DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIONES

a) De C. Senador.

2. OFICIOS

a) De la Secretaría de Gobernación.

b) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

c) Del Instituto Mexicano del Seguro Social.

d) Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

3. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De reincorporación.

4. PERMISOS CONSTITUCIONALES

a) Para aceptar y usar condecoraciones.

b) Para prestar servicios.

5. PRONUNCIAMIENTO

6. INICIATIVAS

7. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) De permiso constitucional. Para prestar servicios.

b) De permiso constitucional. Para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario.

c) Con puntos de acuerdo.

8. PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

9. PROPOSICIONES

10. AGENDA POLÍTICA

11. EXCITATIVAS

a) Para dictaminar iniciativa.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

COMISIÓN PERMANENTE DEL SEGUNDO RECESO DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 9, del 1 de julio de 2009.

 

                6. INICIATIVAS                          

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que adiciona un artículo 9 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

Congreso del Estado de Chihuahua *

Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Establecer que los propietarios o representantes legales de las casas de empeño, deberán llevar un registro pormenorizado de los contratos de mutuo con interés y garantía prendaria o asimilable a los que celebren, que será remitido de manera mensual a la Secretaría de Seguridad Pública estatal ó municipal. Asimismo, que el incumplimiento a esta disposición se sancionará conforme a la Ley aplicable.

2

Que reforma el segundo párrafo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Congreso del Estado de Chihuahua *

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Modificar la aportación hecha por el Estado, por el municipio o por ambos, de “25%” a “50%” del monto total de los ingresos brutos que obtenga por la operación del puente de peaje de que se trate.

3

Que reforma por incorporación de un inciso i) a la fracción II del artículo 2-A y por derogación de la fracción V del artículo 15, la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Congreso del Estado de Nuevo León *

Establecer que el transporte público terrestre de personas, excepto por ferrocarril, pagará el impuesto que se calculará aplicando la tasa del 0% de los valores establecidos por la Ley.

4

Que reforma el primer párrafo del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Establecer que la pena de prisión vitalicia, sólo podrá imponerse al que cometa los delitos de producción, tenencia o tráfico de narcóticos, secuestro, homicidio calificado o violación.

5

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

Sen.

Luis Fernando Rodríguez Lomelí

(PAN) *

Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores.

Establecer que la información o publicidad de los alimentos, complementos y suplementos alimenticios, remedios herbolarios y productos de perfumería y belleza, deberán ser comprobables técnica y/o científicamente de forma patente, de acuerdo a  los lineamientos para su clasificación y autorización, en lo  referente a sus propiedades y efectos secundarios de su uso inmediato y frecuente.

6

Que modifica los artículos 51, 55, 56, 58, 59 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

Dip.

José Murat

(PRI)

 

A nombre propio, de los Dips. César Duarte Jáquez, César Octavio Camacho Quiroz y del Sen. Fernando Jorge Castro Trenti

(PRI)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión de Desarrollo Municipal de la Cámara de Senadores.

Establecer que los diputados del Congreso de la Unión podrán ser reelectos hasta por 3 periodos consecutivos, y sólo podrán ser reelectos aquéllos que hayan cumplido un periodo completo en dicho cargo. Para ser electos nuevamente en el mismo cargo deberán transcurrir 2 periodos. Asimismo, los senadores podrán ser reelectos sólo para 1 periodo inmediato, y posteriormente, deberá pasar una legislatura para ocupar nuevamente dicho cargo.

7

Que reforma la Ley Federal de Defensoría Pública y la Ley General de Población.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

Sens.

Rubén Fernando Velázquez López, José Luis Máximo García Zalvidea y Lázaro Mazón Alonso

(PRD) *

Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Establecer que para el caso de extranjeros asegurados por autoridad migratoria, el defensor público deberá vigilar el respeto a los derechos humanos de su representado, y formular las demandas de amparo respectivas, cuando las garantías individuales se estimen violadas, mientras no cuente con asistencia de su embajada.

8

Que reforma el artículo 420, fracción II Bis del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Dip.

Alain Ferrat Mancera

(PVEM) *

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados

Sancionar a quien de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con el caracol rosado (Strombus gigas) cuando exceda de 8 kilogramos de peso.

