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                                  | 
Segundo
Período de Sesiones Ordinarias delTercer Año de Ejercicio
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                                     Sesión  
									31,  
                                    
                                    
                                    del 27 de Abril de 2012. |  
                            
                                
                              
                              
                                           
                              
                              
  
                                                             
                				
								
								10. 
								
									
								
								
                
									
DICTÁMENES A 
								DISCUSIÓN 
                              
                              
								                           
								b)
								Con proyecto de decreto. 
									
										
											| 
											
											
											No. | 
											
											
											ORIGEN | 
											
											
											DICTAMEN | 
											
											
											TRÁMITE |  
										| 
										
										
										1 | 
										
										
										Comisión de Justicia 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo IV. 
										
										
										27 de abril de 2012. | 
										
										
										
										Que adiciona y 
										deroga diversas disposiciones de los 
										Códigos Penal Federal y Federal de 
										Procedimientos Penales, en materia de 
										responsabilidad de las personas morales. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Josué 
										Cirino Valdés Huezo (PRI) el 6 de 
										septiembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 19 
										de abril de 2012. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Regular la responsabilidad penal de las 
										personas morales, cuando por cuenta o a 
										nombre de las mismas, por sus agentes, 
										representantes legales, administradores, 
										socios o accionistas, se cometan 
										delitos. No serán penalmente 
										responsables las personas morales de 
										naturaleza pública o cuyo fin no sea 
										lucrativo; la responsabilidad penal de 
										las personas morales no excluye la de 
										las personas físicas por los actos o 
										hechos delictuosos realizados por cuenta 
										o a nombre de aquéllas; la 
										transformación regular de una persona 
										moral en otra forma jurídica o cuando se 
										lleve a cabo la fusión o absorción de 
										una persona moral, no  
										
										
										será obstáculo para la aplicación de las 
										consecuencias jurídicas accesorias a la 
										nueva persona moral creada. Se podrán 
										imponer como sanciones a las personas 
										morales, suspensión de tres a cinco 
										meses, prohibición de realizar 
										determinadas operaciones o licitaciones, 
										remoción, decomiso, multa, publicación 
										de sentencia o disolución, además de 
										doscientos a cien mil veces días multa. 
										El Ministerio Público ejercitará acción 
										penal en contra de las personas morales 
										cuando aparezca de la averiguación 
										previa que se han acreditado el cuerpo 
										del delito y la probable responsabilidad 
										penal a la que se refiere el artículo 13 
										Bis del Código Penal Federal. 
										 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												Por la Comisión: |  
												| 
												
												
												Dip. Víctor Humberto Benítez 
												Treviño |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para fijar postura: |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Pedro Vázquez González (PT) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en pro: |  
												| 
												
												
												Dip. Jaime Fernando Cárdenas 
												Gracia (PT) |  
												| 
												
												
												Dip. Mario Di Costanzo Armenta 
												(PT) |  
												| 
												
												
												Dip. Israel Madrigal Ceja (PRD) |  
												| 
												
												
												Dip. Nancy González Ulloa (PAN) |  
										
										  
											
												| 
												
												
												Para presentar 
												modificaciones:      
												 | 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Dip. Óscar Martín Arce Paniagua 
												(PAN) | 
												
												
												Artículos 13 Bis, 13 Ter, 17 
												Bis, 24 Bis y 50 Ter del Código 
												Penal Federal. |    | 
										
										
										a) Aprobado en lo general y lo 
										particular los artículos no impugnados 
										en votación nominal por  295 
										votos en pro y 1 abstención. 
										
										
										b) En votación económica se 
										aceptaron las reservas presentadas. 
										
										
										c) Aprobado en lo particular los 
										artículos reservados con las 
										modificaciones aceptadas en votación 
										nominal por 274 votos en pro, 11 en 
										contra y 6 abstenciones. 
										
										
										d) Se devuelve a la Cámara de 
										Senadores para los efectos de la 
										fracción E del artículo 72 de la CPEUM. |  
										| 
										
										
										2 | 
										
										
										Comisiones Unidas de Derechos Humanos y 
										Función Pública 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo II. 
										
										
										27 de abril de 2012. | 
										
										
										
										Que reforma, 
										adiciona y deroga diversas disposiciones 
										de la Ley de la Comisión Nacional de los 
										Derechos Humanos y adiciona el artículo 
										8 de la Ley Federal de Responsabilidades 
										Administrativas de los Servidores 
										Públicos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Senador Alfonso Elías 
										Serrano (PRI) el 29 de marzo de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Senador Renán Cleominio 
										Zoreda Novelo (PRI) el 24 de noviembre 
										de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 15 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a discusión presentado el 1 de 
										febrero de 2012. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 80 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura 
										
