1 |
Que adiciona un Artículo Sexto Transitorio a
la Ley para Regular las Sociedades de
Información Crediticia.
Publicación en GP del Senado: Mayo 16, 2007 |
Dip.
César Horacio Duarte Jáquez
(PRI) |
Comisión de
Hacienda y Crédito
Público
de la Cámara de Diputados |
Establecer la obligación de las sociedades
de información crediticia, de eliminar de
sus bases de datos los registros con la
información, relativa a créditos vencidos
anteriores al 1º de julio del 2002, cuyo
importe a dicha fecha sea inferior a
$300,000.00 tratándose de personas físicas y
a $1,500,000.00 tratándose de personas
morales; siempre que dichas personas se
dediquen a actividades agropecuarias,
forestales, pesqueras y todas las demás
actividades económicas vinculadas con el
medio rural. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos,
del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales, de la
Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, de la Ley Federal de
las Entidades Paraestatales y de la
Ley Federal del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública
Federal.
Publicación en GP del Senado: Mayo 16, 2007 |
Dip.
Maricela Contreras Julián
(PRD) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Gobernación
de la Cámara de Diputados |
Establecer la igualdad entre mujeres y
hombres respecto a la ocupación de cargos de
elección popular a nivel federal y local, y
en la ocupación de cargos en la
Administración Pública federal y local. |
3 |
Que reforma, deroga y adiciona diversos
artículos de la Constitución Política
de los Estados Unidos.
Publicación en GP del Senado: Mayo 16, 2007 |
Dip.
Raymundo Cárdenas Hernández
(PRD)
A
nombre de los diputados Silvia Oliva
Fragoso, Salvador Ruíz Sánchez, Mónica
Fernández Balboa y David Mendoza Arellano (PRD) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales
de la Cámara de Diputados |
Facultar a los
gobernadores de los estados a iniciar leyes
ante el Congreso de la Unión, asimismo,
incluir dentro de las facultades del
Congreso de la Unión, expedir
leyes que
establezcan la concurrencia y coordinación
entre los tres órdenes de gobierno bajo los
principios de cooperación subsidiaria y
solidaria. Establecer el reconocimiento del
municipio como la base del poder político
soberano, regido por una ley orgánica
municipal, que reconozca su diversidad, y le
permita promover dentro de su esfera de
competencia el desarrollo económico y
social, así como la participación ciudadana;
que sus ayuntamientos tendrán facultades
para expedir su ley orgánica municipal y los
reglamentos que regulen su administración
interna, para establecer las cuotas y
tarifas aplicables a impuestos, derechos,
contribuciones de mejoras y tablas de
valores unitarios de suelo y construcciones
que sirvan de base para el cobro de las
contribuciones sobre la propiedad
inmobiliaria. Establecer que la ley de
ingresos y presupuesto de egresos de los
municipios serán aprobados por sus
ayuntamientos, y que sus cuentas públicas
serán revisadas y fiscalizadas por la
entidad superior de fiscalización de cada
estado. |
4 |
Que adiciona una fracción al artículo 39,
numeral 2 de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado: Mayo 16, 2007 |
Dip.
Carlos Ernesto Navarro López
(PRD)
A
nombre del Dip. Modesto Brito González (PRD) |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias de la Cámara de Diputados |
Crear la Comisión de Asuntos Mineros, como
una de las comisiones ordinarias de la
Cámara de Diputados. |