No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma los artículos 5 y 10 de la
Ley del Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios.
Publicación en GP: Anexo I
9 de septiembre de 2008. |
Dip.
Enrique Cárdenas del Avellano
(PRI) * |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Establecer que para el pago mensual del
Impuesto Especial Sobre Producción y
Servicio que deban realizar las personas que
enajenen gasolina o diesel en territorio
nacional para la venta final al público,
deberán calcularse por la cantidad que
corresponda a las cuotas adicionales
causadas por cada uno de los productos
derivadas de los litros cobrados o
consumidos en el mes, lo que suceda primero. |
2 |
Que reforma el artículo 107 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria.
Publicación en GP: Anexo I
9 de septiembre de 2008. |
Dip.
Jorge Emilio González Martínez
(PVEM) * |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer que los informes mensuales y
trimestrales remitidos por el Ejecutivo
Federal al Congreso de la Unión para el
análisis de la Cuenta Pública, deberán
contener las categorías función, subfunción
y actividad institucional, en una sola
clasificación por el tiempo que tenga de
vigencia el Plan Nacional de Desarrollo de
cada administración federal. Asimismo, que
si durante el periodo que dure la
administración federal se requieren
modificaciones posteriores, la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público deberá
proporcionar a la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión, una clasificación de
las categorías que le permita la evaluación
comparable, consistente y detallada de la
evolución del Presupuesto. |
3 |
Que reforma los artículos 222 y 224 de la
Ley General de Salud.
Publicación en GP: Anexo I
9 de septiembre de 2008. |
Dip.
Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez
(Alternativa) * |
Comisión de Salud |
Incluir y definir dentro de la clasificación
de los medicamentos por su naturaleza, a los
biotecnológicos y Biosimilares. Que cuando
se trate de medicamentos biotecnológicos
innovadores y no innovadores, la Secretaría
de Salud, deberá instrumentar las acciones y
procedimientos necesarios para substanciar
cualquier solicitud de registro, liberación,
comercialización e importación de éstos. De
igual forma, deberá establecer un
procedimiento para evaluar la efectividad,
seguridad y control de calidad de los
medicamentos antes mencionados, distinto al
utilizado para los medicamentos obtenidos a
través de síntesis química. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones del Estatuto de las
Islas Marías.
Publicación en GP: Anexo III.
2
de Septiembre de 2008. |
Dip.
Yary del Carmen Gebhardt Garduza
(PRI) * |
Comisión de Seguridad Pública |
Facultar a la Secretaría de Seguridad
Pública para proponer la política criminal
en el ámbito federal; para ejecutar las
penas por delitos del orden federal y
administrar el sistema federal
penitenciario; así como organizar y dirigir
las actividades de apoyo a liberados, así
como para ser la única encargada de la
organización, administración y
funcionamiento de la Colonia Penal
denominada Islas Marías. |