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SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL
SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO
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Datos
Relevantes de la Sesión N° 26. Abril 28,
2005.
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6.DICTÁMENES A DISCUSIÓN
No. |
Origen |
Dictamen |
Turno o Trámite |
Intervenciones |
1 |
Comisión de Gobernación
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Proyecto de decreto que concede permiso al
ciudadano Diego José Garibay y García de
Quevedo para aceptar y desempeñar el cargo
de Cónsul Honorario del Reino de Suecia en
la Ciudad de Guadalajara, con
circunscripción consular en los estados de
Colima y de Jalisco.
Proceso Legislativo:
1. Oficio de la Secretaría de Gobernación
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 12 de abril de 2005.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 21 de abril de 2005.
Materia: Permiso Constitucional.
Resolutivo Único:
Se concede permiso al ciudadano Diego
José Garibay y García de Quevedo, para
aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul
Honorario del Reino de Suecia en la ciudad
de Guadalajara, con circunscripción consular
en los estados de Colima y Jalisco. |
a) En votación económica se les
dispensó la segunda lectura.
b) Se reservaron para su votación
nominal en conjunto.
c) Aprobados en votación nominal
por 348 votos en pro, 0 en contra y 2
abstenciones.
d) Se turnaron al Senado de la
República para sus efectos
constitucionales. |
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2 |
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Proyecto de decreto que concede permiso a la
C. Ana Laura de la Torre Saavedra, Martha
Elena Muñoz Pérez, Mary Anne Colín Gascón,
Víctor Alfredo Herrera Ávila, Lourdes Aidé
Berger Armendáriz, Mónica Sabrina Nava
Garcés, Susette Trinidad Vázquez Gudiño y
Guillermo Daniel Prior Ortiz para prestar
servicios en la Embajada de Estados Unidos
de América en México y en sus Consulados
Generales en Ciudad Juárez, Chihuahua, en
Guadalajara, Jalisco, y en Tijuana, Baja
California; y en la Embajada de la República
de Sudáfrica en México, respectivamente .
Proceso Legislativo:
1. Oficio de la Secretaría de Gobernación
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 12 de abril de 2005.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 21 de abril de 2005.
Materia: Permiso Constitucional.
Resolutivos:
1. Se concede permiso a la
ciudadana Ana Laura de la Torre Saavedra
para prestar servicios como asistente de
Información en la Sección de Prensa en la
Embajada de Estados Unidos de América en
México.
2. Se concede permiso a la
ciudadana Martha Elena Muñoz Pérez para
prestar servicios como secretaria en la
Sección Consular en la Embajada de Estados
Unidos de América en México.
3. Se concede
permiso a la ciudadana Mary Anne Colín
Gascón para prestar servicios como
asistente administrativa del Área Cultural
en la Embajada de Estados Unidos de América
en México.
4. Se concede permiso al ciudadano
Víctor Alfredo Herrera Ávila para
prestar servicios como mecánico de
mantenimiento en el Consulado General de
Estados Unidos de América en Ciudad Juárez,
Chihuahua.
5. Se concede permiso, a la ciudadana
Lourdes Aidé Berger Armendáriz para
prestar servicios como operadora telefónica
en el Consulado General de Estados Unidos de
América en Ciudad Juárez, Chihuahua.
6. Se concede permiso a la ciudadana
Mónica Sabrina Nava Garcés para prestar
servicios como asistente consular en el
Consulado General de Estados Unidos de
América en Guadalajara, Jalisco.
7. Se concede permiso a la ciudadana
Susette Trinidad Vázquez Gudiño para
prestar servicios como asistente financiera
en el Consulado General de Estados Unidos de
América en Tijuana, Baja California.
8. Se concede permiso al ciudadano
Guillermo Daniel Prior Ortiz para
prestar servicios como traductor en la
Embajada de la República de Sudáfrica en
México. |
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3 |
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Proyecto de decreto que concede permiso al
ciudadano Alfonso Barnetche Pous para
aceptar y desempeñar el cargo de cónsul
honorario de la República Portuguesa en la
ciudad de Cancún, con circunscripción
consular en el Estado de Quintana Roo.
Proceso Legislativo:
Oficio de la Secretaría de Gobernación
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 19 de abril de 2005.
Materia: Permiso Constitucional.
Resolutivo Único:
Se concede permiso al ciudadano Alfonso
Barnetche Pous, para aceptar y
desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de
la República Portuguesa en la ciudad de
Cancún, con circunscripción consular en el
Estado de Quintana Roo. |
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4 |
Comisión de Hacienda y
Crédito Público |
Proyecto de decreto que reforma los
artículos 1o., fracciones I y II; 5o.,
inciso d), y 11, segundo y tercer párrafos;
se adiciona el artículo 1o., con un último
párrafo, y se deroga el penúltimo párrafo
del artículo 2° de la Ley Federal del
Impuesto sobre Automóviles Nuevos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip.
Miguel Ángel Toscano Velasco (PAN) en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 12 de abril de 2005.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 d abril de 2005.
Materia: Automóviles Nuevos.
Propuesta:
1. Establecer nuevas reglas para el
Impuesto sobre Automóviles nuevos.
2. Derogar la exención del Impuesto
sobre Automóviles Nuevos, en enajenación al
público en general de automóviles compactos
de consumo popular, cuyo precio incluyendo
el impuesto al valor agregado sea la
cantidad actualizada de $ 135,690.00, el
motor sea de fabricación nacional y posea
una capacidad para transportar hasta cinco
pasajeros.
3. Precisar que cuando el Impuesto sobre
Automóviles Nuevos ya haya sido pagado con
motivo de la importación o cuando el
vehículo forme parte del activo fijo de las
empresas, no se deba volver a pagar dicho
impuesto. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación nominal
por 333 votos en pro, 0 en contra y 4
abstenciones.
d) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
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5 |
Comisión de Hacienda y
Crédito Público |
Proyecto de decreto que establece las
características de una moneda conmemorativa
del Bicentenario del Natalicio del
Licenciado Benito Juárez García.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip.
Jacobo Sánchez López (PRI) a nombre de
los integrantes de la Comisión Especial
para los Festejos del Bicentenario del
Natalicio de Benito Juárez, presentada
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 23 de noviembre de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Moneda Conmemorativa.
Propuesta:
1. Conmemorar el Bicentenario el
Natalicio de Benito Juárez mediante una
moneda de plata.
2. Establecer las características de
una Moneda Conmemorativa del Bicentenario
del Natalicio del Presidente Benito Juárez,
Presidente de México y Benemérito de las
Américas, de conformidad con lo dispuesto en
el inciso c) del artículo 2o de la Ley
Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) En votación económica se
aceptó la fe de erratas presentada por la
Comisión.
c) Se consideró suficientemente
discutido en lo general y en lo particular.
d) Aprobado en votación nominal
por 323 votos en pro, 0 en contra y 4
abstenciones.
e) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
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6 |
Comisión de Hacienda y
Crédito Público y de Fomento Cooperativo y
Economía Social |
Proyecto de decreto que adiciona un Capítulo
VII-A al Título Segundo de la Ley del
Impuesto sobre la Renta.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa de decreto que adiciona el
Titulo III-A de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, la fracción VIII del articulo 95 del
Código Fiscal de la Federación y el artículo
389-Bis-A del Código Penal Federal,
presentada por el Dip. Luis Francisco
Monárrez Rincón (PRI), Dip. Francisco Javier
Saucedo Pérez (PRD) y Dip. José Juan
Bárcenas González (PAN) en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del
21 de octubre de 2004.
2. Iniciativa de Decreto que adiciona el
título III-A de la Ley del Impuesto Sobre la
Renta, la fracción VIII del artículo 95 del
Código Fiscal de la Federación y el artículo
389-BIS-A del Código Penal Federal,
presentada por el Dip. Luis Francisco
Monárrez Rincón (PRI), Dip. Francisco Javier
Saucedo Pérez (PRD) y Dip. José Juan
Bárcenas González (PAN) en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del 2
de diciembre de 2004.
3. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Fiscal.
Propuesta:
1. Implementar un estímulo fiscal
orientado a invertir en el desarrollo de las
capacidades empresariales y asociativas de
la población marginada y en situación de
pobreza para que, en base a su propio
esfuerzo organizativo, se encuentren en
condiciones de generar su propio empleo y
una fuente digna de ingresos de carácter
sustentable.
2. Adoptar una política fiscal de
aliento y promoción de las cooperativas.
3. Otorgar beneficios fiscales a las
sociedades cooperativas de producción.
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a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación nominal
por 319 votos en pro, 1 en contra y 2
abstenciones.
d) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
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7 |
Comisión de Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias |
Proyecto de decreto que expide el Reglamento
del Canal de Televisión del Congreso General
de los Estados Unidos Mexicanos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en el Senado de
la República por senadores integrantes de la
Comisión Bicamaral del Canal de Televisión
del Congreso General, en Sesión Ordinaria
del 19 de abril de 2001.
