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Comisión de Seguridad Pública
Publicación en GP:
Anexo IX.
23 de abril de 2009. |
Que expide la Ley de
la Policía Federal.
Proceso Legislativo:
Iniciativa remitida por el Ejecutivo Federal
el 21 de octubre de 2008.
Propuesta:
Reglamentar el artículo 21 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos en lo relativo a la regulación de
la organización y funcionamiento de la
Policía Federal, como responsable de asumir
las facultades que tiene la federación en
materia de seguridad pública. Que dicho
órgano dependerá de la Secretaría de
Seguridad Pública. Establecer sus objetivos,
su forma de organización, funcionamiento y
atribuciones. Lo relativo al servicio
profesional de carrera policial. Crear el
Consejo Federal como encargado de normar,
conocer y resolver toda controversia que se
suscite en relación con los procedimientos
del servicio profesional de carrera, el
régimen disciplinario, la profesionalización
y la certificación de los integrantes de la
corporación. Asimismo, establecer la
coordinación y cooperación de dicha
institución con otras autoridades, en
términos de la cual se realizará el
ejercicio de las funciones de investigación,
persecución y combate a los delitos, para
que tales actuaciones puedan presentarse
como evidencias ante los tribunales.
Intervenciones:
Para presentar reservas:
Dip. Armando Barreiro Pérez (PRD)* Art.
8
Dip. Claudia Lilia Cruz Santiago (PRD)*
Arts. 8,.50, 51, 52, 53 54, 55 y 56
* Propuso modificación. |
a) En
votación económica se le dispensó la
Segunda Lectura.
b)
Aprobado
en lo general y en lo particular, respecto
de los artículos no impugnados, en
votación nominal por 303 votos, 2 en
contra y 13 abstenciones.
c) En
votaciones económicas
se desecharon las modificaciones propuestas.
d) Aprobados
los Arts. 8,
50, 51, 52, 53 54, 55 y 56 en los términos
del dictamen, en
votación nominal
por 237 votos, 99 en contra y 3
abstenciones.
e) Pasa
a la Cámara de Senadores para sus efectos
constitucionales. |
2 |
Comisión de Justicia
Publicación en GP:
Anexo XIII.
23 de abril de 2009. |
Que expide la Ley
Federal de Extinción de Dominio,
Reglamentaria del artículo 22 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa remitida por el Ejecutivo Federal
a la Cámara de Senadores el 23 de septiembre
de 2008.
Iniciativa presentada por el Sen. Tomás
Torres Mercado (PRD) el 9 de octubre de
2008.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 2 de abril de 2009.
Proyecto de decreto aprobado por 88 votos.
Se turnó a la Cámara de Diputados, para
efectos de lo dispuesto en el inciso a) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 14 de abril de 2009.
Propuesta:
Reglamentar el segundo párrafo del artículo
22 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de
extinción de dominio de bienes relacionados
o vinculados con algún tipo de delito en
favor del Estado. Establecer las etapas
procedimentales que habrán de seguirse para
estos casos, la actuación de las autoridades
competentes, los efectos de la resolución
que se emita y los medios para la
intervención de terceros que se consideren
afectados por la misma. De igual forma, lo
relativo a los supuestos conforme a los
cuales se podrá ejercitar la acción de
extinción de dominio, así como definir en
que casos se aplicará de manera supletoria
lo establecido en diversas normas y los
medios de impugnación. Crear un fideicomiso
público a cargo de la Procuraduría General
de la República, definiendo su objeto,
alcances y el procedimiento para que las
victimas u ofendidos puedan obtener los
recursos de dicho fondo. Asimismo,
establecer la manera en que habrá de
procederse cuando los bienes se encuentren
en el extranjero o sujetos a la jurisdicción
de un estado extranjero.
Intervenciones:
Por la Comisión: Dip. César Octavio
Camacho Quiroz (PRI)
Para fijar posición:
Dip. Alfredo Adolfo Ríos Camarena (PRI)
Dip. Liliana Carbajal Méndez (PAN)
Dip. Andrés Lozano Lozano (PRD) |
a) En
votación económica se le dispensó la
Segunda Lectura.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 299 votos, 9 en
contra y 8 abstenciones.
c) Devuélvase
a la
Cámara de Senadores
para los efectos del inciso e) del
artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |