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										Que expide la Ley 
										General de la Economía Social y 
										Solidaria, Reglamentaria del Párrafo 
										Séptimo del artículo 25 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por el Sen. René 
										Arce (PRD) el 14 de septiembre de 2010. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 14 de abril de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 27 de 
										abril de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 83 votos. Pasa a la Cámara 
										de Diputados para los efectos del 
										Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 27 de abril de 2011. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 18 
										de octubre de 2011. 
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Facilitar la organización y la expansión 
										de la actividad económica del Sector 
										Social de la economía y la 
										responsabilidad del fomento e impulso 
										por parte del Estado; y definir reglas 
										de organización, promoción, fomento y 
										fortalecimiento del Sector Social de la 
										Economía, como un sistema eficaz que 
										contribuya al desarrollo social y 
										económico del país, a la generación de 
										fuentes de trabajo digno, al 
										fortalecimiento de la democracia, a la 
										equitativa distribución del ingreso y a 
										la mayor generación de patrimonio 
										social. El Sector Social de la Economía 
										estará integrado por los siguientes 
										formas de organización social: Ejidos; 
										Comunidades; Organizaciones de 
										trabajadores; Sociedades Cooperativas; 
										Empresas que pertenezcan mayoritaria o 
										exclusivamente a los trabajadores; y en 
										general, de todas las formas de 
										organización social para la producción, 
										distribución y consumo de bienes y 
										servicios socialmente necesarios. Se 
										crea el Instituto Nacional de la 
										Economía Social como un organismo 
										administrativo desconcentrado adscrito a 
										la Secretaría de Economía, el cual 
										contará con autonomía técnica, operativa 
										y de gestión en los términos 
										establecidos en esta Ley. Tendrá como 
										objeto definir e instrumentar políticas 
										públicas de fomento al sector social de 
										la economía, con el fin de fortalecer y 
										consolidar al sector como uno de los 
										pilares de desarrollo económico del 
										país, a través de la participación, 
										capacitación, investigación, difusión y 
										apoyo a proyectos productivos del 
										sector. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Por la Comisión: 
										
										
										Dip. Ildefonso Guajardo Villarreal 
										
										
										  
										
										Para 
										fijar postura de 
										su 
										Grupo Parlamentario: 
										
										
										Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) 
										
										
										Dip. Víctor Hugo Cirigo Vasquez (PVEM) 
										
										
										Dip. Rodolfo Lara Lagunas (PRD) 
										
										
										Dip. Mirna Lucrecia Camacho Pedrero 
										(PAN) 
										
										
										Dip. José Manuel Aguero Tovar (PRI) 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en contra: 
										
										
										Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández 
										Noroña (PT) 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. Víctor Hugo Cirigo Vasquez (PVEM) 
										
										
										Dip. Guadalupe Acosta Naranjo (PRD) |