2. Dictamen con dispensa de trámites
presentado en Sesión Ordinaria del Senado de
la República del 26 de abril de 2001, y
aprobado por 79 votos en pro y 0 en contra.
3. Minuta presentada en la Cámara de
Diputados el 27 de abril de 2001.
4. Dictamen de Primera Lectura
presentada en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 28-29 de abril de 2003 (LVIII
Legislatura).
5. Dictamen a discusión presentada en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 30 de abril de 2003 y aprobado por
360 votos en pro, 3 en contra y 2
abstenciones (LVIII Legislatura). Se
turnó a la Cámara de Senadores para los
efectos del inciso e) del artículo 72
constitucional.
6. Minuta presentada en Sesión Ordinaria
del Senado de la República del 2 de
septiembre de 2003.
7. Dictamen con dispensa de segunda lectura
presentado en Sesión Ordinaria del
Senado de la República del 9 de diciembre
de 2004 y aprobado por 65 votos en pro.
8. Minuta presentada en Sesión Ordinaria
de la Cámara de Diputados del 14 de
diciembre de 2004 para los efectos del
inciso e) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
9. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Canal del Congreso.
Propuesta:
1. Expedir el Reglamento que regule
la organización y funcionamiento del Canal
del Congreso, a cargo de la Comisión
Bicamaral constituida para este efecto.
2. Considera al Canal del Televisión
como "un medio de comunicación de Estado, de
servicio público, con presupuesto,
organización, infraestructura técnica y
personal, dependiente del Poder Legislativo
y perteneciente a la Nación", cuyo objeto es
el de reseñar y difundir la actividad
legislativa y parlamentaria que corresponda
a las responsabilidades de las Cámaras del
Congreso y de la Comisión Permanente, así
como contribuir e informar, analizar y
discutir pública y ampliamente la situación
de los problemas de la realidad nacional
vinculados con la actividad legislativa.
3. Establece al Distrito Federal como su
sede. 4. Mantiene la conducción del
Canal a cargo de la Comisión Bicamaral del
Canal de Televisión del Congreso, la cual
tendrá una Mesa Directiva integrada por una
Presidencia y dos Secretarías, electas de
manera directa por los integrantes de la
misma; dichas responsabilidades se ejercerán
durante 12 meses, y serán rotatorias entre
los Grupos Parlamentarios representados en
la Comisión y alternada entre ambas Cámaras.
5. Establece como requisitos para ser
Titular de la Dirección General del Canal:
poseer la ciudadanía mexicana; contar con
"amplia y probada experiencia profesional en
el campo de la televisión"; tener título de
licenciatura, requisito que "de manera
excepcional la Comisión podrá dispensar"; y
no tener antecedentes penales.
6. Da al Titular de la Dirección General
del Canal la atribución para realizar el
anteproyecto de presupuesto anual del Canal
y el programa de trabajo correspondiente,
para presentarlo a la Comisión a más tardar
el primero de junio de cada año.
7. Conforma un Consejo Consultivo en
calidad de "órgano plural de representación
social", compuesto por 11 consejeros
ciudadanos, designados por la Comisión a
propuesta de instituciones académicas y
organizaciones civiles, y el cual será
encabezado por la Presidencia de la
Comisión.
8. Integra el presupuesto del Canal por
las aportaciones que anualmente hagan cada
una de las Cámaras "por partes iguales"; los
ingresos derivados de servicios prestados; y
los recursos extraordinarios para el
desarrollo de proyectos específicos.
9. Incorpora al personal del Canal en el
régimen laboral "de confianza". |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) A solicitud de la Dip. Norma
Patricia Saucedo Moreno (PAN), la
Presidencia de la Mesa Directiva instruyó se
insertara su intervención integra en el
Diario de Debates.
c) Aprobado en votación nominal
por 321 votos en pro, 0 en contra y 3
abstenciones.
d) Se turnó al Ejecutivo Federal
para sus efectos constitucionales. |
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8 |
Comisión de Gobernación |
Proyecto de decreto que reforma el artículo
46 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y
el Himno Nacionales.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip.
Víctor Manuel Alcérreca Sánchez (PRI) en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 21 de septiembre de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Himno Nacional.
Propuesta:
Establece la enseñanza obligatoria del
Himno Nacional en todos los planteles de
educación preescolar. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación
nominal por 328 votos en pro, 0 en
contra y 6 abstenciones.
d) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales. |
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9 |
Comisión de Gobernación |
Proyecto de decreto que adiciona un artículo
39 Bis a la Ley sobre el Escudo, la Bandera
y el Himno Nacionales.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Sen.
María Lucero Saldaña Pérez (PRI) en
Sesión Ordinaria del 5 de diciembre de
2002.
2. Dictamen con dispensa de trámites
presentado en Sesión Ordinaria del 14 de
diciembre de 2004 y aprobado en la misma
por 87 votos en pro.
3. Minuta presentada en Sesión Ordinaria
de la Cámara de Diputados del 1° de
febrero de 2005.
4. Iniciativa presentada por el diputado
Manuel Wistano Orozco Garza (PAN) en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del 14
de abril de 2003 (LVIII Legislatura).
Del estudio de esta Iniciativa se desprende
que su propósito es plenamente coincidente
con el propuesto en la Minuta objeto del
presente dictamen.
5. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Himno Nacional Mexicano.
Propuesta:
1. Traducir y autorizar las ediciones
del Himno Nacional para ser interpretadas en
las diferentes lenguas indígenas, facultando
al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas
para realizar las traducciones
correspondientes, las cuales deberán contar
con la autorización de la Secretaría de
Gobernación y de la Secretaría de Educación
Pública.
2. Establecer que los pueblos y
comunidades indígenas podrán solicitar a las
Secretarías de Gobernación y de Educación
Pública la autorización de sus propias
traducciones del Himno Nacional.
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a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación
nominal por 339 votos en pro, 0 en
contra y 4 abstenciones.
d) Se devolvió al Senado de la
República para los efectos del inciso e)
del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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10 |
Comisión de Gobernación |
Proyecto de decreto que reforma el numeral
dos del artículo 239 del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el
Dip. Pablo Alejo López Núñez (PAN)
presentada en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputado del 14 de septiembre de 2004.
2. Iniciativa remitida por el
Congreso del Estado de Baja California en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 7 de octubre de 2003.
3. Iniciativa presentada por la Dip.
María de los Dolores Padierna Luna (PRD)
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 27 de noviembre 2003.
Del estudio de las Iniciativas arriba
enunciadas, se desprende que sus propósitos
son coincidentes con el propuesto en la
Iniciativa objeto del presente dictamen.
4. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Electoral/Venta de Bebidas
Alcohólicas.
Propuesta:
1. Establece que el día de la elección y
el precedente, a juicio de las autoridades
competentes y de acuerdo a la normatividad
que exista en cada entidad federativa, se
ordenará, cuando sea indispensable para
preservar el orden de la jornada, el
cierre de los establecimientos que expendan
bebidas embriagantes. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación
nominal por 332 votos en pro, 0 en
contra y 6 abstenciones.
d) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
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11 |
Comisión de Gobernación |
Proyecto de decreto que reforma la fracción
X del artículo 31, y las fracciones IV y IX
del artículo 35 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip.
Gonzalo Moreno Arévalo (PRI) en Sesión
Ordinaria del 9 de diciembre de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Sanidad Animal.
Propuesta:
1. Transferir en la fracción X del
artículo 31 las atribuciones que le son
conferidas a la Secretaría de Comercio y
Fomento Industrial a la de Economía.
2. Establecer que corresponde a la
SAGARPA "vigilar el cumplimiento y aplicar
la normatividad en materia de sanidad animal
y vegetal, así como otorgar las
certificaciones relativas al ámbito de su
competencia". |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación
nominal por 346 votos en pro, 0 en
contra y 3 abstenciones.
d) Se turnó al Senado de la
República, para sus efectos
constitucionales. |
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12 |
Comisión de Gobernación |
Proyecto de decreto que adiciona una
fracción XXX al artículo 34, recorriéndose
el orden de la subsecuente, de la Ley
Orgánica de la Administración Pública
Federal.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el
Sen. Fernando Gómez Esparza (PRI) en
Sesión de la Comisión Permanente del 28
de enero de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en la Sesión Ordinaria del Senado
de la República del 28 de abril de 2004.
3. Dictamen a discusión presentado en la
Sesión Ordinaria del Senado de la República
del 29 de abril de 2004 y aprobado en
la misma.
4. Minuta presentada en Sesión Ordinaria
de la Cámara de Diputados del 2 de
septiembre de 2004.
5. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Reubicación de la industria en
Zonas Urbanas.
Propuesta:
Facultar a la Secretaría de Economía para
Impulsar la reubicación de la industria de
zonas urbanas con graves problemas
demográficos y ambientales, en coordinación
con las Entidades Federativas, para que se
facilite su traslado con infraestructura
industrial. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación
nominal por 347 votos en pro, 0 en
contra y 3 abstenciones.
d) Se turnó al Ejecutivo Federal
para sus efectos constitucionales.
