| 
                                  
                                  
                                  Que reforma los incisos a. y c. de la fracción 
                                  IV del artículo 328 de la Ley de Navegación y 
                                  Comercio Marítimo. 
                                  
                                  
                                    
                                  
                                  
                                  Proceso Legislativo: 
                                  
                                  
                                  Iniciativa presentada 
                                  por la Dip. Ludivina Menchaca Castellanos (PVEM) 
                                  el 9 de diciembre de 2009. 
                                  
                                  
                                  Iniciativa suscrita por 
                                  los Sens. Francisco Herrera León y Adolfo 
                                  Toledo Infanzón (PRI), el 25 de febrero de 
                                  2010. 
                                  
                                  
                                  Dictamen de Primera 
                                  Lectura presentado el 3 de noviembre de 2010. 
                                  
                                  
                                  Dictamen a discusión 
                                  presentado el 4 de noviembre de 2010. Proyecto 
                                  de decreto aprobado por 70 votos. Se turnó a 
                                  la Cámara de Diputados para los efectos del 
                                  inciso a) del artículo 72 de la Constitución 
                                  Política de los Estados Unidos Mexicanos. 
                                  
                                  
                                  Minuta recibida en la 
                                  Cámara de Diputados el 11 de noviembre de 
                                  2010. (LXI Legislatura) 
                                  
                                  
                                    
                                  
                                  
                                  Propuesta: 
                                  
                                  
                                  Faculta a la Secretaría a imponer una multa de 
                                  diez mil a cincuenta mil días de salario 
                                  mínimo vigente, tomando en consideración el 
                                  riesgo o daño causado, la reincidencia y el 
                                  posterior cumplimiento de la obligación, a los 
                                  propietarios de las embarcaciones o los 
                                  navieros por proceder al desguace en 
                                  contravención, sin permiso de la Secretaría. 
                                  Asimismo a la capitanía de puerto para 
                                  sancionar a prestadores de servicios náuticos 
                                  que operan de manera irregular y a los que a 
                                  su vez de manera ilegal desmantelan 
                                  embarcaciones, y posibilita que la Capitanía 
                                  de Puerto actúe en contra de prestadores de 
                                  servicios náuticos que operan de forma 
                                  irregular, sin cumplir con los estándares de 
                                  calidad que ponen en peligro a usuarios de los 
                                  mismos. |