Comisión Permanente del Segundo Receso del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 18, del 24 de Agosto de 2011.

 

                5. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que adiciona diversos artículos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

29 de agosto de 2011.

Congreso del estado de Michoacán*

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados

Establecer que el Estado creará bajo la dirección y coordinación de la Procuraduría General de la República, el "Programa de Protección a Testigos, Víctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Procuraduría", mediante el cual se les otorgará protección integral y asistencia social, lo mismo que a sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil y al cónyuge, compañera o compañero permanente, cuando se encuentren en riesgo de sufrir agresión o que sus vidas corran peligro por causa o con ocasión de la intervención en un proceso penal. Prever el Ejecutivo Federal incluirá en el proyecto de presupuesto de la PGR las partidas necesarias para la dotación y funcionamiento de dicho programa. Establecer las determinaciones que el PGR podrá tomar en el "Programa de Protección a Testigos, Víctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Procuraduría".  Prever que para que la declaración de un testigo protegido, tenga un valor convictivo pleno, será necesario que la autoridad investigadora indague, en su caso, sobre otros elementos probatorios  con  el  fin de corroborar la veracidad de lo manifestado por el testigo, la autoridad investigadora deberá dilucidar si los hechos que éste narra se encuentran corroborados con diversos elementos de convicción, la autoridad se obligará a comprobar que los dichos del testigo protegido se encuentren robustecidos con alguna probanza.

2

Que reforma la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

Sen.

 Adolfo Toledo Infanzón

(PRI)*

Comisiones Unidas de Seguridad Pública; y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Establecer que la atención médica en las cárceles debe ser brindada por personal calificado del Instituto Mexicano del Seguro Social, a efecto de garantizar la calidad de los servicios.

3

Que reforman diversos artículos de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

 Lucila del Carmen Gallegos Camarena

(PAN)*

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Modificar el término invalidez por discapacidad.  Definir el término discapacidad como la o las deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal que por razón congénita o adquirida, presenta una persona, que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás.

4

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Fiscal de la Federación y de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto Empresarial a Tasa Única, del Servicio de Administración Tributaria, de Coordinación Fiscal, del Seguro Social, Federal de Derechos y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

Vidal Llerenas Morales

(PRD)*

 

A nombre propio y de diversos diputados de su Grupo Parlamentario

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Facultar al Congreso Federal para expedir leyes en materia de fiscalización y evaluación del gasto público para la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, a fin de garantizar la aplicación de prácticas y mecanismos armónicos y homogéneos.

Ley del Impuesto sobre la Renta:

Establecer que el Impuesto sobre Dividendos sea un pago definitivo de 35%, y no se acumule a los demás ingresos, para lo cual los dividendos que provengan de la cuenta de utilidad fiscal neta sólo paguen un 7% adicional a 28% que corresponde al ISR corporativo.  Derogar el Régimen de Consolidación Fiscal, así como las deducciones inmediatas, anticipadas o aceleradas de inmuebles y activos fijos; por lo que hace al régimen simplificado como el autotransporte, se deroga de manera que sólo exista la diferencia entre pequeños contribuyentes, intermedios y los de carácter general, a fin de que la tributación sea a tasas generales.  Derogar el Régimen Simplificado de Contribuyentes personas morales, dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y silvicultura.  Incrementar la exención de 7 a 15 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente en los ingresos obtenidos por concepto de prestaciones de previsión social.  Eliminar en materia del Impuesto Empresarial a Tasa Única los créditos fiscales, deducciones adicionales y aquellas que no establezca expresamente la Ley del Impuesto sobre la Renta.  Prever que sólo tributarán en este impuesto, las personas físicas y morales cuyos ingresos acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta sean iguales o superiores a un monto equivalente a 500 millones de pesos.

Código Fiscal de la Federación y Ley del Servicio de Administración Tributaria:

Eliminar la facultad del Ejecutivo Federal para que pueda determinar o autorizar regímenes fiscales de manera individual o por grupos y que pueda conceder subsidios o estímulos fiscales sólo cuando lo disponga expresamente la Ley de Ingresos de la Federación y el Congreso de la Unión en casos de emergencia económica; y las resoluciones del jefe del Servicio de Administración Tributaria para aplicar las leyes fiscales y aduanales, no den lugar a la autorización de régimen fiscal diferente a los establecidos en las leyes.

Ley de Coordinación Fiscal:

Incrementar el porcentaje del Fondo General de Participaciones desde el 20 al 25% de la Recaudación Federal Participable, y que el Fondo de Fomento Municipal pase de 1 al 2% de la misma.  Se le adiciona el Fondo de Aportaciones para el Apoyo de la Recaudación de Contribuciones Inmobiliarias.