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13 |
Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Proyecto de decreto que adiciona la fracción
V al artículo 112 de la Ley General para la
Prevención y Gestión Integral de los
Residuos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Dip.
Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (PVEM)
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 19 de Octubre de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Prevención y Gestión Integral
de los Residuos.
Propuesta:
Establecer una multa por el
equivalente de veinte a cincuenta mil días
de salario mínimo general vigente en el
Distrito Federal al momento de imponer
la sanción, producto de infringir la Ley
General para la Prevención y Gestión
Integral de los Residuos. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) A solicitud de la Dip.
Jaqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (PVEM)
la Presidencia de la Mesa Directiva instruyó
se insertara su intervención integra en el
Diario de Debates.
c) Se consideró suficientemente
discutido en lo general y en lo particular.
d) Aprobado en votación
nominal por 343 votos en pro, 0 en contra y
2 abstenciones.
e) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
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14 |
Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Proyecto de decreto que adiciona los
párrafos tercero y cuarto al artículo 111 de
la Ley General para la Prevención y Gestión
Integral de los Residuos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Dip.
Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (PVEM)
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 25 de Noviembre de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Ambiental.
Propuesta:
1. Facultar a la autoridad ambiental
de revocar o modificar las multas impuestas
a aquellos infractores que han violentado el
estado de Derecho en materia ambiental, y
que han sido sancionados por la autoridad
administrativa, siempre y cuando los mismos
hayan cumplido con una serie de medidas que
establece la misma norma; que no sean
reincidentes y que no entren dentro del
supuesto que marca el artículo 170 de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (Siempre y cuando no
exista riesgo inminente de desequilibrio
ecológico, o de daño y deterioro grave a los
recursos naturales, casos de contaminación
con repercusiones peligrosas para los
ecosistemas, sus componentes o para la salud
pública).
2. Otorgar un plazo de cinco días al
infractor para subsanar las deficiencias e
irregularidades observadas, este deberá
comunicar por escrito y en forma detallada a
la autoridad ordenadora, haber dado
cumplimiento a las medidas ordenadas en los
términos del requerimiento respectivo.
|
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación
nominal por 350 votos en pro, 0 en contra y
5 abstenciones.
d) Se
turnó al Senado de la República, para
sus efectos constitucionales.
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15 |
Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Proyecto de decreto que reforma los
artículos 1, fracción XIII, 7, fracción
VIII, y 101; y se adiciona un primer párrafo
recorriéndose los demás párrafos en su orden
al artículo 104, de la Ley General para la
Prevención y Gestión Integral de los
Residuos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip.
Manuel Velasco Coello (PVEM) presentada
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 19 de Octubre de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Ambiental.
Propuesta:
Establecer medidas correctivas
para garantizar el cumplimiento y la
aplicación de la Ley General para la
Prevención y Gestión Integral de los
Residuos. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación
nominal por 345 a favor, 0 en contra y 5
abstenciones.
d) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
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16 |
Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Proyecto de decreto que adiciona los
artículos 167, 167 Bis 1, 167 Bis 2, 167 Bis
3 y 167 Bis 4 a la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip.
Jaqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (PVEM)
presentada en Sesión Ordinaria de la
Cámara de Diputados del 30 de Noviembre
de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Administrativa/Ambiental.
Propuesta:
Incorporar a la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente un conjunto de normas jurídicas que
establezcan las diversas clases y los
requisitos de las notificaciones de los
actos administrativos dictados; procurando
evitar formulismos innecesarios, de modo tal
que no impliquen una violación a las
garantías constitucionales del gobernado y
que generen certidumbre, al tiempo que
permita a la autoridad ambiental desarrollar
sus funciones de una forma adecuada,
expedita y eficaz en beneficio del medio
ambiente y de un acceso a la justicia
ambiental. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) A solicitud de la Dip.
Jaqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (PVEM)
la Presidencia de la Mesa Directiva
instruyó se insertara su intervención
integra en el Diario de Debates.
c) Se consideró suficientemente
discutido.
d) Aprobado en votación
nominal por 335 votos en pro, 0 en contra y
2 abstenciones.
e) Se turnó al Senado de la
República, para sus efectos
constitucionales. |
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17 |
Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Proyecto de decreto que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley General de
Vida Silvestre.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip.
Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM) en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 07 de Diciembre de 2004.
2. Iniciativa presentado por el Dip.
Manuel Velasco Coello (PVEM) en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del
17 de Febrero de 2005.
3. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 26 de abril de 2005.
Materia: Información Pública/Ambiental.
Propuesta:
1. Establecer el derecho a todo el
público de obtener la información
relacionada con la conservación y el
aprovechamiento sustentable de la vida
silvestre nacional y su hábitat, de acuerdo
a lo establecido en la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental, con excepción de
aquella que sea susceptible de generar
derechos de propiedad intelectual.
2. Mantener actualizados los listados
nacionales de especies animales en riesgo
cada tres años.
|
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) A solicitud de la Dip.
Jaqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (PVEM)
la Presidencia de la Mesa Directiva instruyó
se insertara su intervención integra en el
Diario de Debates.
c) Se consideró suficientemente
discutido.
d) Aprobado en lo general y en
lo particular de los artículos no impugnados
en votación nominal por 335 en pro, 0 en
contra y 6 abstenciones.
e) Se aceptó en votación económica
la derogación del segundo párrafo del
artículo 49 remitida por el Dip.
Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI).
f) Aprobado el art. 49 en lo general y
en lo particular en votación nominal por
337 votos en pro, 0 en contra y 5
abstenciones.
g) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales. |
Para reservar el segundo
párrafo del artículo 49 Sin
intervención en tribuna. :
Dip. Héctor Humberto
Gutiérrez de la Garza (PRI) |
18 |
Comisión de Hacienda y
Crédito Público |
Proyecto de Ley que crea el Fideicomiso de
Administración del Fondo para el
Fortalecimiento e Integración de la Cadena
Productiva del Tequila y protección de su
denominación de origen.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por
Diputados Federales del Estado de Jalisco,
Lázaro Arias Martínez, Francisco Javier
Guízar Macías y José Manuel Carrillo Rubio (PRI)
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 9 de diciembre de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 27 de abril de 2005.
Materia: Fideicomiso.
Propuesta:
1. Crear el Fideicomiso de
Administración del Fondo para el
Fortalecimiento e Integración de la Cadena
Productiva del Tequila y Protección de su
Denominación de Origen.
2. Provee la terminología con
respecto al origen y proceso del Tequila.
3. Determina la zona de denominación
Señalar que la función del Fideicomiso será
propiciar la adopción de las medidas para
lograr la integración de la cadena
productiva, a través del fomento de la
inversión productiva en el área agrícola y
en la industrial, promover la investigación
de variedades para el mejoramiento genético,
establecer un registro de abastecedores de
materia prima y de productores del tequila,
brindar apoyos económicos para la inversión
en la producción así como en la
comercialización, otorgar incentivos para
los agricultores y para los transformadores
del agave previo cumplimento de determinados
requisitos, lo cual permita que los agentes
de la cadena tengan certidumbre en su
actividad, y reordenar y consolidar el
mercado de este importante producto
nacional. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en votación nominal
por 340 votos en pro, 0 en contra y 6
abstenciones.
d) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
|
|
19 |
Comisiones Unidas de
Defensa Nacional, de Gobernación y de
Justicia y Derechos Humanos |
Proyecto de decreto por el que se expide la
Ley Federal de Armas de Fuego, Explosivos y
Pirotecnia, y se reforman diversas
disposiciones del Código Federal de
Procedimientos Penales, de la Ley Federal
contra la Delincuencia Organizada y de la
Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa con proyecto de decreto
por el que se expide la "Nueva Ley Federal
de Armas de Fuego y Explosivos" y se
reforman el Código Federal de Procedimientos
Penales y la Ley
Federal contra la Delincuencia Organizada,
presentada por el Poder Ejecutivo Federal
el 7 de diciembre de 1999 (LVII
Legislatura).
Se presentaron en el transcurso de la LVII Legislatura las Iniciativas
que a continuación se enumeran, y que para
efectos del presente dictamen se
consideraron bajo una misma lógica de
estudio y análisis:
1. Iniciativa de Ley Federal
de Armas de Fuego y Explosivos, la cual fue
turnada a las Comisiones de Gobernación y
Puntos Constitucionales y de Defensa
Nacional presentada por la Dip. Gudelia
Tapia Vargas (PRI) el 18 de noviembre
de 1999.
2. Iniciativa de Ley Federal de la
Pirotecnia, presentada por el Dip. José
Luis Gutiérrez Cureño (PRD) el 18 de
noviembre de 1999.
3. Iniciativa de Ley Federal
de Juegos Pirotécnicos presentada por el
Dip. Javier Paz Zarza (PAN) el 18 de
noviembre de 1999.
En la LVIII Legislatura:
1. Iniciativa de "Ley Federal de la
Pirotecnia" presentada por el Dip
Rodrigo David Mireles Pérez (PAN) el
04 de diciembre del año 2001.
