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SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL
SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO
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Datos
Relevantes de la Sesión N° 26. Abril 28,
2005.
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7. INICIATIVAS DESECHADAS
No. |
Origen |
Dictamen |
Turno o Trámite |
1 |
Comisión de Gobernación |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba
la iniciativa que adiciona un inciso c) al
artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la
Bandera y el Himno Nacionales, presentada
por el Dip. José Juan Bárcenas González
(PAN) el 29 de septiembre de 2004 (LIX
Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
1. Es de reconocer el espíritu de la
Iniciativa presentada por el Diputado
Bárcenas González, cuyo fin es impulsar
nuestro régimen federal, a través de la
celebración de las fechas específicas de
incorporación de cada entidad al Pacto
Federal, sin embargo, la Iniciativa no
desarrolla una adecuada técnica legislativa
para adicionar un inciso c) al artículo 18
de la Ley sobre el Escudo, la Bandera e
Himno Nacionales. El inciso a) del citado
artículo 18, establece el catálogo de fechas
donde la Bandera es izada a toda asta; el
inciso b), por otro lado, señala las
festividades de duelo, por lo que el Lábaro
patrio ondea a media asta. La Iniciativa, al
agregar un inciso c), vuelve a colocar
eventos que se festejarían con la Bandera
ondeando a toda asta, por lo que resultaría
ocioso tener dos incisos, el a) y el c), con
el mismo objetivo.
2. La Iniciativa carece de
precisiones históricas.
3. La Iniciativa no hace observación
alguna o contempla la derogación en el
inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el
Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales de
la fecha del 14 de septiembre, misma que
conmemora la incorporación de Chiapas al
Pacto Federal.
Resolutivos:
1. No es de aprobarse la Iniciativa con
proyecto de decreto por el que se adiciona
un inciso c) al artículo 18 de la Ley sobre
el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
presentada por el Diputado Juan Bárcenas
González, el 29 de septiembre de dos mil
cuatro.
2. Archívese el expediente como asunto
total y definitivamente concluido. |
a) En votación
económica se aprobaron los puntos de
acuerdo.
b) La Presidencia
instruyó archivar los expedientes como
asuntos totalmente concluidos.
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2 |
Comisión de Gobernación |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa que se declare "2004 Trigésimo
Aniversario de la Creación de los Estados de
Baja California Sur y Quintana Roo, remitida
por el Congreso de Baja California Sur en
sesión de la Comisión Permanente del 21 de
enero de 2004 (LIX Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
En sesión plenaria de la Comisión de
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias,
celebrada el día 16 de junio de 2004 se
aprobó el dictamen correspondiente de la
iniciativa presentada por esta Comisión de
Gobernación para ser remitida al Pleno de la
Cámara de Diputados, y finalmente el día 28
de septiembre de 2004, en sesión ordinaria
de la Cámara de Diputados, se aprobó el
Decreto por el que se convoca a una sesión
solemne de la Cámara de Diputados del H.
Congreso de la Unión el día 7 de octubre de
2004, para conmemorar el Trigésimo
aniversario de la creación de los estados de
Baja California Sur y Quintana Roo, por lo
tanto esta Comisión considera que la
iniciativa en estudio ha quedado sin
materia.
Resolutivos:
1. No es de aprobarse la Iniciativa con
Proyecto de Decreto para que se declare
"2004 Trigésimo Aniversario de la Creación
de los Estados de Baja California Sur y
Quintana Roo", por haber quedado sin
materia.
2. Archívese el expediente como asunto
total y definitivamente concluido.
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3 |
Comisión de Gobernación |
Punto de acuerdo por el que no se aprueban
las siguientes iniciativas:
1. Iniciativa de Ley Federal de
Responsabilidad Patrimonial del Estado
presentada por el Diputado Amador Rodríguez
Lozano a nombre de diputados independientes
e integrantes de los Grupos Parlamentarios
del PRI, PRD, PVEM, PT Y PAS Y PC el 29 de
noviembre de 2001 (LVIII Legislatura).
