PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión Núm. 13, de Octubre 14, 2008.

 

                9. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

                       a) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRÁMITE

1

Comisión de Seguridad Pública

 

Publicación en GP:

Anexo I.

14 de octubre de 2008.

Que reforma y adiciona los artículos 6, 10 y 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. José Luis Murillo Torres  (PAN) el 30 de abril de 2008.

 

Propuesta:

Establecer que en los centros de reclusión para mujeres se deberá proporcionar atención médica especializada durante el embarazo y posterior a este, asimismo, servicios ginecológicos. Que los hijos de las mujeres recluidas, en caso de que permanezcan dentro de la institución, deberán recibir atención pediátrica, educación inicial y preescolar hasta la edad de 6 años.

Primera Lectura

2

Comisiones Unidas de Economía y de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo I.

14 de octubre de 2008.

Que abroga la Ley que Determina que Respecto de los Impuestos de Importación y Exportación, sólo son Procedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Alberto García González (PAN) el 9 de octubre de 2007.

 

Propuesta:

Eliminar del orden jurídico la limitante existente respecto a las exenciones en materia de comercio exterior, ya que se contraponía con diversas reformas legales que se han realizado en materia fiscal y de comercio exterior en las leyes Aduanera, de Comercio Exterior; y la de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

3

Comisiones Unidas de Salud y de Ciencia y Tecnología

 

Publicación en GP:

Anexo I.

14 de octubre de 2008.

Que adiciona la fracción VII al artículo 100 de la Ley General de Salud.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los Dips. Éctor Jaime Ramírez Barba, Margarita Arenas Guzmán, Martín Malagón Ríos, Efraín Arizmendi Uribe, Antonio Muñoz Serrano y Adriana Rebeca Vieyra Olivares (PAN) el 8 de agosto de 2007.

 

Propuesta:

Establecer que toda persona que sea sujeta a estudios de investigación dentro del sistema nacional de salud, tendrá derecho a recibir atención médica hasta que terminen los efectos de la investigación practicada. Que el responsable de la investigación deberá prever recursos para los casos de pérdida de derechohabiencia, seguro médico u otra forma de financiamiento con que cuenten los participantes.

4

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

14 de octubre de 2008.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

 

Proceso Legislativo:

- Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 9 de septiembre de 2008.

- Iniciativa presentada por el  Dip. Octavio Martínez Vargas (PRD) 13 de agosto de 2008

- Iniciativa suscrita por el Congreso del Estado de Sonora el 2 de septiembre de 2008.

- Iniciativa suscrita por el Sen. Luis Alberto Coppola Joffroy (PAN) el 23 de septiembre de 2008.

- Iniciativa suscrita por la Dip. Sara Latife Ruiz Chávez (PRI) el  25 de septiembre de 2008.

- Iniciativa suscrita por el  Sen. Antonio Mejía Haro (PRD) el 25 de septiembre de 2008.

- Iniciativa suscrita por el Sen. Pedro Joaquín Coldwell (PRI) el 13 de agosto de 2008.

- Iniciativa suscrita por el  Sen. Luis Walton Aburto del Partido (Convergencia) el 23 de julio de 2008.

- Iniciativa suscrita por el  Dip. Mariano González Zarur (PRI) el 11 de octubre de 2007.

- Iniciativa suscrita por el Dip. Francisco Javier Calzada Vázquez (PRD) el 2 de septiembre de 2008.

- Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Alberto Puente Salas (PVEM) el 7 de septiembre de 2008.

- Iniciativa presentada por el Dip. Moisés Félix Dagdug Lützow (PRD) el 6 de septiembre de 2008.

 

Propuesta:

Propone diversas medidas a efecto de continuar con la política de protección colectiva del patrimonio nacional.

En materia de servicios migratorios y aduaneros:

- Establecer el cobro de un derecho por la prestación de servicios relativos a la verificación del cumplimiento de las disposiciones en materia migratoria, a cargo de las empresas dedicadas a la transportación turística comercial que arriben a los puertos del país, mediante el cobro de una cuota fija por cada persona que transporten las embarcaciones correspondientes. Dichos recursos se destinarían en un 80% a los municipios en proporción al número de visitantes que arriben a los puertos ubicados en cada uno de ellos, a fin de ser aplicado en obras de infraestructura y programas de conservación, mantenimiento, limpieza y vigilancia de dichas zonas costeras, con base en los convenios que al efecto se celebren con las entidades federativas y los municipios respectivos, así como un 20% al Instituto Nacional de Migración para el mejoramiento constante de los servicios prestados en la materia.

