No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley para Regular las Sociedades de
Información Crediticia.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
27, 2007. |
Dip.
Yerico Abramo Masso
(PRI)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público |
Establecer que el plazo de 120 días
para establecer el vencimiento de un
pago a los clientes que tengan créditos
revolventes tales como tarjetas de
crédito y adquisición de bienes de
consumo duradero o servicios, serán
hábiles y se registrarán a partir del
periodo antes señalado, siempre y cuando
no exista una denuncia por deficiencias
de los servicios o de los bienes
referidos, por lo cual se registrará al
término del arbitraje legal a que dé
lugar, siempre y cuando se dictamine a
favor de las empresas comerciales y de
servicios. Que toda sociedad, empresa
comercial o entidad financiera perderá
su autorización de manera inmediata, sin
perjuicio de las sanciones aplicables en
este u otros ordenamientos legales,
cuando utilice, entregue, manipule o
venda la información con otro objetivo
distinto al autorizado, considerándose
tal acto como una violación al Secreto
Bancario. Que las empresas comerciales o
entidades
financieras, responsables de la
información, que registraron el evento o
acto relativo a la situación crediticia
del Cliente en las Sociedades de
Información Crediticia deberán solicitar
su eliminación de las bases de datos a
partir, o hasta 72 horas transcurridas,
de la finalización de la condición o
razón que originó dicho registro. |
2 |
Que reforma el artículo 15 de la
Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa.
Publicación en GP: Anexo I. Diciembre
4, 2007. |
Dip.
Benjamín Ernesto González Roaro
(PAN)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Justicia |
Establecer que el Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa,
conocerá de los juicios que se promuevan
contra las resoluciones definitivas por
las que se impongan sanciones
administrativas a los servidores
públicos, así como los recursos
administrativos previstos en la Ley
Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores
Públicos. |
3 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de
Caminos, Puentes y Autotransporte
Federal y del Código Penal Federal.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre 8,
2007. |
Dip.
Gerardo Octavio Vargas Landeros
(PRI) |
Comisiones Unidas de Transportes
y de Justicia |
Establecer un periodo de 8 años para
que los conductores de vehículos de
autotransporte federal renueven la
licencia federal que expide la
Secretaría de Comunicaciones y
Transportes (SCT). Asimismo, que la SCT
incorpore en su registro los datos de
las licencias que suspenda o cancele.
Esta información será pública y deberá
garantizar la seguridad de los datos
personales del titular de las
licencias. A su vez, la Secretaría de
Salud en coordinación con la SCT, deberá
reglamentar el establecimiento de
centros de capacitación y adiestramiento
para conductores de autotransportes en
todo el país. La obligación de los
permisionarios de llevar un registro
diario del tiempo efectivo de conducción
y el de descanso. Que todos los
vehículos destinados al autotransporte
deberán contar con un seguro de daños a
terceros. E incluir como consecuencia de
los actos u omisiones culposas
calificadas como graves, imputables al
personal de una empresa de transporte,
la suspensión y/o prohibición de las
actividades de servicio de la persona
moral por un tiempo determinado, o la
remoción de sus administradores. |
4 |
Que reforma los artículos 19 y 20 de la
Ley del Servicio Exterior Mexicano.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
27, 2007. |
Dip.
Jesús Sesma Suárez
(PVEM) |
Comisión de Relaciones Exteriores |
Establecer que para la designación que
haga el titular del Ejecutivo Federal de
embajadores y cónsules generales, se
deberá otorgar prioridad a los miembros
del Servicio Exterior Mexicano que
tengan probada experiencia. |
5 |
Que reforma diversas disposiciones de
las leyes de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas
y de la de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector
Público.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
27, 2007 |
Dip.
Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva
(Convergencia) |
Comisión de la Función Pública |
Establecer los requisitos que deberán
reunir los contratos de adquisición,
arrendamiento o prestación de servicios
adjudicados mediante licitaciones
públicas convocadas por la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público así como
por las entidades o dependencias del
ejecutivo federal. Asimismo, la forma en
que habrán de otorgarse las licitaciones
y las características del lugar donde
se llevarán a cabo las evaluaciones de
dichas proposiciones.
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6 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley del Servicio Público de
Energía Eléctrica.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
27, 2007 |
Dip.
Francisco Javier Paredes Rodríguez
(PAN)
A nombre
propio y de diversos diputados del
Grupo Parlamentario del PAN |
Comisión de Energía |
Precisar que las actividades que
realicen las personas físicas o morales
para coadyuvar en la generación,
autoabastecimiento y cogeneración o
pequeña producción de energía eléctrica,
no serán consideradas dentro del sector
de servicio público. Asimismo, eliminar
al sector de minas e Industria
Paraestatal las facultades para dictar,
conforme a la política nacional de
energéticos, las disposiciones relativas
al servicio público de energía eléctrica
y a autorizar, en su caso, los programas
que sometiera a su consideración la
Comisión Federal de Electricidad.
|
7 |
Que reforma diversas disposiciones del
Código de Procedimientos Penales
y de la Ley Federal para la
Administración y Enajenación de Bienes
del Sector Público.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
27, 2007. |
Dip.
