Datos
de la
LXI Legislatura

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIÓN

a) De CC. Senador.

2. COMUNICACIONES CON INFORMES

a) De CC. Senadores.

3. OFICIOS

a) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

b) Del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos. S.N.C.

c) De la Secretaría de Economía.

d) Del Servicio de Administración Tributaria.

e) Del Instituto Mexicano del Seguro Social.

4. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De solicitud de licencia.

b) De reincorporación.

5. PERMISOS CONSTITUCIONALES

a) Para aceptar y usar condecoraciones.

b) Para prestar servicios.

6. INICIATIVAS

7. DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

a) De permisos constitucionales. Para prestar servicios.

8. DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE SEGUNDA

a) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoración.

9. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) De ratificación de nombramiento. De Embajador.

b) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoraciones.

c) De puntos de acuerdo.

10. DICTAMEN DEVUELTO A COMISIÓN

a) De puntos de acuerdo.

11. PROPOSICIÓN DE URGENTE RESOLUCIÓN

12. PROPOSICIONES

13. PROTESTAS DE LEY

14. PRONUNCIAMIENTO

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Comisión Permanente del Segundo Receso del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 13, del 25 de Julio de 2012.

 

                6. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma los artículos 42 y 51 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y reforma el artículo 71 de la Ley de Vivienda.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

Congreso del Estado Baja California *

Comisiones Unidas de Vivienda y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores.

Asegurar la construcción de vivienda digna para los trabajadores, estipulando que en ningún caso se otorgará el financiamiento de realización de conjuntos habitacionales, si en sus programas no se cumple con el requisito de cuando menos 80 metros cuadrados de superficie de construcción en la viviendas de interés social.

La Comisión Nacional de Vivienda promoverá que en el desarrollo de las acciones habitacionales se considere que las viviendas cuenten con espacios habitables y de higiene suficientes en función del número de usuarios, y que vigile se provea de los servicios de agua potable, desalojo de aguas residuales y energía eléctrica, así como garantizar la seguridad estructural y la adecuación al clima con criterios de sustentabilidad, eficiencia energética y prevención de desastres.

2

Que reforma el artículo 4 de la Ley de Energía para el Campo.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

18 de julio de 2012.

Sen.

Raúl José Mejía González

(PRI)

 

A nombre propio y de los Senadores Fernando Castro Trenti y Ricardo Pacheco Rodríguez

(PRI)

Comisiones Unidas de Energía y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores.

Considerar los recursos económicos en el presupuesto asignado para garantizar el Programa de Energía para el Campo, previsto en la Ley de Energía para el Campo, para lograr la eficiencia energética mediante el uso óptimo de los energéticos utilizados en todos los procesos y actividades agropecuarios.

Promover el consumo de recursos por los seres humanos de manera responsable.

3

Que reforma la fracción VII del artículo 5 y adiciona un artículo 7 Quáter de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Víctor Manuel Castro Cosío

(PRD)

 

A nombre propio y del Dip. José Luís Jaime Correa (PRD)

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Cambiar el nombre del actual “Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes, para la salud reproductiva y perinatal” para que quede como “Instituto Nacional Isidro Espinosa de los Reyes, para la Salud Reproductiva y Perinatal y, en General para la Salud Integral de la Mujer”.  Asignarle como funciones adicionales a las que ya tiene: Estudiar y diseñar métodos y técnicas de investigación científica relacionados con la salud integral de la mujer; contribuir al desarrollo de la tecnología diagnóstica apropiada a las necesidades nacionales, en materia de enfermedades que afecten a las mujeres; Ser el centro nacional de referencia para asuntos relacionados con estudios para la salud integral de la mujer y sus aplicaciones; y crear una nueva conciencia individual y social, sobre la enfermedades que afectan a las mujeres.

4

Que expide la Ley General para la Prevención, Corrección y Sanción del Acoso Psicológico en el Trabajo.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

Sen.

Julián Güitrón Fuentevilla

(MC)

 

A nombre propio y de los Senadores Dante Delgado Rannauro, Ericel Gómez Nucamendi, Francisco Alcibíades García Lizardi y Eugenio Guadalupe Govea Arcos

(MC)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores.

Crear un ordenamiento jurídico cuyo objeto será prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejaciones, acoso, trato desconsiderado, y ofensivo en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.

Son bienes jurídicos protegidos por la presente ley: el trabajo en condiciones dignas y justas, la inclusión, la libertad, la intimidad, la honra y la salud de los trabajadores, empleados, la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral y el buen ambiente en la empresa.

En la aplicación de la ley intervendrán las autoridades de los tres niveles de gobierno y la Comisión de Derechos Humanos, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Establecer que el patrón deberá tener un departamento especifico para escuchar los opiniones de los trabajadores, y realizar actividades pedagógicas o de integración, terapias grupales de mejoramiento de las relaciones entre quienes comparten una relación laboral dentro de una empresa o institución por lo menos una vez al año.

