No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de
Desarrollo Social.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009. |
Congreso del Estado de Puebla* |
Comisiones Unidas de Desarrollo
Social y de Estudios Legislativos
de la Cámara de Senadores. |
Establecer que los apoyos y la atención
otorgada a la población en situación de
vulnerabilidad, deberá proporcionarse
sin fines políticos, electorales, de
lucro u otros distintos a los que se
contemplen en las disposiciones
aplicables y en las reglas de operación
de los programas correspondientes.
Asimismo, instrumentar diversos
mecanismos, a fin de transparentar y
asegurar una operación eficiente,
eficaz, equitativa y transparente de los
programas, fondos y recursos destinados
al desarrollo social, así como definir
los principios rectores de dichos
programas. |
2 |
Que adiciona una fracción XXVIII al
artículo 11 recorriéndose la actual
XXVIII para ser la XXIX y una fracción
XIV al artículo 94 de la Ley de
Protección y Defensa al Usuario de
Servicios Financieros.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009.
Publicación en GP:
29 de junio de 2009.
|
Congreso del Estado de Nuevo León* |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público de la Cámara de Diputados. |
Facultar a la Comisión Nacional para la
Protección y Defensa de los Usuarios de
Servicios Financieros, para requerir o
imponer multa de 500 a 3000 días de
salario mínimo a las Instituciones
Financieras que efectúen las gestiones
de cobro a los usuarios; a través de sus
consejeros, directivos, funcionarios,
empleados, representantes o cualquier
otra persona que se conduzcan bajo
engaños, amenazas e intimidaciones.
|
3 |
Que adiciona un artículo 222 Bis a la
Ley General de Salud.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009.
Publicación en GP:
29 de junio de 2009.
|
Comisión de Salud de la Cámara de
Diputados |
Establecer que los empaques de los
medicamentos que se vendan o
distribuyan, deberán contar con una
etiqueta especial adherida en la cual se
imprima en lenguaje braille el nombre
del producto, la sustancia activa, el
precio y la fecha de caducidad. |
4 |
Que adiciona la fracción IV del artículo
139 y se modifica el artículo 154 de la
Ley General de Salud.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009. |
Sen.
Marko Antonio Cortés Mendoza
(PAN) |
Comisiones Unidas de Salud y de
Estudios Legislativos de la
Cámara de Senadores. |
Establecer que de manera permanente se
deberá realizar la descontaminación
microbiana, desinfección,
desinsectación, desinfectación u otras
medidas de saneamiento en lugares
públicos, privados, de aglomeración,
edificios, vehículos y objetos, para lo
cual se establecerán los requisitos que
deberán satisfacer los productos
desinfectantes para su uso en cualquiera
de los casos anteriormente descritos. |
5 |
Que expide la Ley del Registro
Nacional de Niños, Adolescentes y
Adultos Desaparecidos.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009. |
Sen.
Adolfo Toledo Infanzón
(PRI)
A nombre propio y de los Sens. Mario
López Valdez, Fernando Castro Trenti y
Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI) |
Comisiones Unidas de Seguridad
Pública y de Estudios
Legislativos, Primera de la Cámara
de Senadores. |
Establecer y regular la operación,
funcionamiento y administración del
Registro Nacional de Datos de Niños,
Adolescentes y Adultos Desaparecidos,
definiendo su objeto, facultades y
atribuciones. Establecer las
características que deberán contener las
comunicaciones que efectúe la autoridad
administrativa o judicial a dicho
registro, cuando se tenga conocimiento o
se reciba alguna denuncia por la
desaparición de algún menor, joven o
adulto. Asimismo, definir las sanciones
e infracciones que podrán imponerse por
actos que contravengan el presente
ordenamiento. |
6 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de Banco
de México y de la Ley para
la Transparencia y Ordenamiento de los
Servicios Financieros.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009. |
Sen.
