No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que deroga el artículo 42-a de la Ley
del Impuesto Sobre la Renta.
Publicación en GP: Septiembre 29, 2006 |
Congreso del Estado de Nuevo León |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Conforme a lo expuesto por el Congreso en la
exposición de motivos se observa que la
intención es la de derogar el artículo 42-A
del Código Fiscal de la Federación para
eliminar la facultad de la autoridad fiscal
para solicitar a los contribuyentes,
responsables solidarios o terceros, datos,
informes o documentos, con el fin de planear y
programar actos de fiscalización, sin embargo
del decreto se observa que la instrucción es
derogar un supuesto artículo de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta. |
2 |
Que reforma el artículo 20 de la
Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
Jesús De León Tello
(PAN) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que en todo caso, a la víctima del
delito, le serán facilitados todos los datos
que solicite y que consten en el proceso, estableciendo
la reparación del daño físico, moral o
patrimonial de quienes sufren directamente el
delito o las consecuencias de éste. |
3 |
Que reforma los artículos 69 de la
Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos
y 7o. de la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
Concepción Ojeda
Hernández
(PRD) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Régimen,
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias |
Establecer dentro las obligaciones del
Presidente de la República, dar lectura al
informe que presenta por escrito, y estar
presente cuando los partidos políticos con
representación en el Congreso de la Unión den
sus posicionamientos y le cuestionen sobre el
estado que guarda la administración pública
federal y así mismo dé respuesta a los
cuestionamientos que los legisladores realicen
dentro de la comparecencia ante el Congreso de
la Unión. |
4 |
Que reforma el artículo 81 de la
Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
Mauricio Ortiz
Proal
(PRI)
Nota:
Sin intervención en Tribuna |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer una segunda vuelta electoral en las
elecciones para Presidente de la Republica,
entre los dos candidatos que hubieren obtenido
el mayor número de votos, en caso de que
ningún candidato obtenga la mayoría absoluta. |
5 |
Que reforma el artículo 9 de la Ley
del Servicio de Administración Tributaria.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
José Manuel Del
Río Virgen
(Convergencia) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Modificar la designación de los consejeros
designados por el Secretario de Hacienda y
Crédito Público, para que tengan que ser
ratificados por la Cámara de Diputados o por
la Comisión Permanente, en su caso, para
desempeñar la función de consejeros del
Sistema de Administración Tributaria
propuestos por el Presidente de la República. |
6 |
De Ley que crea el Instituto Nacional
para
la Evaluación de la Educación.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
Rubén Aguilar Jiménez
(PT) |
Comisión de Educación Pública y Servicios
Educativos, con opinión de la Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública |
Crear el Instituto Nacional para la Evaluación
de la Educación como un organismo público
autónomo, de carácter técnico, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, el
cual tendría por objeto ofrecer a las
autoridades educativas de naturaleza federal y
locales, así como al sector privado, las
herramientas idóneas para hacer la evaluación
de los diferentes elementos que integran sus
correspondientes sistemas educativos. |
7 |
Que reforma los artículos 65 y 66 de la
Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
Eduardo Sergio de
la Torre Jaramillo
(Alternativa) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Ampliar el segundo periodo ordinario de
sesiones del Congreso de la Unión. |
8 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones
del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
Manuel Minjares
Jiménez
(PAN) |
Comisión de Distrito Federal |
Establecer la obligación de los Jefes
Delegacionales de elaborar un Programa
Delegacional de Seguridad Pública, que deberá
contener cuando menos un diagnóstico
pormenorizado de la seguridad pública en la
Delegación, los objetivos a alcanzar mediante
la implementación del programa, las metas
sustantivas a lograr e indicadores de
desempeño, así como consecuentemente, las
estrategias y líneas de acción a implementar
para el logro de los objetivos y metas
trazadas. |
9 |
Que reforma los artículos 2 y 6 de la
Ley
de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
Alberto Amador
Leal
(PRI) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Ampliar el Fondo General de Participaciones,
del 20 por ciento de la recaudación federal
participable al 25 por ciento, así mismo que
las participaciones asignables a los
municipios sea del 30 por ciento. |
10 |
Que reforma el artículo 125 de la Ley
Federal
del Trabajo.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
Rodolfo Solís Parga
(PT) |
Comisión de Trabajo y Previsión Social |
Establecer que en cada empresa que está
obligada al reparto de utilidades, los
trabajadores tengan a cinco representantes en
el Consejo de Administración, mismos que serán
integrantes del sindicato titular del Contrato
Colectivo de Trabajo, con el propósito de que
se les entregue la información relativa a los
estados financieros fiscales de cada mes y
anualmente. |
11 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley
del Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP: Anexo I. Septiembre 29,
2006 |
Dip.
Marco Heriberto
Orozco Ruiz Velazco
(PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Establecer el acreditarse en el pago del
impuesto sobre la renta, el pago de las
colegiaturas tanto de preescolar, primaria,
secundaria, bachillerato, como la de educación
superior; hasta por la misma cantidad que el
Estado eroga anualmente por alumno en cada
nivel de educación. |