2. Iniciativa de Ley de Responsabilidad
Patrimonial de la Administración Pública
Federal presentada por el Diputado Jaime
Salazar Silva (PAN) el 29 de octubre de 2002
(LVIII Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
1. Que con la aprobación y entrada en
vigor de la Ley de Responsabilidad
Patrimonial del Estado se atienden los
objetivos y propuestas que los diputados
Amador Rodríguez Lozano y Jaime Salazar
Silva plantearon en sus iniciativas de ley.
2. Esta Comisión de Gobernación celebra
que el Poder Legislativo se haya pronunciado
a favor de crear un marco legal para que los
ciudadanos puedan hacer efectivo su derecho
a ser indemnizados por el Estado cuando éste
por omisión, negligencia o incompetencia
dañe o lesione su patrimonio, cumpliendo así
con sus obligaciones constitucionales.
Resolutivos:
1. No es de aprobarse la Iniciativa
de Ley Federal de Responsabilidad
Patrimonial del Estado presentada por el
Diputado Amador Rodríguez Lozano el día 29
de noviembre del 2001, al quedar sin materia
en virtud de la aprobación y entrada en
vigor de la Ley Federal de Responsabilidad
Patrimonial del Estado.
2. No es de aprobarse la Iniciativa
de Ley de Responsabilidad Patrimonial de la
Administración Pública Federal presentada
por el Diputado Jaime Salazar Silva el día
29 de octubre del 2002, al quedar sin
materia en virtud de la aprobación y entrada
en vigor de la Ley Federal de
Responsabilidad Patrimonial del Estado.
3. Archívense los expedientes como
asuntos total y definitivamente concluidos.
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4 |
Comisión de Gobernación |
Puntos de
acuerdo por los que no se aprueban las
siguientes iniciativas:
1. Iniciativa que reforma el párrafo único y
se adiciona un segundo párrafo al artículo 7
de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el
Himno Nacionales, presentada por el Dip.
Germán Arturo Pellegrini (PAN) el 30 de
octubre del 2001 (LVIII Legislatura).
2. Iniciativa con Proyecto de Decreto que
reforma la Ley sobre el Escudo, la Bandera y
el Himno Nacionales, presentada por los
diputados Augusto Gómez Villanueva y José
Elías Romero Apis, integrantes del Grupo
Parlamentario del PRI el 10 de julio del
2002 (LVIII Legislatura).
3. Iniciativa que adiciona un artículo 50
Bis a la Ley sobre el Escudo, la Bandera y
el Himno Nacionales, presentada por el
Congreso del Estado de Jalisco el 4 de
febrero del 2004 (LIX Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
Que las iniciativas objeto del presente
dictamen comparten el mismo propósito que es
establecer prohibiciones de actividades que
a juicio de los iniciadores podrían
representar un uso indebido del Escudo, la
Bandera o sus colores o el Himno Nacionales,
como son aquellas que persiguen fines
partidistas, religiosos, ideológicos o para
provecho particular.
Resolutivos:
1. No es de aprobarse la Iniciativa que
reforma el párrafo único y adiciona un
segundo párrafo al artículo 7 de la Ley
sobre el Escudo, la Bandera y el Himno
Nacionales presentada por el Diputado Germán
Arturo Pellegrini Pérez el día 30 de octubre
del 2001.
2. No es de aprobarse la Iniciativa
con Proyecto de Decreto que reforma la Ley
sobre el Escudo, la Bandera y el Himno
Nacionales presentada por los Diputados
Augusto Gómez Villanueva y José Elías Romero
Apis el día 10 de julio del 2002.
3. No es de aprobarse la Iniciativa
que adiciona un artículo 50 bis a la Ley
sobre el Escudo, la Bandera y el Himno
Nacionales presentada por el Congreso del
Estado de Jalisco el día 4 de febrero del
2004.
4. Archívense los expedientes como
asuntos total y definitivamente concluidos.