Ley Federal de Derechos:

Destinar el 100% de la recaudación obtenida por los derechos petroleros para conformar la Recaudación Federal Participable.

Ley del Seguro Social:

Reformar los artículos transitorios, con el objeto de que se respete el tope de 20 y 5 salarios mínimos para el pago de las pensiones de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria:

Establecer la obligatoriedad del uso de los resultados del Sistema de Evaluación del Desempeño durante la “dictaminación” del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como la elaboración y publicación anual de un diagnóstico integral de la situación de las haciendas públicas estatales y municipales.

5

Que adicionan y reforman diversos artículos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

Sen.

 Arturo Escobar y Vega

(PVEM)*

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores

Crear el Consejo Consultivo de Cambio Climático, como órgano incluyente, integrado por los miembros de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático y un mínimo de 16 personas físicas de los sectores social, privado y académico con reconocidos méritos y experiencia en temas de cambio climático. Establecer que el Ejecutivo Federal publique en el Diario Oficial de la Federación el Programa Especial de Cambio Climático, el cual tendrá el carácter de concurrente.

6

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

Laura Itzel Castillo Juárez

(PT)*

Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados

Establecer los requisitos del INFONAVIT para adjudicar el financiamiento a la persona cuya oferta resulte solvente. Prever que los materiales y bienes que se utilicen en la construcción de obras financiadas por el INFONAVIT, incluyendo el equipamiento para el ahorro de energía eléctrica, gas y agua, deberán cumplir con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas vigentes. Establecer que los contratistas de obras financiadas por el INFONAVIT serán responsables ante los adquirentes y el INFONAVIT de los defectos que resultaren en las mismas, de los vicios ocultos y cualquier otro daño provocado por falta de calidad en los materiales, proceso de construcción y equipamiento; asimismo, los contratistas adjudicados deberán otorgar una garantía por el mismo tiempo por el que fue otorgado el crédito para responder de los defectos que presente la obra. 

7

Que reforma el segundo párrafo del inciso c) de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

Jesús María Rodríguez Hernández

(PRI)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Exentar únicamente del pago del impuesto predial a los bienes de dominio público de la Federación, de los Estados, de los Municipios y  a las instituciones públicas, destinados a la educación, la cultura, la investigación y a la salud; en los demás casos, la contribución tendrá como límite máximo el que fije el Congreso del estado.

8

Que reforman diversos artículos de la Ley General de Salud y de la Ley de Asistencia Social.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

Lucila del Carmen Gallegos Camarena

(PAN)*

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Considerar como materia de salubridad general la atención psicológica a las víctimas del delito.

9

Que reforma los artículos 1916 y 1916 bis del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

 Nazario Norberto Sánchez

(PRD)*

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados

Incluir a las personas morales como sujetos susceptibles de sufrir daño moral.  Establecer que si el daño moral fue ocasionado por un ente moral que por su naturaleza esté obligado a reflejar anualmente sus estados financieros ante la autoridad fiscal, éste deberá cubrir como penalidad al sujeto pasivo, un monto de cuando menos el 40% de sus utilidades y no más del 50% de las mismas, generadas en el último año previo al daño moral causado.

10

Que adiciona un artículo transitorio a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

 Laura Itzel Castillo Juárez

(PT)*

Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados

Adicionar un artículo transitorio, con el objeto establecer una moratoria para el maíz, durante la cual no se expedirán los permisos a los que se refiere el Título Segundo de la Ley. Para levantar la moratoria, el Ejecutivo hará llegar la iniciativa correspondiente a la Cámara de Diputados, la que creará una Comisión Plural de Dictamen que evaluará si es posible proteger totalmente la biodiversidad del maíz, impedir la concentración de semillas y asegurar que los pequeños propietarios preserven, mantengan y desarrollen sustentablemente la agrobiodiversidad. En caso de no cubrirse cabalmente dichos objetivos, la moratoria no se levantará. La Comisión elaborará un calendario de audiencias y comparecencias, debiendo entrevistar a especialistas en el tema, organizaciones ciudadanas, campesinos, pueblos y comunidades indígenas; y citará a comparecer a funcionarios involucrados. La Comisión integrará un expediente con las actas, citaciones, informes, declaraciones, versiones estenográficas, debates, resoluciones y demás documentos. El expediente cubrirá con las formalidades oficiales y será publicado en el portal de internet cotidianamente.

