

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 15 de la Ley del Seguro Social presentada por el Congreso del Estado de Jalisco el 29 de octubre de 2002 (LVIII Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

1. La iniciativa no aporta nuevos elementos para hacer más eficaz las labores de recaudación y fiscalización encomendadas al Instituto Mexicano del Seguro Social.

2. Establecer al municipio como corresponsable de una obligación que la Ley del Seguro Social deposita en el patrón no garantiza un mejor cumplimiento de las obligaciones de éste, y lo anterior es más cierto en la medida en que la iniciativa no prevé plazos para que los municipios cumplan esta nueva obligación ni sanciones en el caso de que no la efectúen.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 15 de la Ley del Seguro Social, presentada por el H. Congreso del Estado de Jalisco, el 29 de octubre de 2002.

8

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 145 y 170 de la Ley del Seguro Social presentada por el Congreso del Estado de Jalisco en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 27 de septiembre de 2001 (LVIII Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

La iniciativa de reforma propuesta no se considera una opción viable ni justificada para el propósito de mejorar las pensiones del seguro de invalidez y vida y las pensiones en curso de pago previstas en el artículo 170 de la Ley del Seguro Social vigente desde el 1 de julio de 1997.

Resolutivos Único:

No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 145 y 170 de la Ley del Seguro Social, presentada por el H. Congreso de Jalisco, el 27 de septiembre de 2001.

9

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa proyecto de Decreto por el que se reforman los párrafos primero y quinto del artículo 15 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada por el Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel (PRD) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 21 de noviembre de 2002 (LVIII Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

Las comisiones no consideran oportuno incrementar el máximo establecido en la ley actual de 10 a 25 veces la cantidad equivalente a un salario mínimo vigente en el Distrito Federal tanto para las cotizaciones como para los seguros y prestaciones que otorga el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como integrar las prestaciones que se hayan entregado en forma general y permanente al trabajador durante los últimos 5 años, en el caso de sueldos y 3 años para pensiones, subsidios y préstamos. En razón de que aunque pudiera reportar mayores beneficios a los derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, representa sólo una solución parcial.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los párrafos primero y quinto del artículo 15 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada por el diputado Cuauhtémoc Montero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 21 de noviembre de 2002.

10

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo décimo bis transitorio a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada por la Dip. Rosalía Peredo Aguilar (PT) a nombre propio y del Dip. Alberto Anaya Gutiérrez (PT) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 28 de abril de 2003 (LVIII Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

1. La Iniciativa propone adicionar un artículo transitorio a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para que el Instituto pueda renegociar con las dependencias y organismos incorporados al régimen obligatorio, el pago de aportaciones y cuotas adeudadas.

2. La iniciativa de mérito no corresponde con los procesos de negociación de los adeudos con organismos incorporados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, dado que las facultades para renegociar y hacer cumplir estas obligaciones demandan una propuesta legislativa integral que atienda además la facultad de disponer de recursos que garanticen el pago de los adeudos y demás principios de publicidad, certidumbre y transparencia en el caso de nuevas incorporaciones.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un artículo décimo bis transitorio a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada por la diputada Rosalía Peredo Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, el 28 de abril de 2003.

11

Comisión de Marina

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 2 de la Ley de Navegación, presentada por el Dip. Manuel Velasco Coello (PVEM) a nombre de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM el 16 de marzo de 2005 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

No es viable aprobar en virtud de que la definición que proponen de navegación es inadecuada.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la iniciativa que reforma el artículo 2º de la Ley de Navegación que presenta el Diputado Manuel Velasco Coello a nombre de diversos diputados pertenecientes al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en virtud de que la definición que proponen de navegación es inadecuada y no atiende a la práctica que se observa en esa actividad, siendo más conveniente la contenida en el texto en vigor.

12

Comisión de Marina

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el último párrafo del artículo 2° de la Ley de Navegación presentada por el Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM) el 28 de febrero de 2005 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

Considera que la iniciativa no atiende a las normas de derecho internacional contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la iniciativa que reforma el artículo 2º de la Ley de Navegación que presenta el Diputado Jorge Kahwagi Macari a nombre de diversos diputados pertenecientes al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en virtud de que no atiende a las normas de derecho internacional contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

13

Comisión de Marina

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona la fracción III al artículo 38 de Ley de Ascensos de la Armada de México, presentada por el Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM) a nombre de los Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM el 26 de octubre de 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

No es de aprobarse en virtud de que se refiere a un ordenamiento legal que fue abrogado por la Ley de Ascensos de la Armada de México publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de junio de 2004.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la iniciativa que adiciona la fracción III al artículo 38 de la Ley de Ascensos de la Armada de México que presentan diversos diputados pertenecientes al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en virtud de que se refiere a un ordenamiento legal que fue abrogado por la Ley de Ascensos de la Armada de México publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de junio de 2004.