Obligar a las empresas privadas e instituciones públicas a contar con reglamentos o lineamientos mínimos de trabajo, que establezcan los mecanismos de prevención y solución de las conductas de acoso y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo para solucionar las que ocurran en el lugar de trabajo. En las empresas u oficinas de gobierno se deberá publicitar periódicamente información sobre acosos y dar a conocer los mecanismos y procedimientos para evitarlos, y en su caso, corregirlo y sancionarlo.

5

Que modifica el numeral 6 del artículo 237 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y se reforma el artículo 403 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip. Francisco Amadeo Espinosa Ramos

(PT)

Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados

Establecer que los resultados de los sondeos de opinión relativos a las preferencias electorales, sean utilizados  por los partidos políticos dentro de sus actividades pero quede prohibida su difusión entre el público general. Prescribir sanciones como la cancelación de la autorización, concesión o la figura jurídica que corresponda, así como la suspensión definitiva de la actividad de la empresa encuestadora que violente esta prohibición.

6

Que reforma los artículos 149, 295, 297 y 298 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y se deroga el párrafo 3 del artículo 21 Bis de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Agustín Castilla Marroquín

(PAN)*

Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados

Adicionar un Consejero suplente más para que el Consejero propietario tenga 2 suplentes. Establecer el recuento de votos sólo a petición de  parte, eliminado la apertura de los paquetes electorales de manera automática y obligatoria. Precisar que, en el conteo de votos de casillas especiales para determinar el cómputo distrital de la elección de diputados y senadores por representación proporcional, se sumará el resultado de las casillas especiales por dicho principio, con el de mayoría relativa.  Permitir la creación de grupos de trabajo para recuento parcial. Facultar al personal de las Juntas Distritales Ejecutivas a integrar grupos de trabajo. Posibilitar a cualquier partido cuya diferencia con el primer lugar sea igual o menor a 1% a que solicite recuento total de votos. Facultar al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a que realice recuento de votos.

7

Que reforma el artículo 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

Senadores Carlos Jiménez Macías y Fernando Castro Trenti (PRI)*

Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores

La Secretaría de Economía emitirá Reglas de Operación en las que se establezcan, principalmente, las acciones tendentes a promover que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y sus delegaciones en las Entidades Federativas y en el Distrito Federal realicen la planeación de sus adquisiciones de bienes, contratación de servicios y realización de obra pública para destinarlas a las MIPYMES de manera gradual, hasta alcanzar un mínimo del 35%. Asimismo, dicha Secretaría establecerá las obligaciones de las dependencias y entidades en esta materia.

8

Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Agustín Castilla Marroquín

(PAN)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Modificar la forma de designación del Consejero Presidente, la cual  deberá ser en el segundo periodo ordinario de sesiones del año legislativo correspondiente, previa realización de una amplia consulta a la sociedad y mediante la aplicación de exámenes que realicen las instituciones de educación superior nacionales que se insaculen para el efecto, se realizará por mayoría de votos de los consejeros electorales, su duración será por tres años y no podrá ser reelecto. Incluir como impedimento para ser consejero electoral, no desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección estatal o municipal en algún partido político, ni ser militante de alguno, en los últimos cuatro años anteriores a la designación.

9

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores y de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Emiliano Velázquez Esquivel

(PRD)*

Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la Cámara de Diputados

Establecer como objeto de la Ley a otros tipos de sociedades de Ahorro y Préstamo no consideradas, así como las que operaron, o que se encuentren en operación como sociedades de ahorro y préstamo.  Determinar que el Fondo de Protección también tendrá como finalidad las aportaciones solidarias para con los Ahorradores de sociedades con problemas de recursos, a través de cuotas ordinarias y extraordinarias que deberán efectuar las Sociedades Financieras Populares.

10

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

María de Jesús Aguirre Maldonado

(PRI)*

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados

Calificar como delitos graves los delitos de concusión, ejercicio abusivo de funciones, cohecho, peculado, y enriquecimiento ilícito, estableciendo los montos constitutivos respectivos.

11

Que adiciona la fracción IV Bis al artículo 69-E de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Norma Sánchez Romero

(PAN)*

Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados

Establecer que los Programa de Mejora Regulatoria de Administración Pública Federal serán sometidos a consulta pública, a efecto de que los particulares puedan aportar comentarios, sugerencias u observaciones, que esta podrá hacerse previamente a su aprobación y después de su aplicación y que para tal efecto los programas de mejora regulatoria se deberán ponerse a consulta por un período de 15 días y, una vez que el período de consulta finalice, se tendrán 30 días para procesar la información y evaluar la incorporación de los comentarios.

12

Que modifica los artículos Primero y Segundo Transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Omar Fayad Meneses

(PRI)*

Establecer la exclusión de la aplicación del Recurso de Revisión como mecanismo ordinario de defensa cuando se trate de salubridad general.