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5 |
Comisión de Gobernación |
Puntos de acuerdo por los que no se aprueba
la iniciativa por la que se instituye el día
30 de septiembre de cada año como fecha
conmemorativa nacional del natalicio del
Generalísimo José María Morelos y Pavón,
remitida por el Congreso del Estado de
Michoacán el 7 de septiembre de 2004 (LIX
Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
Los ordenamientos de nuestro país ya
contemplan la conmemoración del nacimiento
de José María Morelos y Pavón, el 30 de
septiembre, festividad donde la Bandera es
izada a toda asta en edificios públicos. De
la misma manera, las autoridades del Sistema
Educativo Nacional, ya promueven la
realización de actos cívicos que rinden el
justo tributo a este gran Insurgente
continuador de la lucha por la
Independencia.
Resolutivos:
1. No es de aprobarse la Iniciativa con
proyecto de decreto por el que se instituye
como fecha conmemorativa nacional la del
natalicio del Generalísimo José María
Morelos y Pavón el día 30 de septiembre de
cada año, presentada por el H. Congreso del
Estado de Michoacán por considerarse sin
materia.
2. Archívese el expediente como
asunto total y definitivamente concluido.
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6 |
Comisiones Unidas de
Relaciones Exteriores, y de Gobernación |
Puntos de acuerdo por los que no se aprueba
la iniciativa que adiciona un artículo 12 a
la Ley sobre la Celebración de Tratados,
presentada por el Dip. José Manuel Medellín
Milán (PRI) el 11 de abril de 2002 (LVIII
Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
1. La ley de celebración de Tratados
norma las condiciones generales bajo las
cuales se signa un Tratado o un acuerdo
interinstitucional pero nunca formula
disposiciones específicas sobre el contenido
de los mismos. No es en la ley de
celebración de Tratados donde sería
pertinente una disposición de esta
naturaleza.
2. Si el interés del proyecto de
decreto era el de imponer regulaciones a los
pagos derivados de compromisos
internacionales, parecería más pertinente un
decreto con adición a otras leyes federales
como la Ley general de Deuda Pública y la
Ley para regular las agrupaciones
financieras, para mencionar solo algunas de
las ocupadas de estos temas.
Resolutivos:
1. Se deshecha la Iniciativa con
proyecto de decreto que adiciona un artículo
12 a la Ley sobre la Celebración de
Tratados.
2. Archívese el asunto como total y
definitivamente concluido.
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7 |
Comisiones Unidas de
Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad
Social |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa que adiciona un párrafo al
artículo 15 de la Ley del Seguro Social
presentada por el Congreso del Estado de
Jalisco el 29 de octubre de 2002 (LVIII
Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
1. La iniciativa no aporta nuevos
elementos para hacer más eficaz las labores
de recaudación y fiscalización encomendadas
al Instituto Mexicano del Seguro Social.
2. Establecer al municipio como
corresponsable de una obligación que la Ley
del Seguro Social deposita en el patrón no
garantiza un mejor cumplimiento de las
obligaciones de éste, y lo anterior es más
cierto en la medida en que la iniciativa no
prevé plazos para que los municipios cumplan
esta nueva obligación ni sanciones en el
caso de que no la efectúen.
Resolutivo Único:
No es de aprobarse la Iniciativa con
Proyecto de Decreto por el que se adiciona
un párrafo al artículo 15 de la Ley del
Seguro Social, presentada por el H. Congreso
del Estado de Jalisco, el 29 de octubre de
2002. |
8 |
Comisiones Unidas de
Trabajo y Previsión Social y de Seguridad
Social |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa que reforma los artículos 145 y
170 de la Ley del Seguro Social presentada
por el Congreso del Estado de Jalisco en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 27 de septiembre de 2001 (LVIII
Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
La iniciativa de reforma propuesta no se
considera una opción viable ni justificada
para el propósito de mejorar las pensiones
del seguro de invalidez y vida y las
pensiones en curso de pago previstas en el
artículo 170 de la Ley del Seguro Social
vigente desde el 1 de julio de 1997.
