SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO  

Datos Relevantes de la Sesión N° 22, Abril 19, 2005.

6. INICIATIVAS DESECHADAS

No.

Origen

Dictamen

Turno o Trámite

1

Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 259 y 267, y adiciona el 267 Bis de la Ley del Seguro Social presentada por el Dip. José Ángel Frausto Ortíz (PAN) el 18 de marzo de 1999 (LVII Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

1. La comisión considera inviable el hecho de incorporar en la Asamblea General del Instituto a los representantes de los sectores de todas las organizaciones; así como que sea la misma Asamblea quien nombre al Director General, bajo los lineamientos que adicionan en el Artículo 267 bis, en razón de que es al Ejecutivo a quién le corresponde determinar las bases que deberán regir el proceso para la integración de la Asamblea General del Instituto Mexicano del Seguro Social.

2. La iniciativa es incongruente toda vez que no determina las bases que deberán seguirse en todo caso para la designación de los integrantes de la Asamblea General.

3. La iniciativa no contempla de qué manera servirá para la flexibilización y democratización del Instituto Mexicano del Seguro Social, ni determina claramente los fundamentos del porqué deben ser cambiadas las bases establecidas.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los Artículos 259, 267 y adiciona el 267 bis de la Ley del Seguro Social, presentada por el Dip. José Ángel Frausto Ortíz del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el día 18 de marzo de 1999.

a) En votación económica se les dispensó la lectura.

b) Se reservaron para su votación económica en conjunto.

c) Aprobados en Votación Económica.

d) La Presidencia instruyó que se archivaran los expedientes como asuntos total y definitivamente resueltos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

     Se devolvió a la Cámara de Senadores de la República para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2

Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 12 y 180 de la Ley del Seguro Social presentada por el Dip. José Ángel Frausto Ortíz (PAN) el 23 de marzo de 1999.

Consideraciones de la Comisión:

1. La iniciativa plantea la posibilidad de ser la Asamblea General del Instituto quien determine con base en la propuesta del Consejo Técnico quien puede ser sujeto de aseguramiento del régimen obligatorio, y no el Ejecutivo Federal quien actualmente es el facultado; así mismo propone la reforma al Artículo 180 para que el patrón entregue directamente a los trabajadores el informe de las aportaciones realizadas a su favor.

2. La iniciativa se encuentra carente de fundamentos lógicos y legales que pudieran llevar a la reforma que se plantea.

3. Se correría el riesgo de abrir indiscriminadamente la afiliación y poner en riesgo las finanzas del Instituto.

4. Actualmente existe el precepto que ordena que establece la obligación al patrón de informar a sus trabajadores sobre las aportaciones que realiza, sin perjuicio, de que esa información sea entregada a los sindicatos, o en su caso, a cualquier otra organización representativa de los trabajadores asegurados, por lo que se considera innecesario reformar el artículo 180 de la Ley en comento.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los Artículos 12 y 180 de la Ley del Seguro Social, presentada por el Dip. José Ángel Frausto Ortíz del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el día 23 de marzo de 1999.

3

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Punto de acuerdo por el que se devuelve, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Sen. Fauzi Hamdán Amad (PAN) en Sesión Ordinaria del Senado de la República el 20 de marzo de 2003.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 27 de marzo de 2003 (LVIII Legislatura).

3. Dictamen a discusión presentado en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 1° de abril de 2003 (LVIII Legislatura) y aprobado por 83 votos en pro.

4. Minuta presentada en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 3 de abril de 2003 (LVIII Legislatura).

Materia: Numismática.

Consideraciones de la Comisión:

1. Considera improcedente otorgar poder liberatorio a la moneda de plata.

2. De permitirse que las monedas de plata sean utilizadas como medio de pago en cualquier transacción, desplazando a los actuales billetes y monedas que son puestos en circulación por el Banco de México, se reducirían significativamente los ingresos que actualmente se perciben por el señoreaje (El derecho a emitir dinero suele estar conferido exclusivamente a los gobiernos, quienes reciben los ingresos que resultan de colocar billetes y monedas con un valor nocional mayor que su costo de producción).

3. La utilización de la plata como medio de pago tiene múltiples y cuantiosos costos de transacción en comparación con otras alternativas.

4. La circulación de las monedas de plata por parte del Banco de México fueran utilizadas comúnmente como medio de cambio, se dificultaría el control de la oferta monetaria, ya que los cambios en el valor de la plata por alzas o bajas en sus precios internacionales afectarían el valor de la oferta monetaria total.

Resolutivo Único:

Para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución, se devuelve la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, remitida por la H. Cámara de Senadores y turnada a esta Comisión el 3 de abril de 2003.

4

Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 68, 106, fracción III, 141, segundo párrafo, 145, 157, fracción I, 164, fracción I, 168, fracción IV, y 170; y se adiciona un párrafo cuarto al artículo 209 de la Ley del Seguro Social, presentada por el Dip. Ricardo Cantú Garza (PT) el 28 de abril de 1999 (LVII Legislatura).