13

Que reforma el párrafo segundo y adiciona un tercero, recorriéndose los subsecuentes, del artículo 17 y reforma la fracción I del artículo 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Lucila del Carmen Gallegos Camarena

(PAN)*

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados

Establecer que la producción de la información estadística se realice desagregando los datos por sexo e incorporando al género como un tema de interés nacional.

14

Que adiciona un Capítulo VIII Bis y los artículos 268 Ter, 268 Ter 2 y 268 Ter 3 y reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez

(PRI)*

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Establecer  que se consideraran productos de uso intra-vaginal e intra-anal aquellos aparatos o dispositivos, que hayan sido creados con la finalidad de tener contacto con el cuerpo humano vía intra-vaginal o vía intra-anal, que tales  deberán expresar en la etiqueta o manual correspondiente las especificaciones de manejo y conservación, así como las sustancias con las que fueron producidos, país de origen, nombre y datos de contacto del fabricante y/o ensamblador del producto y fecha de caducidad. Cuando los dispositivos sean importados incluirán también fecha de importación. Señalar la prohibición para su fabricación, ensamble, importación, exportación, distribución y comercialización cuando contengan cualquier sustancia clasificada como carcinógena, mutágena o teratógena, incluyendo: Policloruro de Vinilo (PVC), Ésteres de Ftalato, Adipato, Di Butil Maleato, Bisphenol A, Estaño, Plomo, Cadmio, Diesel, Biodiesel, Queroseno, Aguarrás, Aceite Automotor, y los compuestos y variantes químicas derivados de las anteriores.

15

Que reforma la fracción III del apartado A del artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Lucila del Carmen Gallegos Camarena

(PAN)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Cambiar el vocablo “equidad” por “igualdad”.

16

Que reforma el artículo 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez

(PRI)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Establecer que los municipios con actividad minera reciban el 50% de los derechos ya recaudados sobre minería.

17

Que reforma el primer párrafo de la fracción VIII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Lucila del Carmen Gallegos Camarena

(PAN)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Establecer que en la integración de los ayuntamientos se observe una representación equilibrada entre mujeres y hombres.

18

Que adiciona dos fracciones al artículo 387 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados

Sancionar penalmente a quien se aproveche de la necesidad de las personas, las engañe y las reclute para un trabajo distinto al que ofreció o bien a aquel que prometa condiciones de trabajo que al final no sean las pactadas en el contrato laboral.

Sancionar a quien, valiéndose de la esperanza de la gente, condicione la obtención de un empleo a la compra o pago de un servicio, contraprestación, material o instrumento de trabajo, obteniendo de esta forma un lucro o beneficio económico.

19

Que reforma las fracciones II y III del artículo 204 y II y III del artículo 206 bis y adiciona las fracciones IV al artículo 204 y al 206 bis, del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Establecer que comete el delito de lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo a quien por sí o por un tercero, publicite, por cualquier medio, pornografía, anuncios, escritos o propagandas, con el fin de promover, solicitar, ofrecer, facilitar, conseguir, entregar o recibir servicios de explotación o comercio sexual de las personas que induzca o solicite a cualquiera de las personas antes mencionadas, para que comercie sexualmente con su cuerpo o le facilite los medios para que se entregue a la prostitución.  Tipificar el delito de lenocinio como la conducta en la alguien que por sí o por un tercero, publicita, por cualquier medio, pornografía, anuncios, escritos o propagandas, con el fin de promover, solicitar, ofrecer, facilitar, conseguir, entregar o recibir servicios de explotación o comercio sexual de personas.

20

Que modifica las fracciones XV del artículo 39 y XIII del artículo 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Lucila del Carmen Gallegos Camarena

(PAN)*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados

Crear la Comisión Ordinaria “para la igualdad de género” en ambas cámaras.

21

Que reforma el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Arturo Villaseñor Fernández

(PAN)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Establecer la exención del pago del IVA, por la enajenación de automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de aquellos automóviles eléctricos que, además, cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno.

22

Que adiciona el artículo 3 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Dip.

Jorge Antonio Kahwagi Macari

(NA) *

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Establecer como materia de salubridad general, la prevención y el control de la ludopatía.

23

Que reforma el artículo 4 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Atribuir a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la promoción y fomento de mecanismos diferenciadores en tasa en beneficio de las personas físicas y morales con buen historial crediticio en las Sociedades de Información Crediticia, con la participación de las entidades financieras integrantes del Sistema Financiero Mexicano.

24

Que reforma los artículos 3 y 6 y la fracción XIX del artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados

Establecer que la interpretación de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, así como la actuación de las autoridades federales, debe ser congruente con las normas relativas a los derechos humanos reconocidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas con la protección más amplia.

25

Que adiciona un párrafo tercero al artículo 4 de la Ley Agraria.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

25 de julio de 2012.

 

Publicación en GP:

31 de julio de 2012.

Comisión de la Reforma Agraria de la Cámara de Diputados

Establecer que el Ejecutivo Federal deberá promover modalidades agrícolas sostenibles tomando en consideración el cambio climático.

* Sin intervención en Tribuna.

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