En la LIX Legislatura:
1. Iniciativa de Reformas a la Ley
Federal de Armas de Fuego y Explosivos
presentada por el Congreso del Estado de
Puebla del 30 de octubre de 2003.
2. Minuta con proyecto de Decreto por el
que se Reforman y Adicionan diversas
disposiciones de la Ley Federal de Armas de
Fuego y Explosivos, del 27 de abril de
2004.
3. Minuta la cual se valoró en una
condición de estudio más no de dictamen, las
cuales se enumeran a continuación y que para
efectos del presente dictamen se
consideraron bajo una misma lógica de
estudio y análisis:
4. Iniciativa con Proyecto de Decreto
que reforma el artículo 29, fracción XVI y
deroga la fracción XVIII del artículo 30 bis
de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; reforma y adiciona los
artículos 29, 30 y 32 de la Ley Federal de
Armas de Fuego y Explosivos, presentada por
la Dip. Cristina Portillo Ayala (PRD)
del 18 de agosto de 2004.
5. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 27 de abril de 2005.
Materia: Portación de armas.
Propuesta:
1. Establece las atribuciones generales
para la aplicación de la Ley Federal de
Armas de Fuego, Explosivos y Pirotecnia y
señala a la Secretaría de la Defensa
Nacional, conforme a sus facultades y
competencias para observar obediencia a la
misma; teniendo como auxiliares a las
dependencias del Ejecutivo Federal, a las
autoridades de los Estados y sus Municipios,
el Gobierno del Distrito Federal y sus
Delegaciones.
2. Clasifica las armas y las
municiones de uso permitido y las de uso
exclusivo de las Fuerzas Armadas.
3. Determina la expedición del
registro y de una licencia para efectos de
portación de arma, la cual expedirá
únicamente la Secretaría de la Defensa
Nacional, dicha licencia podrá ser
particular, oficial o especial.
4. Regularizar los permisos y
actividades industriales de fabricación,
reparación, transportación,
comercialización, importación, exportación y
almacenamiento de armas, municiones y sus
componentes, los cuales se deben regir por
Permisos Generales y Extraordinarios.
5. Señala las atribuciones de la
Secretaría de la Defensa Nacional como
responsable del control y vigilancia de los
explosivos como producto terminado, hasta su
uso final y sus artificios.
6. Establecen con claridad las
atribuciones de las dependencias de los tres
órdenes de gobierno relativos a la
pirotecnia, así como el otorgamiento de los
permisos para las mencionadas actividades.
7. Clasifica las artesanías
pirotécnicas.
8. Prevé diversas sanciones
pecuniarias por las infracciones que se
cometan.
9. Adecuar las penas previstas en el
Código Federal de Procedimientos Penales
referentes a determinados delitos de la Ley
Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
10. Reformar la Ley Federal Contra la
Delincuencia Organizada para:
a. Adecuar las penas a los delitos
graves que contempla la Ley.
b. Establecer diversas penas de
acuerdo al tipo de arma que se porta, y no
así, la aplicación para quien porta un arma
de menor calibre, en comparación con quien
porta una de mayor calibre.
11. No considera delito grave a
quienes sin la autorización correspondiente,
utilicen explosivos para actividades que no
sean delictivas, pero permitidas.
12. Establece la pena acumulativa en
caso de cometer delitos con explosivos tales
como la enajenación, transporte,
almacenamiento, entre otras.
13. Mantener en vigor con respecto al
terrorismo con explosivos y armas.
Fe de Erratas. Eliminar de los artículos
2 y 3 del Decreto, los correspondientes a
Artículos Unicos Transitorios , ya que estas
disposiciones están contenidas en el último
Artículo Unico transitorio del Decreto, el
cual permanece en sus términos.
Artículo 2. Se reforma el artículo 194 del
Código Federal de Procedimientos Penales
para quedar como sigue:
Artículo 194. Se califican como delitos
graves para todos los efectos legales por
afectar de manera importante valores
fundamentales de la sociedad, los previstos
en los ordenamientos legales siguientes:
Fracción I y II quedan igual.
Fracción III. De la Ley Federal de Armas de
Fuego, Explosivos y Pirotecnia de los
delitos siguientes
1
Posesión de armas de uso exclusivo de las
Fuerzas Armadas en el caso previsto en el
artículo 200:
2. Portación de armas de uso exclusivo de
las Fuerzas Armadas previsto en el artículo
201.
3. Acopio de armas previsto en el artículo
202.
4. Fabricación ilícita de armas o
municiones, de explosivos y sus artificios
asi´como las sustancias químicas destinadas
a la elaboración o fabricación de estos
productos previstas en el artículo 223.
5. Introducción a territorio nacional en
forma clandestina de armas o municiones que
no están reservadas al uso exclusivo del
Ejército, Armada o Fuerza Aérea prevista en
el artículo 205.
6. Introducción a territorio nacional en
forma clandestina de armas, municiones,
explosivos y sus artificios , artesanías,
pirotécnicas asi como las sustancias
químicas destinadas a la elaboración o
fabricación de estos productos que se
refieren al artículo 224.
7. Posesión de municiones de uso exclusivo
de las Fuerzas Armadas contempladas en el
artículo 207.
Fracción IV a Fracción XIV queda igual.
Artículo 3.-Se reforma la Fracción II del
artículo 2 de la Ley Federal contra la
delincuencia organizada para quedar como
sigue:
Artículo 2. Fracción I , igual, Fracción II
acopio de armas previsto en el artículo 202,
fabricación ilícita prevista en el artículo
223 y la introducción clandestina prevista
en el artículo 223 y la introducción
clandestina prevista en el artículo 224 ,
todos de la Ley Federal de Armas de Fuego
exclusivos y Pirotecnia.
Artículo 4. Se reforma la Fracción XVI del
artículo 29 y la Fracción XVIII del artículo
30 Bis de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal para quedar
como sigue:
Artículo 29.- A la Secretaría de la Defensa
Nacional corresponde el despacho de los
siguientes asuntos: Fracción I a la XV queda
igual. Fracción XVI llevar el Registro
Federal de Armas y el control de la posesión
e importación de Armas de Fuego, la
Regulación de Municiones y sus componentes,
expedir, suspender y cancelar las licencias
para portar armas así como vigilar y expedir
permisos para el comercio, transporte y
almacenamiento de armas de fuego, municiones
, explosivos agresivos, químicos, artificios
y material estratégico.
Fracciones XVII a la XX queda igual.
Artículo 30 Bis.- A la Secretaría de
Seguridad Pública corresponde el despacho de
los siguientes asunto
De la fracción I a la XVII queda igual.
La XVIII regular y tramitar la licencia
oficial individual de armas, para que los
servidores públicos del gobierno federal,
estatal, municipal y del Distrito Federal
porten armas en cumplimiento de sus
obligaciones y que requieren de su uso, para
lo cual se coordinará con la Secretaría de
la Defensa Nacional, para que ésta última
expida las licencias correspondientes, así
como opinar sobre la expedición y proponer
la suspensión o cancelación de las licencias
particulares colectivas.
TRANSITORIO.
ARTICULO UNICO.- El presente decreto entrará
en vigor al día siguiente de su publicación
en el Diario Oficial de la Federación. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) En votación económica se
aceptó la fe de erratas, presentadas a
nombre de las Comisiones
Unidas.
c) Se consideró suficientemente
discutido.
d) Aprobado en lo general y en lo
particular de los artículos no impugnados en
votación nominal por 342 votos en pro, 0
en contra y 2 abstenciones.
e) En votación económica se
desecharon las reservas de la fracción III
del artículo 5; artículos 21, 25,
fracción I y V del artículo 32 fracción IV,
35 y 36, presentadas por la Dip. Ana Lilia
Guillen Quiroz (PRD).
f) Aprobados en lo general y en lo
particular los artículos reservados en sus
términos en votación nominal por 280
votos en pro, 74 en contra y 4 abstenciones.
g) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales. |
Para fundamentar el
dictamen:
Dip. Guillermo Martínez
Nolasco (PRI)
Para reservar el inciso
3) del artículo 5; artículos 21, 25,
fracción IV del artículo 32, 35 y 36:
Dip. Ana Lilia Guillen
Quiroz (PRD) |
20 |
Comisión de Puntos
Constitucio-nales |
Proyecto de decreto que reforma los
Artículos 46 ; se deroga la fracción IV del
artículo 73; se adicionan las fracciones X y
XI pasando la actual fracción X a ser
fracción XII del artículo 76; y se reforma
la fracción I del artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Proceso Legislativa:
1. Iniciativa presentada por el Sen.
Héctor Michel Camarena (PRI) en Sesión
Ordinaria del 7 de octubre de 2004.
2. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria del Senado de
la República del 9 de diciembre de 2004.
3. Dictamen a discusión presentado
en Sesión Ordinaria del Senado de la
República del 14 de diciembre de 2004
y aprobado por 82 votos en pro.
