No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Desarrollo Sustentable de la
Caña de Azúcar.
Publicación en GP del Senado:
20 de mayo de 2009.
Publicación en GP:
22 de mayo de 2009. |
Dip.
Gerardo Priego Tapia
(PAN)
A nombre del Dip. Gerardo Buganza
Salmerón (PAN) |
Comisión de Agricultura y Ganadería
de la Cámara de Diputados |
Incluir en las reglas de integración de
los Comités de Producción y Calidad
Cañera, que las organizaciones locales
de Abastecedores de Caña, que hayan
obtenido su inscripción en el Registro,
posterior a la instalación de sus
correspondientes comités, deberán ser
igualmente integradas a éstos, y para
aquellos que no cumplan con las reglas
establecidas, su instalación será nula y
todos sus actos carecerán de validez
alguna. Establecer que el Registro
deberá, en caso de que la organización
cumpla con todos los requisitos
correspondientes, entregar la constancia
de inscripción en un plazo no mayor a
treinta días naturales contados a partir
de la presentación de la solicitud,
tratándose de las organizaciones
locales, deberán estar representadas con
plenos derechos en los Comités de
Producción y Calidad Cañera de cada
ingenio de los que sean abastecedores de
caña. |
2 |
Que adiciona
diversos artículos de la Ley
General de Salud.
Publicación en GP del Senado:
20 de mayo de 2009.
Publicación en GP:
22 de mayo de 2009. |
Dip.
Lorena Martínez Rodríguez
(PRI)
A nombre propio y del Dip. Emilio Gamboa
Patrón (PRI) |
Comisión de Salud de la Cámara de
Diputados |
Establecer como materia de salubridad
general, el control sanitario de
clínicas y hospitales. Adicionar a los
objetivos del sistema nacional de salud,
la promoción de sistemas de inocuidad,
vigilancia epidemiológica y control
sanitario nosocomial. Establecer dentro
de las obligaciones de la Secretaría de
Salud, promover medidas de vigilancia
epidemiológica, prevención y control de
las infecciones intrahospitalarias o
nosocomiales. Facultar al Consejo de
Salubridad General para proponer medidas
a las autoridades sanitarias, así como a
la Red Hospitalaria de Vigilancia
Epidemiológica, en materia de vigilancia
epidemiológica, prevención y control de
las infecciones intrahospitalarias o
nosocomiales. Considerar dentro de los
servicios básicos de salud, la
prevención y control de infecciones
nosocomiales. Obligar a la Secretaría
de Salud, a fijar normas oficiales
mexicanas relativas a la inocuidad y
control de infecciones nosocomiales y la
operación de una Red Hospitalaria de
Vigilancia Epidemiológica; establecer
que la Secretaría de Salud y los
gobiernos de las entidades federativas,
emitirán conjuntamente, políticas,
estudios, procedimientos, criterios de
trabajo, normas y métodos para prevenir,
vigilar y controlar las infecciones o
epidemias intrahospitalarias o
nosocomiales, previendo factores de
riesgo, identificación de fuentes de
infección, vigilancia de áreas de alto
riesgo y sistemas de desinfección.
Promover esquemas de coordinación y
cooperación con el Comité para la
Detección y Control de Infecciones
Nosocomiales, así como con las Unidades
de Vigilancia Epidemiológica
Hospitalaria. |
3 |
Que reforma la
fracción V del artículo 19 de la
Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria y
crea la Ley del Seguro de
Desempleo.
Publicación en GP del Senado:
20 de mayo de 2009.
Publicación en GP:
22 de mayo de 2009. |
Dip.
