| 
                                    
                                    
                                    1 | 
                                    
                                    
                                    
                                    Que reforma y adiciona 
                                    los artículos 25 y 277 de la Ley del 
                                    Seguro Social, para los efectos de 
                                    la fracción D del artículo 72 
                                    constitucional. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Publicación en GP: 
                                    
                                    
                                    Anexo I. 
                                    
                                    
                                    8 de febrero de 2011. | 
                                    
                                    
                                    Proceso Legislativo: 
                                    
                                    
                                    Iniciativa presentada por el Dip. Agustín 
                                    Miguel Alonso Raya (PRD) el 10 de marzo de 
                                    2005. (LIX Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 
                                    de abril de 2006. (LIX Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Dictamen a discusión presentado el 26 de 
                                    abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado 
                                    por 337 votos y 2 abstenciones. Se turnó a 
                                    la Cámara de Senadores para los efectos del 
                                    Apartado A) del artículo 72 de la 
                                    Constitución Política de los Estados Unidos 
                                    Mexicanos. (LIX Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 
                                    27 de abril de 2006. (LIX Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Dictamen de Primera Lectura con dispensa de 
                                    trámite presentado el 13 de diciembre de 
                                    2010. Proyecto de decreto aprobado por 68 
                                    votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara 
                                    de Diputados para los efectos del 
                                    Apartado D) del artículo 72 de la 
                                    Constitución Política de los Estados Unidos 
                                    Mexicanos. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Decreto: 
                                    
                                    
                                    PRIMERO.- 
                                    Se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto 
                                    que reforma y adiciona los artículos 25 y 
                                    277 E de la Ley del Seguro Social por lo que 
                                    debe ser devuelta a la Cámara de Diputados 
                                    con las observaciones correspondientes.
                                     
                                    
                                    
                                    SEGUNDO.- 
                                    Se ordena su descargo del registro 
                                    parlamentario correspondiente. | 
                                    
                                    
                                    Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión 
                                    Social, y de Seguridad Social,
                                    
                                    
                                    para dictamen | 
                                  
                                    | 
                                    
                                    
                                    2 | 
                                    
                                    
                                    
                                    Que adiciona un 
                                    párrafo tercero al artículo 60 Bis de la
                                    Ley 
                                    General de Vida Silvestre. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Publicación en GP: 
                                    
                                    
                                    Anexo I. 
                                    
                                    
                                    8 de febrero de 2011. | 
                                    
                                    
                                    Proceso Legislativo: 
                                    
                                    
                                    Iniciativa presentada por el Sen. Arturo 
                                    Escobar y Vega (PVEM) el 26 de abril de 
                                    2007. (LX Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Iniciativa presentad por la Sen. Ludivina 
                                    Menchaca Castellanos el 25 de septiembre de 
                                    2008. (LX Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Dictamen de Primera Lectura presentado el 09 
                                    de diciembre de 2010. (LXI Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Dictamen presentado el 13 de diciembre de 
                                    2010. Proyecto de decreto aprobado por 88 
                                    votos. Se turnó a la Cámara de Diputados 
                                    para los efectos del Apartado A) del 
                                    artículo 72 de la Constitución Política de 
                                    los Estados Unidos Mexicanos. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Propuesta: 
                                    
                                    
                                    Señalar que para el caso de varamiento de 
                                    mamíferos marinos, se procederá siempre a lo 
                                    determinado en el “Protocolo de atención 
                                    para varamiento de mamíferos marinos”. | 
                                    
                                    
                                    Comisión de Medio Ambiente y Recursos
                                    Naturales,
                                    
                                    
                                    para dictamen | 
                                  
                                    | 
                                    
                                    
                                    3 | 
                                    
                                    
                                    
                                    Que reforma el 
                                    artículo 40 de la 
                                    Ley General de Vida 
                                    Silvestre. 
                                     
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Publicación en GP: 
                                    
                                    
                                    Anexo I. 
                                    
