No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma la
Ley para la Transparencia y
Ordenamiento de los Servicios
Financieros y la Ley
Federal de Protección al Consumidor.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009. |
Dips.
Gerardo Priego Tapia y Emilio Ramón
Ramiro Flores Domínguez
(PAN) * |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público de la Cámara de Diputados |
Definir al Proveedor como aquella
persona física o moral que habitual o
periódicamente ofrece, distribuye,
vende, arrienda o concede el uso o
disfrute de bienes, productos y
servicios y acepta como pago cualquier
medio de disposición. Establecer que el
Banco de México, con opinión de la
Comisión Nacional para la Protección y
Defensa de los Usuarios de Servicios
Financieros y la Procuraduría Federal
del Consumidor, emitirá reglas generales
para regular el uso y aceptación de
medios de disposición, con el objetivo
de brindar mayor protección a los
clientes. Implantar la obligatoriedad
para las entidades y proveedores de
solicitar una identificación oficial
cuando de manera directa acepten
tarjetas de crédito, débito o servicios
como medio de disposición o pago. |
2 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley Federal del Trabajo.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009. |
Dip.
Patricio Flores Sandoval
(PRI)
A nombre propio y del Sen. Fernando
Jorge Castro Trenti (PRI) |
Comisiones Unidas de Trabajo y
Previsión Social, y de Estudios
Legislativos de la Cámara de
Senadores |
Explicitar el concepto de trabajador.
Establecer como derecho de los
trabajadores que cuando en la
contratación de trabajadores para un
patrón, a fin de que ejecuten trabajos o
presten servicios para él, participe un
intermediario laboral, cualquiera que
sea la denominación que patrón e
intermediarios asuman, ambos serán
responsables solidarios entre sí en
relación con el trabajador, respecto del
cumplimiento de las obligaciones
contenidas en la legislación laboral y
de la seguridad social. Actualizar las
normas que deben observan las empresas
que ejecuten obras o servicios en forma
exclusiva o principal para otra, y que
no dispongan de elementos propios
suficientes. |
3 |
Que reforma y
adiciona diversos artículos de la
Ley Federal de Radio y Televisión.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009. |
Sen.
Carlos Sotelo García
(PRD) * |
Comisiones Unidas de Radio,
Televisión y Cinematografía y de
Estudios Legislativos de la Cámara
de Senadores |
Modificar diversas disposiciones, a
efecto de redefinir la forma en que el
Estado deberá proteger y vigilar la
actividad que realicen los particulares
que usen, aprovechen o exploten las
bandas de frecuencias del espectro
radioeléctrico. Definir el procedimiento
que habrá de seguirse para el
otorgamiento de concesiones para uso
comercial, público y social, así como
los lineamientos que deberán observarse
para llevar a cabo el procedimiento de
licitación, requisitos de las
convocatorias, duración de las
concesiones y el monto de la
contraprestación que deberá recibir el
Estado por el otorgamiento de las
mismas. Asimismo, crear el programa
anual de frecuencias estableciendo los
criterios que deberá atender, así como
dotar con nuevas atribuciones en la
materia, a la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes, a la
Comisión Federal de Telecomunicaciones y
a la Comisión Federal de Competencia. |
4 |
Que reforma los
artículos 76 y 102 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y reforma el
artículo 10 y adiciona un Capítulo III a
la
Ley Orgánica de la Procuraduría General
de la República.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Dip.
José Francisco Melo Velázquez
(Convergencia) * |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados |
Establecer a nivel constitucional que el
titular de la Fiscalía para la Atención
de Delitos Electorales será nombrado en
los mismos términos que el Procurador
General de la República. Establecer en
la ley orgánica que para el despacho de
los asuntos que competen a la
Procuraduría General de la República y
al Ministerio Público de la Federación
se auxiliará de la Fiscalía. Adicionar
un Capítulo Tercero “ De la Fiscalía
para la Atención de Delitos Electorales”
con el objeto de establecer las
facultades y atribuciones del Fiscal,
dentro de las que se encuentran las de:
conocer de los delitos electorales y en
materia de Registro Nacional de
Ciudadanos; determinar la organización y
funcionamiento de la Fiscalía y
coordinar el desarrollo y cumplimiento
de las funciones de las unidades que la
integren, vigilando que se observen los
ordenamientos legales y demás
disposiciones aplicables; establecer
mecanismos de coordinación y de
interrelación con otras áreas de la
Procuraduría, autoridades federales, del
Distrito Federal, estatales y
municipales, en el ámbito de su
competencia, para el óptimo cumplimiento
de las funciones que le corresponden. |
5 |
Que adiciona la
fracción VI del artículo 24 de la
Ley Federal de Competencia Económica.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Dip.