Consideraciones de la Comisión:

1. La iniciativa plantea la actualización de las pensiones de forma semestral en los meses de enero y julio conforme al valor real de los bienes que integran la canasta básica y además propone la creación de Centros de Asilo, a los que ingresarían los derechohabientes que carezcan de algún familiar y demuestren tener más de 60 años de edad.

2. Instituto Mexicano del Seguro Social, tiene registrados más de dos millones ciento cuarenta y un mil pensionados y jubilados, la dificultad técnica y el costo que tendría la modificación semestral del monto de las cuantías pensionarias, hacen inviable la reforma además de que el cambio para incrementar las pensiones no sería significativo para la recuperación de las pensiones pues, de acuerdo a lo observado en casi siete años, la canasta básica se comporta de manera muy similar a la inflación general, de julio de 1997 a enero de 2004, la Canasta Básica se incrementó 61.1 por ciento, mientras que el Índice Nacional de Precios al Consumidor lo hizo en un 58.8 por ciento.

3. La creación de creación de Centros de Asilo conllevaría una erogación por parte de la Institución que en estos momentos no podría sobrellevar, atendiendo a las finanzas actuales del instituto y al número de pensionados que existen.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 68, 106 fracción tercera, 141 segundo párrafo, 145, 157 fracción primera, 164 fracción primera, 168 fracción cuarta, y artículo 170, se adiciona un párrafo cuarto al artículo 209 de la Ley del Seguro Social, presentada por el Dip. Ricardo Cantú Garza del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, el día 28 de abril de 1999.

5

Comisiones de Puntos Constitucionales, y de Educación Pública y Servicios Educativos

Con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el párrafo I del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos presentada por la Dip. Amalín Yabur Elías (PRI) y del Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM) en Sesión Ordinaria del 19 de octubre de 2004.

Consideraciones de las Comisiones:

1. Las Comisiones Dictaminadoras coinciden con la preocupación que motiva la Iniciativa en lo que hace a la necesidad de impulsar con mayor decisión la educación física y la práctica del deporte escolar, así como en los beneficios que se podrían esperar de ello.

2. La materia que se propone incorporara al texto constitucional se encuentra establecida en el Párrafo Segundo del artículo que se propone reformar. Por ello, no se considera procedente el proyecto de decreto contenido en la Iniciativa para elevar a rango constitucional que la educación abarque no sólo el conocimiento, sino también la instrucción física y el deporte escolar, motivo del presente Dictamen.

Resolutivo Único:

Se desecha la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se pretende reformar el Párrafo Primero del Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada ante el Pleno de la Honorable Cámara de Diputados, en su sesión celebrada en fecha 19 de octubre del año 2004, por la diputada Amalín Yabur Elías y que igualmente suscribió el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, ambos, a nombre de integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos: Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Convergencia.

En virtud de ello, se solicita a esta Soberanía ordene que se archive el expediente como asunto total y definitivamente resuelto.

6

Comisión de Salud

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona los artículos 124 Bis y 124 Ter de la Ley General de Salud, presentada por el Dip. Jorge Legorreta Ordorica (PVEM) y suscrita por Diputados Federales integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 8 de febrero de 2005.

Consideraciones de la Comisión:

La iniciativa tiene como fin, entre otros, normar en materia de radiación no ionizante, lo cual es plausible, sin embargo, es menester señalar que la Ley General de Salud, no define el concepto de radiación no ionizante, únicamente hace referencia a la radiación ionizante -en su artículo 124- por lo que para que fuera viable una adición como la propuesta en la iniciativa, tendría que establecerse la definición previamente en la propia Ley u en otro ordenamiento jurídico de aplicación general.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona los artículos 124 Bis. y 124 Ter. a la Ley General del Salud, por considerarse inadecuada, toda vez que, por técnica legislativa, la regulación de leyendas precautorias y sus requisitos debe hacerse a través de disposiciones reglamentarias y no de una ley general, como es el caso de la Ley General de Salud.

7

Comisión de Salud

Punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma la fracción I del artículo 186 de la Ley General de Salud presentada por el Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM) y suscrita por Diputados Federales integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 14 de diciembre de 2004.

Consideraciones de la Comisión:

El alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas constituyen un problema de salud pública, sin embargo, es de considerarse improcedente la Iniciativa materia de este dictamen ya que los efectos del alcoholismo son materia de estudio por parte del Sector Salud y organismos relacionados con éste. Además, por técnica legislativa, no opera una reforma a la fracción I del artículo 186 tal como se propone, toda vez que su naturaleza, contenido y alcance, no son concurren con el de la Iniciativa.

Resolutivo Único:

No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la fracción I del artículo 186 de la Ley General del Salud, por considerarse innecesaria, toda vez que en la actualidad ya existe legislación y se efectúan acciones, estrategias y programas de investigación respecto a los efectos del alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas. Además, resulta inapropiada, ya que la fracción que se pretende reformar por su naturaleza, contenido y alcance, no precisa la modificación sugerida.

Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.