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										Comisión de Justicia 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo IV. 
										
										
										27 de abril de 2012. | 
										
										
										
										Que expide la Ley 
										Federal para la Protección a Personas 
										que intervienen en el Procedimiento 
										Penal y reforma el artículo 31 de la Ley 
										Federal de Transparencia y Acceso a la 
										Información Pública Gubernamental. 
										(testigos protegidos) 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Ezequiel 
										Rétiz Gutiérrez (PAN), a nombre de los 
										integrantes de la Comisión de Justicia, 
										el 22 de septiembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 23 
										de noviembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 24 de 
										noviembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 335 votos. Pasa a la Cámara 
										de Senadores para los efectos del 
										Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 29 de noviembre de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 17 de abril de 2012. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 19 de 
										abril de 2012. Proyecto de decreto 
										aprobado por 73 votos. Pasa a la Cámara 
										de Diputados para los efectos del 
										Apartado E) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 24 de abril de 2012. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 26 
										de abril de 2012. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Crear un ordenamiento jurídico para 
										establecer las medidas y procedimientos 
										que garanticen la protección y atención 
										de personas intervinientes en el 
										procedimiento penal, cuando se 
										encuentren en situación de riesgo o 
										peligro por su participación o como 
										resultado del mismo. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												Por la Comisión: |  
												| 
												
												
												Dip. Victor 
												
												Humberto Benítez Treviño |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para fijar postura: |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Pedro Vázquez González (PT) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en contra: |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Jaime Fernando Cárdenas Gracia 
												(PT) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en pro: |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Pablo Escudero Morales (PVEM) |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Norma Leticia Salazar Vázquez 
												(PAN) |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Dip. Dolores de los Ángeles 
												Nazares Jerónimo (PRD) |    | 
										
										
										a) 
										
										Aprobada en lo general y lo 
										particular en votación nominal 
										por 285 votos en pro, 9 en contra y 3 
										abstenciones. 
										
										
										b) Pasa al Ejecutivo para sus efectos 
										constitucionales. 
										
										
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										2 | 
										
										
										Comisiones Unidas de Derechos Humanos y 
										de Justicia 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo XV. 
										
										
										27 de abril de 2012. | 
										
										
										
										Que expide la Ley 
										General para Prevenir, Sancionar y 
										Erradicar los Delitos en Materia de 
										Trata de Personas; y para la protección 
										y asistencia a las víctimas de estos 
										delitos, y abroga la Ley para Prevenir y 
										Sancionar la Trata de Personas, y 
										reforma diversas disposiciones de la Ley 
										Federal Contra la Delincuencia 
										Organizada, del Código Federal de 
										Procedimientos Penales; del Código Penal 
										Federal; de la Ley Orgánica del Poder 
										Judicial de la Federación; de la Ley de 
										la Policía Federal, y de la Ley General 
										del Sistema Nacional de Seguridad 
										Pública. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por la Dip. Rosi 
										Orozco, por integrantes de la Comisión 
										Especial para la Lucha Contra la Trata 
										de Personas y por diversos legisladores 
										de los Grupos Parlamentarios, el 3 de 
										agosto de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicad emitida el 27 
										de abril de 2012. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Crear un ordenamiento jurídico que tenga 
										por objeto establecer competencias y 
										formas de coordinación para la 
										prevención, investigación, persecución y 
										sanción de los delitos en materia de 
										trata de personas entre los gobiernos 
										Federales, estatales, del Distrito 
										Federal y municipales, así como los 
										mecanismos efectivos para tutelar la 
										vida, la dignidad, la libertad, la 
										integridad, la seguridad jurídica, el 
										libre desarrollo de la personalidad, y 
										el derecho a la libre decisión del 
										proyecto de vida de las personas, cuando 
										sean amenazados o lesionados. Tipificar 
										el delito de Trata de Personas y sus 
										sanciones, así como los delitos que se 
										relacionan y determinar las sanciones 
										que deben aplicarse en cada caso, 
										sanciones por acumulación de delitos 
										cuando se relacionen, las hipótesis de 
										su agravamiento y las reglas comunes a 
										todos los casos en la interpretación y 
										aplicación de estas disposiciones. 
										Obligar a la Procuraduría General de la 
										República a crear un Programa de 
										Protección a Víctimas y Testigos, las 
										reglas básicas de su funcionamiento, así 
										como de la instancia específica para 
										operarlo. Redefinir la integración, 
										organización, funcionamiento y 
										facultades de la Comisión 
										Intersecretarial y de los contenidos del 
										programa Nacional en la materia, así 
										como las responsabilidades de cada una 
										de las dependencias que intervienen y la 
										evaluación de los resultados. Incluir un 
										capítulo referente a la prevención del 
										delito, las políticas y programas para 
										tal objetivo, la detección de zonas y 
										grupos con mayor vulnerabilidad y las 
										políticas para su atención prioritaria, 
										la evaluación de los programas y la 
										atención a rezagos. Establecer una 
										distribución de facultades y 
										competencias exclusivas y concurrentes 
										de los tres órdenes de gobierno en la 
										materia y medidas para el 
										fortalecimiento institucional. Incluir 
										dentro de los delitos considerados como 
										graves, los relacionados con la trata de 
										personas, así como de delincuencia 
										organizada. Señalar que para el caso de 
										la sustracción de menores, deberán 
										implementarse sistemas de alerta y 
										protocolos de acción inmediata para su 
										búsqueda y localización, en el que 
										coadyuven con los integrantes del 
										sistema, las corporaciones de 
										emergencia, medios de comunicación, 
										prestadores de servicios de 
										telecomunicaciones, organizaciones no 
										gubernamentales y ciudadanía en general. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												Por la Comisión: |  
												| 
												
												
												Dip. 
												
												Diva Hadamira Gastélum Bajo 
												(PRI) |  
												| 
												
												
												  |  
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												Para hablar en pro: |  
												| 
												
												
												Dip. Caritina Saénz Vargas (PVEM) |  
												| 
												
												
												Dip. Rosi Orozco (PAN) |  
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												Dip. Ma. Araceli Vázquez Camacho 
												(PRD) |    | 
										
										
										a) En votación económica 
										se autorizó someterlo a discusión. 
										
										
										b) Aprobada en lo general y lo 
										particular en votación nominal 
										por unanimidad de 268 votos. 
										
										
										c) Pasa al Ejecutivo para sus 
										efectos constitucionales. |