SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO  

Sesión N° 19, Abril 05, 2005.

 

9. INICIATIVAS DESECHADAS

No.

Origen

Dictamen

Turno o Trámite

1

Comisión de Salud

Con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma la fracción I del artículo 185 de la Ley General de Salud suscrita por Diputados Federales integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM el 9 de Diciembre del año 2004.

Consideraciones de la comisión:

No es viable la iniciativa por considerar que en la actualidad ya existen programas que comprenden acciones para la prevención, tratamiento y rehabilitación del alcohólico.

Resolutivo Único:

Se desecha la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el Artículo 185 de la Ley General de Salud, por considerarse innecesaria, toda vez que en la actualidad ya existen programas que comprenden acciones para la prevención, tratamiento y rehabilitación del alcohólico. Además, el programa contra el alcoholismo es considerado materia de salubridad general por la propia Ley, presentada el 9 de diciembre de 2004.

a) En votación económica se autorizó dar lectura solamente a los puntos de acuerdo.

b) En votación económica se aceptó incluir en el dictamen N° 2 la Fe de Erratas.

c) Se consideró este y los demás puntos de acuerdo suficientemente discutidos.

d) Se reservaron para su votación económica en conjunto.

e) En votación económica se aceptó incluir en el dictamen N°3 la Fe de Erratas.

f) Aprobados en votación económica.

g) La presidencia de la Mesa Directiva instruyó que los dictámenes 8 y 9 se turnaran al Senado de la República para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

 

 

 

 

 

 

 

2

Comisión de Economía

Con puntos de acuerdo por los que no se aprueban las siguientes iniciativas que reforman diversos artículos de la Ley del Registro Nacional de Vehículos:

1. Iniciativa presentadas por el Dip. Jesús Martín del Campo Castañeda (PRD) en Sesión de la Comisión Permanente del 9 de agosto de 2000 (LVII Legislatura).

2. Iniciativa presentada por la Dip. María Miroslava García Suárez (PRD) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 5 de septiembre de 2000 (LVIII Legislatura).

3. Iniciativa presentada por el Dip. Amador Rodríguez Lozano(PRI) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 14 de septiembre de 2000 (LVIII Legislatura).

Consideraciones de la comisión:

Señala que con la nueva Ley del Registro Público Vehicular, se otorga certeza y seguridad en las transacciones vehiculares en el país, protegiendo el patrimonio de las personas, a través de un instrumento eficaz y completo que certifica la situación jurídica de cada vehículo, por lo tanto, se estima que las Iniciativas, objeto del presente Dictamen, han sido superadas y atendidas.

Resolutivos:

1. Se desechen las Iniciativas presentadas por los CC. Diputados Jesús Martín del Campo Castañeda del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVII Legislatura, Miroslava García Suárez del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura, y Amador Rodríguez Lozano del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LVIII Legislatura.

2. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Fe de Erratas:

Se desechan las iniciativas presentadas por los CC. diputados Jesús Martín del Campo Castañeda del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVII Legislatura; María Miroslava García Suárez del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura y Amador Rodríguez Lozano del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LVIII Legislatura.

1. No son de aprobarse las iniciativas presentadas por los CC. diputados Jesús Martín del Campo Castañeda del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVII Legislatura; María Miroslava García Suárez del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura y Amador Rodríguez Lozano del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LVIII Legislatura que reforman, adicionan y derogan la Ley del Registro Nacional de Vehículos.

3

Comisión de Economía

Con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción X al artículo 55 de la Ley Minera presentada por el Dip. Manuel Velasco Coello (PVEM) el 23 de noviembre de 2004.

Consideraciones de la comisión:

Que de aprobarse la iniciativa no habría certeza ni seguridad jurídica propia de la definición de los ámbitos materiales de la aplicación de la Ley Minera y de toda la regulación, ambiental, mediante el resquebrajamiento u oscurecimiento del ámbito de competencia de las autoridades que aplican y vigilan el cumplimiento de disposiciones de ambas materias.

Resolutivos:

1. Se estima no procedente la Iniciativa por la que se adiciona una fracción X al artículo 55 de la Ley Minera, presentada por el C. Diputado Manuel Velasco Coello.

2. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Fe de Erratas:

No es de aprobarse la iniciativa por la que se adiciona una Fracción X al artículo 55 del a Ley Minera, presentada por el C. diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, señor Presidente.

4

Comisiones Unidas de Energía, y de Gobernación

Con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones en materia nuclear presentada por los Diputados Federales, Jorge Emilio González Martínez, Aurora Bazán López, Jorge Alejandro Jiménez Taboada, Gloria Lavara Mejía, Miguel Ángel Garza Vázquez y Verónica Velasco Rodríguez, integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM el 22 de octubre de 1998 (LVII Legislatura).

Consideraciones de la comisión:

1. La exposición de motivos presenta insuficiente sustentación y precisión, sobre los aspectos en materia nuclear, que la legislación vigente no atiende o cuyas disposiciones no corresponden a las actuales necesidades, y de los cambios requeridos para superar esas presuntas deficiencias de la ley.