Alberto Amaro Corona
(PRD) |
Comisiones Unidas de Justicia y
de Hacienda y Crédito Público |
Facultar a la Cámara de Diputados para
conocer y dar seguimiento a la
administración y destino final que se
haga de los bienes asegurados producto
de actividades ilícitas. Asimismo,
establecer que los recursos obtenidos
por la enajenación de bienes decomisados
en procesos penales, sean destinados a
programas sociales prioritarios como la
educación, salud, desarrollo municipal,
programas de vivienda y de combate al
narcotráfico. En este ultimo caso, las
condiciones para su otorgamiento. En
cuanto a los recursos que se destinen a
programas de salud, educación,
desarrollo municipal y vivienda, deberán
beneficiar esencialmente a los
municipios con mayor grado de
marginación y con una cobertura
nacional, mediante una propuesta de
distribución de recursos que apruebe la
citada Cámara. |
8 |
Que reforma los artículos 59 y 70 de la
Ley Agraria.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
27, 2007. |
Dip.
Faustino Javier Estrada González
(PVEM) |
Comisión de la Reforma Agraria |
Establecer que será nula de pleno
derecho, la asignación de parcelas
escolares, las cuales no podrán tener
una extensión mayor que la equivalente
al 5% de las tierras ejidales ni de más
superficie que la equivalente a la
pequeña propiedad, y deberá localizarse
en las tierras más próximas a la
escuela. Que las escuelas públicas que
no dispongan de parcela escolar, tendrán
preferencia en cuanto a la adjudicación
de tierras cuya tenencia no haya sido
regularizada o que se declaren vacantes
o se les incluya en las ampliaciones del
ejido. Que el principal objetivo de
dichas parcelas será la investigación,
enseñanza y prácticas agrícolas. |
9 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones del Código Federal
de Instituciones y Procedimientos
Electorales.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
27, 2007. |
Dip.
Esmeralda Cárdenas Sánchez
(PAN)
A nombre propio y del Dip. Edgar Armando
Olvera Higuera (PAN) |
Comisión de Gobernación |
Considerar los debates públicos entre
candidatos como actos de campaña, de tal
forma que la autoridad electoral
federal, local o distrital deberá
organizar su celebración y difusión. |
10 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
27, 2007. |
Dip.
Tomás Gloria Requena (PRI) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que toda persona tiene
derecho a la cultura física y a la
práctica del deporte. Que la ley
definirá las bases y modalidades para el
acceso a estos derechos y establecerá la
concurrencia de la federación, las
entidades federativas, el Distrito
Federal y municipios en esta materia,
asimismo de la participación de los
sectores social y privado. |
11 |
Que adiciona un inciso c) al artículo 26
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Diciembre
4, 2007. |
Dip.
Silvia Oliva Fragoso
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer como obligación del Estado,
contar y organizar un sistema nacional
de banca de desarrollo que oriente sus
actividades a apoyar y promover el
desarrollo de las fuerzas productivas
del país y el crecimiento de la economía
nacional. Dicho sistema estaría
integrado por el Banco de México, las
instituciones de banca de desarrollo,
las instituciones de banca múltiple
relacionadas con actividades de
promoción del desarrollo, el Patronato
del Ahorro Nacional y los fideicomisos
públicos constituidos por el gobierno
federal para el fomento económico, así
como aquéllos que para el desempeño de
las funciones que la ley encomienda al
Banco de México, con tal carácter se
constituyan. Que se conformará por un
Consejo Nacional de Banca de Desarrollo,
compuesto por el director del Banco de
México, el secretario de Hacienda y
Crédito Público, el secretario de
Economía, los gobernadores de los
estados y dos representantes de la
sociedad civil. Asimismo, que el sistema
bancario mexicano deberá atender el
desarrollo nacional y regional con base
en las instituciones de banca de
desarrollo en sectores y actividades
productivas que el Congreso de la Unión
determine como especialidad de cada una
de éstas, en las respectivas leyes
orgánicas. |
12 |
Que reforma el artículo 63 y deroga la
fracción IV del artículo 77 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
27, 2007 |
Dip.
Silvio Gómez Leyva
(PAN) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que en las vacantes de los
miembros de la Cámara de Diputados, sin
distinción del principio de elección que
les dio origen, serán cubiertas por la
fórmula de candidatos del mismo partido
que siga en el orden de la lista
regional respectiva, después de
habérsele asignado los diputados que le
hubieren correspondido. Asimismo, que
las vacantes de los miembros de la
Cámara de Senadores, por el principio de
mayoría relativa o de representación
proporcional, serán cubiertas por
aquella fórmula de candidatos del mismo
partido que siga en el orden de lista
nacional, después de habérsele asignado
los senadores que le hubieren
correspondido, y a falta de éstos, se
tomarán de la lista nacional del partido
político al que corresponda la primer
minoría en la entidad, eliminando así
las convocatorias a vacantes para
Diputados y Senadores. |
13 |
Que adiciona el artículo 22 de la
Ley para la Protección de los Derechos
de la Niñas, Niños y Adolescentes.
Publicación en GP: Anexo II Noviembre
27, 2007. |
Dip.
Marcela Cuen Garibi
(PAN)
A nombre propio y de la Dip. Omeheira
López Reyna (PAN) |
Comisión de Atención a Grupos
Vulnerables |
Incorporar dentro de los componentes del
derecho a la identidad, los juicios de
reconocimiento de paternidad y
maternidad. Asimismo, que en dichos
juicios será obligatoria la admisión y
desahogo de la prueba pericial en
materia genética, apercibiendo al
presunto ascendiente que, de negarse, se
tendrá por presuntamente probada la
filiación. |
14 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Orgánica
y del Reglamento para el Gobierno
Interior, ambos del
Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
27, 2007. |
Dip.
Rogelio Carbajal Tejada
(PAN) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias |
Crear el Servicio de Registro y
Regulación del Cabildeo, a cargo de la
Secretaría de Servicios Parlamentarios.
Asimismo, establecer que las personas
físicas o morales que realicen la
actividad del cabildeo deberán
inscribirse en el padrón de cabilderos
de cada una de las cámaras en las que
pretenda llevar a cabo dicha actividad.
Su inscripción tendrá una vigencia por
el tiempo que dure la legislatura
correspondiente. A su vez, que todos
los documentos relacionados con
iniciativas, minutas, proyectos,
decretos, y en general, cualquier acto o
resolución emitida por alguna o ambas
cámaras, deberán ser integrados en el
Folio de Cabildeo, y se entregará un
informe semestral realizado por cada
cabildero y cada legislador para dar
cuenta de las gestiones realizadas en
ese periodo de tiempo. |
15 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley Federal
del Trabajo y de la Ley
Federal de los Trabajadores al Servicio
del Estado.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
27, 2007 |
Dip.
Joel Arellano Arellano
(PAN) |
Comisión de Trabajo y Previsión
Social |
Incorporar la libertad sindical,
prohibir la existencia de cualquier
cláusula de exclusión, de sindicación
única u otra disposición tendente a
coartar dicha libertad. De igual forma,
prohibir todo tipo de presión ejercida
por los sindicatos para ingresar o
permanecer afiliados a una asociación
sindical, sancionando con multa de 15 a
315 veces el salario mínimo al sindicato
que viole el derecho a la libertad
sindical. |
16 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la
Ley Federal
Contra la Delincuencia Organizada.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
27, 2007 |
Dip.
Martín Malagón Ríos
(PAN)
A nombre propio
y del Dip. Jaime Verdín Saldaña (PAN) |
Comisión de Justicia con opinión
de la Comisión de Población,
Fronteras y Asuntos Migratorios
Por acuerdo de la Mesa Directiva
publicado en GP el 19 de febrero de
2009, se turnó a las Comisiones Unidas
de Justicia; y de Hacienda y
Crédito Público, con opinión de la
Comisión de Población, Fronteras y
Asuntos Migratorios. |
Incorporar dentro de los delitos
cometidos por la delincuencia
organizada, el contrabando y su
equiparable. |
17 |
Que reforma el artículo 4o. de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
29, 2007. |
Dip.
Juan Enrique Barrios Rodríguez
(PAN) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer como obligación del Estado,
proporcionar a toda persona un entorno
sano y libre de adicciones |
18 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de las leyes federales
del Trabajo; de los
Trabajadores al Servicio del
Estado, Reglamentaria del Apartado B del
Artículo 123 Constitucional; y
de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
22, 2007. |
Dip.
José Antonio Almazán González
(PRD) |
Comisiones Unidas de Trabajo y
Previsión Social y de Presupuesto
y Cuenta Pública |
Incluir a los trabajadores de confianza,
los servidores públicos de mandos medios
y superiores y el personal de enlace
dentro de las condiciones de trabajo
contenidas en los contratos colectivos y
a las condiciones generales de trabajo
del lugar donde presten sus servicios.
Asimismo, establecer que cualquier
reforma a los derechos a los
trabajadores, por disposiciones fiscales
o de otra índole diversa a la laboral,
deberán ser para mejorar tales derechos,
de lo contrario, serán nulas de pleno
derecho. |
19 |
Que expide la Ley Federal de
Protección al Maguey.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
27, 2007. |
Dip.