Resolutivos Único:
No es de aprobarse la Iniciativa con
Proyecto de Decreto por el que se reforman
los artículos 145 y 170 de la Ley del Seguro
Social, presentada por el H. Congreso de
Jalisco, el 27 de septiembre de 2001. |
9 |
Comisiones Unidas de
Trabajo y Previsión Social y de Seguridad
Social |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa proyecto de Decreto por el que se
reforman los párrafos primero y quinto del
artículo 15 de la Ley del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado, presentada por el
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel (PRD) en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 21 de noviembre de 2002 (LVIII
Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
Las comisiones no consideran oportuno
incrementar el máximo establecido en la ley
actual de 10 a 25 veces la cantidad
equivalente a un salario mínimo vigente en
el Distrito Federal tanto para las
cotizaciones como para los seguros y
prestaciones que otorga el Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado, así como integrar
las prestaciones que se hayan entregado en
forma general y permanente al trabajador
durante los últimos 5 años, en el caso de
sueldos y 3 años para pensiones, subsidios y
préstamos. En razón de que aunque
pudiera reportar mayores beneficios a los
derechohabientes del Instituto de Seguridad
y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado, representa sólo una solución
parcial.
Resolutivo Único:
No es de aprobarse la Iniciativa con
Proyecto de Decreto por el que se reforman
los párrafos primero y quinto del artículo
15 de la Ley del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado, presentada por el diputado
Cuauhtémoc Montero Esquivel, del Grupo
Parlamentario del Partido de la Revolución
Democrática, el 21 de noviembre de 2002.
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10 |
Comisiones Unidas de
Trabajo y Previsión Social y de Seguridad
Social |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa con proyecto de decreto por el
que se adiciona un artículo décimo bis
transitorio a la Ley del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado, presentada por la
Dip. Rosalía Peredo Aguilar (PT) a nombre
propio y del Dip. Alberto Anaya Gutiérrez (PT)
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 28 de abril de 2003 (LVIII
Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
1. La Iniciativa propone adicionar un
artículo transitorio a la Ley del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado para que el
Instituto pueda renegociar con las
dependencias y organismos incorporados al
régimen obligatorio, el pago de aportaciones
y cuotas adeudadas.
2. La iniciativa de mérito no
corresponde con los procesos de negociación
de los adeudos con organismos incorporados
al Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado,
dado que las facultades para renegociar y
hacer cumplir estas obligaciones demandan
una propuesta legislativa integral que
atienda además la facultad de disponer de
recursos que garanticen el pago de los
adeudos y demás principios de publicidad,
certidumbre y transparencia en el caso de
nuevas incorporaciones.
Resolutivo Único:
No es de aprobarse la Iniciativa con
Proyecto de Decreto por el que se adiciona
un artículo décimo bis transitorio a la Ley
del Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado,
presentada por la diputada Rosalía Peredo
Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido
del Trabajo, el 28 de abril de 2003.
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11 |
Comisión de Marina |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa que reforma el artículo 2 de la
Ley de Navegación, presentada por el Dip.
Manuel Velasco Coello (PVEM) a nombre de
diversos diputados integrantes del Grupo
Parlamentario del PVEM el 16 de marzo de
2005 (LIX Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
No es viable aprobar en virtud de que la
definición que proponen de navegación es
inadecuada.
Resolutivo Único:
No es de aprobarse la iniciativa que
reforma el artículo 2º de la Ley de
Navegación que presenta el Diputado Manuel
Velasco Coello a nombre de diversos
diputados pertenecientes al Grupo
Parlamentario del Partido Verde Ecologista
de México en virtud de que la definición que
proponen de navegación es inadecuada y no
atiende a la práctica que se observa en esa
actividad, siendo más conveniente la
contenida en el texto en vigor. |
12 |
Comisión de Marina |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa que reforma el último párrafo del
artículo 2° de la Ley de Navegación
presentada por el Dip. Jorge Antonio Kahwagi
Macari (PVEM) el 28 de febrero de 2005 (LIX
Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
Considera que la iniciativa no atiende a las
normas de derecho internacional contenidas
en la Convención de las Naciones Unidas
sobre el Derecho del Mar.
