1 |
Proyecto de decreto que
reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la
Ley de Concursos Mercantiles.
Publicación
en GP: Septiembre 7, 2006 |
Congreso del
Estado de Nuevo León
. |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público. |
Incorporar la figura de la rehabilitación
del comerciante sujeto a concurso mercantil
que haya sido declarado en quiebra.
Establecer que el derecho de los créditos
laborales es preferente y no están sujetos a
fecha de retroacción del patrón ni tienen la
necesidad de acudir ante un juez concursal,
pues su crédito se hará efectivo en el
procedimiento de ejecución ante la autoridad
del trabajo. |
2 |
Proyecto de decreto que
reforma el artículo 114 y adiciona un
artículo 116 bis a la
Ley del Impuesto Sobre la
Renta.
Publicación
en GP: Septiembre 7, 2006 |
Establecer el
otorgamiento de subsidios en el pago
provisional del impuesto anual a las
personas que obtengan su ingreso de un solo
patrón, este no sea mayor de 20 salarios
mínimos vigentes en la zona geográfica que
corresponda a su domicilio, no perciban
otros ingresos y tengan al menos un
dependiente económico. Asimismo, establecer
como deducciones fiscales los pagos
realizados por estudios de posgrado. |
3 |
Proyecto de
decreto que reforma el artículo 115 de la
Ley del Impuesto Sobre la Renta
Publicación
en GP: Septiembre 7, 2006 |
Cuando el
impuesto sobre la renta a cargo del
retenedor de impuestos sea inferior al total
de las cantidades entregadas al
contribuyente por concepto de crédito al
salario, éste podrá compensar la diferencia
contra impuestos federales. |
4 |
Proyecto de
decreto de Ley de Profesiones del
Distrito Federal.
Publicación
en GP: Septiembre 7, 2006 |
Asamblea
Legislativa del Distrito Federal |
Comisiones
Unidas de Educación Pública y Servicios
Educativos y del Distrito Federal,
con opinión de la Comisión de Presupuesto
y Cuenta Pública. |
Establecer la
creación de la Secretaría de Educación del
Distrito Federal en la que se insertará -por
exigencia de esta ley- la Dirección de
Profesiones como órgano regulador,
administrativo y normativo de las
profesiones en el ámbito local, en la que se
determinan los requisitos que deben cubrirse
para obtener un título profesional y el
registro que deberá hacerse ante las
autoridades locales. Así mismo tendrá la
facultad de emitir recomendaciones a las
instituciones de educación superior u otros
organismos vinculados respecto a la calidad
de la enseñanza profesional Se otorga a la
Secretaría de Educación del Distrito Federal
la autoridad para reconocer a las
instituciones que tengan la facultad de
expedir dichos títulos, así como de dar
validez a los expedidos por las autoridades
de otros estados, así como las federales y
las extranjeras reconocidas por la
Secretaría de Educación Pública. |