DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIONES

a) De CC. Senadores.

b) De Comisiones de Trabajo.

2. OFICIOS

a) De la Secretaría de Gobernación.

b) Del Servicio Administrativo Tributario.

c) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.

d) Tribunal Electoral del poder Judicial de la federación.

3. MOVIMIENTOS DE CC. LEGISLADORES

a) De licencia.

b) De reincorporación.

4. PRONUNCIAMIENTO

5. PERMISOS CONSTITUCIONALES

a) Para prestar servicios.

6. INICIATIVAS

7. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) De permisos constitucionales. Para prestar servicios.

b) De permiso constitucional. Para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario.

8. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) De ratificación de nombramiento. De Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.

b) De permiso constitucional. Para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario.

c) De permiso constitucional. Para aceptar y usar condecoración.

d) Con puntos de acuerdo.

9. PROPOSICIONES

10. PROPOSICIÓN DE URGENTE RESOLUCIÓN

11. PROTESTA DE LEY

12. EXCITATIVA

a) Para dictaminar iniciativa.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

COMISIÓN PERMANENTE DEL SEGUNDO RECESO DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 8, del 24 de junio de 2009.

 

                6. INICIATIVAS                        

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

Congreso del Estado de Puebla*

Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores.

Establecer que los apoyos y la atención otorgada a la población en situación de vulnerabilidad, deberá proporcionarse sin fines políticos, electorales, de lucro u otros distintos a los que se contemplen en las disposiciones aplicables y en las reglas de operación de los programas correspondientes. Asimismo, instrumentar diversos mecanismos, a fin de transparentar y asegurar una operación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los programas, fondos y recursos destinados al desarrollo social, así como definir los principios rectores de dichos programas.

2

Que adiciona una fracción XXVIII al artículo 11 recorriéndose la actual XXVIII para ser la XXIX y una fracción XIV al artículo 94 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

 

Publicación en GP:

29 de junio de 2009.

Congreso del Estado de Nuevo León*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

Facultar a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, para requerir o imponer multa de 500 a 3000 días de salario mínimo a las Instituciones Financieras que efectúen las gestiones de cobro a los usuarios; a través de sus consejeros, directivos, funcionarios, empleados, representantes o cualquier otra persona que se conduzcan bajo engaños, amenazas e intimidaciones. 

3

Que adiciona un artículo 222 Bis a la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

 

Publicación en GP:

29 de junio de 2009.

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Establecer que los empaques de los medicamentos que se vendan o distribuyan, deberán contar con una etiqueta especial adherida en la cual se imprima en lenguaje braille el nombre del producto, la sustancia activa, el precio y la fecha de caducidad.

4

Que adiciona la fracción IV del artículo 139 y se modifica el artículo 154 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

Sen.

Marko Antonio Cortés Mendoza

(PAN)

Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores.

Establecer que de manera permanente se deberá realizar la descontaminación microbiana, desinfección, desinsectación, desinfectación u otras medidas de saneamiento en lugares públicos, privados, de aglomeración, edificios, vehículos y objetos, para lo cual se establecerán los requisitos que deberán satisfacer los productos desinfectantes para su uso en cualquiera de los casos anteriormente descritos.

5

Que expide la Ley del Registro Nacional de Niños, Adolescentes y Adultos Desaparecidos.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

Sen.

Adolfo Toledo Infanzón

(PRI)

 

A nombre propio y de los Sens. Mario López Valdez, Fernando Castro Trenti y Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI)

Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores.

Establecer y regular la operación, funcionamiento y administración del Registro Nacional de Datos de Niños, Adolescentes y Adultos Desaparecidos, definiendo su objeto, facultades y atribuciones. Establecer las características que deberán contener las comunicaciones que efectúe la autoridad administrativa o judicial a dicho registro, cuando se tenga conocimiento o se reciba alguna denuncia por la desaparición de algún menor, joven o adulto. Asimismo, definir las sanciones e infracciones que podrán imponerse por actos que contravengan el presente ordenamiento.

6

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Banco de México y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

Sen.

Tomás Torres Mercado

(PRD)*

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores.

Incluir el concepto de “CATA”, como el costo anual total de financiamiento aplicado, el cual estará expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos efectivamente aplicados a los créditos, préstamos o financiamientos que otorgan las entidades financieras. Asimismo, establecer las facultades que tendrá el Banco de México en la materia, así como las obligaciones para las entidades financieras y las cámaras de compensación en dicho rubro.

7

Que reforma los artículos 39 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

 

Publicación en GP:

29 de junio de 2009.

Dip.

Alejandro Chanona Burguete

(Convergencia)

 

A nombre propio y del Sen. Luis Maldonado Venegas y del Dip. Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva (Convergencia)

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Establecer que el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de revocar el mandato de los titulares electos de los órganos del poder público cuando su actuación sea omisa o negligente o exista un ejercicio indebido de dicho poder que redunde en perjuicio de la institución que representan y por tanto, afecte los intereses de la nación, para lo cual se prevén las bases para cada uno de los siguientes casos: Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, diputados, senadores, gobernadores, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, diputados locales, presidentes municipales, regidores, síndicos y delegados de la Ciudad de México.

8

Que reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

 

Publicación en GP:

29 de junio de 2009.

Dip.

Jorge Alejandro Salum del Palacio

(PAN)

 

A nombre del Dip. Héctor Manuel Ramos Covarrubias (PAN)

Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados.

Incluir el documento técnico aprobado por la “Autoridad del Agua” denominado como “Protocolo de reuso”, el cual es formulado por los usuarios para describir las obras y acciones programadas y medibles a ejecutarse para el “reuso” de las aguas residuales tratadas, con la finalidad de un manejo sustentable del recurso hídrico, mismo que formará parte del título de concesión o asignación.  Implantar que la autoridad del agua, considerará preferentemente concesionar aguas residuales tratadas cuando la actividad para la cual se solicita el uso del recurso pueda utilizar este tipo de agua.

9

Que adiciona las fracciones XIV, XV y XVI al artículo 38 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

Sen.

Carlos Jiménez Macías

(PRI)*

Comisiones Unidas de Equidad y Género y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores.

Incluir dentro de los objetivos del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, la implementación y promoción a nivel internacional de acciones que tiendan a erradicar la  violencia de género.

10

Que adiciona el artículo 24 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

Sen.

Antonio Mejía Haro

(PRD)*

Comisiones Unidas de Educación y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores.

Establecer que los prestadores de servicio social deberán recibir una constancia de los conocimientos, destrezas, prácticas, capacidades y experiencia adquiridos durante la prestación del mismo.

11

Que reforma los artículos 52, 53, 55, 60, 63 y se abroga el 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP del Senado:

24 de junio de 2009.

 

Publicación en GP:

29 de junio de 2009.

Dip.

Humberto López Lena Cruz

(S/P)

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Eliminar a los 200 diputados electos por el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripciones plurinominales, así como su procedimiento de elección. Establecer que la Cámara de Diputados se integrará únicamente por los 300 diputados de mayoría relativa.

*Sin intervención en tribuna.

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