Jorge Alejandro Salum del Palacio
(PAN) |
Comisión de Economía de la Cámara
de Diputados |
Facultar a la Comisión Federal de
Competencia para emitir opinión
vinculatoria tendiente a promover la
innovación tecnológica y científica que
permita la competitividad en los
sectores comerciales más débiles y, en
su caso, sugerir la capacitación para la
consecución de su fin. |
6 |
Que reforma la
fracción I del artículo 76 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, así como el
artículo 7 de la Ley sobre la
Celebración de Tratados.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009. |
Sen.
Carlos Jiménez Macías
(PRI) * |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Estudios
Legislativos de la Cámara de
Senadores. |
Facultar a la Cámara de Senadores para
conocer y aprobar los acuerdos
interinstitucionales que celebren las
dependencias u organismos
descentralizados de la Administración
Pública Federal, Estatal o Municipal con
uno o varios órganos gubernamentales
extranjeros u organizaciones
internacionales, siempre y cuando la
naturaleza de estos se relacionen con la
soberanía o la seguridad nacional.
Asimismo, precisar que dichos acuerdos
solo podrán ser obligatorios en
territorio nacional, cuando hayan sido
publicados en el Diario Oficial de la
Federación. |
7 |
Que crea la
Ley General de Barrancas en Centros
Urbanos.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Dip.
Adrián Pedrozo Castillo (PRD)
A nombre propio y de la Dip. Aleida
Alavez Ruiz (PRD) |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos
Naturales de la Cámara de Diputados. |
Crear un ordenamiento con el objeto de
establecer las bases para la
preservación, conservación, protección,
restauración, saneamiento,
aprovechamiento y vigilancia de
barrancas en centros de población.
Considerar de utilidad pública los
programas para el desarrollo integral de
barrancas, las declaratorias de áreas
protegidas y otras análogas, y sus
programas de manejo, así como el
Inventario Nacional de Barrancas en
Centros de Población. Prever como
atribuciones del gobierno federal, a
través de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales,
administrar los cauces de corriente de
agua que no estén asignados o
transferidos a las autoridades estatales
o municipales; delimitar los márgenes de
la zona federal de los cauces de
corriente y elaborar, en coordinación
con las autoridades estatales,
municipales y del Distrito Federal, el
Inventario Nacional de Barrancas en
Centros de Población. |
8 |
Que reforma el
artículo 203 de la Ley del Seguro
Social.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Dip.
Narcizo Alberto Amador Leal
(PRI)* |
Comisión de Seguridad Social de
la Cámara de Diputados |
Suprimir a la educación dentro de los
servicios proporcionados por las
guarderías infantiles. Establecer que
aquellos servicios proporcionados por
las guarderías infantiles como lo son:
el aseo, la alimentación, el cuidado de
la salud y la recreación de los menores
por ningún motivo serán materia de
subrogación a particulares debiendo ser
rescindidos a la brevedad inmediata
todos los contratos que al efecto hayan
sido suscritos por el Instituto
Mexicano del Seguro Social. |
9 |
Que reforma
diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Dip.
Irene Aragón Castillo (PRD)
A nombre propio y de la Dip. Claudia
Lilia Cruz Santiago (PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados |
Crear el Instituto Federal de
Prevención, Erradicación y Combate a la
Corrupción, como órgano autónomo e
independiente, con facultades de vigilar
e investigar el desempeño de los
servidores públicos, así como la
fiscalización de su evolución
patrimonial. Crear un Tribunal de
Responsabilidades de los Servidores
Públicos que pertenecerá al Poder
Judicial de la Federación, y que tendrá
como atribuciones principales, la
sanción de las irregularidades cometidas
por los servidores públicos, así como la
determinación y calificación de los
conflictos de interés que puedan
presentarse en el ejercicio de las
funciones de los servidores públicos.
Crear como organismo autónomo el
Instituto Federal de Acceso Igualitario
a la Justicia, que tendrá a su cargo la
defensa y representación de los
habitantes del país, que por cualquier
razón se encuentren en desventaja con su
contraparte, y para el caso específico
que brinden asesoría jurídica y
representación a las personas que
denuncian casos de corrupción.