- Eliminar el cobro de la expedición de autorización en la que se otorga la calidad migratoria de No Inmigrante a extranjeros y por las prórrogas correspondientes, al que ingrese a territorio nacional con el carácter de Visitante Local.

-Regular los aprovechamientos que por distintos servicios y autorizaciones otorga el Servicio de Administración Tributaria, a través de su Administración General de Aduanas.

 

En materia de servicios de radio y televisión y sobre el espectro radioeléctrico :

- Incorporar el cobro de derechos por la prestación del servicio de supervisión de los programas de concurso, manteniendo el cobro que actualmente se realiza del derecho por la autorización anual de las condiciones de programa de concurso.

- Se establece un nuevo esquema de pago por el uso, goce, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico considerando el tipo y monto de los mismos, que hoy en día se cubren por las concesiones o permisos otorgados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones, por las concesiones otorgadas a partir de dicha entrada en vigor y hasta el 31 de diciembre de 2003 y por las concesiones otorgadas a partir del 1 de enero de 2004, así como las características de los derechos previstos que los artículos 244-A al 244-D de la Ley Federal de Derechos, por lo que:

- Las personas físicas o morales que hayan obtenido concesiones o permisos para el uso, goce, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico antes de la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones paguen los derechos establecidos en el artículo 244-A, según corresponda, ya que dicho precepto aplica a diversos tipos de servicios sin importar el lugar en donde éstos se presten y su cuota es baja, por lo que el ingreso preponderante para el Estado lo constituye el monto del aprovechamiento establecido en el título de concesión, que en este caso consistente en la participación de un porcentaje de los ingresos del concesionario.

- Tratándose de las concesiones otorgadas o prorrogadas a partir de la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y hasta el 31 de diciembre de 2003, no se establezca la obligación de pagar los derechos por el uso del espectro radioeléctrico a que se refieren los artículos 244-A al 244-D de la Ley Federal de Derechos, toda vez que en las licitaciones correspondientes y en las prórrogas otorgadas en este periodo se pagó el valor económico del espectro radioeléctrico en una sola exhibición.

 

En materia de servicios prestados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNVB):

- Incorporar el cobro de cuotas por concepto de supervisión y, en su caso, por las nuevas autorizaciones para las entidades o personas sujetas a la supervisión de la CNVB. En el mismo sentido, eliminar las cuotas por su intervención gerencial correspondiente a las actividades desarrolladas para su ejecución.

- Modificar las cuotas que actualmente existen para los organismos autorregulatorios del mercado de valores a fin de incorporar a los organismos autorregulatorios bancarios en congruencia con la estructura establecida de agrupar a los sujetos de la supervisión, según la naturaleza y actividades de cada uno de éstos.

- Asimismo, que cuando una entidad financiera se transforme durante un ejercicio fiscal, deberá pagar la cuota que venía pagando antes de su transformación o bien, la cuota correspondiente a la entidad financiera en la cual se transformó, lo que resulte mayor.

 

En materia de gas licuado de petróleo:

- Adecuar los conceptos de cobro de derechos a las disposiciones del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo (publicado en el Diario Oficial de la Federación –DOF- el 5 de diciembre de 2007).

- Unificar y disminuir el monto del derecho por el otorgamiento de aprobaciones para las personas interesadas en fungir como Unidades de Verificación, Laboratorios de Prueba u Organismos de Certificación, para el cumplimiento de normas oficiales mexicanas en materia de gas licuado de petróleo.

 

En materia de medio ambiente:

- Incorporar el cobro del derecho por la expedición de la licencia de caza deportiva con modalidad indefinida.

- Reducir la cuota por el servicio de registro de planes de manejo de residuos peligrosos y limitar sus efectos únicamente para los generadores de residuos peligrosos, así como eliminar el cobro por la solicitud de modificación o integración a dicho registro.

- Asimismo, reducir la cuota del derecho por la aprobación de propuesta de remediación de pasivos ambientales en sitios contaminados, presentada por los particulares.

- Ubicar a los ríos Santiago, San Pedro o Verde y Zula o Los Sabinos, ubicados en Jalisco, como cuerpos receptores de las descargas residuales, tipo C.

 

Otros:

- Incorporar el cobro del derecho para mantener los caracteres pertinentes de las variedades vegetales, conservar su identidad genética y para producir y comercializar categorías básica y registrada en el Catálogo Nacional de las Variedades Vegetales, derivado de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (publicado en el DOF el 15 de junio de 2007).

- Exentar del pago del derecho por la inscripción en el Registro Público Marítimo Nacional de embarcaciones cuya inscripción sea requerida por las autoridades judiciales federales y estatales, del trabajo y administrativas, a los municipios así como a las instituciones educativas públicas.