Tómas Gloria Requena
(PRI) |
Comisión de Agricultura y Ganadería
con opinión de la Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer la protección al maguey en
todas sus variedades vegetales.
Constituir la Comisión Nacional del
Maguey, como órgano regulador de las
actividades económicas que se
desprendan del uso del maguey en
peligro de extinción, facultada además
para regular el precio de los hijuelos
y de la piña por kilogramo, y fomentar
e impulsar apoyo técnico y financiero a
las organizaciones de productores de
maguey. Así como la coordinación entre
las dependencias del gobierno federal y
las organizaciones de la sociedad civil. |
20 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones del Código Federal
de Instituciones y Procedimientos
Electorales.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
29, 2007. |
Dip.
Esmeralda Cárdenas Sánchez
A nombre propio y de los Dips. Francisco
Rueda Gómez y Edgar Armando Olvera
Higuera (PAN) |
Comisión de Gobernación |
Establecer que los estatutos de los
partidos políticos, deberán contener las
formalidades para convocar a sus órganos
directivos; las causas para imponer
infracciones a los aspirantes o
precandidatos a cargos de elección
popular; los procedimientos de
impugnación y defensa que permitan la
resolución definitiva de sus conflictos
internos; así como los órganos
partidarios permanentes encargados de la
sustanciación y resolución de las
controversias, lo cuales no podrán ser
más de 2. |
21 |
Que crea la Ley General de
Protección a las Familias Numerosas.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
29, 2007. |
Dip.
Mario Enrique del Toro
(PRD) |
Comisión de Comisión de Desarrollo
Social con opinión de la Comisión
de Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer el otorgamiento de beneficios
a las familias numerosas con la
finalidad de contribuir a promover las
condiciones para que la igualdad entre
sus miembros sea real y efectiva, en el
acceso y goce de los bienes económicos,
sociales y culturales. Lo anterior,
mediante la concesión de becas y ayudas
en materia educativa, la inserción con
carácter prioritario en los programas de
desarrollo social, y el acceso a centros
cívicos, culturales y de esparcimiento,
a cargo del Poder Ejecutivo de los 3
niveles de gobierno, según su ámbito de
competencia. |
22 |
Que expide la Ley Federal de
Contabilidad Gubernamental Integral.
Publicación en GP: Anexo I. Diciembre 4,
2007. |
Dip.
Adolfo Mota Hernández
(PRI) |
Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública |
Reglamentar la facultad del Congreso de
la Unión de expedir leyes en materia de
contabilidad gubernamental que regirán
la contabilidad pública y la
presentación homogénea de información
financiera, de ingresos, egresos y
patrimonial para la federación, los
estados, los municipios, el Distrito
Federal y los órganos
político-administrativos de sus
demarcaciones territoriales, a fin de
garantizar su armonización a nivel
nacional, respecto a los recursos
federales. Establecer el sistema de
contabilidad gubernamental integral
dictado por el gobierno federal
desarrollado por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público en el que se
registrará la información respecto a los
recursos federales que se transfieran
para el desarrollo de las comunidades de
las entidades federativas y sus
municipios, así como para el apoyo en la
realización de actividades prioritarias,
de acuerdo con los programas
establecidos, así como para el apoyo y
ejecución de programas emergentes. |
23 |
Que adiciona el inciso j) a la fracción
X del artículo 15 de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
29, 2007. |
Dip.
Othón Cuevas Córdova (PRD) |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público |
Eliminar la obligación de las
microfinancieras legalmente constituidas
del pago del impuesto al valor agregado
respecto de operaciones de
financiamiento, cuando el monto máximo
sea de 10 salarios mínimos vigentes en
el Distrito Federal. |
24 |
Que reforma el artículo 7 Bis 1 de la
Ley de la Propiedad Industrial.
Publicación en GP: Anexo I. Noviembre
29, 2007.. |
Dip.
Jesús Sesma Suárez (PVEM) |
Comisión de Economía |
Establecer que el director general del
Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial será designado a propuesta
del Ejecutivo Federal y aprobado por las
2 terceras partes de los miembros de la
Cámara de Senadores, y en sus recesos
por la misma proporción de integrantes
de la Comisión Permanente del Congreso
de la Unión, por un período máximo de 5
años, pudiéndose extender en su cargo
por 5 años más. |
25 |
Que reforma el artículo 28 de la
Ley de Amparo, Reglamentaria de los
Artículos 103 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Diciembre
4, 2007. |
Dip.
José Martín López Cisneros
(PAN)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Justicia |
Establecer que las notificaciones que se
hagan sobre juicios de amparo y que sean
competencia de los juzgados de distrito,
se deberán notifcar también a los
interesados, así como las resoluciones
que se emitan otorgando o negando el
amparo, o aquellas que sobresean el
juicio de garantías. |