No.
|
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que crea el
Programa de Apoyo para los deudores de
la Banca en materia de tarjetas de
crédito, créditos hipotecarios y
créditos a las pequeñas y medianas
empresas en situación de cartera vencida
durante los últimos 18 meses, y por los
12 meses siguientes al establecimiento
del programa antes citado.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009.
Publicación en GP:
17
de julio de 2009. |
Congreso del estado de Baja California
Sur * |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público de la Cámara de Diputados. |
Crear la Comisión de Apoyo para los
Deudores de la Banca que estará
compuesta por un integrante de cada
grupo parlamentario representado en la
Cámara de Diputados, por un
representante de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, uno de la
Comisión de Defensa de los Usuarios de
los Servicios Financieros (Condusef),
uno de la Comisión Nacional Bancaria y
de Valores (CNBV), uno del Instituto de
Protección al Ahorro Bancario (IPAB),
uno de la Asociación de Bancos de México
(ABM) y un representante de los deudores
designado por cada uno de los grupos
parlamentarios representados en la
Cámara de Diputados, con el objeto de
que las instituciones bancarias detengan
sus acciones de cobranza judiciales o
extrajudiciales y la "venta o entrega en
administración de cartera vencida" a
agencia o despachos de administración o
cobranza de la misma, a partir de la
aprobación del esta iniciativa. |
2 |
Que reforma la
fracción XXV del artículo 109 de la
Ley
del Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009.
Publicación en GP:
17
de julio de 2009. |
Congreso del estado de Chihuahua* |
Explicitar que no se pagará el impuesto
sobre la renta por la obtención de la
enajenación de derechos parcelarios, de
las parcelas sobre las que hubiera
adoptado el dominio pleno, siempre y
cuando sea la primera transmisión que se
efectúe por los ejidatarios o titulares
del derecho parcelario. |
3 |
Que expide la
Ley General de los Servicios de
Guarderías Infantiles, reforma y
adiciona diversos artículos de la
Ley General de Salud.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009. |
Sens.
Emma Lucía Larios Gaxiola y Guillermo
Enrique Marcos Tamborrel Suárez
(PAN) * |
Comisiones Unidas de Atención a
Grupos Vulnerables y de Estudios
Legislativos, Segunda de la Cámara
de Senadores |
Reglamentar los párrafos sexto y octavo
del artículo 4 de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos. Decretar que los tres órdenes
de gobierno en el ámbito de sus
respectivas competencias, deberán
expedir las normas reglamentarias y
tomar las medidas administrativas
necesarias para dar cumplimiento a esta
Ley y su reglamento. Instituir la
Coordinación Nacional de Guarderías y
las delegaciones para regular los
servicios de guardería, precisando sus
facultades y atribuciones. Establecer la
forma en que habrán de otorgarse las
licencias para proporcionar el servicio
de guardería o estancia infantil, los
requisitos para su certificación, así
como las características físicas que
deberán reunir los establecimientos o
locales destinados para tal fin.
Asimismo, definir la forma en que habrá
de proporcionarse el servicio de
guardería, las cualidades profesionales
que deberá reunir el personal que labore
en estos centros, así como los supuestos
conforme a los cuales se procederá a la
suspensión o revocación de las licencias
y lo relativo a la imposición
infracciones y sanciones por contravenir
lo dispuesto en el presente
ordenamiento. Incluir en materia de
salubridad general, la vigilancia e
inspección sanitaria de las guarderías
públicas, privadas o mixtas |
4 |
Que reforma y
adiciona la Ley Agraria.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009.
Publicación en GP:
24
de julio de 2009. |
Dip.
César Duarte Jáquez
(PRI)
A nombre propio y del Dip.