										Minuta recibida el 7 de febrero de 2012. 
										(LXI Legislatura) 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Integrar a las disposiciones de la Ley 
										la observancia de los principios de 
										universalidad, interdependencia, 
										indivisibilidad y progresividad, 
										invocados para la defensa y promoción de 
										los derechos humanos. Facultar a la CNDH 
										para investigar hechos que constituyan 
										violaciones graves de derechos humanos, 
										cuando así lo juzgue conveniente o lo 
										pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de 
										las Cámaras del Congreso de la Unión, el 
										Gobernador de un Estado, el Jefe de 
										Gobierno del Distrito Federal o las 
										legislaturas de las entidades 
										federativas. Establecer que todo 
										servidor público tendrá como 
										obligaciones, las de responder las 
										recomendaciones que les presente la 
										institución a la que legalmente le 
										competa la vigilancia y defensa de los 
										derechos humanos, y en el supuesto de 
										que se decida no aceptar o no cumplir 
										las recomendaciones, deberá hacer 
										pública su negativa, fundándola y 
										motivándola en términos de lo dispuesto 
										por el Apartado B, del artículo 102 de 
										la Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos y por el artículo 46 la 
										Ley de la Comisión Nacional de los 
										Derechos Humanos; Atender los llamados 
										de la Cámara de Senadores o en sus 
										recesos de la Comisión Permanente, a 
										comparecer ante dichos órganos 
										legislativos, a efecto de que expliquen 
										el motivo de su negativa a aceptar o 
										cumplir las recomendaciones de la 
										institución a la que legalmente le 
										competa la vigilancia y defensa de los 
										derechos humanos, en términos del 
										Apartado B, del artículo 102 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos; y abstenerse de 
										incurrir en la reiteración de las 
										conductas que hayan sido materia de una 
										recomendación previa emitida por la 
										institución a la que legalmente le 
										competa la vigilancia y defensa de los 
										derechos humanos, que no haya sido 
										aceptada o cumplida. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												Por la Comisión: |  
												| 
												
												
												Dip. Pablo Escudero Morales |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en contra: |  
												| 
												
												
												Dip. Jaime Fernando Cárdenas 
												Gracia (PT) |    | 
										
										
										a) Aprobado en lo general y lo 
										particular en votación nominal 
										por 292 votos en pro, 7 en contra y 5 
										abstenciones. 
										
										
										b) Pasa al Ejecutivo para sus efectos 
										constitucionales. |  
										| 
										
										
										3 | 
										
										
										Comisión de Seguridad Social 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo IV. 
										
										
										27 de abril de 2012. | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de las 
										Leyes del Seguro Social, y del Instituto 
										de Seguridad y Servicios Sociales de los 
										Trabajadores del Estado. (Uniones 
										Civiles) 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa de la Dip. Enoé Margarita 
										Uranga Muñoz (PRD) y suscrita por el Dip. 
										Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI), el 9 
										de marzo de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 21 de octubre de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 9 de 
										noviembre de 2010. Proyecto de decreto 
										aprobado por 232 votos, 58 en contra y 
										17 abstenciones. Pasa a la Cámara de 
										Senadores para los efectos del Apartado 
										A) del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida en la Cámara de 
										Senadores el 11 de noviembre de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 26 de octubre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 3 de 
										noviembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 82 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado E) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Incitativa suscrita por la Dip. Enoé 
										Margarita Uranga Muñoz (PRD) a nombre 
										propio y del Dip. Rubén Ignacio Moreira 
										Valdez (PRI) el 9 de marzo de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 8 de noviembre de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 25 
										de abril de 2012. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer como beneficiarios y 
										derechohabientes de los seguros, las 
										prestaciones y los servicios que otorgan 
										el Instituto Mexicano del Seguro Social 
										y el Instituto de Seguridad y Servicios 
										Sociales de los Trabajadores del Estado, 
										respectivamente, a aquellas personas que 
										hayan suscrito una unión civil con un 
										asegurado, asegurada, pensionado o 
										pensionada, con el objeto de garantizar 
										el ejercicio de esos derechos. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												Por la Comisión: |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Dip. Enoé Margarita Uranga Muñoz |  
												| 
												
												
												Para presentar moción 
												suspensiva: |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Ana Elia Paredes Arciga (PAN) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en contra: |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Martha Angélica Bernardino Rojas 
												(PRD) |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Ana Elia Paredes Arciga (PAN) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en contra de la 
												moción suspensiva: |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Enoé Margarita Uranga Muñoz (PRD) |  
												| 
												
												
												Dip. Jaime Fernando Cárdenas 
												Gracia (PT)   |  
												| 
												
												
												Dip. José Gerardo Fernández 
												Noroña (PT) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en pro de la 
												moción suspensiva: |  
												| 
												
												
												Dip. David Hernández Pérez (PRI) |  
												| 
												
												
												Dip. Ana Elia Paredes Arciga 
												(PAN) |  
												| 
												
												
												Dip. José Gerardo de los Cobos 
												Silva (PAN) |    | 
										
										
										a)    
										En votación nominal por se 
										admitió a discusión la moción suspensiva 
										por 142 votos a favor, 106 en contra y 5 
										abstenciones. 
										
										
										b)    
										En votación económica se 
										desecho la moción suspensiva. 
										
										
										  
										
										
										(Pendiente de votación) |  
								
								
								Nota: 
								El Presidente de la Mesa Directiva levantó la 
								Sesión por falta de quórum, en términos del 
								artículo 46 del Reglamento. 
                              
                              
                              
                  			
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