2. Existen casos en que los textos normativos propuestos son contradictorios con los textos constitucionales.

3. Si bien los objetivos planteados en la exposición de motivos de la iniciativa que con este instrumento se dictamina, de mejorar la normatividad relativa en materia nuclear, para que la sociedad esté informada y participe de las medidas para conjurar los riesgos de accidentes nucleares, son encomiables, la formulación de la iniciativa, presenta omisiones, imprecisiones, limitaciones y duplicidades jurídicas

Resolutivos:

1. No es de aprobarse el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Articulo 27 Constitucional en Materia Nuclear y que reforma diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares.

2. Archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido para efectos del inciso e, numeral 6 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 83 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

5

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación presentada por el Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM) el 14 de octubre de 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la comisión:

Considera pertinente mantener un principio de economía legislativa, mediante el apego a la legislación ya existente que regula programas de apoyos financieros a cualquier alumno y de cualquier tipo educativo no sólo del nivel medio superior como sugiere la iniciativa.

Resolutivos Único:

Se desecha la Iniciativa presentada por el Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, la cual pretende reformar el artículo 32 y la fracción VIII del artículo 33, ambos de la Ley General de Educación; ya que juzgamos pertinente mantener un principio de economía legislativa, apegándonos a la legislación ya existente que regula programas de apoyos financieros a cualquier alumno y de cualquier tipo educativo no sólo del nivel medio superior.

Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

6

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 40 y 48 de la Ley General de Educación, presentada por el Dip. Filemón Primitivo Arcos Suárez (PRI) el 27 de abril de 2004 (LIX Legislatura).

Consideraciones de la comisión:

1. La Comisión difiere, de integrar en el artículo 40 de la Ley General de Educación la educación artística, dado que la Constitución contiene a ésta en el concepto de "integralidad" que establecen como característica orientadora de la educación básica, disposición que se amplía y confirma en diferentes párrafos del Artículo 7 de la Ley General de Educación.

2. La propuesta de reforma del artículo 48, resulta improcedente, dado que el mismo artículo que se propone reformar, en líneas anteriores, ya establece la concurrencia de las autoridades locales para proponer contenidos curriculares a la autoridad educativa federal, única facultada constitucionalmente para emitir planes y programas de estudio.

Resolutivos:

1. No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 40 y 48 de la Ley General de Educación, presentada por el Dip. Filemón Primitivo Arcos Suárez, el 27 de abril de 2004.

2. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

7

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 7, fracciones I, II, IV, VII, X y XI; 33, fracción II, último párrafo; 69, segundo y tercer párrafos; 70, segundo párrafo; y 72, primer párrafo, de la Ley General de Educación presentada por el Dip. Francisco Alberto Jiménez Merino (PRI) el 21 de octubre de 2004.

Consideraciones de la comisión:

1. La Comisión coincide plenamente con la preocupación en materia ecológica que motiva la Iniciativa, y en el criterio de que la educación puede jugar un papel central en detener o revertir los efectos del deterioro ambiental.

2. Las propuestas referentes a asuntos curriculares y de organización y funciones de los Consejos de Participación Social, son facultad exclusiva del gobierno federal, y no tiene el Congreso de la Unión facultades para legislar en ellas.

3. Algunas propuestas de reforma contenidas en el Proyecto de Decreto, son repetitivas de disposiciones vigentes en la Constitución y la Ley General de Educación:

4. Otras propuestas contenidas en el Proyecto de Decreto se encuentran contenidas y dispersas en numerosos ordenamientos;

5. No se considera pertinente que los currículos de educación básica y las escuelas deban seguir saturándose de contenidos y cargas de trabajo que impidan que los temas básicos se vean con la debida profundidad y el trabajo docente pueda realizarse en condiciones que garanticen un mínimo de calidad.

Resolutivos:

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de los Diputados de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, coincide plenamente con la preocupación en materia ecológica que motiva la Iniciativa, en el criterio de que la educación puede jugar un papel central en detener o revertir los efectos del deterioro ambiental y en el planteamiento acerca de la necesidad de incrementar la educación ambiental en la educación en todos sus niveles.

Sin embargo, los integrantes de esa Comisión Dictaminadora consideramos que, por ser la curricular una materia reservada al Poder Ejecutivo y por encontrarse ya contemplada en la legislación vigente, NO SE CONSIDERA PROCEDENTE EL PROYECTO DE DECRETO contenido en la Iniciativa para impulsar mayor vinculación de la enseñanza de los contenidos curriculares con los contextos locales y regionales de las comunidades rurales y urbanas y promover la educación ambiental en los niveles preescolar y primaria, motivo del presente Dictamen, y por lo tanto, SE DESECHA.

En virtud de ello, se solicita a esta Soberanía ordene que se archive el expediente como asunto total y definitivamente resuelto.