14

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que Reforma los artículos 4, 8, 9, 12, 14, 17, 33, 37, 40, 43, 48, 51, 53, 54, 55, 59, 66, 75 y 77; y adiciona los artículos 33, 35 Bis, 37 y 51 de la Ley General de Educación, remitida por el Ejecutivo Federal el 13 de abril de 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

1. La adecuación de la Ley General de Educación a la Reforma de noviembre de 2002 al Artículo tercero Constitucional que incluye del nivel preescolar en la educación básica constitucionalmente obligatorio, ha sido aprobado por el Congreso de la Unión y publicado por el Ejecutivo Federal, por lo que resulta innecesario volver a legislar sobre la materia.

2. Las reformas propuestas con relación al régimen de este nivel educativo, que no tienen relación directa con el asunto principal de la Iniciativa, contienen disposiciones que al aprobarse, haría nugatorio el mandato constitucional, y en otros casos dificultarían la marcha del sistema educativo en o que tiene que ver con la educación básica.

3. El Consejo de Autoridades Educativas es una instancia que funciona regularmente como órgano consultor de la Secretaría de Educación Pública, y como tal, es un tema administrativo del que no hay razón para incorporarlo a ordenamiento legal, toda vez que, de hacerlo, podría convertirse en instrumento para la dispersión de la responsabilidad de las decisiones educativas.

Resolutivos:

1. No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto que Se Reforman los artículos 4°; 8°, primer párrafo; 9°; 12, fracciones I, II, IV, V y VII; 13, fracciones II, III, V y VI; 14, fracción IV; 17; 33, fracción XIII; 37, primer párrafo; 40; 43; 48, primer párrafo; 51, primer párrafo; 53, primer párrafo; 54, segundo párrafo; 55, fracción III; 59, segundo párrafo; 66, fracción I; 75, fracciones IV y V; 77, fracción III, y adicionan a los artículos 33, una fracción XIV; 35 Bis; 37, un segundo y tercer párrafos, pasando los actuales segundo y tercero párrafos a ser cuarto y quinto párrafos, respectivamente y 51, un segundo párrafo, pasando el actual segundo párrafo a ser tercer párrafo de la Ley General de Educación, presentada por el Ejecutivo Federal, el 13 de abril de 2004.

2. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

15

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción IVdel artículo 65 y el primer párrafo de la fracción II del artículo 67, y adiciona dos párrafos al artículo 6o. y dos párrafos al artículo 67 de la Ley General de Educación, presentada por el Dip. Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez (PAN) el 23 de noviembre de 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

1. El asunto de la Iniciativa y el contenido del Proyecto de Decreto se contraponen con el contenido del primer párrafo del Artículo 3º Constitucional.

2. Son contradictorios y repetitivos con los artículos 2º y 6º de la Ley General de Educación.

3. Abordan temas establecidos reglamentariamente por el poder administrativo del Estado y por las propias entidades que se intenta regular.

Resolutivos:

1. No es de aprobarse la iniciativa con Proyecto de Decreto que Se Reforman la fracción IV al artículo 65; el primer párrafo, la fracción II y se adicionan dos párrafos al artículo 67; se adicionan dos párrafos al artículo 6o. a la Ley General de Educación, presentada por el Diputado Guillermo Tamborrel Suárez, el 23 de noviembre de 2004.

2. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

16

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 25 de la Ley General de Educación, presentada por la Dip. Alejandra Méndez Salorio (PVEM) el 11 de diciembre de 2003 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

El motivo de la iniciativa para que en la asignación de los recursos del presupuesto educativo en cada uno de los niveles, se de continuidad y concatenación entre los mismos y se otorgue una beca universal a estudiantes de las escuelas públicas de educación media superior, se encuentra ya regulado en la ley según la reforma que fue aprobada el 30 de noviembre de 2004 en la Cámara de Diputados y de igual manera fue aprobado el 7 de diciembre del mismo año por la Cámara de Senadores, en la cual coincide plenamente con el propósito que inspira esta Iniciativa y que ya ha sido publicada el 4 de enero de 2005 en el Diario Oficial de la Federación.

Resolutivos:

1. No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el primer párrafo del artículo 25 de la Ley General de Educación, presentada por la Diputada Alejandra Méndez Salorio, el 11 de diciembre de 2003.

2. Archívese el expediente como total y definitivamente concluido.

17

Comisión de Seguridad Pública

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. y adiciona el artículo 17 bis a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, presentada por el Dip. Jorge Legorreta Ordorica (PVEM) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 20 de abril de 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la Comisión

Se estimó que dicha iniciativa contraviene lo dispuesto por el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo párrafo segundo dispone que "Los gobiernos de la Federación y de los Estados organizarán el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios para la readaptación social del delincuente..."; es decir, que las reformas y adiciones que propone la iniciativa son inconstitucionales, toda vez que no puede ni debe incorporarse a la legislación secundaria, ningún otro medio distinto al trabajo, la capacitación y la educación para la readaptación social del delincuente, en tanto permanezca vigente y en sus términos este dispositivo constitucional.

Resolutivos:

1. Se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 2º y adiciona el artículo 17 bis a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

2. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y envíese el expediente de la presente iniciativa como asunto total y definitivamente concluido al archivo de la oficina administrativa correspondiente de esta Honorable Cámara de Diputados.