4. Minuta presentada en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del 1
de febrero de 2005.
5. Dictamen de Primera Lectura
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 27 de abril de
2005.
Materia: Limites Territoriales.
Propuesta:
1. Determina que las entidades podrán
llevar a cabo por convenios amistosos, sus
respectivos límites siempre y cuando cuenten
con la aprobación de la Cámara de Senadores.
2. Establecer que la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, a instancia de la
Entidad Federativa interesada, conozca de
conflictos limítrofes a través de la
controversia constitucional, cuando no se
acate, aplique o interprete correctamente el
decreto que fije los límites de los Estados
o del Distrito Federal.
3. Deroga la facultad del Congreso de
la Unión para establecer los límites de las
entidades estatales.
4. Otorga facultades al Senado de la
República para autorizar y resolver ,
mediante decreto aprobado por el voto de las
dos terceras partes de los individuos
presentes, de manera definitiva los
conflictos sobre límites territoriales de
las entidades federativas. |
a) En votación económica se le dispensó
la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en lo general y en lo
particular de los artículos no impugnados en
votación nominal por 353 votos a favor, 3
en contra y 3 abstenciones.
d) En votación nominal por 131 votos
en pro, 233 en contra y 2 abstenciones
no se acepta la reserva al artículo
3° transitorio remitida por el Dip.
Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (PAN).
e) Aprobado en lo general y en lo
particular el artículo tercero transitorio
en sus términos en votación nominal por
352 votos en pro, 14 en contra y una
abstención.
f) Se devolvió al Senado de la
República para los efectos del inciso e)
del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Para reservar el artículo
3° transitorio (Sin intervención en
tribuna):
Dip. Fernando Antonio
Guzmán Pérez Pelaez (PAN). |
21 |
Comisiones Unidas de Radio
y Televisión y Cinematogra-fía y de Cultura |
Punto de acuerdo para exhortar a las
televisoras abiertas de cadena nacional, a
que contribuyan al fortalecimiento del nivel
cultural y educativo de México.
Proceso Legislativo:
Proposición presentada por la Dip.
Kenny Denisse Arroyo González (PRI) en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 29 de abril de 2004.
Materia: Cultural/Medios Masivos.
Resolutivos:
1. Se aprueba la Proposición con
Punto de Acuerdo presentada por la Dip.
Kenny Denisse Arroyo González, del Grupo
Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional.
2. Se exhorta a las televisoras
abiertas de cadena nacional a que
contribuyan al fortalecimiento del nivel
cultural y educativo en México, a través del
contenido de su programación diaria, en los
términos del artículo 50 de la Ley Federal
de Radio y Televisión, por lo que la
Secretaría de Gobernación, a través de la
Dirección General de Radio, Televisión y
Cinematografía, deberá atender y vigilar
esta situación.
3. Se solicita a la Dirección General
de Radio, Televisión y Cinematografía,
adscrita a la Subsecretaría de Normatividad
de Medios de la Secretaría de Gobernación,
que vigile y promueva la producción de
programas, y la introducción de segmentos en
los programas ya existentes, con contenido
cultural y educativo, que conlleven al
mejoramiento de la calidad de vida de la
sociedad mexicana, de conformidad con el
artículo 60 de la Ley Federal de Radio y
Televisión. |
a) Aprobados en votación
económica.
b) Comuníquese. |
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22 |
Comisión de Gobernación |
Punto de acuerdo por el que exhorta a las
Legislaturas de los estados que no han
cumplido aún su obligación constitucional de
establecer normas en materia de
transparencia y acceso a la información, a
que den cumplimiento a dicho mandato y se
fortalezca el ejercicio pleno de la garantía
constitucional consagrada en el artículo 6°
de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Proceso Legislativo:
1. Proposición con punto de
acuerdo para exhortar a las Legislaturas de
los Estados a cumplir la obligación
constitucional de legislar en materia de
transparencia y acceso a la información,
presentada por el Dip. Ángel Alonso
Díaz-Caneja (PAN) el 23 de octubre de 2003.
2. Proposición con punto de acuerdo
para exhortar al Congreso de Puebla a
cumplir la obligación de legislar en materia
de transparencia y acceso a la información
publica gubernamental, presentada por el
Dip. Rogelio Alejandro Flores Mejía (PAN) el
29 de abril de 2004.
Materia: Constitucional/Transparencia de
la Información.
Resolutivos:
La Cámara de Diputados del H. Congreso
de la Unión exhorta respetuosamente a las
Legislaturas de los estados que no han
cumplido aún su obligación constitucional de
establecer normas en materia de
transparencia y acceso a la información a
que den cumplimiento a dicho mandato, y de
esta manera, se fortalezca el ejercicio
pleno de la garantía constitucional
consagrada en el artículo 6° de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |
|
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23 |
Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Punto de Acuerdo para exhortar a la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, a realizar los estudios
pertinentes a fin de declarar a los Medanos
de Samalayuca, Chihuahua, como Área Natural
Protegida.
Proceso Legislativo:
Proposición con Punto de Acuerdo
presentado por la Dip. María Ávila Serna
(PVEM) en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 10 de febrero de 2005.
Materia: Medio Ambiente.
Resolutivos:
Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, a realizar los
estudios pertinentes a fin de declarar a los
Medanos de Samalayuca, Chihuahua, como área
natural protegida, de conformidad a lo
dispuesto por el artículo 57 de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente. |
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24 |
Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Punto de Acuerdo para exhortar a la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, a realizar los estudios
pertinentes a fin de declarar el Lago de
Zirahuén, Michoacán, como Área Natural
Protegida.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Fernando
Espino Arévalo (PVEM) en Sesión Ordinaria de
la Cámara de Diputados del 05 de Noviembre
de 2004.
Materia: Medio Ambiente.
Resolutivos:
Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos Naturales a realizar los estudios
pertinentes a fin de declarar, el Lago de
Zirahuén, Michoacán, como área natural
protegida, de conformidad a lo dispuesto por
el artículo 57 de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente. |
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25 |
Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Punto de Acuerdo para exhortar a la
Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente en coordinación con el Gobierno del
Estado de Chiapas y el Municipio de Tuxtla
Gutiérrez, a verificar el cumplimiento de la
Norma Oficial Mexicana NOM-83-SEMARNAT-2003,
en el relleno sanitario de Tuxtla Gutiérrez.
Proceso Legislativo:
Proposición con punto de acuerdo presentado
por el Dip. Manuel Velasco Coello y
Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán del
Grupo Parlamentario del PVEM en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del
28 de febrero de 2005.
Materia: Medio Ambiente.
Resolutivos:
1. Se exhorta a la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales por conducto
de la Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente en coordinación con el Gobierno del
Estado de Chiapas y el Municipio de Tuxtla
Gutiérrez a verificar el cumplimiento de la
Norma Oficial Mexicana
NOM-083-SEMARNAT-2003, relativa a las
especificaciones de protección ambiental
para la selección del sitio, construcción,
operación, monitoreo, clausura y obras
complementarias de un sitio de disposición
final de residuos sólidos urbanos y de
manejo especial, en el relleno sanitario de
Tuxtla Gutiérrez, de conformidad con el
numeral 14.1 de dicha norma, y en su caso
sancionar a los presuntos responsables.
2. Se exhorta a la Contraloría General
de Chiapas a realizar una auditoría a la
administración (2001-2004), del Municipio
Tuxtla Gutiérrez, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 42, fracciones VI
y X de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Chiapas.
3. Se exhorta a la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, en
coordinación con el Gobierno del Estado de
Chiapas y el Municipio de Tuxtla Gutiérrez,
en el ámbito de sus respectivas competencias
a solucionar la problemática de disposición
de residuos sólidos en el Municipio de
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
4. Se exhorta a la Fiscalía General del
Estado de Chiapas a sancionar a los
presuntos responsables de atentado contra el
saneamiento del ambiente y ecología del
Estado, con la construcción del relleno
sanitario en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas de
conformidad a lo dispuesto por los artículos
286 fracción II; 288 bis; 289 fracciones I,
V, VI; 290 fracciones II, III, IV; 292, del
Código Penal para el Estado Libre y Soberano
de Chiapas. |
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26 |
Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Punto de Acuerdo para exhortar a la
Secretaría de Medio Ambiente y a la
Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente a participar, en el ámbito de sus
respectivas competencias, en la atención de
los delitos ambientales que se cometen en
las Áreas Naturales Protegidas del Estado de
Chiapas.
Proceso Legislativo:
Proposición con punto de acuerdo presentado
por el Dip. Francisco Rojas Toledo (PAN)
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 28 de febrero de 2005.
Materia: Medio Ambiente.
Resolutivo:
1. Se exhorta a la Comisión Nacional de
Áreas Naturales protegidas (CONANP) a
verificar el cumplimiento puntual de los
planes de manejo de las áreas naturales
chiapanecas que lo tengan.
2. Se exhorta a la Comisión Nacional de
Áreas Naturales Protegidas (CONANP) a
realizar los trámites necesarios a fin de
decretar los planes de manejo de las áreas
naturales protegidas del Estado de Chiapas
que aun carecen de ellos.
3. Exhórtese a la Procuraduría
Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)
ha que incremente sus acciones de control y
vigilancia en las áreas naturales protegidas
del Estado de Chiapas, e informe
semestralmente, a esta cámara de diputados,
de los avances de estas acciones.
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27 |
Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos |
Punto de acuerdo por el que se exhorta al
Titular del Ejecutivo Federal para que
declare Zona de Monumentos Históricos y
Artísticos al Centro de la Ciudad de
Guadalajara, Jalisco.
Proceso Legislativo:
Punto de Acuerdo presentado por el Dip. José
Antonio Cabello Gil (PAN) en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del
13 de abril de 2004.
Materia: Conservación de monumentos
históricos.
Resolutivos:
1. Esta Comisión de Educación Pública y
Servicios Educativos considera procedente
este Punto de Acuerdo para exhortar al
Titular del Ejecutivo Federal para que
declare Zona de Monumentos Históricos y
Artísticos el Centro Histórico del municipio
de Guadalajara, Estrado de Jalisco, con el
perímetro y características que se anexan a
este punto de acuerdo.
2. Se exhorta al Ejecutivo Federal para
que inscriba la declaratoria en el registro
correspondiente, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 21 de la Ley sobre Monumentos
y Zonas Arqueológicas, Artísticas e
Históricas, y la publique en el Diario
Oficial de la Federación. |
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28 |
Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos |
Punto de Acuerdo para exhortar a la
Secretaría de Educación Pública a que en el
marco de sus atribuciones y
responsabilidades, revise y actualice el
Reglamento de Asociaciones de Padres de
Familia.
Proceso Legislativo:
Proposición con punto de acuerdo
presentada por el Dip. Guillermo Enrique
Marcos Tamborrel Suárez (PAN) el 9 de
diciembre de 2004.
Materia: Educativa.
Resolutivo Único:
Se exhorta a la Secretaria de Educación
Pública a que en el marco de sus
atribuciones y responsabilidades, revise y
actualice el Reglamento de Asociaciones de
Padres de Familia mediante un proceso en el
que se respete el derecho de la sociedad a
expresarse y participar. |
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29 |
Comisión de Seguridad
Pública |
Punto de acuerdo por el que exhorta a la
Secretaría de seguridad Pública y a la
Procuraduría General de la República para
que se sirvan agilizar todas las acciones y
diligencias necesarias para el otorgamiento
del beneficio preliberacional de la libertad
preparatoria a las personas sentenciadas por
delitos contra la salud en su modalidad de
transportación y que se informe al respecto
a esta Soberanía.
Proceso Legislativo:
Proposición con Punto de Acuerdo
presentada por el Dip. José Javier Osorio
Salcido (PAN) en Sesión Ordinaria de la
Cámara de Diputados del 21 de octubre de
2003.
Materia: Penal.
Resolutivo:
Se exhorta al Secretario de Seguridad
Pública y al Procurador General de la
República para que, en el ámbito de sus
respectivas competencias, agilicen la
tramitación del otorgamiento del beneficio
preliberacional a las personas sentenciadas
por delitos previstos en el Código Penal
Federal, en los casos procedentes e informen
a esta Cámara de Diputados, el resultado de
su intervención. |
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30 |
Comisión de Seguridad
Pública |
Punto de acuerdo , para exhortar al Titular
del Ejecutivo Federal a fin de que por
conducto de la Secretaría de Seguridad
Pública, proceda a tramitar y efectuar el
cambio de denominación con fines de
identificación, al Centro Federal de
Readaptación Social Número 2, ubicado en la
población de Puente Grande, Jalisco.
Proceso Legislativo:
Proposición con Punto de Acuerdo
presentada por el Dip. Sergio Armando
Chávez Dávalos (PRI)
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 30 de noviembre de 2004.
Materia: Seguridad Pública.
Resolutivo Único:
Se exhorta al Titular del Ejecutivo Federal
a fin de que por conducto de la Secretaría
de Seguridad Pública, proceda a tramitar y
efectuar el cambio de denominación con fines
de identificación al Centro Federal de
Readaptación Social número 2 ubicado en la
población de Puente Grande, Jalisco.
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31 |
Comisión de Hacienda y
Crédito Público |
Proyecto de decreto que reforma el artículo
117 y deroga el artículo 118 de la Ley de
Instituciones de Crédito.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa que reforma el párrafo
primero del articulo 117 y el articulo 118
de la Ley de Instituciones de Crédito,
presentada por el Dip. Ángel Pasta
Muñuzuri (PAN) el 01 de abril de
2004.
2. Iniciativa con proyecto de Decreto,
que reforma el artículo 117 de la Ley de
Instituciones de Crédito, en materia de
Secreto Fiduciario, presentada por el
Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (PC) el
28 de julio de 2004.
3. Iniciativa que reforma el articulo
117 de la Ley de Instituciones de Crédito y
el primer párrafo del artículo 25 de la Ley
del Mercado de Valores, presentada por la
Dip. Martha Lucía Mícher Camarena y Dip.
Alfonso Ramírez Cuellar del Grupo
Parlamentario del PRD el 9 de noviembre de
2004.
4. Iniciativa que reforma el artículo
117 de la Ley de Instituciones de Crédito,
presentada por el Dip. Marcos Morales
Torres (PRD) el 02 de diciembre de 2004.
5. Iniciativa que reforma los artículos
117 y 118 de la ley de Instituciones de
Crédito, enviada por el Congreso de
Zacatecas del 07 de diciembre de 2004.
Materia: Secreto Bancario.
Propuesta:
1. Facultar a diferentes autoridades
para solicitar y recibir información
protegida por los secretos bancario y
fiduciario.
2. Establecer a las instituciones de
crédito, en protección del derecho a la
privacidad de sus clientes y usuarios, que
en ningún caso podrán dar noticias o
información de los depósitos, operaciones o
servicios, incluyendo los previstos en la
fracción XV del artículo 46 (De las
operaciones permitidas a la banca), sino al
depositante, deudor, titular, beneficiario,
fideicomitente, fideicomisario, comitente o
mandante, a sus representantes legales o a
quienes tengan otorgado poder para disponer
de la cuenta o para intervenir en la
operación o servicio.
3. Derogar el ordenamiento que libra
a las instituciones de crédito de violar el
secreto propio de las operaciones referido a
practicar las operaciones de fideicomiso a
que se refiere la Ley General de Títulos y
Operaciones de Crédito, y llevar a cabo
mandatos y comisiones. |
a) Se consideró de Primera Lectura.
b) En votación económica se le
dispensó la segunda lectura.
c) Se consideró suficientemente
discutido en lo general.
d) Aprobado en lo general y en lo
particular en votación nominal por 284
votos en pro, 76 en contra y 2 abstenciones.
e) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
|
|
32 |
Comisiones Unidas de
Educación Pública y Servicios Educativos, y
de Cultura |
Proyecto de decreto que adiciona los
artículos 36 Bis y 36 Ter de la Ley Federal
de Monumentos y Zonas Arqueológicos,
Artísticos e Históricos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Dip.
Nancy Cárdenas Sánchez (PRD) en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del 7
de diciembre de 2004.
Materia: Patrimonio Cultural.
Propuesta:
1. Señala las ciudades mexicanas que
han sido declaradas por la ONU y UNESCO
patrimonio mundial de conformidad con la
Convención sobre la Protección del
Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
2. Establecer financiamientos
específicos en áreas y zonas culturales, en
afinidad con lo que establece las
convenciones internacionales.
3. Emprender el análisis de las
acciones a seguir, con el fin de asegurar el
financiamiento anual específico para las
Ciudades Patrimonio Mundial. |
a) En votación económica se le
dispensó la segunda lectura.
b) Se consideró suficientemente
discutido.
c) Aprobado en lo general y en lo
particular en votación nominal por 350
votos en pro, 0 en contra y 5 abstenciones.
d) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales. |
Para fundamentar el
dictamen Sin intervención en tribuna:
Dip. Rafael Flores
Mendoza (PRD)
Para hablar en pro Sin
intervención en tribuna Dip. Nancy
Cardenas Sánchez (PRD)
Dip. Consuelo Camarena
Gómez (PAN) |
33 |
Comisión de Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias |
Proyecto de decreto que reforma el numeral 3
del artículo 49 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, para crear un Centro de Estudios
para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad
de Género.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip.
Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 3 de febrero de 2005.
Materia: Equidad de Género.