                                    
                                    8 de febrero de 2011. | 
                                    
                                    
                                    Proceso Legislativo: 
                                    
                                    
                                    Iniciativa presentada por el Sen Francisco 
                                    Herrera León (PRI) el 22 de septiembre de 
                                    2009. (LXI Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Dictamen de Primera Lectura presentado el 9 
                                    de diciembre de 2010. (LXI Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Dictamen presentado el 13 de diciembre de 
                                    2010. Proyecto de decreto aprobado por 94 
                                    votos. Se turnó a la Cámara de Diputados 
                                    para los efectos del Apartado A) del 
                                    artículo 72 de la Constitución Política de 
                                    los Estados Unidos Mexicanos. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Propuesta: 
                                    
                                    
                                    Incluir el requisito de información 
                                    biológica de la o las especies sujetas a 
                                    plan de manejo, que deben cumplir los 
                                    predios para su registro como UMA’s 
                                    (Unidades para la Conservación, Manejo y 
                                    Aprovechamiento Sustentable). | 
                                  
                                    | 
                                    
                                    
                                    4 | 
                                    
                                    
                                    
                                    Que reforma diversas 
                                    disposiciones de la Ley de la Propiedad 
                                    Industrial y el artículo 232 de la 
                                    Ley Federal del 
                                    Derecho de Autor. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Publicación en GP: 
                                    
                                    
                                    Anexo I. 
                                    
                                    
                                    8 de febrero de 2011. | 
                                    
                                    
                                    Proceso Legislativo: 
                                    
                                    
                                    Iniciativa presentada por el Sen. Rogelio 
                                    Humberto Rueda Sánchez  (PRI) el 11 de 
                                    agosto de 2010. (LXI Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Dictamen de Primera Lectura presentado el 13 
                                    de diciembre de 2010. (LXI Legislatura) 
                                    
                                    
                                    Dictamen presentado el 14 de diciembre de 
                                    2010. Proyecto de decreto aprobado por 68 
                                    votos, 19 en contra y 1 abstención. Se turnó 
                                    a la Cámara de Diputados para los efectos 
                                    del Apartado A) del artículo 72 de la 
                                    Constitución Política de los Estados Unidos 
                                    Mexicanos. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Propuesta: 
                                    
                                    
                                    Establecer que en los procedimientos de 
                                    declaración administrativa previstos en la 
                                    Ley de la Propiedad Industrial, las 
                                    resoluciones de trámite y definitivas 
                                    dictadas dentro de los mismos, así como 
                                    todas aquellas dictadas en procedimientos 
                                    seguidos en rebeldía podrán ser notificadas 
                                    a las partes por estrados en el Instituto 
                                    Mexicano de la Propiedad Industrial y 
                                    mediante publicación en la Gaceta, cuando no 
                                    haya sido posible realizarla en el 
                                    domicilio. Asimismo, se permitirá que el 
                                    personal comisionado a las visitas de 
                                    inspección podrá, durante el desarrollo de 
                                    las diligencias, tomar fotografías o video 
                                    filmaciones o recabar cualquier otro 
                                    instrumento considerado admisible como 
                                    prueba en términos de la Ley Federal de 
                                    Procedimiento Administrativo y del Código 
                                    Federal de Procedimientos Civiles. Las 
                                    fotografías que se tomen, los videos que se 
                                    filmen y los demás instrumentos recabados, 
                                    podrán ser utilizados por el Instituto como 
                                    elementos con pleno valor probatorio. 
                                    Incluir dentro de las infracciones 
                                    administrativas, el impedir el acceso al 
                                    personal comisionado para practicar visitas 
                                    de inspección, así como no proporcionar 
                                    información, sin causa justificada, y datos 
                                    al Instituto cuando los requiera. | 
                                    
                                    
                                    Comisiones Unidas de Economía y 
                                    Cultura,
                                    
                                    
                                    para dictamen |