DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIÓN

a) De la Mesa Directiva.

2. OFICIOS

a) De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

b) Del despacho KPMG Cárdenas Dosal.

c) De la Secretaría de Gobernación.

 d) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

3. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

4. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De licencia.

5. PROPOSICIONES DE ACUERDO DE ÓRGANOS DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

6. MINUTA CON DISPENSA DE TRÁMITES

a) De permiso constitucional. Para aceptar y usar condecoración.

7. INICIATIVAS

8. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de decreto.

b) De declaración de Día Nacional.

9. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE TRÁMITES

a) Con proyecto de ley.

10. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

11. PROTESTAS DE LEY

12. EXCITATIVAS

a) Para dictaminar minuta.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 25, de Abril 23, 2009.

 

                10. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                       b) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRÁMITE

1

Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Justicia

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

23 de abril de 2009.

Que adiciona dos párrafos al artículo 34 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y se adicionan los artículos 248 Ter, 248 Quáter y 248 Quintus al Código Penal Federal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI) a nombre propio y de diputados y senadores del Grupo Parlamentario del PRI, 18 de marzo de 2009.

Dictamen de Primera lectura presentado el 21 de abril de 2009.

 

Propuesta:

Establecer como agravantes para los delitos de falsedad en declaraciones judiciales y en informes dados a una autoridad, los falsos testimonios de un testigo protegido o cuando un servidor público propicie su comisión. Asimismo, precisar que para la reparación del daño en estos casos, se estará a lo dispuesto en el Código Civil Federal y en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 304 votos y 4 abstenciones.

c) Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

2

Comisiones Unidas de Participación Ciudadana, y de Equidad y Género

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

23 de abril de 2009.

Que  reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por la Sociedad Civil.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Bertha Yolanda Rodríguez (PRI) el 30 de julio de 2008.

Dictamen de Primera lectura presentado el 21 de abril de 2009.

 

Propuesta:

Incluir como atribución del Consejo Técnico Consultivo, al que hace referencia el artículo 26 de la Ley, la concurrencia anual para realizar una evaluación conjunta de las políticas y acciones de fomento de las dependencias y entidades de la Administración Pública. Establecer que la designación del Secretario Técnico del Consejo Consultivo, se lleve a cabo por el Presidente del propio Consejo.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión de Participación Ciudadana: Dip. María del Carmen Salvatori Bronca (Convergencia)

 

Para hablar en pro: Dip. Othón Cuevas Córdova (PRD)

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 331 votos y 1 abstención.

c) Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

3

Comisión de Participación Ciudadana

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

23 de abril de 2009.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por la Sociedad Civil.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por los Sens. Carlos Rojas Gutiérrez (PRI), Francisco Fernández de Cevallos y Urueta (PAN) y Ricardo Gerardo Higuera (PRD) así como por la Senadora Sara Isabel Castellanos Cortés (PVEM), el 7 de marzo de 2006. (LIX)

Dictamen de primera lectura presentado el 26 de abril de 2006. (LIX)

Dictamen a discusión presentado el 27 de abril de 2006. Aprobado por 48 votos a favor, 30 en contra. (LIX)

Minuta recibida el 5 de septiembre de 2006.

Dictamen de Primera lectura presentado el 21 de abril de 2009.

 

Propuesta:

En la definición de autobeneficio, especificar que no entran en este supuesto las personas, ya sean miembros o directivos, que se encuentren en la misma situación de pobreza o vulnerabilidad del sector, comunidad o grupo de población al cual se dirige la organización, siempre y cuando exista un beneficio social o comunitario que sea verificable. Especificar que la Secretaría Técnica estará a cargo de la dependencia que determine el titular del Poder Ejecutivo Federal. Dentro de las atribuciones que tendrá la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil se contemplará el verificar y resolver sobre aquellos casos en que la participación de los miembros o directivos no deba considerarse autobeneficio.

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 304 votos y 1 abstención

c) Devuélvase la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4

Comisión de Puntos Constitucionales

 

Publicación en GP:

Anexo V.

23 de abril de 2009.

Que reforma la fracción II de la Base Cuarta del apartado C del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por Diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, el 2 de abril de 2009.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 16 de abril de 2009.

 

Propuesta:

Modificar la forma en que habrá de integrarse el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, así como el procedimiento para elegir a sus integrantes. Establecer que corresponderá a dicho instituto, la administración, vigilancia y disciplina de los órganos judiciales del Distrito Federal. Incluir nuevos requisitos para los aspirantes al cargo de consejero de dicho órgano. Asimismo, facultar al consejo antes mencionado para determinar el número y especialización por materia de las salas del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y juzgados que integran el Poder Judicial del Distrito Federal.

 

Nota: La Comisión propuso modificaciones.

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) En votación económica se aceptaron las modificaciones propuestas.

c) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 291 votos, con las modificaciones aceptadas.

d) Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

 

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