Propuesta:
Incorporar al Marco Jurídico del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, la
existencia de un Centro de Estudios para el
adelanto de las mujeres y la equidad de
género. |
a) Se consideró de Primera Lectura.
b) En votación económica se le
dispensó la segunda lectura.
c) Se consideró suficientemente
discutido.
d) Aprobado en lo general y en lo
particular en votación nominal por 354
votos en pro, 0 en contra y 2 abstenciones.
e) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
|
La Presidencia instruyó
se insertara la intervención remitida por la
Dip. María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI)
para fijar su posicionamiento. Sin
intervención en tribuna. |
34 |
Comisiones Unidas de
Justicia y Derechos Humanos, y de Atención a
Grupos Vulnerables |
Proyecto de decreto que reforma, adiciona y
deroga diversas disposiciones del Código
Penal Federal, del Código Federal de
Procedimientos Penales y de la Ley Federal
contra la Delincuencia Organizada, en
materia de explotación sexual infantil.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa que adiciona los
artículos 201 BIS y 205 del Código Penal
Federal presentada por el Dip. Jesús
Porfirio González Schmal (PC) el 13
de Abril de 2004.
2. Iniciativa que reforma diversas
disposiciones del Código Penal Federal en
materia de protección a la niñez presentada
por el Dip. Álvaro Burgos Barrera (PRI)
el 27 de Abril de 2004.
3. Iniciativa de Reformas a diversas
disposiciones del Código Penal Federal y al
Código Federal de Procedimientos Penales,
para establecer como figuras con propia
definición y sanción a la pornografía y
lenocinio infantil, presentada por el
Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera y María
de Jesús Aguirre del Grupo Parlamentario del
PRI el 16 de Junio de 2004.
4. Iniciativa que Reforma, Deroga y
Adiciona diversas disposiciones del Código
Penal Federal, del Código Federal de
Procedimientos Penales y de la Ley Federal
contra la Delincuencia Organizada, en
materia de Protección a la Niñez y Personas
con Discapacidad Intelectual presentada por
la Diputada Evangelina Pérez Zaragoza, a
nombre de varios Diputados integrantes del
Grupo Parlamentario del PAN el 19 de Octubre
de 2004.
Materia: Explotación infantil/Penal.
Propuesta:
1. Combatir eficazmente las conductas
de corrupción, de pornografía, de
explotación sexual, de promoción de la
explotación sexual, y de trata de menores de
edad y de incapaces.
2. Establecer un aumento en la
agravante que existe respecto al delito de
privación ilegal de la libertad previsto por
el artículo 364 del Código Penal Federal,
cuando esta conducta delictiva sea cometida
en contra de una persona menor de dieciocho
años de edad, para que en este caso, pueda
incrementarse hasta el doble la pena
correspondiente, en lugar de una mitad como
lo prevé el texto vigente.
3. Establecer a la pornografía y el
lenocinio infantiles como figuras delictivas
con propia definición y sanción, con la
intención de castigar la conducta de
aquellos que utilicen menores de edad para
cometer estos delitos, independientemente de
los efectos de esta conducta en el menor.
4. Se amplía la tutela jurídica de
diversos tipos penales, para que además de
proteger a los menores de edad, se protejan
también a las personas que no puedan
comprender el significado del hecho.
5. Se crea una nueva figura típica,
relativa a la venta de material pornográfico
a personas menores de dieciocho años.
6. Se plantean una serie de
agravantes para los delitos de pornografía,
prostitución, promoción de la prostitución y
corrupción de personas menores de dieciocho
años o de quienes no tienen capacidad para
comprender el significado del hecho, cuando
tales acciones sean cometidas en perjuicio
de menores de catorce años o que exista
alguna relación de parentesco o tutela o
enseñanza entre el activo y el pasivo de
tales conductas.
7. Se prevé la incorporación de los
delitos de prostitución, pornografía y
promoción de la prostitución, a la Ley
Federal Contra la Delincuencia Organizada.
8. Reformar la denominación del
Capítulo I, a "Corrupción de Personas
Menores de Dieciocho Años de Edad o de
Personas que no tienen Capacidad para
comprender el Significado del Hecho o de
Personas que no tienen Capacidad para
Resistirlo", en lugar del texto vigente
denominado Ultrajes a la Moral Pública.
9. Establecer la prohibición de
emplear a personas menores de dieciocho
años, de personas que no tienen capacidad
para comprender el significado del hecho y
de aquéllas que no tienen capacidad para
resistirlo en cantinas, tabernas, bares,
antros y centros de vicio o en cualquier
otro lugar en donde se afecte de forma
negativa su sano desarrollo físico, mental o
emocional.
10. Establecer agravantes en razón de
otros aspectos inherentes al sujeto pasivo y
no a la edad del sujeto pasivo.
11. Definir en el artículo 202 del
Código Penal Federal, el tipo penal de
pornografía de personas ya mencionadas, al
autor de este delito se le impondrá pena de
siete a doce años de prisión y de
ochocientos a dos mil días multa en los
casos de quien procure, obligue, facilite o
induzca,
por cualquier medio, a una o varias
de estas personas a realizar actos sexuales
o de exhibicionismo corporal con fines
lascivos o sexuales, reales o simulados, con
el objeto de video grabarlos,
fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o
describirlos
a través de anuncios impresos,
transmisión de archivos de datos en red
pública o privada de telecomunicaciones,
sistemas de cómputo, electrónicos o
sucedáneos.
12. Establece sanción a quien
almacene, compre, arriende, de este material
sin fines de comercialización o
distribución.
13. Se cambia la denominación del
actual capítulo III, actualmente referido a
la trata de personas y lenocinio, por
Turismo Sexual en contra de Personas Menores
de Dieciocho Años de Edad, o de Personas que
no tienen Capacidad para comprender el
Significado, del Hecho o de Personas que no
tienen Capacidad para Resistirlo.
14. Señalar el delito de lenocinio de
persona menor de dieciocho años de edad, de
personas que no tienen capacidad para
comprender el dignificado del hecho y de
personas que no tienen capacidad para
resistirlo, con una pena de ocho a quince
años y de mil a dos mil quinientos días
multa, estableciendo tres distintos
supuestos por los que se puede incurrir en
este delito.
15. Se incluyó la denominación de un
nuevo capítulo V referente a la trata de
Trata de Personas Menores de Dieciocho Años
de Edad o de Personas que no tienen
Capacidad para comprender el Significado del
Hecho o de Personas que no tienen Capacidad
para Resistirlo
16. Determinara en el artículo 205
bis del Código Penal Federal, las agravantes
para los delitos establecidos 200, 201, 202,
203, 204 y 205, cuando quienes cometen la
explotación sexual infantil, sean los que
ejerzan la patria potestad, guardia o
custodia; ascendientes o descendientes sin
limite de grado; familiares en línea
colateral hasta cuarto grado; tutores o
curadores; quien se valga de una función
pública para cometer el delito, entre otros;
además de que en algunos supuestos perderán
la patria potestad, tutela o curatela, según
sea el caso, respecto de todos sus
descendientes, así como el derecho a
alimentos que pudiera corresponderle por su
relación con la víctima y el derecho que
pudiera tener respecto de los bienes de
ésta. |
a) Se consideró de Primera Lectura.
b) En votación económica se le
dispensó la segunda lectura.
c) La Presidencia de la Mesa Directiva
instruyó publicar íntegramente en el Diario
de los Debates las fundamentaciones que se
hicieron llegar.
d) Se consideró suficientemente
discutido.
e) Aprobado en lo general y en lo
particular en votación nominal por 354
votos en pro, 0 en contra y 1 abstención.
f) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales. |
Para fundamentar el
dictamen Sin intervención en tribuna.
Dip. Maria de Jesus
Aguirre Maldonado. |
35 |
Comisiones Unidas de
Hacienda y Crédito Público, y de Justicia y
Derechos Humanos |
Con proyecto de decreto por el que se
reforma el párrafo al artículo 99 de la
Ley de Protección y Defensa al usuario de
Servicios Financieros.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen.
David Jiménez González (PRI), en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
9 de diciembre de 2003.
2. Dictamen a discusión presentado en
Sesión Ordinaria del 23 de marzo de 2004
y aprobado por 84 votos.
3. Minuta presentada en Sesión Ordinaria
de la Cámara de Diputados del 25 de marzo
de 2004.
Materia: Financiera.
Propuesta:
Fortalecer la seguridad jurídica para todos
aquellos particulares expresando que la
interposición del recurso de revisión, será
optativa para el interesado antes de acudir
al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa. |
a) Se consideró de Primera Lectura.
b) En votación económica se le
dispensó la segunda lectura.
c) Se consideró suficientemente
discutido.
d) Aprobado en lo general y en lo
particular en votación nominal por 348
votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones.
e) Se
turnó al Ejecutivo Federal para sus
efectos constitucionales.
|
|
36 |
Comisiones Unidas de
Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda y
Crédito Público |
Proyecto de decreto por el que se expide la
Ley Federal De Procedimiento Contencioso
Administrativo.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el
Sen. Fauzi Hamdán Amad (PAN) a nombre
propio y del Sen. Jorge Zermeño Infante
(PAN), el 18 de octubre de 2001,
de la LVIII Legislatura.
2. Dictamen presentado y
aprobado en lo general y
los artículos no reservados
por 89 votos, en Sesión Ordinaria del
Senado de la República del 11 de
noviembre de 2003. (Ante la diversidad y
abundancia de los artículos reservados, las
Comisiones solicitaron a la Mesa Directiva,
diferir la votación de estos para una sesión
posterior, a fin de que se presentaran
debidamente ordenadas, estudiadas y
consensuadas en los posible, para ser
sometidas a la consideración del Pleno de la
Cámara de Senadores).