Alfredo Adolfo Ríos Camarena (PRI) |
Comisión de Reforma Agraria de la
Cámara de Diputados |
Reconocer la personalidad jurídica de
los ejidos y comunidades, dictar medidas
de protección para su propiedad sobre la
tierra, tanto para el asentamiento
humano como para actividades
productivas. Determinar los mecanismos
que faciliten la organización y
expansión de la actividad económica de
ejidos y comunidades. Impedir la
concentración de tierras, a través del
aseguramiento de los derechos
individuales de los miembros del
núcleo. Establecer medidas para el
fomento de la agricultura, de la
ganadería, de la silvicultura y de las
demás actividades económicas en el medio
rural. Establecer instancias de
jurisdicción voluntaria para el
avenimiento de diferencias suscitadas
por la tenencia o el aprovechamiento
agrario. Definir las atribuciones de la
Secretaría de Reforma Agraria. Asentar
la potestad jurisdiccional de los
Tribunales Agrarios. Prever que la
personalidad jurídica de los núcleos
agrarios, deberá ser admitida por las
instituciones financieras y bancarias
para propósitos crediticios. Reconocer
la capacidad de los núcleos para
constituir en garantía crediticia el
usufructo de su tierra. Facultar a los
núcleos agrarios para que por medio de
la Asamblea expidan su propio
reglamento. Definir los derechos de los
titulares de derechos agrarios, los
mecanismos y derechos sucesorios y se
aclara la figura de los posesionarios y
avecindados. Determinar las funciones de
la asamblea general ordinaria,
extraordinaria y permanente. Establecer
como instancia de jurisdicción
voluntaria al Consejo de Avenencia y
Arbitraje. |
5 |
Que expide la
Ley para la Prevención de Lavado de
Dinero y Financiamiento al Terrorismo
y reforma el artículo 16 párrafo segundo
del Código Federal de
Procedimientos Penales.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009. |
Dip.
Juan Nicasio Guerra Ochoa
(PRD)
A nombre de los Sens. Minerva Hernández
Ramos y René Arce Islas
(PRD) |
Comisiones Unidas de Justicia y
de Estudios Legislativos, Primera
de la Cámara de Senadores |
Establecer el régimen jurídico de
negocios o actos civiles o mercantiles
para prevenir e impedir la comisión de
delitos de operaciones con recursos de
procedencia ilícita y de financiamiento
al terrorismo, así como para la
supervisión y sanción de dicho régimen.
Estipular la supletoriedad de diversas
normas en todo lo no previsto por este
ordenamiento, así como definir las
facultades y atribuciones que tendrá en
la materia la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público. |
6 |
Que reforma los
artículos 94, párrafos primero, sexto y
séptimo, 104, fracción I-B, 107,
fracciones V y su quinto párrafo, VI,
VIII primer, cuarto y quinto párrafos,
IX, XI, XII, y XIII, primer párrafo, de
la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009.
Publicación en GP:
17
de julio de 2009. |
Dip.
José Manuel del Río Virgen
(Convergencia) |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados |
Cambiar la denominación de “Tribunal
Colegiado de Circuito”, por la de
“Tribunales Colegiados de Circuito en
Materia de Amparo y Tribunales
Colegiados de Circuito de Apelación”. |
7 |
Que adiciona la
fracción XXIV al artículo 8 de la
Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores
Públicos.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009. |
Sen.
Ricardo Monreal Ávila
(PT) |
Comisiones Unidas de Gobernación
y de Estudios Legislativos de la
Cámara de Senadores |
Prohibir a los servidores públicos,
ostentar el empleo, cargo o comisión
para el ejercicio de negocios privados
o públicos ajenos a las
responsabilidades inherentes a su
función. |
8 |
Que reforma el
artículo 29 de la Ley General de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre
de Violencia.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009.
Publicación en GP:
17
de julio de 2009. |
Dip.
Ana Elisa Pérez Bolaños
(Nueva Alianza) * |
Comisión de Equidad y Género de
la Cámara de Diputados |
Incluir como orden de protección de
emergencia, la prohibición al probable
responsable de ocupar el domicilio
conyugal cuando se haya ausentado por
más de dos años, independientemente del
motivo que haya originado la separación. |
9 |
Que reforma el
artículo 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009.
Publicación en GP:
17
de julio de 2009. |
Dip.
Jorge Alejandro Salum del Palacio
(PAN) * |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados |
Exentar del cobro de impuestos los
inmuebles correspondientes a aeropuertos
y a escuelas públicas desde el nivel
Preescolar hasta el nivel Superior. |
10 |
Que adiciona la
Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores
Públicos y el Código Penal
Federal.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009. |
Sens.