11

Que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

Jaime Fernando Cárdenas Gracia

(PT)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Incluir como derechos ciudadanos poder ser votado para todos los cargos de elección popular, sea como candidato postulado por un partido político o de forma independiente; iniciar leyes, con el respaldo de al menos el 0.25% de la lista nominal de electores, en los términos y requisitos que señalen la Constitución y la Ley del Congreso de la Unión; en el caso de los estados, las legislaturas locales regularán los términos para que los ciudadanos puedan presentar iniciativas de ley ante el respectivo Congreso; y votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional. Establecer que los senadores, diputados federales y diputados locales, podrán ser reelectos en forma inmediata, los primeros hasta por un periodo adicional y los segundos hasta por dos periodos. Facultar al Congreso de la Unión para legislar sobre iniciativa ciudadana y consultas populares.

12

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Diputados del Grupo Parlamentario del

PRI*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados

Crear la Comisión Ordinaria de Seguridad y Soberanía Alimentaria de la Cámara de Diputados.

13

Que reforma los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

 Ana Georgina Zapata Lucero

(PRI)*

Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados

Establecer que los asegurados conservarán los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, por todo el periodo cotizado en el cual se tengan computadas las semanas requeridas para el cobro de dicho seguro, en virtud del año de inscripción al sistema de seguridad social; se conservarán los mismos derechos para los asegurados mayores a 60. Determinar sobre el salario base de cotización vigente la actualización en el cálculo de los derechos a que haya lugar.

14

Que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

Ana Georgina Zapata Lucero

(PRI)*

Comisión de Energía de la Cámara de Diputados

Facultar a la Comisión Federal de Electricidad para promover el uso y aprovechamiento eficiente de las energías renovables y para celebrar convenios o contratos de concesión con los gobiernos de las entidades federativas que tengan por objeto la prestación de un servicio público a través de la generación, conducción, transformación, distribución y abastecimiento de energía eléctrica, mediante el uso de las energías eólica  y solar y a la Comisión Reguladora de Energía para aprobarlos y expedir los términos y condiciones de los mismos.  Incluir al Presidente de la Comisión Reguladora de Energía como integrante con voz y voto de la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad y a la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados para asistir con voz a las reuniones.  Facultar a la Junta de Gobierno para enviar al Congreso de la Unión las propuestas de ajuste a las tarifas, justificando el impacto económico que causará a los usuarios del servicio eléctrico nacional.   Facultar a la Comisión Reguladora de Energía para aprobar y fijar las tarifas para el suministro y venta de energía eléctrica.

15

Que reforma la fracción I, inciso f, del artículo 31 y se adiciona un artículo 219 a la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

Canek Vázquez Góngora

(PRI)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Otorgar hasta un 15% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior para poder deducir los donativos en materia de investigación científica o desarrollo tecnológico. Asimismo, otorgar  un estímulo fiscal a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta por los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico que realicen en el ejercicio, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al 50% de los gastos e inversiones realizados en el ejercicio en investigación o desarrollo de tecnología, contra el impuesto sobre la renta causando en el ejercicio en que se determine dicho crédito. Cuando dicho crédito sea mayor al Impuesto sobre la Renta, los contribuyentes podrán aplicar la diferencia que resulte contra el impuesto causado en los diez ejercicios siguientes hasta agotarla.

16

Que adiciona una última parte al párrafo segundo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

 Clara Gómez Caro

(PRI)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Respetar la garantía de audiencia en forma previa a la emisión del decreto relativo, con excepción de la expropiación que por causas de utilidad pública tenga por objeto satisfacer necesidades colectivas en caso de guerra o trastornos anteriores; abastecer a las ciudades o centros de población de víveres; combatir o impedir la propagación de epidemias, epizootias, incendios, plagas, inundaciones u otras calamidades públicas; constituir medios para la defensa nacional o para el mantenimiento de la paz pública y evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la colectividad.  En estos supuestos, la ocupación del bien expropiado se puede realizar después de la declaratoria respectiva, sin oír previamente al afectado, pero respetando su garantía de audiencia con posterioridad y antes de que el Estado disponga definitivamente de la propiedad.

17

Que reforma el artículo 22 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

 Clara Gómez Caro

(PRI)*

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados

Facultar a las autoridades educativas para decrecer el tamaño de los grupos a 35 alumnos como máximo y 20 como mínimo.

18

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

24 de agosto de 2011.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de agosto de 2011.

Dip.

Adriana Terrazas Porras

(PRI)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Establecer que los diputados deberán informar sobre su gestión y rendir cuentas públicas y transparentes por periodo anual dentro de los noventa días posteriores a la conclusión del segundo periodo ordinario de sesiones de cada año de actividades legislativas, de acuerdo con el programa presentado a los electores durante su campaña electoral.

* Sin intervención en Tribuna.

Regresar