3. Artículos reservados presentados
y aprobados por 78 votos, en
la Sesión Ordinaria del Senado de la
República del 13 de noviembre de 2003.
4. Minuta presentada en Sesión Ordinaria
de la Cámara de Diputados del 18 de
noviembre de 2003.
Materia: Resoluciones
Administrativas.
Propuesta:
1. Otorgar el derecho a
particulares para que puedan impugnar ante
el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, los actos administrativos de
carácter individual dentro del ámbito de
competencia del Tribunal y las resoluciones
administrativas de carácter general que
expidan las autoridades en ejercicio de sus
facultades, cuando éstas sean contrarias a
la Ley de la materia.
2. Se incorpora la condena de la
autoridad demandada, cuando se discutan
resoluciones con propósitos notoriamente
dilatorios, entendiéndose por ello cuando al
dictarse una sentencia que reconozca la
validez de una resolución, la parte actora
se beneficie económicamente por la dilación
en el cobro, ejecución o cumplimiento,
siempre que los conceptos de impugnación
sean notoriamente improcedentes o
infundados.
3. Se reducen los plazos procesales.
4. Se fortalecen las disposiciones
relativas a la suspensión de la ejecución
del acto reclamado, incluyendo la
posibilidad de la suspensión con efectos
restitutorios bajo el criterio de la
apariencia del buen derecho.
5. Incorporar un nuevo procedimiento
para garantizar la efectividad en el
cumplimiento de las resoluciones que emita
el propio Tribunal. |
a) Se consideró de Primera Lectura.
b) En votación económica se le
dispensó la segunda lectura.
c) En votación económica se
rechazó la moción suspensiva presentada.
d) La presidencia instruyó repetir la
votación económica para aceptar o
rechazar la moción suspensiva, dando como
resultado su rechazo.
e) Aprobado en lo general y en lo
particular en votación nominal por 272
votos en pro, 45 en contra y 33
abstenciones.
f) Se devolvió al Senado de la
República para los efectos del Inciso e)
del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Para presentar una moción
suspensiva Sin intervención en tribuna:
Dip. Héctor Humberto
Gutiérrez de la Garza (PRI) |
37 |
Comisión de Agricultura y
Ganadería |
Proyecto de decreto por el que se expide la
Ley para la protección, producción,
certificación, distribución,
comercialización y fomento de semillas
mejoradas y variedades nativas mexicanas.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa con Proyecto de Decreto
por la que se expide la Ley General para la
Producción, Certificación y Comercialización
de Semillas, presentada por el
Dip. Julián Nazar Morales (PRI) el
30 de noviembre de 2004.
2. Iniciativa con Proyecto de Decreto
que expide la Ley para la Protección y
Fomento de las Semillas Mejoradas y
Variedades Nativas Mexicanas, presentada por
el Dip. Víctor Suárez Carrera (PRD) el 09
de diciembre de 2004.
Materia: Agricultura.
Propuesta:
1. Establecer la protección de la
agrobiodiversidad; y el fomento a la
agricultura.
2. Promover el establecimiento de
sistemas y programas para la conservación de
variedades vegetales y la producción y
abastecimiento de semillas.
3. Impulsar el mejoramiento de
especies y variedades vegetales que sean
útiles al hombre y al desarrollo nacional,
principalmente las originarias de nuestro
país;
4. Fomentar el uso de semillas
mejoradas en los ambientes y regiones en las
que aún no se estén utilizando y donde el
potencial productivo permita su
aprovechamiento.
5. Propiciar el uso y manejo
sustentable de los recursos fitogenéticos
con el fin de contribuir a la conservación
de la agrobiodiversidad y el equilibrio
ecológico;
6. Promover la conservación ex situ e
in situ de las especies, razas y variedades
más amenazadas y valiosas de la diversidad
agrícola.
7. Impulsar la conservación,
valorización e incorporación de los
conocimientos y prácticas agrícolas
tradicionales de comunidades campesinas e
indígenas;
8. Garantizar la calidad de las
semillas;
9. Fomentar la vinculación de los
resultados de la investigación en la materia
a través de su uso y desarrollo por los
productores rurales, ejidatarios,
campesinos, pueblos indígenas, asociaciones,
empresas, universidades y por los sujetos
que regula esta ley, poniendo a disposición
de los productores rurales y campesinos los
resultados de los trabajos de mejoramiento
de las semillas;
10. Realizar acciones de información
y extensión sobre semillas, así como de
aquellos conocimientos y prácticas agrícolas
útiles para la soberanía y seguridad
alimentarias;
11. Apoyar la capacitación para la
conservación, investigación, abasto y
utilización de semillas;
12. Apoyar el establecimiento,
resguardo y actualización de un sistema de
bancos de germoplasma a nivel central,
regional y comunitario que garanticen la
conservación de las semillas;
13. Celebrar convenios con
Instituciones de Enseñanza e Investigación,
para la obtención y mejoramiento de
variedades, así como con organizaciones de
productores, campesinos, comunidades
indígenas, asociaciones, empresas y las
demás que establezca la ley y el reglamento;
14. Impulsar el establecimiento y
consolidación de organizaciones,
asociaciones y entidades públicas, privadas,
sociales y mixtas, para la producción y
abasto de semillas.
15. Proporcionar apoyos e incentivos
para el establecimiento y operación del
Sistema Nacional de Semillas;
16. Atender prioritariamente los
requerimientos de semillas, para zonas
marginadas;
17. Regular las actividades de
distribución y comercialización de las
semillas certificadas y no certificadas.
Fe de erratas:
Dictamen con proyecto de decreto que expide
la Ley para la Protección y Fomento de
Semillas.
Artículo Único. Se expide la Ley para
la Protección y Fomento de Semillas. Dice:
"Artículo 1°. La presente ley es
reglamentaria del artículo 27, fracción XX
de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. Sus disposiciones son de
interés público y de observancia general
para toda la República, corresponde su
aplicación al Ejecutivo Federal, por
conducto de la Secretaría, quien se apoyará
en la Promotora Nacional de Semillas.
|
a) Se consideró de Primera Lectura.
b) Se le dispensó la segunda lectura y
se puso a discusión de inmediato en
votación nominal por 345 votos en pro, 5 en
contra y 8 abstenciones.
c) En votación económica se
aceptó la fe de erratas presentada por la
comisión.
d) Se consideró suficientemente
discutido.
e) Aprobado en lo general y en lo
particular en votación nominal por 346
votos a favor, 0 en contra y 6 abstenciones.
f) Se
turnó al Senado de la República para
los efectos constitucionales. |
Para fundamentar el
dictamen:
Dip. Víctor Suárez
Carrera (PRD)
|
38 |
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos |
Proyecto de decreto por el que se adicionan
los artículos 200 Bis y 200 Bis 1 al Código
Penal Federal.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip.
Consuelo Muro Urista (PRI) presentada en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 14 de Septiembre de 2004.
Materia: Penal.
Propuesta:
Tipificar como delito diversas conductas
tendientes a la instalación de dispositivos
tecnológicos, con el propósito de vender,
arrendar, distribuir, publicar, transmitir
en tiempo real o diferido, imágenes o
fotografías con contenido sexual, de
exhibicionismo corporal, sin el
consentimiento expreso de quien o quienes
ahí aparezcan. |
a) Se consideró de Primera Lectura.
b) Se le dispensó la segunda lectura y
se puso a discusión de inmediato en
votación económica.
c) Se consideró suficientemente
discutido.
d) Aprobado en lo general y en lo
particular en votación nominal por 341
votos en pro, 0 en contra y 7 abstenciones.
e) Se turnó al Senado de la República
para los efectos constitucionales. |
|
39 |
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos |
Proyecto de decreto que reforma el artículo
52 del Código Penal Federal.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip.
Angélica de la Peña Gómez (PRD) en
Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados
del 21 de Octubre del año 2004.
Materia: Penal
Propuesta:
Tipificar como delito cuando se utilice a
una o varias personas menores de dieciocho
años de edad o personas que no tienen
capacidad para comprender el significado del
hecho, se aumentará en una mitad la pena que
la ley prevea para el delito cometido, sin
que se excedan las penas máximas que se
encuentran previstas en el Título Segundo
del Libro Primero de este ordenamiento,
independientemente de las circunstancias,
naturaleza de la acción u omisión, medios
empleados o forma y grado de participación
de las personas antes mencionadas. |
a) Se consideró de Primera Lectura.
b) Se le dispensó la segunda lectura y
se puso a discusión de inmediato en
votación económica.
c) Se consideró suficientemente
discutido.
d) Aprobado en lo general y en lo
particular en votación nominal por
346 votos en pro, 0 en contra y 6
abstenciones.
e) Se turnó al Senado de la República
para sus efectos constitucionales.
|
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