8

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Con punto de acuerdo por el que se devuelve la minuta con proyecto de decreto que adiciona una fracción al artículo 75 de la Ley General de Educación.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Dip. Juan Alcocer Flores (PAN) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 3 de octubre de 2000 (LVIII Legislatura).

2. Dictamen presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 4 de diciembre de 2001 y aprobado por 421 votos en pro. (LVIII Legislatura)

3. Minuta presentada en la Sesión Ordinaria del Senado de la República del 6 de diciembre de 2001 (LVIII Legislatura).

4. Dictamen presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores, aprobándose en votación económica el acuerdo por el que se desecha el proyecto de decreto que adiciona una fracción al artículo 75 de la Ley General de Educación, en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 27 de abril de 2004.

5. Se devuelve el expediente a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta presentada en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 29 de abril de 2004.

Consideraciones de la Comisión:

La Comisión considera mantener un principio de economía legislativa, apegándonos a la legislación ya existente que regula la discriminación y tutela los derechos de las niñas, niños y adolescentes, por lo que no se considera procedente iniciativa contenida en la minuta que reforma con una adición el artículo 75 de la Ley General de Educación, motivo del presente dictamen."

Resolutivos:

1. Son de aceptarse las observaciones hechas por la Cámara de Senadores sobre la Iniciativa para establecer como causal de sanción para quienes prestan servicios educativos, no aceptar a niños con discapacidad o incumplir cualquier precepto de la Ley o de las disposiciones que de ella emanan, que fue aprobada y remitida por esa Cámara para los efectos constitucionales;

2. Se acepta el resolutivo en el sentido de que "... NO SE CONSIDERA PROCEDENTE LA INICIATIVA CONTENIDA EN LA MINUTA QUE ADICIONA UNA FRACCIÓN AL ARTÍCULO 75 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, motivo del presente dictamen." Y por lo tanto, SE DESECHA en sus términos.

3. Se solicita a esta Soberanía ordene que se archive el expediente como asunto total y definitivamente resuelto.

9

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Con punto de acuerdo por el que se devuelve la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 194 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Sen. Adalberto Arturo Madero Quiroga (PAN) en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 2 de Septiembre de 2004.

2. Dictamen a discusión presentado en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 23 de septiembre de 2003 y aprobado por 72 votos en pro.

2. Minuta presentada en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 28 de septiembre de 2004.

Consideraciones de la Comisión:

Considera no procedentes los argumentos planteados en la Minuta en la cual se pretende que los esqueletos de los cheques que proporcionen las instituciones bancarias a los cuenta habientes, se elaboren con papel seguridad y sellos de agua, a efecto de otorgar mayor seguridad al cliente y al propio banco, ya que atendiendo a diversas peticiones de la Asociación de Banqueros de México, A. C., para que se establezca como obligatorio el uso de ciertos estándares en los cheques a fin de hacer más seguros tales documentos, el Banco de México, con fundamento en los artículos 24 y 26 de su propia ley, procedió a emitir la CIRCULAR-TELEFAX 21/97, a efecto de incorporar ciertos estándares en los cheques en los que se incluye los anteriormente mencionados. .

Además de lo anterior, estipular dichas medidas de seguridad en ley, puede resultar inoperante, toda vez que el texto legal puede verse rebasado rápidamente por las innovaciones tecnológicas que continuamente se introducen, lo cual haría difícil introducir cambios a los ordenamientos cada vez que introduzcan nuevas medidas de seguridad.

Resolutivos:

Para efectos del inciso d) del artículo 72 Constitucional, se devuelve la Minuta con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 194 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, remitida por la H. Cámara de Senadores y turnada a esta Comisión el 28 de septiembre de 2004.

10

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Con punto de acuerdo por el que se devuelve la minuta con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción V del artículo 15 de la Ley Aduanera.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Sen. Fidel Herrera Beltrán (PRI), en Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores, el 23 de octubre de 2003.

2. Dictamen presentado en la Sesión Ordinaria del Senado de la República del 28 de diciembre de 2003 y aprobado por 110 votos en pro.

3. Minuta presentada en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 16 de marzo de 2004.

Consideraciones de la Comisión:

Con la reforma que se propone, no se logra la homologación de los horarios y días laborales de los recintos fiscalizados, con los establecidos en las aduanas de México.

En efecto, si se considera que son días y horas hábiles los que la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca mediante reglas que al efecto expida en términos de los artículos 10 y 18 de la Ley Aduanera, la propuesta de modificación a "días naturales" para que los recintos fiscalizados puedan contar el plazo por el cual deben de otorgar servicios gratuitos de almacenaje a los importadores y exportadores que utilicen sus servicios, se traduce en un perjuicio para los contribuyentes.

Resolutivos:

Para efectos del inciso d) del artículo 72 Constitucional, se devuelve la Minuta con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 194 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, remitida por la H. Cámara de Senadores y turnada a esta Comisión el 28 de septiembre de 2004.