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        Que 
        reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la 
        Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de residuos 
        sólidos urbanos. 
          
        Proceso 
        Legislativo: 
        
        Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PVEM), suscrita por 
        el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM) e integrantes del Grupo Parlamentario 
        del PVEM, el 14 de junio de 2017. (LXIII Legislatura) 
          
        
        Propuesta: 
        
        Establecer la responsabilidad objetiva de los integrantes de los 
        Ayuntamientos y Alcaldías, de los Alcaldes, Regidores y Presidentes 
        Municipales y en general, cualquier autoridad de las entidades 
        federativas o municipales, que en el marco de su competencia autoricen o 
        bien, permitan formal o materialmente el establecimiento y 
        funcionamiento de tiraderos a cielo abierto, así como la operación de 
        sitios de disposición final que no cumplan con la normatividad vigente 
        aplicable. 
        Señalar 
        qué se entiende por Tiradero a Cielo Abierto. 
        Incluir 
        como facultad de la Federación el verificar el cumplimiento de las 
        normas oficiales mexicanas en materia de disposición final de residuos 
        sólidos urbanos y de manejo especial e imponer sanciones y medidas que 
        resulten aplicables en caso de incumplimento. 
        Señalar 
        que las entidades federativas tienen a su cargo la gestión integral de 
        los residuos de manejo especial y la autorización de su manejo integral. 
        Indicar 
        que el ayuntamiento tiene a su cargo la gestión integral de residuos 
        sólidos urbanos, y la autorización de su manejo integral. |