Que adiciona un artículo 41 Bis a la Ley
General de Salud.
Proceso Legislativo:
Dictamen a Discusión presentado el 23 de
septiembre de 2004. Aprobado por 344 votos en
pro y 2 abstenciones. (LIX)
Minuta recibida en el Senado de la República
el 28 de septiembre de 2004. (LIX)
Dictamen de Primera Lectura presentado en el
Senado de la República el 25 de abril de 2006.
(LIX)
Dictamen a Discusión presentado en el Senado
de la República el 26 de abril de 2006.
Aprobado por 78 votos en pro. Se devolvió a la
Cámara de Diputados, para los efectos del
inciso e) del artículo 72 Constitucional. (LIX)
Minuta presentada el 5 de septiembre de 2006.
Dictamen:
Otorgar al Ejecutivo Federal un plazo más
amplio para cumplir la reglamentación
correspondiente, por lo que se propone un
plazo de 90 días, en lugar de los 30 señalados
en la minuta. Precisar las funciones y
responsabilidades de los comités hospitalarios
de bioética. Definir los casos de
establecimientos de atención médica que lleven
a cabo actividades de investigación en seres
humanos, señalando que deberán contar con un
comité de ética en investigación, quienes
serán los responsables de evaluar y dictaminar
los protocolos de investigación en seres
humanos. |