- Incrementar los derechos por los servicios prestados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, incluyendo otros relativos a servicios prestados por avenencia y visitas de inspección a petición de parte interesada a establecimientos comerciales en donde se exploten derechos de autor, derechos conexos o reservas de derechos, a fin de hacer efectiva la protección de los derechos autorales.

- Establecer que no se pagarán los derechos de inscripción en el Registro Agrario Nacional de los contratos para enajenar sus derechos parcelarios a otros ejidatarios o avecindados del mismo núcleo de población, cuando ésta sea ordenada en resolución firme emitida por los tribunales competentes.

- Adecuar las disposiciones de carácter fiscal a lo dispuesto por el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de Insumos para la Salud (publicado en el DOF el 2 de enero de 2008).

- Incorporar a la lista de de áreas consideradas de baja capacidad de carga, a las declaradas en 2008 como áreas naturales protegidas con la categoría de Parque Nacional a la zona marina del Archipiélago de Espíritu Santo y con la categoría de reserva de la biosfera a la zona marina conocida como Bahía de los Ángeles, canales de Ballenas y Salsipuedes, ubicados en los municipios de la Paz y Ensenada, Baja California Sur, respectivamente, para los efectos del pago de los derechos correspondientes.

- Crear la zona XI para efectos del pago de derecho por el uso, goce o aprovechamiento de inmuebles, las personas físicas y las morales que usen, gocen o aprovechen las playas, la zona federal marítimo terrestre, y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, para incluir a los municipios de Cozumel, Benito Juárez y Tulum, del estado de Quintana Roo.

- Incrementar las cuotas por el uso y aprovechamiento que los permisionarios efectúan en los auditorios, vestíbulos, teatros experimentales y foros al aire libre administrados por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.

- Asimismo, que los mayores recursos disponibles de Petróleos Mexicanos, puedan también destinarse a gastos de mantenimiento.

5

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo V.

14 de octubre de 2008.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 9 de octubre de 2008.

 

Propuesta:

Establecer que los proyectos de inversión de Petróleos Mexicanos (PEMEX) sea presupuestaria, eliminando el esquema de Proyectos de Inversión Productiva con Impacto Diferido en el Registro del Gasto (PIDIREGAS), de manera que se excluiría a la inversión de PEMEX de la meta de balance presupuestario establecida en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Asimismo, modificar el límite máximo de la reserva del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas (FEIEF) y del Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos (FEIIPEMEX). Establecer los criterios que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán seguir en el ejercicio del gasto de inversión y en el proceso de licitación de proyectos de infraestructura.

Asimismo, se propone:

- Eliminar que el Comité de Estrategia e Inversiones de Petróleos Mexicanos sea presidido por un Consejero Profesional.

- Modificar los límites de las reservas de los fondos de estabilización a que se refiere el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH).

- Que los límites vigentes de acumulación de reservas para los fondos de estabilización sólo se incremente en 75%.

- Que PEMEX emplee en inversión los recursos que tenga acumulados al cierre de 2008 en el Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos (FEIIPEMEX), para iniciar el proceso de construcción de una refinería y otras obras de infraestructura.

- Además propone que pueda emplear en los siguientes años, hasta el 50% del saldo de dicho Fondo al cierre del ejercicio fiscal anterior, para la construcción de la mencionada refinería.

- Prever que en 2009, 2010 y 2011 una parte de los excedentes de la llamada “bolsa general” se destine a proyectos de inversión contenidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, del ejercicio fiscal que corresponda.

- Que las entidades federativas reciban el mismo monto total de ingresos excedentes, para proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento, y a través del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas.

- Modificar el porcentaje propuesto de un 20% al 30% para que los recursos destinados a proyectos de inversión contenidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación sean de un monto similar al que resultaría de aplicar lo propuesto en la iniciativa en comento.

- En cuanto al uso de los ingresos excedentes, ampliar el uso de los recursos de los fondos de estabilización a los casos en que los ingresos totales del sector público resulten inferiores a las estimaciones de la Ley de Ingresos de la Federación, debido a menores ingresos tributarios no petroleros o a que la plataforma de producción de PEMEX haya sido menor a la establecida en los Criterios Generales de Política Económica para el año que corresponda.

- Establecer que los derechos derivados de las concesiones de caminos y puentes otorgadas a entes gubernamentales, podrán cederse a través del procedimiento de concurso público con la autorización de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, lo que garantizará la transparencia de la cesión.

- Facultar a las instituciones de banca de desarrollo para calificar el apego de los procesos de contratación a los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado, cuando dichos procesos, de los cuales éstas sean responsables, se refieran a proyectos de infraestructura y/o apoyo a entidades federativas y municipios.

 

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