9

Que adiciona un artículo 72-B de la Ley Federal de Radio y Televisión.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Dip.

Martha Angélica Romo Jiménez

(PAN) *

Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Diputados

Adicionar un artículo para establecer que los anuncios de productos y servicios dirigidos a los niños deberán cumplir con lo previsto en la Declaración de los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas, y en la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

10

Que reforma y adiciona al artículo 347 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Dip.

Maricela Contreras Julián

(PRD) *

Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados

Sancionar la promoción personal durante el tiempo que desempeñen su encargo ya sea con recursos públicos o privados, a las autoridades o los servidores públicos, de cualquiera de los Poderes de la Unión; de los poderes locales; órganos de gobierno municipales; órganos de gobierno del Distrito Federal; órganos autónomos, y cualquier otro ente público.

11

Que reforma los artículos 203, 204 y 213 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Dip.

Silvia Luna Rodríguez

(Nueva Alianza) *

Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados

Incluir la seguridad dentro de los servicios de guardería infantil. Establecer que deberán contar con los recursos financieros, el mobiliario, el equipo, así como el material didáctico y de consumo necesarios para su buen funcionamiento.  Capacitar teórica y prácticamente al personal que labore en guarderías. Certificar, supervisar y dar seguimiento por parte del IMSS a los servicios que presten las guarderías, utilizando indicadores para evaluar la seguridad, cobertura y calidad de los servicios.  Incluir requisitos en materia de seguridad para establecer una guardería, conforme a los criterios de seguridad y las disposiciones emitidas por el Programa Nacional de Protección Civil y las Normas Oficiales Mexicanas.

12

Que reforma los párrafos primero y segundo del artículo 16 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Dip.

Antonio Ortega Martínez

(PRD) *

Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados.

Explicitar que la Auditoría Superior de la Federación, a más tardar en el mes de enero del año siguiente al que se presentó la Cuenta Pública, dará a conocer a las entidades fiscalizadas la parte que les corresponda de los resultados finales y las observaciones preliminares que se deriven de la revisión de la misma, a efecto de que dichas entidades presenten las justificaciones y aclaraciones que correspondan; asimismo el proceso de aclaraciones de los resultados y observaciones deberá iniciar inmediatamente de que concluya la revisión.

13

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional y deroga un artículo de la Ley Reglamentaria de la fracción XIII Bis del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Dip.

Ana Yurixi Leyva Piñón

(PRD) *

Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados

Suprimir como sujetos obligados al cumplimiento de la presente ley, a las siguientes instituciones:  Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Juntas Federales de Mejoras Materiales, Instituto Nacional de la Vivienda, Lotería Nacional, Instituto Nacional de Protección a la Infancia, Instituto Nacional Indigenista, Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, Comisión Nacional de Valores, Comisión de Tarifas de Electricidad y Gas, Centro Materno-Infantil Maximino Ávila Camacho y Hospital Infantil; así como de los otros organismos descentralizados, similares a los anteriores que tengan a su cargo función de servicios públicos.  Establecer las reglas y el funcionamiento mediante el cual se regirán los estatutos, la constitución y la cancelación de los sindicatos.

14

Que adiciona la fracción XV Bis al numeral 2 del artículo 39 la de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de crear la Comisión de Ética y Transparencia.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Dip.

Humberto López Lena Cruz

(S/P) *

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados

Crear la Comisión Ordinaria de “Ética y Transparencia”, de la Cámara de Diputados.

15

Que reforma el tercer párrafo del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP del Senado:

1 de julio de 2009.

 

Publicación en GP:

3 de julio de 2009.

Dip.

Ana Yurixi Leyva Piñón

(PRD) *

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Establecer que el derecho a la protección de la salud se dará en condiciones de calidad, accesibilidad, asequibilidad, disponibilidad y no discriminación y que el Estado garantizará la tutela de este derecho y el acceso universal a los servicios para atender las necesidades de salud de la población mediante un sistema unificado, con financiamiento solidario y equitativo de instituciones públicas de salud.

* Sin intervención en Tribuna.

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