Adolfo Jesús Toledo Infanzón y Fernando
Jorge Castro Trenti
(PRI) * |
Comisiones Unidas de Justicia y
de Estudios Legislativos, Primera
de la Cámara de Senadores |
Establecer como obligación para los
servidores públicos, abstenerse de
proporcionar documentación oficial falsa
con el objeto de ingresar o conservar su
condición de servidor público, así como
denunciar por escrito ante la Secretaría
de la Función Pública y de la
Procuraduría General de la República
cuando tenga conocimiento de que un
servidor público a su cargo esté en el
supuesto antes mencionado. |
11 |
Que reforma
diversas disposiciones de la
Ley Federal
para Prevenir y Sancionar la Tortura.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009. |
Dip.
Jesús Humberto Zazueta Aguilar
(PRD)
A nombre propio y del Sen. René Arce
Islas (PRD) |
Comisiones Unidas de Justicia y
de Estudios Legislativos, Primera
de la Cámara de Senadores |
Sustituir la denominación de “Ley
Federal para Prevenir y Sancionar la
Tortura” por el de “Ley General para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes”, a fin de
contemplar y sancionar dentro de sus
disposiciones dichas conductas. Aumentar
la penalidad prevista para quien cometa
el delito de tortura, así como definir
el procedimiento que deberán seguir las
personas que aleguen haber sido
sometidas a tortura u otros tratos o
penas crueles, inhumanos o degradantes.
Asimismo, precisar que leyes podrán ser
aplicadas en todo lo no previsto por
este ordenamiento. |
12 |
Que reforma y
adiciona diversos artículos de la
Ley General de Salud.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009.
Publicación en GP:
20
de julio de 2009. |
Dip.
Juan Abad de Jesús
(Convergencia) * |
Comisión de Salud de la Cámara de
Diputados |
Establecer como materia de salubridad
general, las lesiones y urgencias
médicas. Considerar como servicios
básicos de salud, la prevención y
control de lesiones. Realizar
actividades de investigación en materia
de incidencia y relación del consumo de
sustancias alcohólicas y lesiones
intencionales y no intencionales. |
13 |
Que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones
de la Ley General de Desarrollo
Social y de la Ley del
Sistema Nacional de Información
Estadística y Geográfica.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009. |
Sen.
Mario López Valdez
(PRI) |
Comisiones Unidas de Desarrollo
Social y de Estudios
Legislativos, Primera de la Cámara
de Senadores. |
Facultar al Instituto Nacional de
Estadística y Geografía para normar y
coordinar la evaluación de las políticas
y programas de desarrollo social, que
ejecuten las dependencias públicas, así
como para establecer los lineamientos y
criterios para la definición,
identificación y medición de la pobreza,
garantizando la transparencia,
objetividad y rigor técnico en dicha
actividad. |
14 |
Que reforma el
segundo párrafo de la fracción I del
artículo 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009. |
Sen.
Francisco Herrera León
(PRI) * |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Estudios
Legislativos,
con opinión de la
Comisión de Desarrollo Municipal
de la Cámara de Senadores. |
Establecer que los presidentes
municipales, regidores y síndicos de los
ayuntamientos electos popularmente por
elección directa, durarán en su encargo
4 años. |
15 |
Que modifica el
artículo 218 numeral 1 e incluye un
Capítulo Segundo Bis, agregándose el
artículo 227 Bis con 6 numerales al
Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009.
Publicación en GP:
20
de julio de 2009. |
Dip.
Humberto López Lena Cruz
(S/P) * |
Comisión de Gobernación de la
Cámara de Diputados. |
Establecer como derecho de los
ciudadanos solicitar el registro de
candidatos a cargos de elección
popular. Crear un Capítulo Segundo Bis
denominado “De los Candidatos
Independientes”, quienes podrán
participar como candidatos
independientes a los cargos de elección
popular y obtener su registro, siempre y
cuando estén apoyados por el l.5 % de
ciudadanos que hayan firmado su adhesión
voluntaria a esa candidatura en acta
formal, de la que dará fe la autoridad
electoral, tomando como base el padrón
electoral de los distritos y según la
elección correspondiente en la que
decida participar, una vez conseguido el
registro dichos candidatos tendrán los
mismos derechos conferidos a los
candidatos de los distintos Partidos
Políticos. |
16 |
Que reforma el
artículo 62 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
15 de julio de 2009.
Publicación en GP:
20
de julio de 2009. |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados. |
Establecer que los diputados y senadores
propietarios durante el período de su
encargo, tendrán que renunciar para
contender por un cargo de elección
popular o para desempeñar otra comisión
o empleo de la Federación o de los
Estados. |