Francisco Javier Calzada Vázquez
(PRD) |
Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública de la Cámara de Diputados |
Modificar el porcentaje de 25% por el
de 20%, establecido para destinar los
excedentes de ingresos que, en su caso,
resulten de los ingresos autorizados en
la Ley de Ingresos o de excedentes de
ingresos propios de las entidades a
programas y proyectos de inversión en
infraestructura y para el caso del Fondo
de Apoyo para la Reestructura de
Pensiones. Otorgar un 20% para el Fondo
para el Seguro de Desempleo. Dichos
recursos se destinarán a las Entidades
Federativas para atender los problemas
de desempleo estatales de conformidad
con lo que la normatividad en la materia
establezca. Crear la Ley de Seguro de
Desempleo con el objeto de otorgar una
protección básica a los trabajadores que
hayan perdido su empleo y, al mismo
tiempo, crear las condiciones para su
incorporación al mercado del trabajo y
al goce del derecho constitucional al
mismo trabajo. |
4 |
Que reforma el
artículo 7 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP del Senado:
20 de mayo de 2009.
Publicación en GP:
22 de mayo de 2009. |
Dip.
Silvia Luna Rodríguez
(Nueva Alianza) *
A nombre de su Grupo Parlamentario
|
Comisión de Salud de la Cámara de
Diputados |
Facultar a la Secretaría de Salud, para
impulsar la creación de centros de
investigación científica, orientados al
desarrollo de tecnologías que permitan
detectar, prevenir y controlar las
enfermedades transmisibles y los riesgos
epidemiológicos. |
5 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley Federal del Trabajo y de
la Ley Federal de Trabajadores al
Servicio del Estado.
Publicación en GP del Senado:
20 de mayo de 2009. |
Dip.
Rocío del Carmen Morgan Franco
(PAN)
A nombre del Sen. Luis Fernando
Rodríguez Lomelí (PAN) |
Comisiones Unidas de Trabajo y
Previsión Social y de Estudios
Legislativos de la Cámara de
Senadores |
Modificar la denominación de Titulo
Quinto de “Trabajo de las Mujeres” por
el de "Derechos de las Madres y de los
Padres Trabajadores”. Establecer que
los trabajadores varones tendrán derecho
a recibir licencia de paternidad, que
consta de 7 días hábiles contados a
partir del nacimiento de su o sus hijos,
con goce completo de salario y
prestaciones, así como los casos en que
podrá hacer uso de la licencia de
cuidados por enfermedad de los hijos.
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6 |
Que adiciona la
Ley Federal del Trabajo.
Publicación en GP del Senado:
20 de mayo de 2009. |
Sen.
Adolfo Jesús Toledo Infanzón
(PRI)
A nombre del Sen. Carlos Lozano de la
Torre (PRI) |
Establecer que los trabajadores no
tendrán la obligación de prestar el
servicio, cuando las autoridades
sanitarias, dentro de las medidas
indispensables para prevenir y combatir
los daños a la salud en casos de
epidemia de carácter grave o peligro de
invasión de enfermedades transmisibles,
ordenen la suspensión de labores en el
sector productivo, subsistiendo en todo
momento la obligación del patrón de
pagar el salario correspondiente a los
días de suspensión, manteniendo intactas
las relaciones laborales durante el
plazo de suspensión dictado por la
autoridad. |
7 |
Que reforma el
párrafo segundo del artículo 109 de la
Ley del Seguro Social y
adiciona el párrafo segundo al artículo
43 de la Ley del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado.
Publicación en GP del Senado:
20 de mayo de 2009. |
Sen.
Antonio Mejía Haro
(PRD) * |
Comisiones Unidas de Seguridad Social
y de Estudios Legislativos, Segunda
de la Cámara de Senadores |
Ampliar hasta por 6 meses el periodo de
conservación de derechos de seguridad
social para todos los trabajadores y
servidores públicos cuando las
condiciones económicas y laborales del
país así lo requieran, determinando las
condiciones en que operará la
conservación de los derechos que al
efecto correspondan y los requisitos
necesarios para otorgarla. |
8 |
Que reforma y
adiciona la Ley de Seguridad
Nacional.
Publicación en GP del Senado:
20 de mayo de 2009. |
Sen.
Mario López Valdez
(PRI) |
Comisiones Unidas de Seguridad
Pública y de Estudios
Legislativos, Primera de la Cámara
de Senadores |
Sancionar penal o administrativamente a
los servidores públicos que teniendo
acceso a información clasificada, aún
después de que hayan cesado en el cargo
en razón del cual se les otorgó el
mismo, la usen en provecho propio o de
terceros. |