Resolutivo Único:
No es de aprobarse la iniciativa que reforma
el artículo 2º de la Ley de Navegación que
presenta el Diputado Jorge Kahwagi Macari a
nombre de diversos diputados pertenecientes
al Grupo Parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México en virtud de que no
atiende a las normas de derecho
internacional contenidas en la Convención de
las Naciones Unidas sobre el Derecho del
Mar. |
13 |
Comisión de Marina |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa que adiciona la fracción III al
artículo 38 de Ley de Ascensos de la Armada
de México, presentada por el Dip. Jorge
Antonio Kahwagi Macari (PVEM) a nombre de
los Diputados integrantes del Grupo
Parlamentario del PVEM el 26 de octubre de
2004 (LIX Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
No es de aprobarse en virtud de que se
refiere a un ordenamiento legal que fue
abrogado por la Ley de Ascensos de la Armada
de México publicada en el Diario Oficial de
la Federación el día 25 de junio de 2004.
Resolutivo Único:
No es de aprobarse la iniciativa que
adiciona la fracción III al artículo 38 de
la Ley de Ascensos de la Armada de México
que presentan diversos diputados
pertenecientes al Grupo Parlamentario del
Partido Verde Ecologista de México en virtud
de que se refiere a un ordenamiento legal
que fue abrogado por la Ley de Ascensos de
la Armada de México publicada en el Diario
Oficial de la Federación el día 25 de junio
de 2004.
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14 |
Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa que Reforma los artículos 4, 8,
9, 12, 14, 17, 33, 37, 40, 43, 48, 51, 53,
54, 55, 59, 66, 75 y 77; y adiciona los
artículos 33, 35 Bis, 37 y 51 de la Ley
General de Educación, remitida por el
Ejecutivo Federal el 13 de abril de 2004 (LIX
Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
1. La adecuación de la Ley General de
Educación a la Reforma de noviembre de 2002
al Artículo tercero Constitucional que
incluye del nivel preescolar en la educación
básica constitucionalmente obligatorio, ha
sido aprobado por el Congreso de la Unión y
publicado por el Ejecutivo Federal, por lo
que resulta innecesario volver a legislar
sobre la materia.
2. Las reformas propuestas con
relación al régimen de este nivel educativo,
que no tienen relación directa con el asunto
principal de la Iniciativa, contienen
disposiciones que al aprobarse, haría
nugatorio el mandato constitucional, y en
otros casos dificultarían la marcha del
sistema educativo en o que tiene que ver con
la educación básica.
3. El Consejo de Autoridades
Educativas es una instancia que funciona
regularmente como órgano consultor de la
Secretaría de Educación Pública, y como tal,
es un tema administrativo del que no hay
razón para incorporarlo a ordenamiento
legal, toda vez que, de hacerlo, podría
convertirse en instrumento para la
dispersión de la responsabilidad de las
decisiones educativas.
Resolutivos:
1. No es de aprobarse la Iniciativa con
Proyecto de Decreto que Se Reforman los
artículos 4°; 8°, primer párrafo; 9°; 12,
fracciones I, II, IV, V y VII; 13,
fracciones II, III, V y VI; 14, fracción IV;
17; 33, fracción XIII; 37, primer párrafo;
40; 43; 48, primer párrafo; 51, primer
párrafo; 53, primer párrafo; 54, segundo
párrafo; 55, fracción III; 59, segundo
párrafo; 66, fracción I; 75, fracciones IV y
V; 77, fracción III, y adicionan a los
artículos 33, una fracción XIV; 35 Bis; 37,
un segundo y tercer párrafos, pasando los
actuales segundo y tercero párrafos a ser
cuarto y quinto párrafos, respectivamente y
51, un segundo párrafo, pasando el actual
segundo párrafo a ser tercer párrafo de la
Ley General de Educación, presentada por el
Ejecutivo Federal, el 13 de abril de 2004.
2. Archívese el expediente como asunto
total y definitivamente concluido.