Establecer la obligación de crear un
servicio civil de carrera, sin
excepciones. |
10 |
Que reforma y
adiciona diversos artículos de la
Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Dip.
Claudia Lilia Cruz Santiago
(PRD) * |
Comisión de Justicia de la Cámara
de Diputados |
Crear al Comité para la Igualdad entre
las Mujeres y Hombres de la SCJN, quien
será regido por los Ministros que sean
designados en por el Pleno; sesionará de
forma ordinaria trimestralmente y de
forma extraordinaria cuando se acuerde
por la mayoría simple de los
integrantes; asimismo para el desarrollo
de sus atribuciones, contará con un
Secretariado Técnico y las siguientes
Direcciones Generales: de Igualdad de
Género, y de Perspectiva de Género,
conformado por personal especializado y
certificado en derechos humanos de las
mujeres y género, definido por concurso
conforme determine el Instituto de la
Judicatura. Facultar al Instituto de
la Judicatura para que establezca
programas y cursos tendientes a:
reforzar, actualizar y profundizar los
conocimientos respecto de los Tratados
y Convenios Internacionales en materia
de Derechos Humanos de las Mujeres y la
legislación de la materia; así como
proporcionar y desarrollar técnicas de
análisis, argumentación e interpretación
que permitan valorar correctamente las
pruebas y evidencias aportadas en los
procedimientos, así como formular
adecuadamente las actuaciones y
resoluciones judiciales, conforme a los
Derechos Humanos establecidos en la
Constitución, Tratados y Convenios
Internacionales en materia de Derechos
Humanos de las Mujeres y demás
legislación aplicable. |
11 |
De
Ley para el
Desarrollo Integral de la Persona Joven.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Comisión de de Juventud y Deporte
de la Cámara de Diputados |
Crear un ordenamiento con el objeto de
normar las medidas y acciones que
contribuyan al desarrollo integral de
las y los jóvenes que propicien la
participación de la juventud en el
desarrollo político, social, económico y
cultural, así como regular el Consejo
para la Participación Plena de las y los
Jóvenes del país. Establecer que la
Federación, el Distrito Federal, los
estados y los municipios en el ámbito de
su competencia, podrán expedir las
normas legales y tomarán las medidas
administrativas necesarias a efecto de
dar cumplimiento a esta ley. |
12 |
Que expide la
Ley para Garantizar el Derecho de
Réplica.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Comisión de Gobernación de la
Cámara de Diputados |
Crear un ordenamiento con el objeto de
respetar los sentimientos, afectos,
creencias, decoro, honor, reputación,
vida privada e imagen de las personas,
mediante el establecimiento de
procedimientos y autoridades competentes
para garantizar el ejercicio del derecho
de réplica en los medios de
comunicación. |
13 |
Que adiciona las
fracciones XVII y XVIII al artículo 3 y
el artículo 60 Bis a la Ley
Federal de Telecomunicaciones.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Dip.
Irma Piñeyro Arias
(Nueva Alianza)
A nombre propio y del
Sen. Ricardo Francisco García Cervantes
(PAN) |
Comisión de Comunicaciones de la
Cámara de Diputados
En Sesión del 26/ago/09 se rectificó el
turno a las Comisiones Unidas de
Comunicaciones y Transportes y de
Estudios Legislativos de la Cámara
de Senadores. |
Incluir las definiciones de servicio de
telefonía celular y la de tarifa.
Establecer que los cobros que se
realicen por los servicios prestados en
telefonía celular o móvil se aplicarán
por tiempo consumido. La base de la
unidad de medida para el cobro de la
tarifa será el "segundo". |
14 |
Que reforma el
artículo 9 de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Dip.
Humberto López Lena Cruz
(S/P)* |
Comisión de Gobernación de la
Cámara de Diputados |
Establecer que las dependencias y
entidades de la Administración Pública
Centralizada y Paraestatal deberán dar
contestación y definir líneas de acción
dentro de un término de 60 días, en
relación a las proposiciones con punto
de acuerdo o exhortos que emanen de la
H. Cámara de Diputados. |
15 |
Que adiciona un
párrafo a la fracción IX del artículo
225 del Código Penal Federal.
Publicación en GP del Senado:
19 de agosto de 2009.
Publicación en GP:
21
de agosto de 2009. |
Comisión de Justicia de la Cámara
de Diputados |
Establecer como delito contra la
administración de justicia, cometidos
por servidores públicos, el ejercitar
acción penal a sabiendas de que existen
violaciones en el procedimiento de
integración de la averiguación previa. |