Tomás Torres Mercado
(PRD)* |
Comisiones Unidas de Hacienda y
Crédito Público y de Estudios
Legislativos, Segunda de la Cámara
de Senadores. |
Incluir el concepto de “CATA”, como el
costo anual total de financiamiento
aplicado, el cual estará expresado en
términos porcentuales anuales que, para
fines informativos y de comparación,
incorpora la totalidad de los costos y
gastos efectivamente aplicados a los
créditos, préstamos o financiamientos
que otorgan las entidades financieras.
Asimismo, establecer las facultades que
tendrá el Banco de México en la materia,
así como las obligaciones para las
entidades financieras y las cámaras de
compensación en dicho rubro. |
7 |
Que reforma los artículos 39 y 41 de la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009.
Publicación en GP:
29 de junio de 2009.
|
Dip.
Alejandro Chanona Burguete
(Convergencia)
A nombre propio y del Sen. Luis
Maldonado Venegas y del Dip. Jesús Cuauhtémoc
Velasco Oliva (Convergencia) |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados. |
Establecer que el pueblo tiene en todo
tiempo el inalienable derecho de revocar
el mandato de los titulares electos de
los órganos del poder público cuando su
actuación sea omisa o negligente o
exista un ejercicio indebido de dicho
poder que redunde en perjuicio de la
institución que representan y por tanto,
afecte los intereses de la nación, para
lo cual se prevén las bases para cada
uno de los siguientes casos: Presidente
de los Estados Unidos Mexicanos,
diputados, senadores, gobernadores, Jefe
de Gobierno del Distrito Federal,
diputados locales, presidentes
municipales, regidores, síndicos y
delegados de la Ciudad de México. |
8 |
Que reforma y adicionan diversas
disposiciones de la Ley de Aguas
Nacionales.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009.
Publicación en GP:
29 de junio de 2009. |
Dip.
Jorge Alejandro Salum del Palacio
(PAN)
A nombre del Dip. Héctor Manuel Ramos
Covarrubias (PAN) |
Comisión de Recursos Hidráulicos
de la Cámara de Diputados. |
Incluir el documento técnico aprobado
por la “Autoridad del Agua” denominado
como “Protocolo de reuso”, el cual es
formulado por los usuarios para
describir las obras y acciones
programadas y medibles a ejecutarse para
el “reuso” de las aguas residuales
tratadas, con la finalidad de un manejo
sustentable del recurso hídrico, mismo
que formará parte del título de
concesión o asignación. Implantar que
la autoridad del agua, considerará
preferentemente concesionar aguas
residuales tratadas cuando la actividad
para la cual se solicita el uso del
recurso pueda utilizar este tipo de
agua. |
9 |
Que adiciona las fracciones XIV, XV y
XVI al artículo 38 de la Ley
General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009. |
Sen.
Carlos Jiménez Macías
(PRI)* |
Comisiones Unidas de Equidad y Género
y de Estudios Legislativos, Primera
de la Cámara de Senadores. |
Incluir dentro de los objetivos del
Programa Integral para Prevenir,
Atender, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra las Mujeres, la
implementación y promoción a nivel
internacional de acciones que tiendan a
erradicar la violencia de género. |
10 |
Que adiciona el artículo 24 de la
Ley General de Educación.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009. |
Sen.
Antonio Mejía Haro
(PRD)* |
Comisiones Unidas de Educación y
de Estudios Legislativos, Segunda
de la Cámara de Senadores. |
Establecer que los prestadores de
servicio social deberán recibir una
constancia de los conocimientos,
destrezas, prácticas, capacidades y
experiencia adquiridos durante la
prestación del mismo. |
11 |
Que reforma los artículos 52, 53, 55,
60, 63 y se abroga el 54 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
24 de junio de 2009.
Publicación en GP:
29 de junio de 2009.
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Dip.
Humberto López Lena Cruz
(S/P) |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados. |
Eliminar a los 200 diputados electos por
el principio de representación
proporcional, mediante el Sistema de
Listas Regionales, votadas en
circunscripciones plurinominales, así
como su procedimiento de elección.
Establecer que la Cámara de Diputados se
integrará únicamente por los 300
diputados de mayoría relativa. |