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15 |
Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa con proyecto de decreto que
reforma la fracción IVdel artículo 65 y el
primer párrafo de la fracción II del
artículo 67, y adiciona dos párrafos al
artículo 6o. y dos párrafos al artículo 67
de la Ley General de Educación, presentada
por el Dip. Guillermo Enrique Marcos
Tamborrel Suárez (PAN) el 23 de noviembre de
2004 (LIX Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
1. El asunto de la Iniciativa y el
contenido del Proyecto de Decreto se
contraponen con el contenido del primer
párrafo del Artículo 3º Constitucional.
2. Son contradictorios y repetitivos
con los artículos 2º y 6º de la Ley General
de Educación.
3. Abordan temas establecidos
reglamentariamente por el poder
administrativo del Estado y por las propias
entidades que se intenta regular.
Resolutivos:
1. No es de aprobarse la iniciativa con
Proyecto de Decreto que Se Reforman la
fracción IV al artículo 65; el primer
párrafo, la fracción II y se adicionan dos
párrafos al artículo 67; se adicionan dos
párrafos al artículo 6o. a la Ley General de
Educación, presentada por el Diputado
Guillermo Tamborrel Suárez, el 23 de
noviembre de 2004.
2. Archívese el expediente como
asunto total y definitivamente concluido.
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16 |
Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa con proyecto de decreto que
reforma el primer párrafo del artículo 25 de
la Ley General de Educación, presentada por
la Dip. Alejandra Méndez Salorio (PVEM) el
11 de diciembre de 2003 (LIX Legislatura).
Consideraciones de la Comisión:
El motivo de la iniciativa para que en la
asignación de los recursos del presupuesto
educativo en cada uno de los niveles, se de
continuidad y concatenación entre los mismos
y se otorgue una beca universal a
estudiantes de las escuelas públicas de
educación media superior, se encuentra ya
regulado en la ley según la reforma que fue
aprobada el 30 de noviembre de 2004 en la
Cámara de Diputados y de igual manera fue
aprobado el 7 de diciembre del mismo año por
la Cámara de Senadores, en la cual coincide
plenamente con el propósito que inspira esta
Iniciativa y que ya ha sido publicada el 4
de enero de 2005 en el Diario Oficial de la
Federación.
Resolutivos:
1. No es de aprobarse la Iniciativa con
Proyecto de Decreto que reforma el primer
párrafo del artículo 25 de la Ley General de
Educación, presentada por la Diputada
Alejandra Méndez Salorio, el 11 de diciembre
de 2003.
2. Archívese el expediente como total y
definitivamente concluido.
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17 |
Comisión de Seguridad
Pública |
Punto de acuerdo por el que no se aprueba la
iniciativa con proyecto de decreto que
reforma el artículo 2o. y adiciona el
artículo 17 bis a la Ley que Establece las
Normas Mínimas sobre Readaptación Social de
Sentenciados, presentada por el Dip. Jorge
Legorreta Ordorica (PVEM) en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del 20
de abril de 2004 (LIX Legislatura).
Consideraciones de la Comisión
Se estimó que dicha iniciativa contraviene
lo dispuesto por el artículo 18 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, cuyo párrafo segundo dispone que
"Los gobiernos de la Federación y de
los Estados organizarán el sistema penal, en
sus respectivas jurisdicciones, sobre la
base del trabajo, la capacitación para el
mismo y la educación como medios para la
readaptación social del delincuente...";
es decir, que las reformas y adiciones
que propone la iniciativa son
inconstitucionales, toda vez que no puede ni
debe incorporarse a la legislación
secundaria, ningún otro medio distinto al
trabajo, la capacitación y la educación para
la readaptación social del delincuente, en
tanto permanezca vigente y en sus términos
este dispositivo constitucional.
Resolutivos:
1. Se desecha la Iniciativa con
Proyecto de Decreto que reforma el artículo
2º y adiciona el artículo 17 bis a la Ley
que Establece las Normas Mínimas sobre
Readaptación Social de Sentenciados.
2. Publíquese en la Gaceta
Parlamentaria y envíese el expediente de la
presente iniciativa como asunto total y
definitivamente concluido al archivo de la
oficina administrativa correspondiente de
esta Honorable Cámara de Diputados.
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